Ordenanza Nº 2585/2000
Vados Para Salvar el Desnivel Entre la Vereda y la Calle
Santa Rosa (L.P.) 30 de Junio de 2000 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de ORDENANZA N°2585/2000 Articulo 1°: Derógase de la Ordenanza 1581/95, el inc.”1″ del artículo 3-2.2 (Veredas), de la Sección 3.2 ( Cercos y veredas).
Articulo 2°: Modifícase dela Ordenanza N” 1581/95, el artículo 3.2.6 (Rampas para Discapacitados), cuyo texto será reemplazado por el siguiente:
“3.2.6. VADOS PARA SALVAR EL DESNÍVEL ENTRE LA VEREDA Y LA CALLE Se establece con carácter obligatorio la construcción en las aceras de vados para salvar el desnivel entre la vereda y la calzada.
Los vados se forman con la unión de tres superficies planas con pendiente:
- Una central rectangular perpendicular al cordón, que une el nivel de la calle y la vereda;
- Dos laterales triangulares que compatibilizan dicha superñcie central con el nivel de la vereda;
Los vados deberán ajustarse a lo siguiente:
- El sector central perpendicular al cordón tendrá un ancho mínimo de 1 m. su desarrollo será 1,20 m.
Los sectores lateraìes triangulares tendrán un ancho, en el lado del cordón de 0,50 m.
2) Los vados no tendrán baranda.
3) El desnivel entre la calzada y el rebaje de cordón será como máximo de 2 cm.
4) Los vados podrán ser ejecutados: En hormigón armado colocado in situ (dosificación) 1:3:3) con malla de acero de diámetro 4,2 cada 0,15 m. y solado antideslizante. Tendrán alrededor una franja con textura y color contrastante, para orientación de ciegos y disminuidos visuales.
Con elementos de hormigón premoldeado. Tendrán una superñcie texturada en relieve de espina de pez. Se realizará o pintará con colores contrastantes con el solado de la acera, siendo aconsejable el color amarillo.
5) La ubicación y dimensiones se detallan en el Anexo I, para una vereda de 3 m. de ancho y 0,15 m. de desnivel. La ubicación será coincidente con la senda peatonal y en ningún caso se construirá en la esquina.
6) Cuando las condiciones particulares de un determinado caso así lo requieran, la Autoridad de Aplicación podrá variar la ubicación de los vados o alguna otra de las pautas antes enunciadas.
El Departamento Ejecutivo incluirá en pliegos de Licitación de obras de cordón cuneta e] rebaje para los vados.
Las veredas de los Barrios que se construyan en esta Ciudad tendrán un ancho mínimo de 2 m. y su Proyecto deberá contemplar la ejecución de vados.
Artículo 3°: Incorpórase enla Ordenanza No 1581/95, ei artículo 3.2.7 cuyo texto será el siguiente:
“3.2.7 ACCESIBILIDAD EN ESPACIOS PUBLÍCOS En el Proyecto de espacios públicos abiertos se considerará la accesibilidad para personas con movilidad reducida.”
Articulo 4°: Comuniquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archivese. Eptes. N” 201/94 (HCD) y 3328/2000 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A Los VEINTNUEVE DïAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL.
MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA.
SANTA ROSA, 10 de julio de 2000.
Expte N° 201/94 HCD y 3328/2600 DE.
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese,- publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolucion N°1140/2000.-
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION: 10 de julio de 2000.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número dos mil quinientos ochenta y Cinco (2585/2000)
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –