ORDENANZA Nº 2523/2000
Declaración de un caldén como "COMPONENTE DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y NATURAL"
Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 30 de Marzo de 2000.
Artículo 1º.- Declárese como “COMPONENTE DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y NATURAL”, en los términos y con los alcances previstos en la Ordenanza Nº 783/90, el ejemplar de caldén (Prosopis caldenia) que se encuentra ubicado en la calle Raúl B. Díaz, vereda oeste, entre Tupungato y Aconcagua en el Barrio Villa Germinal.
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Rubén SIERRA – Gustavo FERNANDEZ MENDIA
Secretario H. Concejo Deliberante – Presidente H. Concejo Deliberante.
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