ORDENANZA Nº 1989/1997

Autorizando a donar bienes clasificados como fuera de uso o de rezago.

Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa, el 18 de Septiembre de 1997.

ARTICULO MODIFICADO POR ORDENANZA Nº 4848/2013.-
Artículo 1º.- Modificado por Ordenanza Nº 2797/2001 – Autorízase al Departamento Ejecutivo a donar los bienes que se encuentren, por el termino de seis(6) meses contados a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, clasificados como fuera de uso o rezago a Asociaciones Cooperadoras, Entidades de Bien Publico, Entes Oficiales y/u Organizaciones que nucleen a trabajadores selectores de residuos que desarrollan su actividad en el ámbito del Relleno Sanitario de Santa Rosa”.

Artículo 2º.- Contaduría General procederá a dar de baja los bienes donados de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo informará al Honorable Concejo Deliberante el listado de los bienes donados, como así también la nómina de las organizaciones y/o entidades beneficiarias.
Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Regístrese, Publíquese. Cumplido: Archívese.

Liliana Mónica ITALIANI Ing. Héctor O. HOLGADO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

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