ACTA Nº 953 PRIMERA SESION ORDINARIA 953º REUNION
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA
ACTA Nº 953 PRIMERA SESION ORDINARIA 953º REUNION
En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los seis días del mes de marzo del año dos mil ocho, siendo la hora diecinueve -fecha y hora correspondientes a la realización de la Primera Sesión Ordinaria del Período 2008, según lo establecido oportunamente en Sesión Preparatoria-, se encuentran presentes en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante los Concejales Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, María Alicia IRIBARREN, Gastón MASSARI COPES y Angélica Cristina REQUEJO. Se encuentran ausentes el Presidente del Cuerpo Concejal Jorge Daniel LASA, los Concejales Rodolfo Atilio ARAUJO, Andrea María Laura GONZÁLEZ, Luis Enrique MARTÍNEZ, José Carlos MOSLARES y María del Carmen VIGUIÉ.——————————————————————————————————CONCEJAL MASSARI COPES (De pie, dirigiéndose a vecinos de la Ciudad, que han colmado el Recinto de Sesiones): Vinimos al Concejo Deliberante para poder poner en funcionamiento los mecanismos para destituir al representante del Ejecutivo de este Gobierno Municipal autoritario. Convocamos e invitamos a los miembros del Partido Justicialista; a los Concejales, especialmente, a que tuvieran su cuota de responsabilidad y se presentaran hoy, acá, en el lugar donde ellos pretendían que nosotros viniésemos, como lo hicimos hoy, nada más que con otro motivo y para otras cuestiones. Ellos pretendían que nos sentáramos acá para darle aprobación a un Presupuesto ilegal, a una Tarifaria ridícula ilegal, y a todo un proceso de gobierno autoritario. Pretendían que pusiéramos en funcionamiento una policía que era netamente autoritaria, de corte fascista. Hoy estamos acá para poder destituirlo desde donde correspondía: el Concejo Deliberante. Ésta es la única herramienta que nosotros teníamos, legítima, para poder echarlo. La otra la tenían ustedes, y la utilizaron. Nosotros realmente sentimos un gran orgullo, de poder estar del lado de la Historia con ustedes, hoy. Desde el Bloque del FREPAM, desde su brevísima existencia realmente estamos emocionados y orgullosos, del poco tiempo que duró nuestro mandato, porque ya nos han comunicado que estaría intervenido el Municipio entero, tanto el Poder Legislativo como el Ejecutivo. Esperaremos hasta la hora diecinueve y treinta, a ver si los Concejales del PJ se presentan y demuestran que tienen civismo, demostrando que la violencia y el autoritarismo están del otro lado y no del lado de la gente.————————————————————
Seguidamente, la Concejal María Alicia IRIBARREN se dirige a los vecinos presentes, a fin de poner en su conocimiento el texto del Proyecto de Resolución impulsado por el Bloque del FREPAM, el que es transcripto a continuación: “Santa Rosa, 06 de marzo de 2008. Visto: Las reiteradas irregularidades en las que habría incurrido con su conducta el titular del Poder Ejecutivo Municipal Sr. Juan Carlos Tierno; y Considerando: Que las transgresiones encuadran como “graves” en los términos de la Ley 1597. Que mediante la Resolución nº 21/2008 -referente al Presupuesto y la Tarifaria- ha incurrido en el desconocimiento manifiesto de la Constitución Provincial y de la Ley Orgánica de Municipalidades, violando además las disposiciones de la Constitución Nacional. Que además dictó las resoluciones 20/08 Creación de Juzgado de Faltas, 19/08 Policía Comunitaria, 18/08 Espacios Públicos y 17/08 de Prohibición de venta de Bebidas Energizantes. Que a través de dicha actitud ha desconocido y usurpado funciones establecidas constitucional y legalmente como propias de este Honorable Concejo Deliberante. Que a la actualidad existe una (1) denuncia penal en trámite contra el Sr. Intendente y los funcionarios firmantes de la mencionada resolución 21 caratulada:”Iribarren María Alicia y otros s/Denuncia” (270/08) por la cual se lo investiga por Abuso de Autoridad y Usurpación de funciones entre otros posibles delitos. Que existe un (1) amparo de un particular cuya medida cautelar prosperó y obligó a la Municipalidad al recálculo y cobro de acuerdo a la ordenanza tarifaria del año 2007. Que existe un (1) amparo colectivo presentado por A.D.E.C.U.A. cuya causa “A.D.E.C.U.A. c/Municipalidad de Santa Rosa s/acción de Amparo” (F 66948) cuya medida cautelar prosperó y obligó a la Municipalidad al recálculo de las tasas por servicios para todos los vecinos de la ciudad de acuerdo a la ordenanza tarifaria 2007. Que a la fecha, el Sr. Intendente, ha dictado más de 100 resoluciones de las cuales este Honorable Concejo Deliberante, pese a reiterados pedidos, solo ha podido acceder -muchas veces de manera informal- a un reducido número de ellas, quedando demostrado que el Ejecutivo Municipal ignora a este Concejo Deliberante y legisla. Que existe acta de constatación por Escribana Pública en el expediente “A.D.E.C.U.A. c/Municipalidad de Santa Rosa s/acción de Amparo (F 66948) de que se ha desobedecido la orden judicial de recalcular las tarifas de acuerdo a la ordenanza tarifaria 2007 habiéndose constatado que ello no se cumplía. Que para la realización de un precario relevamiento territorial ha cambiado esencialmente las condiciones laborales de los empleados municipales, desmejorando y empeorando las mismas, asignando funciones que son ajenas a la tarea desempeñada en cada ámbito por los empleados municipales; obligándolos a correr riesgos innecesarios. Que se ha producido el desmantelamiento del Centro Municipal de Cultura. Que se ha cerrado y desestructurado todo el equipo técnico del Área de la Mujer, provocando un inestable clima en las relaciones de los recursos humanos que trabajan en el mismo. Que existe un amparo de la Cámara de Comercio cuya medida cautelar prosperó y obligó a la Municipalidad al recálculo de las tasas de “seguridad e higiene” para todos sus socios de acuerdo a la ordenanza tarifaria del año 2007. Que todo lo expuesto y el progreso de las mencionadas medidas cautelares ha generado un grave desorden administrativo, económico y financiero en el municipio. Que ha sido denunciado penalmente el Secretario de Hacienda por sustitución de documentación original ofrecida a los bloques, respecto de la “Estructura de Costos” estando en trámite la denuncia penal ante el Juzgado Penal Tres caratulada: “Bloque Concejo Deliberante del FREPAM s/Denuncia” (37696/08). Que ha producido el ingreso en condiciones irregulares de más de 250 personas sin selección alguna y/o control por parte de este Honorable Concejo Deliberante. Que, a su vez, este ingreso irregular de personal genera una gran erogación mensual y excedió sus facultades legales en el período de receso, produciendo un gran desorden administrativo, económico y financiero, sobretodo teniendo pleno conocimiento que el Honorable Concejo Deliberante podía desaprobar o rechazar la misma. Que ha realizado innumerables erogaciones y gastos en base a la propia Resolución 21/08 donde él propone, aprueba y ejecuta el Presupuesto y la tarifaria, cuando dichos temas son facultad exclusiva del Honorable Concejo Deliberante y, por ende, dichas erogaciones han causado un grave desorden económico y financiero, poniendo en peligro el régimen municipal. Que durante el acto en que se debía dar inicio al período de sesiones ordinarias del corriente año, el Sr. Intendente prohibió el ingreso de los ciudadanos al ámbito donde se creó y se desarrolla la democracia representativa. Que la actitud confrontativa del Sr. Intendente ha provocado un grave desorden social, generando innumerables y reiteradas protestas públicas, individuales y colectivas por parte de los vecinos de la ciudad. Que pese a las advertencias formales a través de nota efectuadas por el bloque de concejales del Frepam no ha corregido su actitud persistiendo en su accionar irregular. Que pese al Dictamen de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, donde se le expresó cuales eran los requisitos indispensables para la realización de un Censo, los cuales el Municipio en manera alguna cumple, por lo cual la obtención de los datos es ilegal, conforme lo establece el propio Dictamen y viola la Ley Nacional nº 25.326. Que es constante y reiterada su actitud de vulnerar derechos y garantías constitucionales tanto de los ciudadanos de Santa Rosa, como de los propios empleados de la municipalidad. Por ello, el Bloque de Concejales del FRE.PAM. Presenta el siguiente proyecto de: Resolución: Art. 1: Crear la Comisión Investigadora prevista en el art. 119 de la Ley 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, a los efectos que investigue las conductas y/o transgresiones realizadas por el Sr. Intendente Juan Carlos Tierno, desde el 10 de Diciembre de 2007 hasta la fecha en todos los aspectos constitucionales, legales, administrativos, económicos, jurídicos, financieros.- Art. 2: De Forma.- Fdo.: Concejales Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, María Alicia IRIBARREN, Gastón MASSARI COPES y Angélica Cristina REQUEJO”.—————————————————————
—Transcurrido el tiempo reglamentario y no habiéndose reunido el quórum requerido para sesionar, conforme lo establecido en el Artículo 88 del Reglamento Interno, se levanta la Sesión siendo la hora diecinueve con treinta minutos.————————————————-
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—Conforme lo ordenado por la Dirección General de Administración de la Municipalidad de Santa Rosa, ante solicitud formulada al señor Comisionado Municipal respecto al procedimiento administrativo correspondiente, se hace constar que el texto que antecede no fue sometido a votación para la aprobación u observación de sus términos por parte de los Concejales integrantes del Cuerpo, debido a la falta de quórum legal que impidiera la realización de las Sesiones convocadas con posterioridad al 10-12-07 y la subsiguiente intervención del Municipio en sus dos Departamentos.————————————————
—DEPARTAMENTO ACTAS DE SESIONES, 10 de Abril de 2008.-