ORDENANZA Nº 27/1984
Contribuyentes de Contribución de Mejoras
Santa Rosa, 8 de marzo de 1984.
ARTÍCULO 1º.- Son contribuyentes de Contribución de Mejoras los propietarios o poseedores a título de dueño de los inmuebles comprendidos en las siguientes calles:
CORDÓN CUNETA
Calle – Entre – Zona
a) Sargento Cabral – Guayaquil y Avda. Belgrano – V. Elvina
b) Ayacucho (50 m. vereda Este s/ Arg. Valle) – Guayaquil y Arg. Valle – V. Elvina
c) Paul Harris – Constituyentes y L. King – C. Escalante
d) Paul Harris – J. Schmidt y Constituyentes – C. Escalante
COLUMNAS DE ALUMBRADO
e) Namuncurá – M. Rosas y M. Pampeanos – V. Elvina
f) Peñaloza – M. Rosas y M. Pampeanos – V. Elvina
g) Curacó – Vías F.F.C.C. Sarmiento y Ruta Nac. N° 5 – V. Santillán
ARTÍCULO 2º.- Fíjase la tarifa por metro lineal de frente, de acuerdo al siguiente detalle:
Inmuebles afectados por obras de:
a) Cordón Cuneta $a 250
b) Columnas de Alumbrado $a 195
Estos costos serán reducidos a saber:
Para el caso del art. 1°, inc. b) en un 30%
Para el caso del art. 1°, inc. g) en un 63%
ARTÍCULO 3º.- La presente contribución se abonará en cuotas mensuales consecutivas y actualizables. La cantidad de cuotas no podrá ser superior a CIEN (100), y el importe de las mismas, no inferior a PESOS ARGENTINOS CIENTO VEINTE ($a 120).
ARTÍCULO 4º.- Fíjase como fecha de vencimiento de las cuotas, el día 5 de cada mes , operando el primer vencimiento el día 5 de abril de 1984.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y cumplido, archívese.
María Teresa ROO DE MAYER, Néstor M. BOSIO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
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