Permitir a las autoridades del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y/o del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) recabar información.

Permitir a las autoridades del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y/o del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) recabar información.

ORDENANZA Nº 2632/2000.
Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa
el 26 de octubre de 2000.

Artículo 1º.- El Departamento Ejecutivo a través del área correspondiente, facilitará, en el marco de la realización de los comicios para elección de autoridades vecinales, un espacio físico y demás elementos necesarios, a los efectos de permitir a las autoridades del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y/o del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), según corresponda, recabar de parte de los ciudadanos la voluntad respecto de la donación de órganos.

Artículo 2º.- La presente Ordenanza será de aplicación en todos los comicios en que se definan las autoridades de las Comisiones Vecinales, en el ámbito de la Ciudad.

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

GUSTAVO FERNANDEZ MENDIA
Presidente
Honorable Concejo Deliberante

Twitter Facebook Contáctanos