ACTA Nº 987 DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA 987º REUNION

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA

ACTA Nº 987 DECIMOQUINTA SESION ORDINARIA 987º REUNION

En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil nueve, siendo la hora diecinueve con cuarenta minutos, da comienzo la Decimoquinta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2009, bajo la Presidencia del Concejal Guillermo José DI LISCIA, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los señores Concejales Sara Inés ALONSO, Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, Marcos Rubén CUELLE, María Alicia IRIBARREN, Gastón MASSARI COPES, Eduardo José María MOLTENI, Silvia Edith PÉREZ ROLDÁN, Angélica Cristina REQUEJO, Rubén Oscar SANTILLÁN, Sulma Isabel VALENZUELA y Oscar Antonio VIGNATTI.———————-
Ante una invitación de la Presidencia, el Concejal Massari Copes procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.————————————————————————
En primer término, se pasa a la consideración del Acta Nº 986, correspondiente a la Decimocuarta Sesión Ordinaria del Período 2009, la que resulta aprobada por unanimidad sin observaciones.———————————————————————————————–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.—————————————CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para hacer un simple y sencillo homenaje, pero que cala profundamente en los que fuéramos jóvenes y en quien hoy lo son y poseen un fuerte espíritu reformista. Cuenta la crónica que “una multitud de estudiantes invadió la sala. Alguien colgó un cartel que decía “SE ALQUILA”, y un joven escribió en el Acta: La Asamblea de todos los estudiantes de la Universidad de Córdoba decreta la huelga general”. Y así, aquel 15 de junio estalló la Reforma Universitaria cuyo fuego se extendió por toda América Latina. “Hombres de una República libre, acabamos de romper la última cadena que, en pleno siglo XX, nos ataba a la antigua dominación monárquica y monástica. Hemos resuelto llamar a todas las cosas por el nombre que tienen. … Desde hoy contamos para el país con una vergüenza menos y una libertad más. Los dolores que nos quedan, son las libertades que nos faltan. Creemos no equivocarnos, las resonancias del corazón nos lo advierten: estamos pisando sobre una revolución, estamos viviendo una hora americana”, escribían los jóvenes en su Manifiesto. Cuán importante fue esa utopía universitaria del ’18, que se anticipó medio siglo al “Mayo Francés”. Seguramente, la llegada de las capas medias al gobierno con el radicalismo, la Revolución Rusa, la Revolución Mexicana, la Primera Guerra Mundial, fueron el caldo de cultivo que marcaron el espíritu de los reformistas. Cuando el diputado socialista Juan B. Justo visitó la Universidad para entender los motivos del conflicto, descubrió el pésimo nivel académico. En la bolilla 16 del programa de Filosofía que dictaba el Doctor Ignacio Garzón, se enseñaban “los deberes para con los siervos”. Cátedras por herencia. No había aplazos en los exámenes. Cuando no sabían, los profesores les decían a los alumnos que vuelvan el mes que viene. Continúa el Manifiesto Liminar diciendo: “La rebeldía estalla ahora en Córdoba y es violenta, porque aquí los tiranos se habían ensoberbecido y era necesario borrar para siempre el recuerdo de los contrarrevolucionarios de Mayo. Las universidades han sido hasta aquí el refugio secular de los mediocres, la renta de los ignorantes, la hospitalización segura de los inválidos y -lo que es peor aún- el lugar donde todas las formas de tiranizar y de insensibilizar hallaron la cátedra que las dictara”. Señor Presidente: Las bases programáticas que estableció la Reforma fueron: Cogobierno estudiantil, Autonomía universitaria, Docencia libre, Libertad de cátedra, Concursos con jurados con participación estudiantil, Investigación como función de la Universidad, Extensión universitaria y compromiso con la sociedad. Esos valores, hoy los sustentan las agrupaciones reformistas del país, y para ellos va también nuestro homenaje, ya que ellos tienen la responsabilidad de replantear permanentemente la reforma universitaria. Estoy hablando, puntualmente, de la Agrupación Estudiantil Franja Morada y del Movimiento Nacional Reformista. Desde ya, que contamos con la certeza de que ellos asumen esa responsabilidad; y por ello contaremos para el país, con menos vergüenza y más libertades. Nada más, señor Presidente.——————————————————————————-
PRESIDENCIA: Le voy a pedir a la Concejala Sulma Valenzuela si puede ocupar el lugar de la Presidencia, para hacer un Homenaje por el Día de la Bandera y a Manuel Belgrano.——–
Conforme lo solicitado, la Vice-Presidenta de Cuerpo se hace cargo de la Presidencia, procediendo el Concejal Di Liscia a ocupar su banca.————————————————-
CONCEJAL DI LISCIA: Queríamos rendir un homenaje en relación a la Conmemoración del 20 de Junio, el Aniversario de la Muerte de Manuel Belgrano. Y este hombre se llamaba Manuel José Joaquín del Corazón de Jesús Belgrano. Cincuenta años, vivió. En esos cincuenta años, hizo muchísimo más de lo que nosotros sabemos por la educación escolar que hemos tenido, acerca del símbolo patrio y de la trayectoria de este hombre; un Hombre de Mayo, que estudió en lo mejor que había en ese momento en Buenos Aires para estudiar -el Colegio San Carlos- y estudió Derecho en Salamanca, en Madrid y en Valladolid. Tuvo la suerte de caer de Secretario en el Consulado de Buenos Aires, una oficina con gran impacto en lo que era la política técnico económica de la relación comercial del Virreinato. Y ya desde ahí se pinta lo que nosotros no conocemos de Belgrano, y lo que la Historia ocultó de Belgrano. Belgrano difunde para nosotros, en el entonces Virreinato, escuelas de Dibujo, de Matemáticas. Viendo el monopolio náutico de determinadas banderas, difunde la educación de la náutica -la primera Escuela de Náutica- y colabora en los emprendimientos periodísticos de la época. Es un Hombre de Mayo -es un Vocal de la Junta Provisional de Gobierno- y tiene una gran actuación militar, que a veces lo conocemos por esa manía que tenemos los argentinos de decir cómo fue el resultado del partido -Piedras más, Salta más, Vilcapugio y Ayohuma menos, dos a dos…, hacemos ese tipo de balance-. Sin embargo, este hombre nos deja un legado de trabajo con una serie de convicciones que quisiera leer algunas, de máximas que él nunca escribió, pero que practicó. Hay unas muy importantes, porque parece ser el primer -o uno de los primeros-…, tal vez el primer hombre que se ocupa decididamente de la educación de la mujer, en nuestro país. Propone la educación pública de la mujer. La mujer era una especie de ser que solamente en determinada capa social llegaba a la educación. Y tiene definiciones muy claras respecto a la educación de los jóvenes, y hasta tiene definiciones con respecto al uso de los impuestos y a la definición del Presupuesto. No tiene dudas de que “todos estamos obligados a concurrir en proporción a sufragar los gastos públicos”, y respecto de que “el Gobierno debe usarlos con un orden de igualdad, sin permitir que jamás quede exhausto el fondo de la Patria”. Es decir, la definición de él está en tres o cuatro frases, que me gustaría leerlas textuales. Una es: “Deseo ardorosamente el mejoramiento de los pueblos. El bien público… -que es su manía- está en todos los instantes de mi vida”. Una más general: “El camino seguro de la libertad es la lucha por la libertad social”…, “La vida es nada si la libertad se pierde”, “Nadie es más acreedor al título de ciudadano que el que sacrifica sus comodidades y expone su vida en defensa de la Patria”. Sobre todo, nosotros lo conocemos por la Bandera. Y también en el aspecto de la Bandera, Belgrano…, que cada vez que le fue bien, y para sacárselo de encima, lo mandaron a hacer de militar, en la Junta. Y cuando lo mandan de militar, le va -digamos- con suerte despareja. Y cada vez que vuelve de una campaña, es juzgado. Y las dos veces, le levantan los cargos con honores. Hay que destacar que la fecha que nosotros conmemoramos, es la de su muerte. Pero la fecha donde él levanta esa primera Bandera -que no era la Bandera que vemos acá; era una Bandera con dos bandas, nada más, y ahora vamos a ver por qué-, esa fecha es a orillas del Río Paraná, en las barrancas…, que a algunos que conocemos o hemos vivido en la zona nos impresiona ese espectáculo, y es el espectáculo de una civilización que se desarrolla con toda una serie de pro y contras, en ese momento todavía sin definirse como una Nación. Y ahí está, en Villa del Rosario, el 27 de febrero de 1912, donde levanta la primera Bandera, muy parecida a la Bandera…, y que después el gobierno se la desaprueba. Después, le desaprueban la Bandera. Finalmente, recién después de la Declaración de la Independencia en 1916 -días después- es aprobada esa Enseña, igual a la que conocemos ahora. Y en 1918, le ponen el Sol. Por eso es que quería referirme un segundito a este tema. Se ha escrito mucho con respecto a qué significan esos colores. A nosotros, en la escuela nos decían: el azul del cielo, y el blanco de las nubes. Bueno. Eso era una interpretación. Hay una interpretación religiosa, que “el manto de la Virgen”, que es rojo, o que es azul… La cuestión ideológica: el blanco del Poder Divino y el azul de la Libertad, de la Revolución Francesa. Hay una serie de interpretaciones que tienen que ver con los colores de los Borbones. Hay otra interpretación más práctica. Es decir, para hacerse de tela de color, en esa época, no era fácil. Se hacen de mucha tela de color azul cuando las Invasiones Inglesas, con el uniforme de los ingleses, con lo cual le resulta práctico hacer una bandera utilizando ese color. Y así, una serie de cosas. Lo significativo es la introducción, para la Bandera mayor, de un Sol; que no es un sol cualquiera. El que tenemos en la Bandera, es el INTI, el Sol Incaico, el Sol con los rayitos curvos; ése que a los chicos les cuesta dibujar en la escuela, y que simboliza nuestra unión con Latinoamérica. Ése es el símbolo tan fuerte que tiene nuestra Bandera. Y hay mil interpretaciones para lo de los colores. Y por último, yo quería decir dos cositas, porque recorriendo en Internet encontré una cosa curiosa, que es la codificación de los colores de nuestra Bandera. Porque ahora que todo ha pasado a “ceros y unos”, hasta el color de la Bandera está definido, en sus dimensiones y en su calidad. Pero lo que quiero decir es que más allá del azul y el blanco y la definición de ese Sol americano, y que el celeste y blanco -como decían algunos- sea definido como “un turquesa” por Belgrano y como un “ceros y unos” en Internet hoy, sin duda lo que trasciende es el mensaje de unidad, de un símbolo como la Bandera Nacional. Es por eso que apelo a la traducción de la palabra “recordar”, que viene del ‘recordis’ -hacer pasar de nuevo por el corazón las cosas-, y es eso lo que hacemos todos los años: hacer pasar de nuevo por nuestros corazones, cosas que ocurrieron y que nos sirven para unir a un pueblo que busca destinos mejores. Nada más.—————————————————————————————–
Finalizadas sus palabras de homenaje, el Presidente titular del Cuerpo retoma el ejercicio de la Presidencia, procediendo la Concejala Valenzuela a ocupar su banca.——————————
ASUNTOS ENTRADOS.———————————————————————————-
I-DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.———————–
I.1) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3942/09, mediante la cual se autoriza y declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle SIN NOMBRE. Expte Nº 107-1/09 (HCD). Pasa a archivo.—-
I.2) Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 3943/09, mediante la cual se autoriza y declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle CERROS BAYOS. Expte Nº 105-1/09 (HCD). Pasa a archivo.——————————————————————————————————-
I.3) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3944/09, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles ÑANDU y R. SAITUA. Expte Nº 103-1/09 (HCD). Pasa a archivo.———–
I.4) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3946/09, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ANTONIO CAVERO. Expte Nº 104-1/09 (HCD). Pasa a archivo.————–
I.5) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3947/09, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle FERNANDO J. ALTOLAGUIRRE. Expte Nº 113-1/09 (HCD). Pasa a archivo.——————————————————————————————————-
I.6) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3949/09, mediante la cual se autoriza y declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle MELVIN JONES. Expte Nº 110-1/09 (HCD). Pasa a archivo.-
I.7) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3950/09, mediante la cual se autoriza y declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle CARLOS PERETTE. Expte Nº 109-1/09 (HCD). Pasa a archivo.——————————————————————————————————-
I.8) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 3951/09, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ALFONSO CORONA MARTINEZ. Expte Nº 101-1/09 (HCD). Pasa a archivo.——————————————————————————————————-
I.9) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Comunicación 16/09, mediante la cual se solicita a la Cámara de Diputados de la Pcia. de La Pampa la aprobación y tratamiento de la nueva Ley Provincial de Educación. Expte Nº 120-1/09 (HCD). Pasa a archivo.——————————————————————————-
I.10) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 15/09, mediante la cual se declara de Interés Municipal la conferencia “ROMPIENDO EL SILENCIO”. Expte Nº 121-1/09 (HCD). Pasa a archivo.———————
I.11) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 16/09, mediante la cual se solicita al Vivero Provincial la reparación de todo el tejido perimetral, principalmente sobre la calle Manuel Dorrego. Expte Nº 118-1/09 (HCD). Pasa a archivo.———————————————————————————————–
I.12) Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo para conocimiento del Honorable Concejo Deliberante información trimestral de ejecución presupuestaria. Expte. N° 2758/2009/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. ——————
I.13) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza N° 3952/2009, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir convenio de pago con el correo oficial de la República Argentina. Expte. N° 129-1/2009 (HCD). Pasa a archivo.——————————————————————————————————-
II- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.—————————————-
II.1) Nota presentada por el Sr. Sergio Brozt, mediante la cual solicita una audiencia con el Cuerpo Deliberativo. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.———
III- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.—————————————————–
III.1) Nota presentada por el Sr. Concejal Oscar Antonio Vignatti, adjuntando copia de la Resolución dictada por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil de la ciudad de Santa Rosa, manifestando que se posibilite al suscripto Asumir y Ejercer el cargo de Concejal por el que fue electo el día 31 de Agosto de 2008. Pasa a la Comisión de Labor Parlamentaria, para ser agregada a sus antecedentes.————————————————————————–
IV- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.——————————————————
IV.1) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JOSE MANUEL ESTRADA. Expte Nº 3729/09 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.——————————————————————————–
V- DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACIÓN, Resolución Y Disposición—-
V.1) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejales del Frepam por el cual le solicitan al Departamento Ejecutivo la posibilidad de elaborar e implementar un “Programa Social de Obras y Servicios Públicos” con el fin de contener a los sectores más vulnerables de nuestra ciudad.—————————————————————————–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Altolaguirre.——————————————
CONCEJAL ALTOLAGUIRRE: Gracias, señor Presidente. Primero, quiero solicitarle que se tenga en cuenta la transcripción de este Proyecto en el Acta del día de la fecha. De acuerdo a lo conversado con algunos Concejales, la idea es solicitar que este Proyecto pase a la Comisión de Acción Social, con el fin de enriquecerlo y ver la posibilidad de sacarlo como Ordenanza desde el Concejo Deliberante, en donde alguna de las cosas a incorporar tiene que ver con las fuentes de financiamiento que tendría esta iniciativa, como es por ejemplo el Fondo Federal Solidario que está recibiendo el Municipio, algunos aportes que podrían venir del Gobierno Provincial, y ciertos programas que tenemos, para agregar a la posibilidad de financiamiento de este Programa. Por eso solicitaría al resto de los Concejales, que acompañen esta iniciativa para pasarlo a Comisión.—————————————————
Puesta a votación, la moción del Concejal Altolaguirre resulta aprobada por unanimidad, por lo que el tema es derivado a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.——————-
Conforme lo solicitado, se transcribe el Proyecto: “Santa Rosa, junio 2009. Proyecto de Comunicación. Fundamento: Los momentos que nos tocan atravesar son difíciles para todos en el mundo. La ciudad de Santa Rosa necesita de todos y entre todos podemos salir a delante. No podemos crecer como comunidad si se profundiza la discriminación, la marginación y la pobreza. En un trabajo reciente elaborado por la Asociación Alihuen, en el cual se ha consultado a 750 vecinos de nuestra ciudad, los resultados arrojaron que las principales demandas de obras y servicios al municipio son: iluminación de calles y espacios públicos, construcción de veredas, limpieza de baldíos, agua potable, mantenimiento de espacios públicos, forestación y pavimentación. A esto hay que sumarle el constante reclamo por seguridad y trabajo. Que en épocas de crisis es necesario redoblar los esfuerzos por garantizar los lazos familiares. Que la mejor forma de incluir a los sectores más vulnerables es creando nuevas oportunidades y expectativas en sus vidas, especialmente a través de la obtención de un trabajo. Que está la predisposición del gobierno provincial a financiar programas sociales en nuestra ciudad. Esto queda demostrado con la intervención constante que está realizando en la ciudad de Santa Rosa. Que Santa Rosa cuenta con el Consejo Consultivo de Políticas Sociales cuya finalidad es la elaboración de recomendaciones para mejorar las políticas sociales a partir del debate sobre la situación social y económica de cada barrio. Que existen programas y fuentes de financiamientos nacionales e internacionales. Que es justo y razonable que el vecino frentista abone las obras y servicios con un adecuado plan de financiamiento a medida de sus posibilidades. Viendo estos elementos y conociendo de la capacidad del Municipio para llevar adelante obras y servicios de estas características. Por ello El Bloque de Concejales del FREPAM Presenta el siguiente Proyecto de COMUNICACIÓN: Nos dirigimos al Departamento Ejecutivo con el objeto de solicitarle vea la posibilidad de elaborar e implementar un “PROGRAMA SOCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS”. El mismo tendría por finalidad contener a sectores vulnerables de nuestra población a partir de la generación de obras y servicios públicos de alta demanda de mano obra. El Departamento Ejecutivo sería el encargado de coordinar las obras y de conseguir el financiamiento de las mismas por parte de las autoridades gubernamentales provinciales o nacionales. Estas obras y servicios de Interés General y Utilidad Pública como iluminación de calles y espacios públicos, construcción de veredas, limpieza de baldíos, red agua potable, mantenimiento de espacios públicos, forestación y pavimentación con Mano de Obra Intensiva estarían destinadas a reforzar el entramado social del barrio y brindar más seguridad y confianza a los vecinos”.——————————————————————–
ORDEN DEL DIA.—————————————————————————————–

  1. Despacho conjunto de las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se adhiere la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley Provincial 2201 “Creación del Registro Provincial de Deudores Alimentarios” y a su decreto Reglamentario N° 219/2006. Expte Nº 253/2001 (HCD). Por Secretaría se da lectura.———————————————————————-

PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Angélica Cristina Requejo.————————
CONCEJALA REQUEJO: Gracias, señor Presidente. Es para hacer algunas aclaraciones respecto a este dictamen de la Comisión. Surge sobre la base de un proyecto que había sido presentado por el Bloque del Partido Justicialista en el año -si mal no recuerdo- 2005, y que había quedado fuera de estado parlamentario. Lo recuperamos, porque entendimos que era importante en cuanto a la unificación de la legislación que nos cubriera respecto de este tema tan puntual. ¿Y por qué razón Cuando se creó el Registro Municipal, si mal no recuerdo también, todavía no había salido la Ley Provincial. De todas maneras, de facto, en todos los trámites de la Municipalidad, especialmente en lo que son los trámites licitatorios, que se exige la presentación de la constancia de no tener deuda alimentaria, se está exigiendo la que proviene del Registro Provincial, que es el que realmente se ha mantenido y se mantiene por vigencia de esa Ley Provincial, debidamente actualizado. Por esa razón entendimos que no tenía razón de ser mantener una normativa local, cuando perfectamente nos puede cubrir una normativa provincial. Quería hacer esa aclaración, pues es un dictamen no proveniente de un proyecto de esta gestión, sino de un Bloque de actuación anterior. ———————————
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.——-
2) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza al Sr. Intendente Municipal a suscribir un Convenio de pago y contrato de locación con la Sra. Marina T. Ardohain y el Sr. Miguel Veloso. Expte. N° 136-1/2009 (HCD) y N° 5309/2008/1-1 (DE). —————————————————————
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Requejo.———————————————
CONCEJALA REQUEJO: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar al resto del Cuerpo, nos acompañen con la vuelta a Comisión de este expediente, por algunos detalles y observaciones que hemos advertido con posterioridad al dictamen, que es necesario se salven en una nueva revisión del mismo.————————————————————————-
Puesta a votación, la moción de la Concejala Requejo resulta aprobada por unanimidad, por lo que el tema vuelve a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.—————————-
3) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante le cual se consideran vigentes las previsiones de la Ordenanza N° 3167/04. Expte Nº 79/84 II Cuerpo (HCD). Previa lectura por Secretaría el Proyecto es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad en general y en particular. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.—————————————————————————————
4) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante la cual se excluye del pago de la contribución originada por Resolución Nº 472/08 que aprueba y declara la Obra de pavimento en calle JUAN B. ALBERDI, a los vecinos con frente a las calles internas. Expte N° 219/2003 (HCD) y N° 8611/08/1-1 (DE). Previa lectura por Secretaría el Proyecto es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad en general y en particular. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.————————-
5) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se incorporan los artículos 5º y 6º de la Resolución Nº 173/08 al texto de la Ordenanza Tarifaria Nº 3856/09, y se adhiere a los artículos 2º y 4º del Decreto Provincial Nº 370/08 y al Decreto Provincial Nº 2167/08, relacionado con la Tasa por Control de Marcas y Traslado de Granos. Expte Nº 151/08 II Cuerpo (HCD) y N° 10116/06 y agreg. 4992/08 (DE). Previa lectura por Secretaría el Proyecto es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad en general y en particular, votándose en forma nominal el Artículo 1º. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.——————————————————————–
6) Despacho conjunto de las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 605/08 (DE) dictada por el Comisionado Municipal, sobre la redeterminación de precios realizados en base al decreto Provincial N° 1024/02. Expte N° 132-1/09 (HCD) y N° 4626/2008/1-1(DE). Previa lectura por Secretaría el Proyecto es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad en general y en particular. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.—————————————————————————————————
7) Despacho conjunto de las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se aprueba y declara de Interés general, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Reconstrucción e Imprimación de la base de tosca y ejecución de la carpeta asfáltica en calles del Barrio Fonavi XXXIV. Expte. N° 19/08 (HCD) y N° 5845/2006 (DE). ———————-
Conforme lo dispuesto oportunamente, se transcribe el despacho: “Santa Rosa, 16 de Junio de 2009.- HONORABLE CONCEJO: Habiendo analizado las actuaciones obrantes en el expte. Nº 19/08 (HCD) y su agregado 5845/06 (DE) relacionadas con la Obra de Reconstrucción e Imprimación de la base de tosca y ejecución de la carpeta asfáltica en calles del Barrio FO.NA.VI. XXXIV, VUESTRAS COMISIONES DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DE HACIENDA, PRESUPUESTO Y CUENTAS, en despacho conjunto, aconsejan aprobar el siguiente proyecto de: ORDENANZA: Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Reconstrucción e Imprimación de la base de tosca existente y ejecución de la carpeta asfáltica en calles del Barrio FO.NA.VI. XXXIV, conforme a plano de fojas 31 del Expediente Nº 5845/2006 (DE). Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (45) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 534.171,78), con precios básicos referidos al mes de Noviembre/2008. Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a la obra de pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de las obras y sus respectivos frente y ancho de calzada, de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de las obras en la suma de PESOS: QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 534.171,78), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON CATORCE CENTAVOS ($ 278,14). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra, incluidas las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de la calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de las obras, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establece como forma de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el Artículo 1º la siguiente: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CINCUENTA (50) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º: En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra dispuesta en el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Previo a la realización de la obra aprobada en el artículo 1º, se tendrá en cuenta lo determinado por Ordenanza Nº 1254/93. Artículo 16º: De Forma”. ———————————————————————-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, votándose en forma nominal -previa lectura-, los Artículos 4º y 6º. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.———————————————————————————-
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles UNANUE Y MEXICO. Expte N° 133-1/09 (HCD) y N° 1877/2009/1-1 (DE).—————————————————————————————-
Conforme lo dispuesto oportunamente, se transcribe el despacho: “Santa Rosa, 17 de Junio de 2009.- HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE: Habiendo analizado el expte. Nº 133-1/2009 (HCD) y su agregado 1877/2009/1-1 (DE) relacionado con la Obra de Gas Natural en calles UNANUE y MEXICO, VUESTRA COMISION DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, aconseja aprobar el siguiente proyecto de: ORDENANZA: Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle UNANUE, vereda Noreste, 300 metros, entre PESTALOZZI y MÉXICO y MÉXICO, vereda Noroeste, 50 metros, desde UNANUE hacia Luis Alberto FERRANDO, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. Nº 1877/09.- Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Servicios Subterráneos, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Servicios Subterráneos deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5°: De Forma”. ———————————————————-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.——————————————————
9) Despacho conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se aprueba y declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle MAHATMA GANDHI. Expte Nº 135-1/09 (HCD) y 8709/08/1-1 (DE).—
Conforme lo dispuesto oportunamente, se transcribe el despacho: “Santa Rosa, 17 de junio de 2009.- HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE: Habiendo analizado el expte. Nº 135-1/2009 (HCD) y sus agregados 8709/2006 I Cuerpo (DE) y 614/2008/1-1 relacionado con la Obra de Pavimento en calle Mahatma GANDHI, VUESTRAS COMISIONES DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de HACIENDA PRESUPUESTO Y CUENTAS, aconsejan aprobar el siguiente: Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle Mahatma GANDHI entre Juan Manuel de ROSAS y Martín LUTHER KING, de esta Ciudad.- Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad.- Artículo 3º: La obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (90) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra.- Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON TREINTA CENTAVOS ($ 422.847,30), con precios básicos referidos al mes de Abril/09- Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística.- Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a la obra de pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON TREINTA CENTAVOS ($ 422.847,30), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON SESENTA Y TRES CENTAVOS ($ 369,63). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final.- 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. – 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística.- Artículo 7°: Se establece como forma de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1° la siguiente: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente.- 2) EN CUOTAS: Hasta en CINCUENTA (50) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35º de la Ordenanza Fiscal vigente.- 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socio-económico del contribuyente.- 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes.- Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes.- Artículo 9°: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio.-Artículo 10°: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles.- Artículo 11°: En casos de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica.-Artículo 12°: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible.- Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15°: De Forma”.—————————————————————
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, votándose en forma nominal -previa lectura-, los Artículos 4º y 6º. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.———————————————————————————-
10) Despacho conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Instalación de Alumbrado Público en calle CHACABUCO y pasaje SIN NOMBRE. Expte Nº 134-1/09 (HCD) y 5012/08/1-1 (DE).——————————————————————————- Conforme lo dispuesto oportunamente, se transcribe el despacho: “Santa Rosa, 17 de junio de 2009.- HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE: Habiendo analizado el expte. Nº 134-1/2009 (HCD) y su agregado 5012/2008/1-1 (DE) relacionado con la Obra de Alumbrado Público en calle CHACABUCO y Pasaje SIN NOMBRE, VUESTRAS COMISIONES DE PLANEAMIENTO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de HACIENDA PRESUPUESTO Y CUENTAS, aconsejan aprobar el siguiente: Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: DECLARASE de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: instalación de alumbrado público, en calle CHACABUCO entre Gobernador Miguel DUVAL y CATAMARCA y Pasaje SIN NOMBRE entre Gobernador Miguel DUVAL y CATAMARCA de esta Ciudad, conforme a documentación obrante en Expediente Nº 5012/08.- Artículo 2º: APRUEBASE la planificación y presupuesto elaborado por la Dirección de Obras Públicas, que asciende a la suma total de PESOS: TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($3.392,54) resultando consecuentemente un costo por metro lineal frente de PESOS: NUEVE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 9.98), con valores referidos al mes de Junio/08. Al conocerse los costos definitivos, la municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final.-
Artículo 3º: La obra contará con la instalación de (4) luminarias con lámparas a vapor de sodio de 150 W y será ejecutada por Administración con personal de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal.- Artículo 4º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes para la obra mencionada en el Artículo 1º, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del art. 29º de la Ordenanza Fiscal vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35º de la Ordenanza Fiscal vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socio-económico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 5º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 6°: Los certificados de deuda que extienda La Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 7°: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 8°: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible.- Artículo 9°: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente ordenanza. Artículo 10º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 11°: De Forma”.——————————————————————-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, votándose en forma nominal -previa lectura-, el Artículo 2º. Queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.—————————————————————————————
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos aconsejando el pase a archivo del Expte. N° 46-1/2008 referente al Problema de Tránsito en calles Pichihuinca, Caminito y Spinetto. Expte Nº 46-1/2008 (HCD). Previa lectura por Secretaría el despacho es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad.——————————
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora veinte con treinta minutos.———————————————————————————————-

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