Estacionamiento calle Santa Cruz. DEROGADA

DEROGADA POR ORDENANZA Nº 5351/2015

ORDENANZA Nº 229/1970, sancionada y promulgada por el Intendente Municipal el 26 de enero de 1970 Articulo 1º.- Establecese la circulación de una sola mano de este a oeste en la calla Santa Cruz -nº36- de Villa del Busto de esta ciudad en el sector comprendido entre las calles Tomas Masón y Raúl B. Díaz.
Articulo 2º.- El estacionamiento de vehículos en el sector aludido se hará solamente sobre la mano derecha, quedando terminantemente prohibido hacerlo sobre la mano izquierda.
Articulo 2º Bis. Incorporado por Ordenanza nº 3219/2004 – Señálese con cebrado en el cordón cuneta y colóquese carteles indicadores de la prohibición de estacionar sobre la maño izquierda, a razón de dos carteles por cuadra.
Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 1º de febrero de l970.
Articulo 4º.- Regístrese, publíquese. Tome conocimiento Policía Municipal de Transito, Pase a Inspección General para que proceda a la señalización correspondiente y cumplido. Archivese.
Eduardo F. Molteni Intendente Municipal

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