Conformación de la Comisión Especial para la recuperación y reafirmación de nuestros derechos soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes


SANTA ROSA (L.P.), 02 DE JULIO DE 2020.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Aprueba la siguiente

Disposición Nº 03/2020

Artículo 1º.- Conformar la Comisión Especial para la recuperación y reafirmación de nuestros derechos soberanos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes (en adelante, la Comisión), por ser parte integrante del territorio nacional de la República Argentina.

Artículo 2º.- Integrar la Comisión con un (1) representante por cada bloque político del Concejo Deliberante, un (1) representante designado por la Presidencia y un (1) representante designado por el Departamento Ejecutivo, y un (1) representante del Movimiento Pampeano de Derechos Humanos. Asimismo, se invitará a ser parte de la Comisión al Centro de Veteranos de Guerra de La Pampa, Hijos de Veteranos de Guerra de Malvinas, Comisiones Vecinales, Partidos Políticos que se hayan presentado a última elección en la ciudad de Santa Rosa, Sindicatos con Personería Gremial, Cámaras Empresariales, Asociaciones vinculadas a la Cultura y el Arte, Centros de Estudiantes Secundarios y Universitarios, Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos, y Universidad Nacional de La Pampa.

Artículo 3º.- Fijar como líneas de acción de la Comisión, sin que sean taxativas, las siguientes:

  1. Planificar la Semana de Reafirmación de Nuestra Soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, entre los días 10 y 17 de junio de cada año;
  2. Convocar certámenes literarios vinculados a las Islas Malvinas para los distintos niveles educativos;
  3. Organizar charlas abiertas y producir material bibliográfico y audiovisual sobre la temática;
  4. Sugerir denominaciones vinculadas a la presente Disposición a barrios, calles y paseos públicos;
  5. Gestionar eventos deportivos y espectáculos artísticos referidos a las Islas Malvinas.

Artículo 4º.- Establecer como sede natural de la Comisión la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante.

Artículo 5º.- Encomendar a la Presidencia del Concejo Deliberante la redacción del Reglamento de Funcionamiento, la convocatoria y la coordinación de la Comisión.
En la primera reunión de la Comisión se deberá aprobar el Reglamento de Funcionamiento. Asimismo, podrán realizarse modificaciones al mismo a propuesta de alguno de los miembros de la Comisión.

Artículo 6º.- Derogar la Disposición Nº 7/1986 del Concejo Deliberante de Santa Rosa.

Artículo 7º.- Enviar copia de la presente Disposición a todos los Concejos Deliberantes y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa.

Artículo 8º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 107/2020-1 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOS DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTE.

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