Contribución de Mejoras relativa a la red colectora cloacal. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Contribución de Mejoras relativa a la red colectora cloacal.


DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

ORDENANZA Nº 233/1970 Sancionada y Promulgada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 17 de Abril de 1970.
ARTICULO 1º.- Dispónese el pago de las mejoras (Colectoras y conexiones) por los vecinos:
Todo inmueble situado con frente a las calles en las cuales se construya la red colectora cloacal, queda sujeto al pago de una contribución proporcional al costo de la obra y a su respectivo frente con arreglo a las siguientes normas:

  1. El costo total resultante por la obra de red colectoras, incluyendo las bocas de registro, será prorrateado entre los inmuebles frentistas a la misma, de acuerdo a su respectivo frente. Para los lotes situados en esquinas se tomará como frente costeante, por el lado que se realice la conexión domiciliaria a los efectos del pago de las mejoras.
  2. El costo total resultante por la construcción de conexiones domiciliarias, será prorrateado entre la cantidad de conexiones que se efectúan, de tal manera que saldrá el precio unitario y uniforme para cada una de las respectivas conexiones.
  3. Los cargos a los frentistas se formularan provisionalmente con aplicación a los incisos a) y b) y sobre el monto de adjudicación y al finalizar la obra se realizaran los reajustes si los hubiere.

El sistema de amortización de las obras se regirá por lo determinado en la Ordenanza Nº 214/69.
ARTICULO 2º.- La Dirección Técnica de la obra determinara el costo por cada cargo y la oficina de Pavimento procederá a efectuar las liquidaciones correspondientes.
ARTICULO 3º.- Regístrese, tome conocimiento Dirección de Obras Publicas, oficina de Pavimento, dése al Registro de Ordenanzas de esta Municipalidad y cumplido. Archívese.
Felix D. MARIANI Eduardo F. MOLTENI
Secretario – Tesorero Intendente Municipal

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