Adhiérase a las Leyes Provinciales Nº 1589 y 1617. Plan de regularización dominial.

Adhiriendo a las Leyes Provinciales Nº 1589 y 1617. Plan de regularización dominial.

ORDENANZA Nº 1781/96 Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 25 de Abril de 1996.
ARTICULO 1º.- Adhiérese en el ámbito municipal a las Leyes Provinciales Nº1589 y 1618, con el objetivo de facilitar la regularización dominial a los adjudicatarios, construidas por operatorias bajo la administración del Instituto Provincial de Viviendas.
ARTICULO 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a convenir con el organismo provincial competente la forma de admitir las solicitudes de acogimiento que se encuadren en las disposiciones de dichas normas provinciales.
ARTICULO 3º.- Los trámites que se realicen ajustados a la ley y/o a los convenios que se subscriban, estarán exentos del pago de los derechos de oficinas, tasas de inscripción respectivas y multas por construcción sin permiso, vigentes en los ámbitos municipales.
ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo, en los términos de la Ordenanza Fiscal, podrá otorgar a los beneficiarios Certificado de Libre Deuda Condicional por todo concepto, al solo efecto de facilitar la escrituración e inscripción a su nombre del inmueble, quedando el nuevo titular obligado al pago de la deuda municipal, expresada en el Libre Deuda Condicional otorgado.
ARTICULO 5º.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, los beneficiarios deberán suscribir un convenio de pago en cuotas, acorde a las posibilidades económicas del presentante, que se otorgará aplicándose la tasa de interés y recargos que se provean en la Ordenanza Fiscal vigente.
ARTICULO 6º.- El libre deuda condicional contendrá la deuda generada con exclusividad por el adjudicatario desde la efectiva posesión de la vivienda.
ARTICULO 7º.- El Departamento Ejecutivo dispondrá en la forma mas adecuada, un programa de información sobre los alcances del sistema, a efectos de garantizar el libre acogimiento al Plan de Regularización Dominial.
ARTICULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
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Liliana Monica ITALIANI Ing. Hector O. HOLGADO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Municipalidad de Santa Rosa

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