Acta Nº 1513

ACTA Nº 1513 OCTAVA SESION ORDINARIA REUNIÓN Nº 1513

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil veintitrés, siendo la hora diez con seis minutos, da comienzo la Octava Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2023, bajo la Presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, Secretaría a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA; y con la presencia de los concejales y concejalas, José Carlos DEPETRIS, Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Yésica Lorena GUAIQUIÁN, Marcelo Raúl GUERRERO, Juan Baustista LIMA Pablo PERA IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA y Ana Natalia SUELDO. Se ecuentran ausentes con aviso las concejalas Nancy Fabiana CASTAÑIERA y Claudia Bibiana GIORGIS.

Conforme una invitación de la Presidencia, el concejal Juan Baustista Lima procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto y el público presente a ponerse de pie.

PRESIDENCIA: En cumplimiento de la Ordenanza Nº 4849, invito al vecino Nelson Muttio a hacer uso de la Voz del Vecino/a.

SEÑOR NELSON MUTTIO (AGENTE MUNICIPAL): Buenos días. Como dijo la señora, soy Muttio, Nelson. Veintisiete años de servicio en la Municipalidad de Santa Rosa. Me desempeño en Servicios Sanitarios u Obras Sanitarias. Teníamos dos inquietudes con los compañeros. Sobre todo una hoy se vio reflejada con el tema de los colectivos. El otro día me subí al colectivo, no tenía saldo y me bajaron. Y, hoy un compañero que no usa colectivo, a las seis o seis y media, cuando mayor era la lluvia, quiso subir y no lo trajeron. Entonces, nosotros veníamos pensando en la posibilidad, así como hay personal de la policía o de salud que viaja, de que el empleado municipal, cuando se dirija o salga de su trabajo, pueda viajar gratis, ya que el colectivo es del Municipio. Sería una forma también de engrosarnos un poco más el bolsillo. Esa, sería una de las inquietudes que nos gustaría que ustedes estudien. Y, otra es el tema de los impuesto municipales. Por lo que veo, y no sé si es así, evidentemente todos los meses se reúnen para aumentar los impuestos municipales. Todos los meses aumentan. Tenemos compañeros que hace años que no pagan; y que no piensan pagar, porque así lo manifiestan, entonces, habíamos estado estudiando la posibilidad de ver, así como hay otros sectores, o en el mismo sector, porque, creo que tenemos otros empleados antiguos de Obras Sanitarias que no pagan impuestos y no sabemos por qué; o en la Cooperativa eléctrica, por ejemplo, hay sectores a los que se les cobra un mínimo de lo que ellos gastan en corriente, por ejemplo, yo tengo mi hijo. Y nos gustaría ver la posibilidad de que, aquel empleado que le hagan el débito por recibo de sueldo, en lugar de cobrarle el cien por ciento, se le cobre el cincuenta por ciento. Creemos que sería una forma de ayudar al bolsillo del empleado; y una forma del Municipio de asegurarse el ingreso de impuestos municipales. Y a la vez, hacer como me pasó a mí, que durante cinco años pagué por recibo ininterrumpidamente los impuestos, y me iban descontando el veinte por ciento por año. Y, en cinco años quedé al día con los impuestos municipales. Sería muy bueno, porque la mayoría de los chicos está debiendo. Y, los que tienen casa de barrio no han pagado nunca. Entonces, estuvimos viendo la posibilidad. Y, la mayoría se inclina porque les descuenten por recibo, con esas condiciones. Eso serían los dos temas que hemos tratado en la matera, cuando nos reunimos a tomar unos mates, que nos interesan muchísimo. Nada más. Gracias.

PRESIDENCIA: Muchas gracias señor Nelson Muttio. Vamos a continuar entonces, con el desarrollo de la Sesión.

A continuación se ponen a consideración las Actas Nº 1509, 1510 y 1511 que corresponden a la Cuarta, Quinta y Sexta Sesiones Ordinarias del período 2023. El Acta Nº 1509 es aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Estavilla, Fernández, Grotto, Gauiquián, Guerrero, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo; absteniéndose de votar por no encontrarse presente durante el desarrollo de la misma, previa autorización del Cuerpo para hacerlo, el concejal Lima. El Acta Nº 1510 también es aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/as concejales/as Estavilla, Fernández, Grotto, Guaiquián, Guerrero, Lima, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo; absteniéndose de votar por no encontrarse presente durante el desarrollo de la misma y previa autorización del Cuerpo para hacerlo, el concejal Depetris. El Acta Nº 1511 es aprobada por unanimidad. Las mismas son aprobadas sin observaciones.

PRESIDENCIA: Vamos a continuar ahora con los Asuntos Entrados.

ASUNTOS ENTRADOS.

I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.

I.1.- Nota Nº 057/2023 del Secretario de Hacienda y Abastecimiento, remitiendo el informe de horario extraordinario realizado por Agentes del DE en el mes de Abril de 2023, conforme Ordenanza Nº 4600. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 1765/22 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 024/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 036/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 070/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 116/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 182/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 219/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 242/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 259/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 309/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 331/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 343/23 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6850/2023, ratificando Resolución Nº 229/2023 dictada “Ad-Referéndum” del Concejo Deliberante, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JORGE SELVA. Expte Nº 24/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6854/2023, ratificando Resolución Nº 216/2023 dictada “Ad-Referéndum” del Concejo Deliberante, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles ACONCAGUA, USPALLATA, SEBASTIÁN JUNCO y ENRIQUE STIEBEN. Expte Nº 18/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.16.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6860/2023, ratificando Resolución Nº 231/2023 dictada “Ad-Referéndum” del Concejo Deliberante, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle PADRE FRANCISCO MARCOS DONATI. Expte Nº 26/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.17.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6861/2023, ratificando Resolución Nº 227/2023 dictada “Ad-Referéndum” del Concejo Deliberante, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle FLORICEL PEREZ. Expte Nº 22/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.18.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6862/2023, ratificando Resolución Nº 237/2023 dictada “Ad-Referéndum” del Concejo Deliberante, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle RAMÓN ALBERTO SAITUA. Expte Nº 27/2023-1 (CD) Expte Nº 6703/2022/1-1 (DE). Pasa a Archivo.

I.19.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6863/2023, mediante el cual se autoriza a Gustavo Aníbal DAL SANTO al reemplazo de un vehículo para la prestación del servicio de coches taxímetros. Expte Nº 29/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.20.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6875/2023, mediante el cual se excepciona a Susana Beatriz ISASA de lo establecido en el Artículo 72 de la Ordenanza Nº 4422 y sus modificatorias, a retirar los restos de quien en vida fuera Luisa Vicensia GIORLEO alojados en Referencia C 8273. Expte Nº 69/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.21.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6879/2023, mediante el cual se dona al Sindicato de Prensa Zona Sur La Pampa un inmueble, Referencia Nº 49431 – Partida Nº 781190. Expte Nº 117/2021-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.22.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6881/2023, mediante la cual adjunta la estructura de costos del Régimen Tarifario del Servicio de Taxis, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 4226 y sus modificatorias. Expte Nº 277/1997-7 (CD). Pasa a Archivo.

I.23.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 23/2023, mediante el cual se declara de Interés Municipal la presentación del libro “Las Primeras. Mujeres que hicieron historia” de la escritora Gisela Marziotta realizada el día 15 de Junio del corriente año. Expte Nº 86/2023-1 (CD). Pasa a Archivo.

II.- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.

II.1.- Nota presentada por el Concejal del Bloque de Frejupa Mariano Rodríguez Vega, remitiendo copia de la nota presentada por Carlos Loggia Presidente de la Cooperativa de Trabajadores de Emisora Pampeana, Nadia Villegas directora de Radio Nacional La Pampa y Ricardo Caso Presidente de la Asociación Civil Amun Kamapu, solicitando se considere la posibilidad de realizar un homenaje al periodista Julio Heredia por su trayectoria periodística en la ciudad. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

II.2.- Nota presentada por el Concejal del Bloque de Frejupa, José Carlos Depetris remitiendo copia de una nota de Juan Carlos Carrassay en representación de un grupo de vecinos que solicitan se evalúe designar una calle con el nombre de Alfredo Dalmiro Otalora. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.

III.1.- Nota presentada por Alejandro Ezequiel Drago representante de Western Union, mediante la cual adjunta proyecto de ordenanza de adecuación del rubro tributario. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

III.2.- Nota presentada por Víctor Iñaki Esponda Fernández integrante de la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Tierra, mediante la cual adjunta proyecto de ordenanza referido a la cesión de tierra para polo productivo y comunitario. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

III.3.- Nota presentada por integrantes del Consejo Pastoral de Iglesias Evangélicas de Santa Rosa, con el fin de informar la conformación de la nueva comisión directiva de la institución. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

IV.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.

IV.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales y la Concejala del Bloque Frejupa, mediante el cual la Municipalidad de Santa Rosa adhiere a la Resolución Nº 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, a través de la que se adopta en el ámbito del Sector Público Nacional la definición de “antisemitismo”, aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) en el año 2016. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejala Alba Fernández.

CONCEJALA FERNANDEZ: Gracias, señora presidenta. Buen día a todas y todos. Este Proyecto de Ordenanza tiene como objetivo la adhesión y adopción para la ciudad de Santa Rosa, la definición de “antisemitismo”, aprobada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto; y adoptada por el Estado Nacional a través de la Resolución 114/2020 del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación. Es menester señalar que, la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto, IHRA, reúne a gobiernos y expertos a fin de reforzar, impulsar y promover la educación, la memoria y la investigación en todo el mundo, sobre el holocausto; así como, mantener los compromisos de la Declaración de Estocolmo del dos mil. El veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, los treinta y un países miembros de la IHRA, adoptaron una definición práctica jurídicamente, de “antisemitismo”. A través de la Resolución 114/2020, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación señala que, “la lucha contra cualquier forma de discriminación, incluido el antisemitismo, es una de las políticas del Estado más importante”. Y, por ello, la República Argentina, participa en forma activa en todas las iniciativas internacionales y regionales destinadas a combatir este flagelo. La Resolución mencionada es acorde a las disposiciones de la propia Constitución de la provincia de La Pampa, que en su articulo 6 establece “Todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. No se admite discriminación por razones étnicas, de género, religión, opinión política o gremial, origen o condición física o social. La Provincia reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas. La convivencia social se basa en la solidaridad e igualdad de oportunidades. Las normas legales y administrativas garantizarán el goce de la libertad personal,el trabajo, la propiedad, la honra y la salud integral de los habitantes.”. Para finalizar, señora presidenta, es de suma importancia para las y los ciudadanos argentinos continuar marchando por la senda del respeto por los derechos humanos y el avance hacia la eliminación de las practicas de xenofobia, racismo y odio, que lo que hacen es, desunir a la sociedad. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejala.

IV.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SERGIO LÓPEZ. Expte Nº 2038/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle DUGHU THAYEN. Expte Nº 6239/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Juan Manuel FANGIO. Expte Nº 1608/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en Avenida Dr. Alfredo Luis PALACIOS. Expte Nº 995/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TELÉN. Expte Nº 1591/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.7.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CACIQUE CATRIEL. Expte Nº 1592/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.8.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LOPE DE VEGA. Expte Nº 1768/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.9.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Henri DUNANT. Expte Nº 1393/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.10.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles RIOS PAMPEANOS, Justo FERREYRA NORTE, Dr. César CARMAN NORTE y calle Sin Nombre. Expte Nº 227/2023/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

IV.11.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se excepciona a Alejandra Alicia SERRAINO titular de la Referencia C2077, de lo establecido en el Artículo 41, inciso 3) de la Ordenanza Nº 4422 y sus modificatorias. Expte Nº 2978/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

IV.12.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se excepciona a Rolando Omar PAYERO titular de la Referencia C5353, de lo establecido en el Artículo 41, inciso 3) de la Ordenanza Nº 4422 y sus modificatorias. Expte Nº 4966/2022/4-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

V.- DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACIÓN – RESOLUCIÓN Y DISPOSICIÓN.-

V.1.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y la Concejala del Bloque Frepam, mediante el cual solicita al Directorio del Banco de La Pampa analice la posibilidad de extender un día más a la semana la promoción de reintegro por consumo de farmacias y perfumerías a titulares del “Paquete Pampa”. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

V.2.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual expresa su más enérgico repudio a las declaraciones vertidas por Patricia Bullrich, Presidenta del PRO, contra la Universidad Nacional de La Pampa y el sistema universitario publico nacional. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

V.3.- Proyecto de Comunicación presentado por el Concejal del Bloque Propuesta Federal, solicitando al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para ordenar el tránsito en las intersecciones de las calles Argentino Valle, Márquez y Peñaloza. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

V.4.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual expresa su más enérgico repudio y rechazo al accionar represivo de la Policía de la provincia de Jujuy que responde al Gobernador Gerardo Morales.

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Expresar el más enérgico repudio y rechazo al accionar represivo de la Policía de la Provincia de Jujuy que responde al Gobernador Gerardo Morales contra el pueblo jujeño. Artículo 2º.- Reafirmar nuestro compromiso con la democracia y el Estado de Derecho en todo el territorio de nuestro país. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias presidenta. En este caso, estamos tratando en los puntos ingresados un Proyecto que, por lo menos desde nuestro Bloque, nos parece necesario, urgente, tener una manifestación desde este Concejo Deliberante, como casa de la democracia, como ámbito de consenso, como de debate, diálogo y demás, sobre una situación que se dio en la última semana y que se profundizó el día martes en la provincia de Jujuy, donde, a partir de la represión que sufrió, justamente, el pueblo jujeño, como consecuencia del accionar de la policía que responde al gobernador Morales, en una práctica que tiene que ver con el cercenamiento de derechos, con el derecho a la protesta, a la libertad de expresión, y demás que, realmente, me parece que deben ser de una preocupación de cada uno de los doce concejales, en este caso; de cada uno de los concejales presentes y también de cada uno de los Bloques que integran este Concejo Deliberante, como les mencionaba. Por ser una institución de la democracia, realmente, tiene que expresarse en este sentido; y entiendo particularmente al igual que el resto de mis compañeros de Bloque, con énfasis. Un rechazo enérgico, digamos. En este sentido, presidenta, decir que en la última semana hubo balas de gomas, gases lacrimógenos, detenidos en vehículos no oficiales de la policía, vehículos sin patentamiento, policías infiltrados, heridos, trabajadores de prensa también heridos y que se encontraban haciendo la cobertura de lo que estaba sucediendo ahí en Jujuy el pasado martes; también gente de los pueblos originarios, de las comunidades. Esto marcó, sin dudas, el escenario triste que uno podía ver por televisión, generando una gran preocupación y que devino en la presentación de este Proyecto de Resolución que, no es ni más ni menos que, proponer un pronunciamiento propiamente de este Concejo Deliberante que, entiendo, repito,es totalmente necesario. Todo esto surgió, y debo decir, a partir de un reclamo de docentes, por un lado, de trabajadores y de la comunidad en general que se fue sumando, en contra de, por un lado, la cuestión salarial y entendiendo que el sector docente en aquella provincia tiene los salarios mas bajos de nuestro país. Y, también, todo eso creció. La bronca del pueblo jujeño creció por lo que uno podía leer, ver en los medios televisivos. Eso creció a partir de una reforma constitucional que se hizo, sin dudas, en contra del pueblo jujeño en lineas generales. Y, que sin dudas, como mencionaba, cercena derechos a artistas, a la libertad de expresión, que están legalmente garantizados por Constitución Nacional y Tratados Internacionales. Con todo ello, lo que conlleva a esta situación. Y, también algunos cambios respecto de administración de justicia, respecto del régimen municipal; y principalmente, y es otro punto que debemos tener en claro en este contexto, en este debate y en la situación del país en la actualidad, respecto de la utilización de los recursos naturales y la ocupación de las tierras en las cuales se encuentran esos recursos. Ahí, el litio que hoy tiene un gran avance en términos de producción, en términos económicos, si se quiere, tiene un punto central. Una reforma constitucional que, sin dudas, entendemos debe ir acompañada de un amplio consenso. Y, justamente, es lo que no hubo. Esa reforma fue tratada en dos semanas. Fue tratada con demasiada celeridad. Se aprobó solamente en dos Sesiones. Sin participación social. Para lo cual, me parece necesaria, una crítica de cada uno de esos sectores del oficialismo que avanzaron en esta iniciativa, sin dudas, de espalda al pueblo, sin siquiera informar qué es lo que se estaba reformando. El gobernador Morales, a través de su representante en aquella provincia, ganó las elecciones en el último mes de mayo. Las elecciones provinciales. Las elecciones de la gobernación. Pero, claramente, se entiende que esto no es una carta abierta para avanzar en cualquier reforma constitucional, con lo que ello conlleva. Digo, con la importancia institucional que tiene una reforma de ese tipo para una provincia, un estado provincial en este caso. Y, entendemos que esas reformas deben llevar el consenso del pueblo, de los trabajadores, de los sindicatos, de los gremios y demás. Y, lo que uno puede entender y las consecuencias del reclamo, ello no sucedió. Y, es realmente preocupante. La protesta social, presidenta, es un derecho avalado, como ya mencionaba, por Constitución Nacional, por Tratados Internacionales, en el marco de la libertad de expresión y de las garantías en ese sentido. Una manifestación, nunca puede ser reprimida por el exceso o de forma excesiva, en este caso, por la fuerza de la policía. La respuesta de las fuerzas policiales que responden a Morales han sido absolutamente desmedidas, como bien mencionaba; solo comparables a la brutal represión del dos mil uno, que dejó un saldo de treinta y ocho muertos en nuestro país, y un gobierno del cual, el gobernador Morales era parte. Con lo cual, entendemos que hay ahí una conducta que se repite. En este sentido presidenta, lo que nos debe preocupar y llevar a la votación, también la preocupación de un sector importante de ámbito político, si se quiere, que es Juntos por el Cambio. Y, en este sentido, uno, con total sinceridad, expresa su preocupación. Y, cuando salieron a manifestarse cada uno de los principales referentes a “bancar” o apoyar la actitud represiva del gobernador, realmente, a uno le llamó la atención. Por lo menos, no le deja de sorprender en algún punto. Aunque, entendemos que, los lineamientos políticos, por lo menos de ese espacio, tienden a ir en ese sentido. Y, la defensa de la represión que hizo Juntos por el Cambio, sin solidarizarse con los trabajadores, ni con los docentes, ni con los trabajadores de prensa ni con el pueblo jujeño en general, la verdad es que, enciende una alarma y es realmente preocupante. Me parece que todos defendieron lo indefendible de alguna forma. La brutal represión al pueblo jujeño que estaba pidiendo recomposición salarial para los docentes, como bien mencionaba, que tienen los sueldos más bajos del país y que tiene que ver con el pedido y el reclamo del pueblo que estaba en las calles. Por último, presidenta, me parece necesario rechazar y repudiar porque, como representantes del pueblo, en este caso de la ciudad de Santa Rosa, y como institución de la democracia, es necesario siempre ponernos del lado del diálogo, del consenso y de una solución pacífica de cada uno de los conflictos que, evidentemente en este caso, no sucedió, pero por una propia orden de la gobernación de Jujuy en contra del pueblo trabajador que era quien reclamaba en las calles por sus derechos. Ante esta situación, y entendiendo el articulo 56 del Reglamento Interno de este Concejo Deliberante, solicito presidenta, la votación de la iniciativa propuesta. Muchas gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejal. Tiene la palabra la concejala Lorena Guaiquián.

CONCEJALA GUAIQUIAN: Gracias, señora presidenta. Ante los terribles hechos que vimos atónitos frente a la televisión de esta semana en Jujuy, no puedo dejar de manifestarme, tanto desde mi lugar de concejala de la ciudad de Santa Rosa, como desde mi pertenencia identitaria. Spy una mujer perteneciente a una comunidad mapuche e integrante del Colectivo de Lucha por las reinvidicaciones a los Pueblos Originarios, sufrientes hace mas de quinientos años de sucesivas conquistas de los llamados vilmente “procesos civilizatorios”. En ese marco, lo primero que quiero decir es que, con gran tristeza he visto como, desde lugares de representación política importante, y llamativamente, incluso en nuestra provincia, en La Pampa, se intentó llevar un hecho político de inusitada importancia, al terreno embarrado de la tergiversación planteando la negación entre actos que no tienen nada que ver en diferentes provincias. Mezclar y negar sobre una cancha embarrada los hechos de Chaco y Jujuy, son de una gran torpeza y, me atrevo a decir, de una gran bajeza que no tenía vista en esta provincia, aun en circunstancias electorales como las que nos atraviesan. Dicho esto, y porque discutir sobre ello nos lleva a darle identidad a esa bajeza que cité, me voy a referir expresamente a los sucesos de Jujuy. Para ello, simplemente quiero decir que, la reforma de la Constitución Nacional de mil novecientos noventa y cuatro, plasmó un cambio de paradigma en materias de Derechos Humanos, incorporando la inclusión de grupos vulnerados históricamente. En particular, la preexistencia étnica y cultural de las primeras naciones de la República Argentina. Hasta entonces, en materia indígena, regía el articulo 67 inciso 15 de la Constitución Nacional de mil ochocientos cincuenta y tres. Y, establecía que le correspondía al Congreso Nacional proveer a la seguridad de las fronteras, conservar el trato pacífico con los indios, y promover la conversión de ellos al catolicismo. Tras un arduo trabajo de las organizaciones indígenas para consensuar una propuesta que incluyera los principales derechos en el nuevo texto, estos se plasman en el articulo 75 inciso 17 de nuestra Constitución vigente hoy en día, que reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, reconoce la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan, regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano, previendo que, ninguna de ellas será inajenable, intransmisible, e insusceptible de gravamen o embargo. El nuevo marco de derechos supone asegurar la participación de los pueblos en la gestión referida a sus recursos naturales y demás intereses que así los afecten. Esto es una construcción paradigmática. Se necesita ir generando todos los días ciertas condiciones para que la sociedad encuentre sus equilibrios y otorgue los marcos incluyentes para la convivencia en las diferencias, restituyendo estos derechos en la práctica. En este proceso, la integración de Argentina a los Tratados Internacionales en la materia, es un paso fundamental. El Convenio 169 de la OIT, ampliamente ratificado por el país en numerosas ocasiones, especialmente, la ultima vez en el año dos mil veintiuno, de carácter vinculante, o sea que genera consecuencias jurídicas internacionales, es la norma fundamental mundial en derecho indígena. El citado Convenio explicita el derecho que tienen los pueblos indígenas, sus comunidades y organizaciones. Comunidades que deben ser consultadas previamente a cualquier ley, medida, proyecto o programa de toda índole; y susceptible de afectarlo. Esto es para todos los ámbitos. Tanto en el Poder Ejecutivo, Legislativo como el Judicial. Es deber de los Estados parte, garantizar y hacer accesible su cumplimiento. Los estándares básicos de esta consulta hablan y mencionan que tienen que ser libre, previa, informada, cargada de buena fe, la información completa, adecuada, culturalmente adecuada también. Las comunidades originarias jujeñas exponen no haber sido consultadas bajo ningún término de los expuestos ante la reforma de la Constitución Provincial de Jujuy, llevada adelante en tiempo récord y sin que la sociedad jujeña, originaria o no, se entere de qué se trata. La sociedad civil jujeña expone lo mismo desde los sindicatos y organizaciones de base. Y, se expresan. Ante un conflicto de este tipo quedan dos caminos para quien detenta el poder; imponer mas democracia o imponer autoritarismo. Lamentablemente Jujuy, optó por lo segundo. Y se lo hecho desde la forma más impresionante y retrógrada que parecía haber quedado atrás en nuestro país. Desde, la criminalización de la protesta, desde la agresión hacia el pueblo que se manifiesta, con total impunidad. Tanta, que azorados vimos cómo se allanaba sin órdenes, se llevaban gente desde coches y camionetas sin patentes o pertenecientes a empresas vinculadas al poder político y con el accionar de civiles sin identificación. A quienes nos interesa la historia, a quienes nos interesa la memoria, se nos vino inmediatamente a la memoria Ledesma. Y, sí. Los motivos son los mismos; el poder económico. Ayer era Ingenio, azúcar, papel. Hoy, cannabis, megaminería, litio. Y, ¡ojo!, con dolor digo que, al votar y valorar ésto, hay de todos los colores y partidos. También nos toca al peronista. Pero, quienes como decía antes, apelamos a la memoria colectiva como bien supremo de la democracia, seguramente recordaremos como tiempo del terrible proceso del setenta y seis, nuestras madres se aferraron a las denuncias de amnistía internacional. Pues bien, amnistía se ha manifestado frente a los hechos de Jujuy, condenándolos explícitamente y pidiendo en forma urgente, primero, la suspensión del proceso de reforma constitucional, y la habilitación de un proceso de diálogo que permita establecer un mecanismo participativo para sanción de la reforma parcial de la Constitución. En segundo lugar, se detengan los operativos de represión policial sobre las manifestaciones que están teniendo lugar en distintos puntos de esa provincia. En tercer lugar, se informe sobre el paradero de todas las personas detenidas. Cuarto lugar, se desarrollen las medidas necesarias para liberar a todas las personas detenidas por ejercer el derecho a la protesta. Quinto, que se investiguen las actuaciones policiales de todas las protestas sucedidas en la provincia. Sexto, que se aseguren todas las condiciones de atención a las personas heridas y se convoque a los órganos especializados para la atención de niños, niñas y adolescentes. Junto a Amnistía Internacional Argentina firman, abogados y abogadas del noroeste argentino en Derechos Humanos, en derechos sociales; la Asociación de Abogados y Abogadas de Derecho Indígena, la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas, el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, la Asociación Civil por la Iguladad y la Justicia, el Centro de Estudios Legales y Sociales, el Centro de Políticas Públicas para el Socialismo, Consciente Colectivo ENDEPA, el equipo nacional Pastoral Aborigen, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, la Fundación para el Desarrollo de Justicia y Paz, Fundación Servicios de Paz y Justicia, y las firmas siguen, siguen. Permitiéndome en este segundo ser autorreferencial, ya he hablado acá, largamente sobre la reforma del noventa y cuatro y la lucha conjunta de ese momento y de esos movimientos con respeto al federalismo y otros temas entre los líderes de diferentes espacios que tuvimos aquí en nuestra provincia, como el doctor Rubén Hugo Marín y Berhongaray. Y, de eso se trata. Espero que todos los referentes políticos de los diferentes espacios partidarios, con muchos de los cuales nos unen largas luchas en diversos colectivos, honren verdaderamente a sus convicciones. La República no es propiedad de algunos. Nos interesa a todas, todos y todes. La democracia implica una dialéctica, una confrontación de ideas. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejala Guaiquián. Le voy a dar la palabra al concejal Marcelo Guerrero.

CONCEJAL GUERRERO: Gracias, señora presidenta. Claro que repudiamos los hechos de violencia y nos preocupan profundamente. Por eso, apoyamos al pueblo e instituciones de Jujuy. Ahora, no podemos permitir que grupos violentos se lleven puestas las instituciones provinciales y la decisión que el pueblo jujeño tomó en las urnas el pasado siete de mayo. Como así también, nos preocupa la visión sesgada de violencia que tiene el oficialismo, no repudiando ni acompañando al pueblo chaqueño en el esclarecimiento de la desaparición de Cecilia, siendo que involucra a la clase política directamente. Nuestro compromiso, a cuarenta años ininterrumpidos de democracia, es rechazar toda forma de violencia política, que atente con la soberanía democrática del pueblo y la república. Los sucesos de Jujuy y los hechos ocurridos en Chaco, son las imágenes de la Argentina que no queremos más. La Argentina del apriete, del pensamiento único, de los privilegios para unos pocos, de quienes se creen por encima del resto. Esa Argentina se tiene que terminar. Los argentinos tenemos en nuestras manos, este año, la elección de qué país queremos ser. Queremos un país en libertad, con paz, unidad y desarrollo. Tenemos la firmeza y la determinación para construir un futuro diferente. Gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Guerrero. Tiene la palabra el concejal Pera Ibarguren.

CONCEJAL PERA IBARGUREN: Gracias, señora presidenta. También, escuchando atentamente a los concejales preopinantes, no debo dejar de expresar que, son concejales de la ciudad de Santa Rosa. Yo escuchaba atentamente al concejal Rodríguez Vega y parecía o veía su discurso más preparado como si el fuera concejal de San Salvador de Jujuy. Pero, estamos acá en la ciudad de Santa Rosa. Lo mismo, que hablaba la concejala Lorena Guaiquián, de la Reforma Constitucional del noventa y cuatro. Justamente, los artículos que ella menciona surgen del Pacto de Olivos. Y, esos artículos, justamente, no fueron propuestos por el oficialismo de ese momento, sino, justamente, por la redacción que propuso Raúl Alfonsín y la necesidad de incorporación y reconocimientos constitucionales a los pueblos originarios que venía de la mano de su gobierno con la creación del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. La verdad que, con el tema de la protesta social y del reconocimiento de aquellos reclamos sociales, deberíamos estar mas preocupados por dar respuesta a los reclamos sociales que no han hecho, no digo ayer o antes de ayer, sino ahora. Hoy a la mañana vino un vecino, aquí, a pedir que no lo bajen del colectivo si no tenía la plata suficiente para pagar el boleto. Y dentro de unos instantes, el oficialismo no va a dar respuesta a eso, sino que, va a aumentar el boleto de colectivo. Con respecto a las libertades individuales que también habló en el momento de su exposición la concejala Alba Fernández, si hablamos de libertades individuales, también tenemos que recordar que acá en la provincia de La Pampa, cómo se cercenaron las libertades individuales, y no por gente que cortaba rutas en sus reclamos, o arrojaba piedras en sus reclamos. Sino que, era gente que iba a comprar a la farmacia y la policía la detenía y la llevaba a la Comisaría, la desnudaba, la requisaba. Y, la gente que tocaba bocina en medio de una protesta, iban y la policía le secuestraba la camioneta, su elemento de trabajo, como pasó acá a personas que vinieron a hacer alguna protesta. Y recuerdo que el gobernador dijo en una conferencia de prensa cuando algún periodista, de los pocos que se animan a preguntar alguna cuestión, le preguntó qué iba a pasar con los excesos producidos en pandemia. Dijo que iba a apartar a los policías que se habían excedido. Y, no apartó a ninguno. O sea, ¿no hubo ningún tipo de exceso? Acá, desde el Bloque del FREPam, se presentó, justamente, un repudio a los excesos cometidos por la policía en cuestión de pandemia. Y, el oficialismo no acompañó de ninguna manera. Nosotros estamos en contra de la violencia, como dijo recién el concejal Marcelo Guerrero. Pero, esto no es una cuestión de repudiar una violencia. Es una cuestión pura y exclusivamente, política. Porque, no se repudia la violencia en su totalidad en Jujuy, sino que, se repudia el accionar policial en el marco de estas protestas que se han realizado, que puede ser legítima o no, – no quiero entrar en esa discusión- . Se habla también del litio, de los recursos naturales. Otra de las cuestiones de la Reforma Constitucional del noventa y cuatro es el tema de los recursos naturales y su transferencia a la explotación por parte de las distintas provincias. Ahora, el oficialismo que tanto se queja de los recursos naturales en Jujuy, ¿en manos de quién están los recursos naturales en la provincia de La Pampa? Y, son gobierno hace más de cuarenta años. ¿Están en manos de las Comunidades Originarias? ¿O Colonia Emilio Mitre es una cuestión bastante productiva en la provincia? Las tierras productivas, la sal, el petróleo, los minerales, están en grupos de las corporaciones capitalistas. Es decir, se muestra un interés por lo que pasa en Jujuy como si fuéramos concejal de San Salvador de Jujuy; pero hacemos la vista gorda en lo que nos pasa acá, en nuestra provincia. Y siendo el Bloque oficialista el que tiene las herramientas necesarias para cambiar la realidad de todas esas personas de las que ustedes dicen defender y repudiar esta violencia. Nosotros como Bloque, siempre hemos repudiado la violencia, venga de donde venga. Aunque, acá se negaron también, a repudiar la violencia que sufrió un concejal que está sentado aquí al lado mio cuando le dijeron que “lo iban a moler a palos”, un familiar directo del intendente. Y acá también se hizo oídos sordos. Así que, el Bloque del Frepam va a repudiar la violencia, siempre que se repudie de manera conjunta y en su totalidad. No vamos a permitir que una violencia se permita y otra no. La quema o el intento de quema de la Legislatura es un hecho muy violento. Pasó en Alemania en mil novecientos treinta y tres, y sabemos cómo le fue a Alemania. Paso en Argentina en dos mil uno; y sabemos cómo le fue a Argentina. Y, ¿ahora eso no se va a repudiar? ¿el oficialismo no lo va a repudiar? ¿Cómo es la cuestión? Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Pera Ibarguren. Tiene la palabra el concejal Estavilla.

CONCEJAL ESTAVILLA: Sí, gracias presidenta. Un poco en sintonía con lo que planteaba mi compañero de Bloque, el concejal Pera, y con lo que planteaba también el concejal Marcelo Guerrero. Repito que, nosotros repudiamos todo hecho de violencia. Y, repudiamos todo aquello que vaya en contra de la convivencia en sociedad. Y, me tomo de las palabras del concejal Rodríguez Vega que, con acierto decía que, “·somos representantes de los vecinos”, que, “esta es la casa de la democracia”; que “tenemos que ir siempre en la búsqueda de consensos”; que “todas estas situaciones sociales que se plantean, tienen que ser motivo de preocupación de todos los Bloques”. Por lo cual presidenta, me gustaría solicitar un cuarto intermedio para, dos cosas. Primero, ver si hay predisposición del oficialismo, autor de este Proyecto, para modificar el texto. Un poco en sintonía con lo que planteaba el concejal Pera de, repudiar todos los hechos de violencia. Y, también presidenta, para aprovechar, si es en este mismo texto, o tal vez realizar un Proyecto de Resolución aparte, para así, como dijo el concejal Rodríguez Vega, “somos la casa de la democracia”, donde se expresan todas las ideas, también realizar un llamamiento al gobierno de la provincia de Chaco para que haya rápida resolución del crimen de Cecilia. También eso nos hace recordar épocas feas de nuestro país. Me hace acordar al crimen de María Soledad Morales, donde también, los hijos del poder estaban relacionados. Los hijos del poder del Partido Justicialista. Y, en esta situación planteada en Chaco en estos días, donde varios acusados son miembros de una familia directamente relacionada al poder político. Así que, presidenta, es el pedido de un cuarto intermedio para tratar de llegar a un consenso con el texto y también realizar una manifestación como Cuerpo, de los hechos sucedidos en el Chaco en la última semana. Gracias.

Puesta a consideración, la moción del concejal Estavilla es aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Estavilla, Fernández, Grotto, Guaiquián, Guerrero, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo, votando en forma negativa el concejal Lima. Siendo la hora diez con cincuenta y tres minutos se da inicio al cuarto intermedio, reanudándose la Sesión siendo la hora diez con cincuenta y siete minutos.

PRESIDENCIA: Concejal Estavilla, le doy la palabra.

CONCEJAL ESTAVILLA: Disculpe presidenta. No hubo acuerdo para modificar el texto y realizar otra resolución por lo de Chaco.

PRESIDENCIA: Le doy la palabra al concejal Depetris.

DEPETRIS: Sí, en principio, entendemos que, un poco la propuesta de la oposición es comenzar a hablar de unitarios y federales. Acá estamos en un punto específico, que es, lo que está pasando en este momento en Jujuy. Y es una mirada, donde a todas vistas, el Estado reprimió utilizando los mismos elementos, salvo que no usaron Falcons verdes sino, Hilux blancas, para cometer las tropelías que se han cometido. Después, hay mucha tela para cortar. También autocrítica para hacer. Porque, eso que se votó, se votó con parte de la oposición. Pero, nosotros estamos acá, repudiando la salvajada que se hizo desde el Estado provincial y con un clarísimo ejecutor. Entonces, entendemos desde este Bloque, que tenemos que centrarnos en lo que nosotros proponemos, y el repudio que debemos hacer desde cualquier latitud del territorio nacional. No importa de qué provincia o de qué ciudad. Así que, nosotros rechazamos la propuesta de la oposición, como Bloque.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Fernández, Grotto, Guaiquián, Lima, Rodríguez Vega y Sueldo; votando en forma negativa los concejales Estavilla, Guerrero y Pera Ibarguren.

V.5.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de Interés Municipal la Obra Teatral “Talle Único”, interpretada y producida por Carolina Vergara, Ana Paula Lara, Lucas Mora y Mauricio Díaz, artistas pampeanos. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

V.6.- Proyecto de Comunicación presentado por el Concejal del Bloque Propuesta Federal, solicitando al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para capacitar en seguridad vial y llamar la atención al chofer de la línea 2 en el cumplimiento de las normas de tránsito. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

V.7.- Proyecto de Resolución presentado por los Concejales y las Concejalas del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de Interés Municipal la visita de la Selección Argentina de Fútbol Femenino Sub 17, a desarrollarse los días 21 y 22 de Julio del corriente año. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

PRESIDENCIA: Bueno, ya analizados todos los Asuntos Entrados, vamos a continuar con el Orden del Día.

ORDEN DEL DIA.

1. Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se fija el precio de la tasa del servicio de transporte urbano de colectivo de pasajeros (boleto). Expte Nº 158/2010-3 (CD) Expte Nº 1306/2020/1-2 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Fíjase el precio de la tasa del Servicio de Transporte Urbano de Colectivo de Pasajeros (boleto) en la suma de PESOS CIENTO VEINTE ($ 120,00). Artículo 2º.- Determinase el valor del boleto para escolares, alumnos que cursen estudios universitarios y/o terciarios, jubilados y pensionados que perciben haberes mínimos y excombatientes de Malvinas en PESOS SESENTA ($ 60,00). Artículo 3º.- Dispónese subsidiar las tarifas previstas en el Artículo 1º y 2º del presente:a) Boleto categoría general del Servicio Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en el valor de PESOS UNO CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 1,32); b) Boleto a jubilados y pensionados con haber mínimo y ex-combatientes de Malvinas del Servicio Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en el valor de PESOS TRES CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3,95); c) Boleto a estudiantes de los niveles educativos inicial, primarios, secundarios y superior del Servicio Público de Transporte de Colectivos Urbanos de la ciudad de Santa Rosa en un CIEN POR CIENTO (100%) del valor estipulado. Artículo 4º.- Déjase establecido que los alcances de los Artículos 1º, 2º y 3º entrarán en vigencia a partir de la implementación del nuevo cuadro tarifario en el SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE). Artículo 5º.- Derógase la Ordenanza Nº 6814/2022 a partir de la implementación de lo dispuesto en el artículo 4º de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias, presidenta. Simplemente, sobre esta iniciativa que se esta poniendo en tratamiento. Tiene que ver con un Proyecto de Ordenanza que fue enviado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se propone un aumento en el precio de la tasa del servicio de transporte urbano de pasajeros que el Ente Municipal brinda en la ciudad de Santa Rosa. En este sentido, el aumento o el incremento que se pretende o se propone tiene que ver con un veinte por ciento. Simplemente para contar algunos detalles, tiene que ver con la estructura de costos que arroja un valor de ciento cincuenta y un pesos con setenta y un centavos. Pero, entendiendo la situación económica, y principalmente, entendiendo también, la cuestión social respecto de quienes viajan y son los usuarios a diario normalmente de este servicio, el Departamento Ejecutivo entiende la necesidad de dejar ese valor del boleto de ciento cincuenta y un pesos con setenta y un centavos en, ciento veinte pesos, absorbiendo propiamente la diferencia con Rentas Generales. En ese sentido, recordar que hoy el boleto está en el valor de los noventa y nueve pesos. Y en su momento, cuando se aprobó el último aumento en el mes de diciembre, según estructura de costos y el análisis económico financiero que hizo el Departamento Ejecutivo y el Ente Municipal, tenía que estar en ciento veinticinco pesos. Con lo cual, ahí me parece necesario destacar la sensibilidad social de la gestión, entendiendo la situación de los usuarios y usuarias, respecto del servicio de transporte de pasajeros. En este sentido también, destacar que, tiene que ver esta situación, y que nosotros podamos hacer una reducción de ese costo que, seguramente, si una empresa privada lo brindaría en Santa Rosa, como ya sucedió, el traslado sería el cien por ciento del incremento. Lo cual, ahí sí, me parece que toma dimensión; y hay que ponerla en valor, a la decisión estratégica que tomó en el año dos mil veinte el intendente municipal con la municipalización del transporte de pasajeros y la creación posterior del Ente Municipal de Transporte Urbano, con la incorporación de veintiocho unidades accesibles, con el sistema que funciona en términos regulares respecto de los horarios y demás cuestiones. También, con la inversión que se llevó a cabo respecto de la incorporación de nuevas garitas y un plan progresivo en ese sentido; la modernización que tiene que ver también con la aplicación Emtulugar, que lo que hace es, decirle a cada uno de los pasajeros que está esperando en un punto en particular, cuándo va a llegar el colectivo y demás. También, la construcción del centro de trasbordo que va a ser un avance muy importante y significativo para la ciudad y principalmente para el servicio. En este sentido, lo único que, por lo menos en este punto me resta manifestarles es, respecto de los índices de desarrollo y desempeño de cada uno de los servicios respecto del transporte de pasajeros, que es el famoso IPK que todos y todas conocemos, marca un incremento importante respecto de la cantidad de usuarios que día a día o mes a mes, utilizan el servicio. Con lo cual, tiene que ver con la calidad en que se presta el transporte de pasajeros. Simplemente para manifestar un dato, fue en el mes de mayo, doscientos setenta mil personas las que utilizaron el servicio de transporte de pasajeros. Simplemente para contarles un dato y un detalle respecto de IPK que marca el desempeño de la empresa municipal, que es el EMTU. En el mes de mayo del año pasado marcaba uno con cuarenta y seis; y en este mes de mayo, la cifra sube a uno con ochenta y ocho. Con lo cual, ese incremento de la cantidad de pasajeros tiene que ver, y es consecuencia, del servicio y la calidad del servicio que se está brindando en la ciudad de Santa Rosa, a partir de la decisión de esta gestión municipal de municipalizar el transporte de pasajeros. En este sentido, presidenta, solicito el acompañamiento del resto de los Bloques a la iniciativa y la propuesta que llega en despacho de la Comisión de Hacienda. Muchas gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodríguez Vega. Tiene la palabra el concejal Pera Ibarguren.

CONCEJAL PERA IBARGUREN: Gracias señora presidenta. Como Bloque, habíamos manifestado en Comisión que, sobre este despacho, íbamos a fijar posición en el Recinto. Voy a adelantar que no vamos a acompañar el aumento del boleto de colectivo propuesto. Acá tengo varias diferencias en cuanto a lo que expresó recién el concejal Rodríguez Vega, en cuanto a los motivos del uso del colectivo. El incremento de pasajeros se da sustancialmente en el incremento de boletos estudiantiles. Esto es grave porque, el único que está incrementando la toma del servicio de colectivo es aquel que no abona el boleto, porque está subsidiado al ciento por ciento por la Municipalidad de Santa Rosa. Nosotros entendemos, como lo hemos manifestado en otras oportunidades, que el incremento del costo del boleto para aquel que lo paga, va a ser justamente lo contrario. Va a dejar de tomar el servicio de colectivo. Y, no tenemos mejor ejemplo que el vecino que vino esta mañana a decir que, ni siquiera los empleados municipales pueden abonar el costo del boleto. Y de hecho, aquellos que han subido sin saldo en la tarjeta SUBE, los han bajado del colectivo como pasó con este vecino. Y contó que a otro más también le había sucedido. Es importante, – sí coincido en eso con el concejal Rodríguez Vega – que el servicio de transporte urbano tiene que ser una opción que el ciudadano tome como viable; y no que sea la única alternativa que le queda para el transporte, que es lo que hoy está sucediendo. Muchos de estos estudiantes, antes iban en vehículo a la escuela, y por el costo de los combustibles, han dejado de utilizar el vehículo particular para subirse al colectivo. No se han subido por una opción; sino por una obligación.

Y esto se ve reflejado en el corte de boletos del EMTU. El mayor incremento es, justamente, en el boleto estudiantil. Es decir, aquellos que no se abonan. Y, no se han incrementado los boletos comunes y aquellos subsidiados en un porcentaje como son los que tienen los beneficiarios sociales. Nosotros entendemos que, siendo el boleto el menor ingreso del colectivo, no se va a desfinanciar el EMSU con mantener el boleto a como se encuentra y evitar el incremento. Incrementarlo, va a ser una pérdida mayor de boletos que se pagan. Y, va a seguir siendo un servicio de transporte escolar como mayoritariamente está funcionando en este momento. Apostamos, justamente, al EMTU. Por eso, queremos que la gente lo tome como una opción de transporte; y no, como la única alternativa que le queda. Por eso, no vamos a acompañar. Muchas gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Muchas gracias concejal Pera Ibarguren.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Fernández, Grotto, Guaiquian, Lima, Rodríguez Vega y Sueldo; votando en forma negativa los concejales Estavilla, Guerrero y Pera Ibarguren. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.

2. Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se acepta la donación con cargo de parte de la provincia de La Pampa de luminarias con tecnología LED, en el marco del recambio de Luminarias Públicas, conforme el Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente. Expte Nº 92/2023-1 (CD) Expte Nº 7101/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Acéptase la donación con cargo de parte de la Provincia de La Pampa, de DOS MIL VEINTISIETE (2027) luminarias con tecnología LED, para el Recambio de Luminarias Públicas del sistema de Alumbrado de la Ciudad de Santa Rosa en el marco del “Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente”, creado por Decreto Nº 4849/2021. Artículo 2º.- Excepciónase a la Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, en el marco del “Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente” para el recambio de DOS MIL VEINTISIETE (2027) luminarias con tecnología LED, de la obligación establecida en la cláusula primera del Convenio de Concesión de Alumbrado Público, suscripto el 1º de julio de 1989 con la Municipalidad de Santa Rosa, aprobado por Ordenanza Nº 630/1989. Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir con la Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, las condiciones necesarias para la instalación de las luminarias recibidas en el marco del Plan mencionado en los artículos precedentes y a suscribir, la correspondiente adenda al Convenio suscripto el 1º de julio de 1989 efectuando – de resultar necesario- las excepciones a algunas de sus cláusulas, y en general a firmar toda la documentación que resulte necesaria a fin de implementar en lo inmediato el “Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente”. Artículo 4º.- Las excepciones referidas en el Artículo 2º de la presente, lo son respecto a la provisión de lámparas y sus equipos accesorios, reposición de lámparas y sus componentes, y en cuanto al aseguramiento de la integridad de las luminarias que se recambien. Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

3. Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante la cual se aprueba el otorgamiento de un crédito para financiar el proyecto productivo “Medicina Estética”, perteneciente a María Valentina RUDOLFF CASTELL. Expte Nº 93/2023-1 (CD) Expte Nº 1836/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- APRUÉBASE el otorgamiento de un crédito de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000,00), a la Señora María Valentina RUDOLFF CASTELL, D.N.I. Nº 31.134.773, CUIT Nº 27-31134773-5, con domicilio comercial en calle Hilario Lagos Nº 344 1º D, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “MEDICINA ESTETICA”, cuyo fin es la adquisición de equipamiento específico de la actividad en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2780 de Promoción Económica, reglamentada por el Decreto Provincial N° 266/16 y la Resolución Municipal Nº 683/2021, en cumplimiento del artículo 36, inciso 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.- Artículo 2º.- El préstamo será reintegrado en SESENTA (60) cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de CINCO (5) años, con un período de gracia de DOCE (12) meses. Artículo 3º.- La tasa de interés que se aplicará será con una TASA DEFINITIVA fija nominal del DIEZ POR CIENTO (10%) .- Artículo 4º.- El préstamo otorgado, se respaldará con garantía personal cuyo fiador es el señor Franco Mariano SAINI DNI Nº 28.401.543, CUIL N.º 20-28401543-7 agente profesional del Gobierno Provincial. Artículo 5º.- El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio. Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del áreacorrespondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas. Artículo 7º.- Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto. Artículo 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

4. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ISLA SOLEDAD. Expte Nº 87/2023-1 (CD) Expte Nº 4945/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Acéptase la donación con cargo de parte de la Provincia de La Pampa, de DOS MIL VEINTISIETE (2027) luminarias con tecnología LED, para el Recambio de Luminarias Públicas del sistema de Alumbrado de la Ciudad de Santa Rosa en el marco del “Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente”, creado por Decreto Nº 4849/2021. Artículo 2º.- Excepciónase a la Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, en el marco del “Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente” para el recambio de DOS MIL VEINTISIETE (2027) luminarias con tecnología LED, de la obligación establecida en la cláusula primera del Convenio de Concesión de Alumbrado Público, suscripto el 1º de julio de 1989 con la Municipalidad de Santa Rosa, aprobado por Ordenanza Nº 630/1989. Artículo 3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir con la Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, las condiciones necesarias para la instalación de las luminarias recibidas en el marco del Plan mencionado en los artículos precedentes y a suscribir, la correspondiente adenda al Convenio suscripto el 1º de julio de 1989 efectuando – de resultar necesario- las excepciones a algunas de sus cláusulas, y en general a firmar toda la documentación que resulte necesaria a fin de implementar en lo inmediato el “Plan de Alumbrado Público Eficiente e Inteligente”. Artículo 4º.- Las excepciones referidas en el Artículo 2º de la presente, lo son respecto a la provisión de lámparas y sus equipos accesorios, reposición de lámparas y sus componentes, y en cuanto al aseguramiento de la integridad de las luminarias que se recambien. Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

5. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Clemente ANDRADA. Expte Nº 88/2023-1 (CD) Expte Nº 1767/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Clemente J. ANDRADA, vereda Sur, desde punto de empalme hacia Alberto GRASSI, VEINTICUATRO (24) metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 1767/2023/1-1 (DE). Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa AINA S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º.- La Empresa AINA S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º.-Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivos, la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999. Artículo 6º.- Comuníquese al S.I.G, Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base datos correspondientes. Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

6. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle HAITÍ. Expte Nº 89/2023-1 (CD) Expte Nº 1015/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle HAITI, vereda Suroeste, desde punto de empalme hacia María Elena WALSH, CINCUENTA Y CUATRO (54) metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expediente Nº 1015/2023/1-1 (DE). Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa AINA S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º.- La Empresa AINA S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º.- Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivos a Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza N.º 2486/1999. Artículo 6º.- Comuníquese al S.I.G, Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base datos correspondientes. Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

7. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede la excepción a inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción I, Radio p, Manzana 16, Parcela 34, Partida 545.552, Referencia 1250, en lo referente al Factor de Ocupación del Suelo (FOS), de la Ordenanza Nº 3274 – Código Urbanístico. Expte Nº 55/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Exceptúase al inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción I, Radio p, Manzana 16, Parcela 34, Partida 545.552, Referencia 1250, – Corredor CC3 Distrito CR1, de cumplir con el Factor de Ocupación de Suelo (FOS) establecido en el inciso a) del punto 5.1.7, Tejido Urbano, de la Sección 5.1 Distrito CR1 del Código Urbanístico de la Ciudad de Santa Rosa – Ordenanza Nº 3274/2005-. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

8. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 6751, referida al trámite de transferencia de licencia de taxi de David Hernán Marinangelli. Expte Nº 41/2022-1 (CD) Expte Nº 5618/2022/1-1 (DE) y Expte Nº 255/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 6751/2022, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 4º.- El titular de la Licencia de Taxi Nº 123, David Hernán MARINANGELI, DNI Nº 32.046.674, deberá cumplimentar todos los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias, en un plazo no mayor a los ciento ochenta (180) días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.” Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

9. Despacho Conjunto y de Mayoría de la Comisión Hacienda Presupuesto y Cuentas y la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza a al DE a suscribir con LUNÉ PRODUCCIONES S.A.S un Modelo de Convenio de Prestación de Servicios para la venta de entradas y/o tickets de los shows, eventos o presentaciones que se realicen en el Teatro Español. Expte Nº 81/2023-1 (CD) Expte Nº 1246/2023/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “ Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con LUNÉ PRODUCCIONES S.A.S., C.U.I.T. Nº 30-71638610-0, el Modelo de Convenio de Prestación de Servicios para la venta de entradas y/o tickets de los shows, eventos o presentaciones que se realicen en el Teatro Español de esta Ciudad, que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza, bajo la plataforma denominada TEATROESPANOL.SANTAROSA.GOB.AR. Artículo 2º.- Determínase que la Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Cultura y Educación – o la unidad de organización que en el futuro la reemplace -, quien tendrá a su cargo la aprobación del manual de funciones, procedimiento de venta on line, de devolución, de liquidación, verificación del correcto funcionamiento de la plataforma, de sus actualizaciones y mejoras que se realicen en la misma. Artículo 3º.- Establécese que la utilización de los servicios contratados a LUNÉ PRODUCCIONES S.A.S., de conformidad a lo establecido en el Artículo 1° serán de uso obligatorio a partir de la firma del Convenio de Prestación de Servicios para todas las producciones -de espectáculos, eventos y/o presentaciones -, que alquilen la sala del Teatro Español con ventas de tickets o entradas al público. Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese. ANEXO I. MODELO DE CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Y LUNÉ PRODUCCIONES S.A.S. Entre la Municipalidad de Santa Rosa, C.U.I.T. Nº 30-99907590-4, con domicilio legal en Avenida San Martín Nº 50 de la ciudad de Santa Rosa, La Pampa representada por su Intendente Luciano di NÁPOLI D.N.I. Nº 27.796.467, en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, y LUNÉ PRODUCCIONES S.A.S., C.U.I.T. Nº 30-71638610-0, con sede social en Dino Saluzzi Nº 2629 de la ciudad de Santa Rosa, La Pampa, representada en este acto por el Señor Fernando Gabriel QUIROGA D.N.I. N° 28.237.663, en carácter de administrador, en adelante “LA TICKETERA”, y en conjunto denominadas “LAS PARTES”, acuerdan celebrar un CONVENIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA VENTA DE TICKETS Y/O ENTRADAS PARA EL TEATRO ESPAÑOL DE SANTA ROSA, el cual se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: CLÁUSULA PRIMERA- OBJETO: “LA TICKETERA” se obliga para con “LA MUNICIPALIDAD” a ejecutar las tareas de venta y recaudación – y en su caso de devolución-, de entradas y/o tickets en la modalidad WEB mediante la plataforma denominada “TEATROESPANOL.SANTAROSA.GOB.AR” para los shows, eventos y presentaciones que a título oneroso se realicen en el Teatro Español de la Ciudad de Santa Rosa, sito en calle Hilario Lagos Nº 44. La recaudación se realizará a través del servicio de Gateway Lyra PayZen. Los y las artistas productores y demás personas y/o instituciones locales, provinciales, nacionales o internacionales podrán optar por no usar la venta por plataforma dejando solo activo la venta por boletería del teatro y no haciendo uso de la venta on line.“LA TICKETERA” se obliga también a la capacitación del personal de “LA MUNICIPALIDAD” en cuanto a la operación del sistema de ventas que se realicen de manera presencial y asistencia en casos de urgencia. “LA TICKETERA” se obliga a cargar los eventos en la plataforma con CUARENTA Y OCHO (48) horas de anticipación antes de salir a la venta cada show, evento o presentación, siempre y cuando el productor suministre y envíe la información necesaria (fecha, horarios, valores de las entradas e imágenes con los tamaños preestablecidos, y todo otro requerimiento necesario para la puesta a la venta). “LA TICKETERA” también deberá contestar los correos electrónicos de consultas que realicen los/as usuarios/as de la plataforma en cuanto a las dudas que requieran evacuar y/o para el asesoramiento para la compra y/o devolución de entradas y/o tickets. CLÁUSULA SEGUNDA – PLAZO – RESCISIÓN: El presente contrato tendrá una vigencia de UN (1) año, contado a partir de su firma. Podrá prorrogarse automáticamente por igual término, hasta que cualquiera de “LAS PARTES” manifiesten su voluntad de rescindirlo, notificando con TREINTA (30) días corridos de anticipación por medio fehaciente a la otra, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de ninguna de “LAS PARTES”. Finalizado el contrato y prórroga automática, tendrá que aprobarse un nuevo Convenio por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa. “LA MUNICIPALIDAD” ante el incumplimiento de las condiciones pactadas en el presente convenio de parte de “LA TICKETERA” podrá rescindir el mismo, notificando a “LA TICKETERA” con QUINCE (15) días corridos de anticipación, sin que ello le dé derecho a reclamar indemnización alguna a su favor a “LA TICKETERA”, pudiendo “LA MUNICIPALIDAD” reclamar los daños y/o perjuicios que eventualmente le causare el incumplimiento por parte de “LA TICKETERA”. CLÁUSULA TERCERA- PRECIO: “LA TICKETERA” percibirá por la prestación de sus servicios el QUINCE POR CIENTO (15%) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) aplicado sobre el valor de venta de la entrada y/o del ticket en boletería, al usuario/a de la plataforma digital “TEATROESPANOL.SANTAROSA.GOB.AR”, correspondiente a los shows, presentaciones y/o eventos a desarrollarse durante la vigencia del presente convenio, en concepto de Service Charge (Gastos de Servicios). Quedan exceptuados de abonar el quince por ciento (15%) más IVA las entradas y/o tickets adquiridos en forma presencial en boletería con cualquier medio de pago. “LA MUNICIPALIDAD” no eroga suma alguna por la prestación del servicio de venta online de entradas y/o tickets que realice “LA TICKETERA”. CLÁUSULA CUARTA- FORMA y PLAZO DE PAGO: Las recaudaciones en efectivo y online se utilizarán para los pagos de la siguiente manera: I.- Recaudación del total de venta de entradas o tickets en la Boletería del Teatro Español en dinero en efectivo. Si se recauda en la Boletería del Teatro Español el total de la venta de entradas o tickets en dinero en efectivo, se abonará el mismo día del evento el total que correspondiere al productor o responsable del cobro del evento, descontándose los derechos por el uso de sala; y se procederá a depositar en la cuenta de titularidad de la Municipalidad de Santa Rosa, abierta en el Banco de La Pampa S.E.M. Nº 700/1, C.U.I.T. N.º 30-99907590/4, C.B.U. Nº 0930300110100000070014, Alias MSR.RECAUDADORA, el importe correspondiente a derechos de terceros, para proceder a su pago. II.- Recaudación parcial de venta de entradas o tickets en Boletería del Teatro Español en dinero en efectivo y recaudación parcial de venta de entradas o tickets realizada por “LA TICKETERA”: a) Si se recauda en la Boletería del Teatro Español en forma parcial dinero en efectivo proveniente de la venta de entradas o tickets, se abonará el mismo día del evento en forma total o hasta el importe menor recaudado, al productor o responsable del cobro del evento. b) Si se cubre el monto total que correspondiere abonar al productor o responsable del cobro del evento, el remanente se procederá a depositar en la cuenta de titularidad de la Municipalidad de Santa Rosa, abierta en el Banco de La Pampa S.E.M. Nº 700/1, C.U.I.T. Nº 30-99907590/4, C.B.U. Nº 0930300110100000070014, Alias MSR.RECAUDADORA, el importe correspondiente a derechos por el uso de sala y a derechos de terceros, para proceder a su pago. En este caso, si el dinero recaudado en efectivo en la Boletería del Teatro Español no alcanzare para abonar el total que le corresponde al productor, o persona responsable para el cobro del evento, el dinero recaudado por la venta online de entradas o tickets, se aplicará de la siguiente forma: c) Se procederá a abonar el remanente adeudado al productor o responsable del cobro del evento, por parte de la “LA TICKETERA” dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles siguientes a la realización del show, evento o presentación, en la cuenta que indique el productor o responsable del cobro. d) El importe correspondiente a derechos por el uso de sala y a derechos de terceros “LA TICKETERA” deberá depositarlos en un plazo de DIEZ (10) días hábiles en la cuenta de titularidad de la Municipalidad de Santa Rosa, abierta en el Banco de La Pampa S.E.M. Nº 700/1, C.U.I.T. Nº 30-99907590/4, C.B.U. Nº 0930300110100000070014, Alias MSR.RECAUDADORA. III.- Recaudación total online de venta de entradas o tickets por “LA TICKETERA”: En este supuesto se aplicará el siguiente procedimiento: a) Total adeudado al productor o responsable del cobro del evento, será abonado por “LA TICKETERA” dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles siguientes a la realización del show, evento o presentación, en la cuenta que indique el productor o responsable del cobro. b) El importe correspondiente a derechos por el uso de sala y a derechos de terceros, “LA TICKETERA” deberá depositarlos en un plazo de DIEZ (10) días hábiles en la cuenta de titularidad de la Municipalidad de Santa Rosa, abierta en el Banco de La Pampa S.E.M. Nº 700/1, C.U.I.T. Nº 30-99907590/4, C.B.U. Nº 0930300110100000070014, Alias MSR.RECAUDADORA. CLÁUSULA QUINTA– SUSPENSIÓN O REPROGRAMACIÓN DEL EVENTO: En caso de suspensión del show, del evento o de la presentación, el productor deberá abonar a “LA TICKETERA” un cargo del DOS POR CIENTO (2%) más I.V.A. por los costos administrativos realizados para la venta y por la posterior devolución del precio de las entradas o de los tickets, a aplicarse sobre la recaudación online. En el supuesto de suspensión al usuario/a de la plataforma se le reintegra el total pagado al medio con el que fue abonado de la siguiente manera, conforme los requisitos que establezca “LA TICKETERA”: – Tarjeta de débito: el/la usuario/a de la plataforma podrá ver registrada la devolución de lo abonado en su resumen de cuenta en los siguientes TREINTA (30) días hábiles aproximadamente posteriores a su devolución. – Tarjeta de crédito: el/la usuario/a de la plataforma podrá ver reflejada la devolución en el resumen próximo de su tarjeta. – Pago en efectivo: se restituye el importe abonado de la misma forma en la Boletería del Teatro Español. Cuando el medio de pago utilizado sea electrónico, el/la usuario/a de la plataforma recibirá el valor de la entrada con más el QUINCE POR CIENTO (15%) más I.V.A. abonado en carácter de Service Charge (Gastos de Servicios). La reprogramación del show, del evento o de la presentación dependerá de la agenda del Teatro Español y deberá ser dentro del año calendario, de lo contrario será considerada suspensión. En caso de reprogramación, tanto las entradas o tickets vendidos online o en la Boletería del Teatro Español, se podrán utilizar para la nueva fecha, sin necesidad de realizar gestión alguna. El/la usurario/a que no pueda asistir a la fecha reprogramada, podrá transferir la entrada o ticket; en caso contrario se aplicará el procedimiento de devolución establecido en esta Cláusula. CLÁUSULA SEXTA– OBLIGACIONES: “LA MUNICIPALIDAD” aportará la impresora a utilizarse en la Boletería del Teatro Español, el papel a utilizar y el personal para la venta; deberá facilitar el acceso a la información y elementos que sean necesarios, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato, y estará obligada a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas. “LA TICKETERA” deberá cumplir en forma eficiente y oportuna los trabajos encomendados y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la naturaleza del presente servicio.“LA TICKETERA” deberá brindar información permanente a “LA MUNICIPALIDAD” y online por medio de reportes de acceso web del tráfico, los cuales solo se tomarán en cuenta con fines estadísticos. Este ítem incluye la generación de usuario y contraseña para utilización de interfaz web, manager on line, para verificar tráfico, y demás información vinculada a su prestación. El productor contratante del Teatro Español podrá solicitar un usuario personal, para su control de las ventas con diferentes reportes preestablecidos por la plataforma, no pudiendo obtener el reporte de datos de los compradores (protección de datos). CLÁUSULA SÉPTIMA- SUPERVISIÓN: “LA MUNICIPALIDAD” supervisará la ejecución del servicio encomendado, y podrá formular las observaciones del caso, para ser analizadas conjuntamente con “LA TICKETERA”, quien tendrá un plazo de TRES (3) días hábiles para dar respuesta a las observaciones que se le realicen. CLÁUSULA OCTAVA- INDEPENDENCIA: “LA TICKETERA” actuará por su cuenta, con autonomía y sin que exista relación laboral, ni subordinación de sus socios y/o de sus empleados y/o del personal que utilice para cumplir con las obligaciones que asume en este convenio con relación a “LA MUNICIPALIDAD”, quien no responderá por reclamo laboral alguno, ni por accidentes de ninguna índole, ni por aportes y/o contribuciones patronales, ni por obligaciones de la seguridad social. “LA TICKETERA” es la única responsable por las obligaciones laborales y/o de la seguridad social, aportes y contribuciones patronales y por los riesgos del trabajo frente al personal que utilice para prestar los servicios encomendados. “LA TICKETERA” se obliga a mantener indemne a “LA MUNICIPALIDAD” por cualquier reclamo extrajudicial o judicial ya sea laboral, por aportes y/o contribuciones patronales, de la seguridad social y/o por daños y/o perjuicios por accidentes, incluso en caso de muerte, que pudiere padecer el personal bajo su dependencia o que contrate para dar cumplimiento a las obligaciones asumidas en el presente, o sus derechohabientes. CLÁUSULA NOVENA- CESIÓN: LA “TICKETERA” no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente convenio a un tercero. CLÁUSULA DÉCIMA– INCUMPLIMIENTO POR PROBLEMAS TÉCNICOS: En caso de incumplimiento por parte de “LA TICKETERA” de algunas de las obligaciones asumidas en el presente, que se deriven de cuestiones técnicas o errores en la plataforma, “LA MUNICIPALIDAD” tendrá derecho a intimarla para que en un plazo de CINCO (5) días hábiles resuelva los inconvenientes técnicos sin perjuicio de lo previsto en la última parte de la Cláusula Segunda. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA– ACTUALIZACIÓN DE LA PLATAFORMA: “LA TICKETERA” deberá actualizar la plataforma e introducirle mejoras sin que ello implique costo alguno para los/as usuarios/as y/o para “LA MUNICIPALIDAD”. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA– APLICACIÓN: En todo lo que no esté previsto será de aplicación el Artículo 1251 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de La Nación. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA- JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS: Para todos los efectos legales del convenio, “LAS PARTES” se someten en forma expresa a la competencia y jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción de la Provincia de La Pampa, con asiento en la Ciudad de Santa Rosa, con renuncia de toda otra jurisdicción que pueda corresponderles, incluso la federal, a cuyo efecto dejan constituidos los domicilios enunciados en el encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas todas las citaciones, comunicaciones, emplazamientos y/o notificaciones que se le practiquen. A su vez “LA TICKETERA” constituye domicilio electrónico en los términos del Artículo 75 del Código Civil y Comercial de la Nación en: fernandogabrielquiroga@gmail.com. Las partes suscriben el presente documento en TRES (3) ejemplares, a los ….. días de ……… de 2023, en la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa.”.

PRESIDENCIA: Concejal Rodríguez Vega, tiene la palabra.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Brevemente presidenta, respecto de este Proyecto de Ordenanza que fue enviado por el Departamento Ejecutivo y se trató en la Comisión de Hacienda en primera instancia, con la presencia del secretario de Cultura y su director del Teatro también, en el Recinto, en la Sala de Comisiones; y también el director de Informática. Con lo cual, a mi me parece necesario destacar la presencia de miembros del Ejecutivo para dar las explicaciones correspondientes sobre esta iniciativa; cosa natural que se viene realizando en esta gestión. Y posteriormente en la Comisión presidida por el concejal Depetris, también se logró el despacho por mayoría con la aprobación de uno de los Bloques de la oposición. Ahí sí me parece necesario destacar el trabajo en conjunto ante las sugerencias del Bloque del Frepam que fueron bien receptadas por el Bloque oficialista y también por el Departamento Ejecutivo. Y se avanzó en las modificaciones correspondientes. En ese sentido, simplemente manifestar que, lo que se propone en la iniciativa es, ampliar el servicio de compra de entradas que hoy se da en el Teatro Español de nuestra ciudad considerando, obviamente, un gran avance, teniendo en cuenta la importancia en este sentido que tiene el Teatro Español con la gran calidad de espectáculos culturales, eventos culturales, egresos académicos y demás. Lo cual, tiene un valor de dimensiones. Con lo cual, se propone al Teatro dotarlo de una herramienta moderna de la cual cuentan los principales teatros del país como dijo el secretario de Cultura el viernes pasado en su exposición, permitiendo la venta de entradas online, a través de una plataforma que no genera gastos para el Municipio, por un lado; tampoco para cada uno de los artistas que en algún momento pasen por el Teatro Español. En esa línea también contar que, el servicio de venta online lo tienen dispuesto algunos otros teatros de la ciudad de Santa Rosa, y algunos cines. Con lo cual, me parece necesario el avance en este sentido, en el marco del plan de modernización que está llevando adelante la gestión municipal. En este sentido, los vecinos lo que van a poder hacer de esta forma, y no me quiero extender demasiado, van a tener, por un lado, la posibilidad de comprar por plataforma web y servicio online. Hacer el pago a través de crédito, débito y demás opciones. E igualmente, se va a mantener el modo presencial, la boleteria. Y, en ese caso también se va a poder hacer la compra mediante esa forma de pago. Con lo cual, nos parece importante sumar un servicio de estas dimensiones. Lo que se hace es un convenio con la productora Lune Producciones, que es una productora de la ciudad de Santa Rosa. Un emprendimiento local, que lo que va a hacer es desarrollar la página web que va, posteriormente, a prestar el servicio en una página subdominio de la Municipalidad de Santa Rosa. En este sentido, simplemente, contar las sugerencias por parte del Bloque opositor y que fueron aceptadas, para que queden en el Acta. Así, va a quedar establecido que los artistas locales, nacionales e internacionales podrán optar por la ticketera por un lado, o la compra presencial. O, en ambas formas de venta. Eso ya se modifica en el convenio aprobado. También, respecto de una primera firma de Convenio y una prórroga y posteriormente, ese Convenio pasará por el Concejo Deliberante. Y, como último punto se aclaró también que, quedan exceptuados de abonar el quince por ciento más el IVA, las entradas que se compren en boleteria por cualquier medio de pago. Con lo cual, nos parece, por lo menos desde nuestro Bloque, presidenta, necesario el acompañamiento del resto de los Bloques a este Proyecto de Ordenanza que, como dije, tiene que ver con el plan de modernización que lleva adelante la gestión municipal. Gracias presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal. Tiene la palabra ahora, el concejal Guerrero.

CONCEJAL GUERRERO: Gracias, señora presidenta. Como habíamos dicho en Comisión, íbamos a fijar posición en el Recinto. Adelanto mi voto negativo. Principalmente, si bien los funcionarios que tan amablemente vinieron a dar las explicaciones, dijeron que no se podía realizar una licitación pública porque no significa una erogación para el municipio, tampoco existió una convocatoria pública para que, todas las empresas que trabajan con estas plataformas pudieran, de alguna manera, presentarse y ser consideradas. Con lo cual, hubiera quitado de la escena cualquier tipo de suspicacia de que se quiere favorecer a algún privado en particular. Le hubiera dado transparencia a esta situación. Por otro lado, tuvimos la oportunidad de charlar con los principales productores. Y, el principal productor, por lo menos el que el año pasado o este, más veces contrata el Teatro Español, ya dio de baja todas las fechas que tenía programada y no va a trabajar más con el Teatro. Es libre de hacer lo que quiera. Pero, va en desmedro de los intereses del Municipio porque, fue el productor que más dinero generó como ingreso para el Municipio. Tuvimos la posibilidad de charlar con un par de productores más, los cuales tampoco van a seguir trabajando con el Teatro Español. Creemos sí, necesario brindar el servicio de venta online, pero para aquellos productores que a la fecha no trabajan con esta plataforma. Igualmente, con las modificaciones realizadas en el Convenio, esta herramienta obligatoria para los que ya vienen trabajando con una ticketera y no obligatoria para quienes no cuentan con la misma. Por otro lado, la empresa Luné Producciones terceriza….o sea, en realidad, la dueña de la empresa, de la ticketera es Planeta Entradas, que es una empresa de Rosario. Es decir, no es una empresa pampeana. Y, es tercerizada por una empresa pampeana que es Luné Producciones. Con lo cual, parte del dinero tampoco quedaría en la provincia. Y, otro problema que nos plantearon los productores es que, un privado manejaría el dinero, teniendo diez días hábiles, a partir de la presentación de la obra, para pagar, cuando los espectáculos se pagan a la fecha. Podrán decir que, bueno, hoy con las ticketeras con las que se manejan también lo hacen. Pero, bueno, en algunos casos, existe una confianza porque son ticketeras con las cuales vienen trabajando desde hace mas de diez años. Así que, por estos motivos, no voy a acompañar el Proyecto. Gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal Guerrero. Tiene la palabra el concejal Estavilla.

CONCEJAL ESTAVILLA: Sí, gracias presidenta. Este Bloque va a acompañar el Proyecto. Pero, queríamos hacer algunas consideraciones. Primero, agradecer a los funcionarios que gentilmente vinieron y zanjaron algún tipo de inquietud que teníamos o dudas que teníamos sobre el Proyecto. Los aportes fueron tomados en cuenta y anexados al Convenio. Lo que sí, y es algo que seguimos manifestando, y un poco en línea con lo que manifestaba el concejal Guerrero, es la necesidad de que, sabiendo o siendo conscientes de que hay que modernizar la venta de entradas del Teatro Español, que hay que aggiornarse a los nuevos tiempos. Pero, consideramos que, lo más conveniente hubiese sido que sea el Estado Municipal el que lo haga. De hecho, todas las cuestiones que planteamos y que la plataforma sobre la que se va a realizar sea municipal, fue tomada en cuenta. Con lo cual, entendemos que el Estado está en condiciones de hacerlo. Así que, vamos a acompañar el Proyecto. Pero, esperamos que, cuando se vuelva a discutir el servicio, que no va a ser dentro de mucho tiempo, esté vigente la posibilidad de que sea el propio Municipio quien lleve adelante la venta de entradas online de los eventos del Teatro Español. Así que, reitero que, acompañaremos el Proyecto.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría en general y en particular; con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Estavilla, Fernández, Grotto, Guaiquian, Lima, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega y Sueldo; votando en forma negativa el concejal Guerrero. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.

10. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se adhiere a la Ley Nº 27709 “Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en derechos de Niños Niñas y Adolescentes. Expte Nº 84/2023-1 (CD).

—Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Adhiérase en todos sus términos a la Ley Nº 27.709, “Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio, en derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”. Artículo 2º.- Será autoridad de aplicación la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, o la unidad de organización que en el futuro la reemplace. Artículo 3º.- Impútase a la partida presupuestaria correspondiente, lo gastos que la misma demande. Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Guerrero.

CONCEJAL GUERRERO: Gracias, señora presidenta. Simplemente, para agradecer el acompañamiento de todo el resto de los Bloques para la adhesión de esta Ley que es tan importante sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

11. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se exceptúa al Club Italiano de Santa Rosa, de lo establecido en el Artículo 7º inc. m) de la Ordenanza Nº 3218 – Código de Espectáculos Públicos. Expte Nº 95/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “ Artículo 1º.- Exceptúase al CLUB ITALIANO DE SANTA ROSA de lo establecido en el Capítulo II – Requisitos, Artículo 7º inciso “m” de la Ordenanza Nº 3218/2004 y sus modificatorias. Artículo 2º.- Establécese que dicha eximición tendrá vigencia por UN (1) año a partir de la fecha de su promulgación y por única vez. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

12. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la Jornada Provincial de Justicia Municipal de Faltas, a realizarse el día 30 de Junio del corriente año. Expte Nº 94/2023-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la “Jornada Provincial de Justicia Municipal de Faltas”, a realizarse el día 30 de junio del presente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Presidenta de la Asociación de Jueces Municipales de Faltas de la Provincia de La Pampa. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad .

No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con veintiséis minutos.

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