Acta Nº 1496

ACTA Nº 1496. DÉCIMA CUARTA SESIÓN ORDINARIA. REUNIÓN Nº 1496

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los ocho días del mes de septiembre de dos mil veintidós, siendo la hora diez con seis minutos, da comienzo la Décima Cuarta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2022, bajo la Presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, Secretaría a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA; y con la presencia de los concejales y concejalas Nancy Fabiana CASTAÑIERA, José Carlos DEPETRIS. Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Claudia Bibiana GIORGIS, Yésica Lorena GUAIQUIAN, Marcelo Raúl GUERRERO, Pablo PERA IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA y Ana Natalia SUELDO. Se encuentra ausente con aviso el concejal Juan Bautista LIMA.

Conforme una invitación de la Presidencia, la concejala Nancy Fabiana Castañiera procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto y el público presente a ponerse de pie.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejala Alba Fernández.

CONCEJALA FERNANDEZ: Gracias, señora presidenta. El catorce de septiembre de mil novecientos veintiséis se sanciona en nuestro país la Ley 11.357 sobre los derechos civiles de la mujer, la cual reformó el Código Civil y reconoció a todas las mujeres mayores de edad, cualquiera sea su estado, el ejercicio de sus derechos y funciones civiles. Fue promulgada el veintidós de septiembre del mismo año. Esta norma amplió la capacidad de las mujeres en relación a la patria potestad, administración y disposición de los bienes propios y el régimen de bienes gananciales en el matrimonio. Estos cambios, significaron una conquista fundamental para comenzar a trazar la transformación del orden social desigual entre hombres y mujeres en nuestro país. A lo largo de la historia de la humanidad encontramos muchas sociedades donde las mujeres fueron consideradas inferiores respecto de los hombres. En gran parte de las sociedades tradicionales, la educación se limitaba a aprender habilidades domésticas y se encontraban subordinadas a la autoridad de sus padres, primero, y de sus maridos, después. Si bien existieron en la historia civilizaciones que otorgaron a la mujer un papel de privilegio; en la mayoría de las sociedades occidentales las tareas asignadas a la mujer se limitaban al cuidado del hogar y de la familia. De este modo, la mujer quedaba relegada al ámbito privado, quedando la participación pública exclusivamente en manos de los varones. A mediados del siglo XVIII, con la Revolución Industrial, muchas mujeres se vieron obligadas a abandonar su lugar en sus hogares y comenzaron a trabajar en las fábricas. A esta situación se sumó a una idea que rondaba en el mundo de la época que proponían los filósofos de la Ilustración; igualdad entre varones y mujeres. A pesar de ello, todavía eran voces aisladas y el trabajo femenino era equiparable al trabajo de los niños y sus salarios eran controlados por sus padres o maridos. Sin embargo, el veinticinco de marzo de mil novecientos once, el día trágico que inspiró la lucha de las mujeres del siglo XX por la igualdad de derechos y oportunidades. Más de ciento veinte mujeres perdieron la vida en una fábrica textil en Nueva York. El horror introdujo cambios en las condiciones laborales femeninas. Durante la primera mitad del siglo XX, los derechos civiles de las mujeres eran muy pocos y precarios, el destino y la identidad de las mujeres dependían de los varones a los que estaban ligadas al lazo filial o matrimonial. Ante la ley eran hijas, hermanas o esposas. En la República Argentina,  el Código Civil redactado por Dalmacio Vélez Sarfield en mil ochocientos sesenta y nueve, consideraba a las mujeres como menores de edad, necesitaban la aprobación de un varón que las autorizara para acceder a la educación, iniciar un juicio, testificar e incluso para administrar sus bienes. Las feministas del principio del siglo XX se enfrentaron a esta situación y muchas otras durante décadas, recién se logró modificar en mil novecientos veintiséis con la sanción de la ley de la Ampliación de la Capacidad de la Mujer. A partir de entonces las mujeres pudieron estudiar, ejercer una profesión, comerciar, iniciar pleitos, administrar sus bienes previos al matrimonio sin autorización de nadie. Sin embargo la patria potestad, la administración de los bienes matrimoniales y la fijación del domicilio conyugal siguieron siendo de dominio de los varones. Hacia mil novecientos treinta las mujeres de Argentina no gozaban del derecho a votar y, más aún, tampoco gozaban del derecho al pleno ejercicio de sus libertades individuales. Su inclusión legal como ciudadanas políticas se alcanzó en mil novecientos cuarenta y siete. Fue bajo la influencia del carisma de Perón y Evita que las mujeres obtuvieron el derecho pleno a voto, por la Ley 13.010 conocida como Ley Evita, que concedía a la mujer derechos políticos, convirtiéndolas en sujetos capaces de ser electoras y elegidas. Con esta ley la mujer consiguió la igualdad de derechos políticos respecto del hombre. El once de noviembre de mil novecientos cincuenta y uno, tras la incorporación del derecho de sufragio femenino en la reforma constitucional de mil novecientos cuarenta y nueve, en una elección histórica las mujeres argentinas votaron por primera vez y resultaron elegidas veinticuatro diputadas y nueve senadoras. A pesar de haber logrado el sufragio femenino, las mujeres fueron excluidas de la política durante mucho tiempo. Esta situación llevó a que en mil novecientos noventa y uno el Congreso sancionara la Ley de Cupos, conocida también como “ley del treinta por ciento”, que establece que “Las listas que se presenten deberán tener mujeres en un mínimo de treinta por ciento de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de resultar electas”. La Ley 11.357 tuvo una segunda consideración en el Senado el catorce de septiembre de mil novecientos veintiséis, cuando finalmente se convirtió en ley. En su primer artículo, dicha ley denominada “Ley de ampliación de la capacidad civil de la mujer”, reconocía la igualdad para ejercer todos los derechos y funciones civiles entre hombres y mujeres, ya sean éstas solteras, divorciadas o viudas. Recién en mil novecientos sesenta y ocho se declaró la igualdad plena de las mujeres sea cual fuere su estado civil. Sin embargo, la ley de patria potestad y la ley de divorcio vincular se sancionaron en mil novecientos ochenta y cinco y mil novecientos ochenta y siete en democracia. Más adelante, se sancionaron las leyes contra violencia familiar, pero los prejuicios sociales aún subsisten. Las madres solteras o las mujeres que sufren violencia familiar siguen siendo estigmatizadas por más que la ley las ampare. Los sucesivos años trajeron nuevas leyes que representaron grandes conquistas sociales; la ley de protección integral de las mujeres, contra la trata de personas, el matrimonio igualitario, la identidad de género, el cupo laboral trans, la paridad de género y el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), entre otras. Para concluir, señora presidenta, nos rebelamos contra la victimización que nos debilita y nos erigimos como protagonistas de nuestras propias vidas. Nos otorgamos el derecho de repensarnos como mujeres en proceso, para releer nuestras vidas, cuestionándolas desde una óptica posibilitaria que nos abra el futuro hacia la felicidad y la libertad. Aspiramos a la igualdad de derechos y nos proponemos dar creciente cumplimiento a la regla de “tratar a las demás personas como queremos ser tratadas”. Reconocemos el valor de todas las mujeres que nos precedieron y que dieron las luchas que nos permiten ser hoy más libres, y nos comprometemos a avanzar en este camino escalando más peldaños para entregar a las futuras generaciones. Gracias, señora presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejala. Ahora tiene la palabra, la concejala Lorena Guaiquián.

CONCEJALA GUIAQUIAN: Gracias, señora presidenta. A luz de los acontecimientos vividos en los últimos diez, quince días, que dejaron ver –para mí y creo para muchos- la necesidad imperiosa de trabajar activamente sobre los discursos y la práctica política en aras de la defensa del bien supremo, que es la democracia para nosotros, los argentinos y las argentinas, me planteé estas palabras. Digo esto desde el intento de entender la real necesidad y no el mero discurso. Creo que se necesita dimensionar cabalmente que antes de este periodo de sucesión de gobiernos democráticos, que pronto – a fines del año que viene- va a contabilizar cuarenta años, se sucedieron décadas y décadas dónde lo común era la alternancia entre gobiernos dictatoriales y gobiernos con participación eleccionaria popular. Y los segundos, infinitamente menos, en años y cantidad. Sin querer dirimir aquí el comienzo de esas fechas porque no es el objeto de mis palabras. Sí, voy a plantear que el odio era violencia, la violencia de la sangre derramada, y la sangre derramada, era justificación para nuevas violencias, cada vez más cruentas, hasta terminar en el terrible Proceso del setenta y seis, al que muchos consideramos un genocidio, y las Asociaciones de DDHH luchan para que así se determine o tipifique. Por eso vuelvo al comienzo, a los acontecimientos vividos y a la necesidad de trabajar sobre los discursos y las prácticas. Ya sabemos que los slogans no sirven. Según muchos de los slogans de la “prepandemia”, pasarla “nos haría mejores”. No fue así. Transitarla sacó a la luz lo que traemos todos y todas; lo bueno pero también lo malo. Lo altruista y las mezquindades. El tránsito cotidiano, por la vida social, lo sociocomunitario y lo político es igual. Todo sale y emerge porque, todo hecho es político. Y quienes trabajamos o participamos activamente en política sabemos –o deberemos trabajar para saber- cuánto de nuestras prácticas nos enaltecen y cuáles y cuántas no. Las luchas colectivas por derechos humanos que nos atraviesan -sobre todo quiero marcar dos de ellas, muy contemporáneas que me atañen en lo particular y en lo personal la de los pueblos originarios y la feminista- nos han ilustrado que las formas de violencia son muchas y variables, camufladas y a veces imperceptibles. Es nuestro deber ponerlas en palabras, sacarlas a flote y rever continuamente comportamientos. En el caso de la política, pasa lo mismo. Y por eso es importante hacerlo. Esta semana vimos en los medios exabruptos sobre temas que creímos superados, al menos en el seno de los políticos y las políticas. Bueno. No es así. Lamentablemente no es así. Pero mi idea no es quedarme en ese hecho. Quedarme ahí sería empezar a empantanarme en lo que pretendo o pretendemos cambiar, que intuyo debe ser deseo de todas, todos y todes. Y entonces voy a mi homenaje, que surge de mirar con detenimiento algunas fotos de aquellos días, de los comienzos de este período de sucesivos gobiernos constitucionales que ya llevan casi cuarenta años, donde se intentaba dejar atrás la noche más negra y donde aún quizás, buena parte de la sociedad, ni siquiera imaginaba o sopesaba cuán atroz había sido la noche y otros trataban de asirse a la búsqueda de justicia para mitigar el dolor. Donde todo se ataba con una gran esperanza pero se sabía que el abismo aún estaba a unos metros. Porque traíamos esa historia. Y en esa foto me quiero quedar con un hombre de los varios y varias que fueron trascendentales. Y traerlo acá, a este Recinto que es la expresión por excelencia de la vida y el debate político democrático. El lunes que viene, el lunes doce, se cumplen cien años del nacimiento de don Antonio Cafiero, quien encarnó para muchos y muchas de nosotros y nosotras -y creo que la luz de la historia lo pondrá en su lugar, con sus virtudes y defectos, sus victorias y fracasos- al hombre que pudo liderar dentro de nuestro Partido Justicialista y co-liderar hacia afuera de él, junto al entonces presidente Alfonsín, el paso a lo que podríamos definir como el inicio del período de consolidación democrática. Con errores y virtudes, pero entendiendo que la concertación y el diálogo, la paciencia, la palabra, y hasta la moderación entendida como el saber esperar los tiempos propicios, eran claves para ese momento histórico. En el ámbito de la política se podrán discutir todas y cada una de las acciones. Pero en el momento de los hechos, cuando las nieblas no permiten ver con claridad, los hombres -como veíamos con la pandemia- responden con la esencia de lo que son. Y así respondió don Antonio Cafiero. Preguntándole, ayer, mientras preparábamos estas palabras, a nuestro líder y conductor Rubén Hugo Marín, quién lo acompañó en aquella cruzada que llamaron Renovación Peronista, él nos decía que “Pretendía justamente eso; renovar; buscar nuevas formas más cercanas al pensamiento liberal que inspiró a las democracias y se expresaba en acuerdos, escucha, concertación, dejando de lado la violencia porque eso era un dolor inmediato, pero sin abandonar las fuentes de aquel peronismo pueblo, plebeyo, insurgente, contestatario por esencia y buscador de justicia social”. “Antonio, en tanto haber sido con solo treinta y uno, treinta y dos años Ministro de Perón, era el hombre indicado, el que traía su palabra y su doctrina, el que escuchaba y guiaba. Y alrededor de él se formó un grupo de dirigentes que entendíamos que pensamiento y acción debían tener una firme unidad y debían ir en pos de proteger la democracia y la búsqueda de bienestar”; nos decía Rubén. Por eso, señora presidenta, entendiendo que es un contexto muy diferente, pero también que necesitamos de los mismos valores para sostener lo que costó tanto conseguir, y a la luz de los debes enormes que aún tenemos como dirigentes y dirigentas y como ciudadanos y ciudadanas para con nuestro pueblo, y por ende para con nosotros y nosotras mismas, me quedo con aquellas palabras de don Antonio Cafiero: “Nosotros tenemos esa enorme responsabilidad de ordenar la trama de nuestras solidaridades políticas y sociales para ofrecerle con compromiso y desde el ámbito del debate tenaz pero democrático al conjunto del pueblo, las alternativas más válidas para su felicidad”. Gracias, señora presidenta.

-PRESIDENCIA: Gracias concejala. Vamos a continuar entonces, con el desarrollo de la Sesión.

A continuación se pone a consideración el Acta Nº 1493 que corresponde a la Décima Segunda Sesión Ordinaria del período 2022. La misma es aprobada por unanimidad sin observaciones.-PRESIDENCIA: Por Secretaría vamos a comenzar a dar lectura a los Asuntos Entrados

ASUNTOS ENTRADOS.

I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.

I.1.- Nota Nº 149/2022 del Sr. Secretario de Hacienda y Abastecimiento Municipal, adjuntando el informe mensual de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos correspondiente al mes de Julio de 2022 conforme Ordenanzas Nº 3354 y Nº 3986. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6726/22, mediante la cual se autoriza al DE a suscribir Modelo de Contrato de Locación entre Enigma FORNILLO de MONTEPAONE y la Municipalidad de Santa Rosa, de un inmueble destinado al resguardo de elementos de la Secretaría de Cultura y Educación. Expte Nº 39/2009-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza N° 6727/22, mediante la cual se acepta la donación efectuada por la Sra. Nelly Hilda Santamarina de un piano Gustav Breyer Hamburg, con destino a la sala del Teatro Español dependiente de la Secretaría de Cultura y Educación. Expte Nº 137/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6728/22, mediante la cual se modifica el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 6447 relacionada con la designación de Felisa PAILLAGNER a una calle de la ciudad. Expte Nº 205/2012-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6729/22, mediante la cual se exime del pago de la tasa por servicios de Transporte Urbano de colectivos de pasajeros, establecida en el Capítulo XXIV de la Ordenanza Nº 237 a toda la comunidad por los festejos del Día de las Infancias los días 27 y 28 de Agosto. Expte Nº 148/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.6.-Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6730/22, mediante la cual se bonifica en un CIEN POR CIENTO a las y los vendedores de artesanías y manualidades de la tasa por actividades en la vía pública establecida en la Ordenanza Tarifaria Nº 6647. Expte Nº 239/2021-2 (CD). Pasa a Archivo.

I.7.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 30/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el foro “Argentina, Natural y Sostenible” a desarrollarse el día 13 de Agosto en el Salón Azul de la UNLPam. Expte Nº 146/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.8.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 31/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el “Campeonato Argentino de Selecciones Provinciales de Voleibol Categoría Sub14”, a desarrollarse entre los días 16 y 20 de Agosto. Expte Nº 142/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.9.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 32/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el evento “10º Expocytar 2022” y “3º Expocytar Web 2022”, a desarrollarse bajo modalidad virtual desde el 10 al 13 de agosto. Expte Nº 111/2013-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.10.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 33/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el Festival Cuerpo en Escena que se realizará los días 23, 24 y 25 de septiembre del corriente. Expte Nº 143/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.-I.11.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 34/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el Primer Torneo Nacional de Tenis para ciegos y disminuidos visuales, organizado por la Fundación Rincón de Todos a desarrollarse entre los días 26 y 28 de Agosto del corriente. Expte Nº 168/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.12.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 35/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el circuito del Torneo Patagónico de Damas Pelota Paleta que se realizará los días 26, 27 y 28 de Agosto del corriente. Expte Nº 166/2022-1(CD). Pasa a Archivo.

I.13.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 36/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal la realización de los Juegos Universitarios Argentinos Regionales – JUAR Región Patagónica, a desarrollarse los días 7, 8, 9 y 10 de octubre del corriente en la UNLPam. Expte Nº 163/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.14.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 37/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal el film “Fuerzas Vivas” de Esteban Garelli y Juan Pablo Félix. Expte Nº 164/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.15.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 38/2022 mediante la cual se declara de Interés Municipal la edición del libro “Cancionero Rankulche – Gente de los carrizos”, de la cantautora Nen Calfuan, Editorial 7 Sellos. Expte Nº 165/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

I.16.- Providencia Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 39/2022 mediante la cual se manifesta el más enérgico repudio y condena al intento de magnicidio sufrido por la Vice Presidenta de la Nación, Cristina FERNÁNDEZ de KIRCHNER. Epte Nº 180/2022-1 (CD). Pasa a Archivo.

II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.

II.1.- Nota presentada por María Esther GUERRA mediante la cual solicita la subdivisión del inmueble cuyos datos catastrales son Ejido 047, Circunscripción II, Radio a, Manzana 40, Parcela 11, Partida Nº 685.980. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

II.2.- Nota presentada por María Eugenia Cáceres y Alba Fernández, solicitando se declare de interés municipal el festival “FierRock por la No violencia activa” a desarrollarse el día 8 de octubre en la Plaza Martín Fierro. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.

III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se exceptúa al Instituto POLYMEDIC S.R.L., de lo dispuesto en el Artículo 5.2.4 “Espacios para Estacionamiento y en el Artículo 5.2.6. d “Retiro de Fondo” de la Ordenanza Nº 3274 – Código Urbanístico Expte Nº 7633/1985/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por Concejalas y Concejales del Bloque Frejupa, mediante el cual se designa con el nombre Andrea López al espacio verde ubicado entre las calles Italia, Alemania, Lara y Maldonado, ubicado en el Barrio San Cayetano. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por Concejala y Concejales del Bloque Frepam, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a firmar el convenio de Plan Integral para la Promoción y Protección de los derechos de personas con discapacidad en el ámbito local ACCESAR. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se establece que las y los agentes que integren equipos interdiscipliarios profesionales, dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social tienen derecho a contar con períodos de recuperación en tanto se evalúe conveniente. Expte Nº 4924/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se crea el Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Expte Nº 4918/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se establece la capacitación obligatoria y anual en el Protocolo para la actuación en la Promoción y Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para agentes de la administración pública municipal. Expte Nº 4919/2022/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.

III.7.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. ExpteNº 3703/2021/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.

IV.- DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACIÓN, RESOLUCIÓN Y DISPOSICIÓN.

IV.1.- Proyecto de Resolución presentado por Concejalas y Concejales del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de interés municipal el proyecto de Extensión Universitaria “Diálogos sobre violencia política, sin mujeres no hay democracia”. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

IV.2.- Proyecto de Resolución presentado por Concejalas y Concejales del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de interés municipal el libro “La transversalidad del género. Espacios y disputas” de la periodista y escritora Lenny Cáceres. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

IV.3.- Proyecto de Resolución presentado por Concejalas y Concejales del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de interés municipal el Plenario Nacional de Regionales de Mensajeros y Cadetes, organizado por el Sindicato Único de Conductores de Motos – SUMCRA – a desarrollarse los días 9 y 10 de septiembre.

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el Plenario Nacional de Regionales de Mensajeros y Cadetes que organiza el Sindicato Único de Conductores de Motos – SUCMRA – de la ciudad de Santa Rosa, que se llevará a cabo el 9 y 10 de septiembre del corriente año. Artículo 2°.- Remítase copia de la presente Resolución a SUCMRA. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias, presidenta. En este sentido, lo que estamos proponiendo desde nuestro Bloque es, la declaración de interés municipal del Plenario Nacional de Regionales que se realizará en Santa Rosa por parte del Sindicato Único de Conductores de Motos. El evento se realizará durante el fin de semana. Contará con la participación, la presencia de cantidad de trabajadores, más de sesenta se esperan, según nos contaron los organizadores. Vendrá gente de Buenos Aires, de Santiago del Estero, Tucumán, de distintos lugares del país para participar de este Plenario Nacional. En este sentido, durante la jornada, lo que se hará es, la presentación de la Ordenanza 6564 del año pasado, que votamos en este Concejo Deliberante, que es pionera en el país respecto de la cuestión de las legislaciones para la regulación del servicio de cadetería y mensajería en el país. Con lo cual entendemos que, es un avance importante. Y entendemos la necesidad, en ese sentido y en esa línea, de declarar de interés municipal este Plenario Nacional que se realizará en Santa Rosa. Y por eso, solicitamos el acompañamiento del resto de los Bloques. Muchas gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejal.

uesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

IV.4.- Proyecto de Resolución presentado por Concejalas y Concejales del Bloque Frejupa, mediante el cual se declara de interés municipal “El Retoño Del Pino de San Lorenzo” plantado en el año 1923 en la Plaza San Martín. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

IV.5.- Proyecto de Comunicación presentado por Concejala y Concejales del Bloque Frepam, mediante el cual solicita al Departamento Ejecutivo disponga los medios necesarios para el retiro de vehículos y maquinarias abandonados en la vía pública. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.

PRESIDENCIA: Vamos a pasar a considerar el Orden delDía.

ORDEN DEL DIA.

1. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de interés municipal el evento ¿De qué hablamos cuando hablamos de prostitución?, organizado por la Colectiva Feminista Abolicionista Todas Somos Andrea, a desarrollarse el día 9 de septiembre del corriente. Expte Nº 176/2022-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el evento en el que se presentará el informe “¿De qué hablamos cuando hablamos de Prostitución?”, a desarrollarse el día 9 de septiembre del corriente en el recinto del Concejo Deliberante. Artículo 2°.- Remítase copia de la presente Resolución a los organizadores del evento a la Asociación Simple Colectiva Feminista Abolicionista Todas Somos Andrea. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

2. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se manifiesta el beneplácito por los logros de Hugo Breser y Guillermo Faccipieri en la competencia de MTB “Transmontaña”, realizada en la provincia de Tucumán durante el mes de agosto. Expte Nº 177/2022-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase nuestro beneplácito por los logros obtenidos en la competencia de MTB “Trasmontaña” realizada en la Provincia de Tucumán por el binomio Hugo Breser y Guillermo Faccipieri. Artículo 2°.- Remítase copia del presente beneplácito a los deportistas Hugo Breser y Guillermo Faccipieri. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

3. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la I Edición del Abierto Pampeano de Baile Deportivo, a realizase el día 9 de Octubre del corriente. Expte Nº 179/2022-1 (CD).

Transcripción del Proyecto de RESOLUCION: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la I Edición del “Abierto Pampeano de Baile Deportivo”, a realizarse el día 9 de Octubre de 2022 en la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa. Artículo 2°.- Remítase copia de la presente a la Dirección de “D&A ESCUELA DE BAILE”, organizadora del evento. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.”.

PRESIDENCIA: Concejala Lorena Guaiquian, tiene la palabra.

CONCEJALA GUAIQUIAN: Gracias, señora presidenta. Este evento tiene alcance nacional. Es la primera vez que se va a presentar en la ciudad de Santa Rosa, el día nueve de octubre del corriente. Y, es la primera edición del Abierto Pampeano del Baile Deportivo. Van a concurrir bailarines, bailarinas de todo el país. Están agrupados por distintos equipos. Y, van a estar acompañados por instructores, familiares y asistentes de países limítrofes o vecinos como Chile y Uruguay. Gracias, señora presidenta.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

4. Despacho Conjunto de la Comisión Hacienda Presupuesto y Cuentas y la Comisión Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable y Red Cloacal con conexiones domiciliarias incluidas en la traza de las calles TOSCANO SUR, MARIO FIORUCCI y OLGA OROZCO. Expte Nº 170/2022-1 (CD) Expte Nº 475/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA:“Artículo 1º.- Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra: Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable y Red Colectora Cloacal con las conexiones domiciliarias incluidas, en la traza de las calles: Nicolás TOSCANO SUR, entre Liberato ROSAS y Mario FIORUCCI; Mario FIORUCCI entre Nicolás TOSCANO SUR y Olga OROZCO y Olga OROZCO, entre Mario FIORUCCI y Liberato ROSAS, de esta ciudad, conforme a plano y documentación obrante en Expediente Nº 475/2022/1-1 (DE). Artículo 2º.- Apruébase el Proyecto y Presupuesto de la obra aludida en el Artículo 1º elaborado por la Dirección de Saneamiento Urbano. Artículo 3º: La obra aprobada en el Artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º.- El costo inicial de la Obra Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable por materiales y mano de obra, se estima en la suma de PESOS: UN MILLÓN QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA CON NUEVE CENTAVOS ($1.596.160,09); a valores del mes de MAYO/22. Artículo 5°.- El costo inicial de la Obra Ampliación de la Red Colectora Cloacal por materiales y mano de obra, se estima en la suma de PESOS: DOS MILLONES DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 2.019.466,57); a valores del mes de MAYO/22. Artículo 6º.- Los materiales y accesorios a emplear responderán a las normas vigentes para este tipo de obras. Artículo 7º.- PAGO DE LA OBRA POR LOS/AS PROPIETARIOS/AS FRENTISTAS: Todo inmueble situado frente a la obra a ejecutar, quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la misma, incluidos los inmuebles que cuenten con servicio otorgados en forma provisoria bajo las reglamentaciones y/o situaciones especiales, de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable en la suma de PESOS: UN MILLÓN QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA CON NUEVE CENTAVOS ($1.596.160,09); a valores del mes de MAYO/22. 2) El importe total, incluidas las conexiones domiciliarias, se dividirá en prorrata entre las DIECISIETE (17) referencias frentistas a la obra, resultando consecuentemente un costo por referencia de PESOS: NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 93.891,80). Al conocerse los costos definitivos, la municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 3) Inicialmente se estima el costo de la obra Ampliación de la Red Colectora Cloacal, en la suma de PESOS: DOS MILLONES DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 2.019.466,57); a valores del mes de MAYO/22. 4) El importe total, incluidas las conexiones domiciliarias, se dividirá en prorrata entre las DIECISIETE (17) referencias frentistas a la obra, resultando consecuentemente un costo por referencias de PESOS: CIENTO DIECIOCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON DIECISEIS CENTAVOS ($ 118.792,16). Al conocerse los costos definitivos, la municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 5) El prorrateo para el pago y ajuste final de las obras, se efectuará en base a la fecha de la compra de los materiales para la misma, una vez logrado el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la recaudación total. Artículo 8.- Se establece como forma de pago por parte de los/as propietarios/as frentistas de las obras mencionadas en el Artículo 1º, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del artículo 29º de la Ordenanza Fiscal vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en TREINTA Y SEIS (36) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35°de la Ordenanza Fiscal vigente. 3)CASOS ESPECIALES: Autorizase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) en casos especiales y en casos de manifiesta imposibilidad de pago, conviniendo con los/as propietarios/as frentistas, la cantidad de cuotas necesarias para ser accesible el pago, previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 9°.- La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 10°.- Los certificados de deuda que extienda el Municipio por los inmuebles afectados por la presente obra, constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 11°.- Los escribanos no autorizarán las escrituras de transferencia o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles, por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencias, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 12°.- La Dirección de Saneamiento Urbano procederá al corte de las prolongaciones internas y/o conexiones especiales previa notificación a los interesados a partir de la fecha de habilitación de la obra. Artículo 13°.- La fecha de pago obligatoria de los servicios, se establecerá a partir del tercer bimestre inclusive siguiente a la habilitación de las redes, conforme lo determina la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 14°.- La obra a que se refiere el artículo 1°de la presente, será financiada con recursos aportados por los/as propietarios/as frentistas y no tendrá comienzo, hasta tanto, los obligados al pago hayan abonado como mínimo el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 15°.- Los fondos de la contribución de los/as propietarios/as frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS”, llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 16°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

PRESIDENCIA: Concejala Castañiera, tiene la palabra.

CONCEJALA CASTAÑIERA: Gracias, señora presidenta. Para adelantar el acompañamiento que estamos tratando, y en siguiente, dado que el día de la Comisión, el día lunes, por razones personales no pude estar presente. Gracias.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, con votación nominal de los artículos 4º y 5º. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.

5. Despacho de la Comisión Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ALELIES, TULIPANES, Dino SALUZZI y Violeta PARRA. Expte Nº 172/2022-1 (CD) Expte Nº 2617/2022/1-1 (DE).——————————————-

—Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ALELÍES, vereda Noreste, desde punto de empalme hasta Violeta PARRA; ALELÍES, vereda Suroeste, desde María Elena WALS hacia Dino SALUZZI; TULIPANES, vereda Suroeste entre Dino SALUZZI y María Elena WALS; Dino SALUZZI, vereda Sureste entre TULIPANES y ALELÍES; Violeta PARRA, vereda Noroeste, entre TULIPANES Y ALELÍES, incluye cruce por María Elena WALS y Dino SALUZZI, SEISCIENTOS SEIS (606) metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expediente Nº 2617/2022/1-1 (DE). Artículo 2º.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º.- La Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º.- Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivos, la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15º de la Ordenanza Nº 2486/1999. Artículo 6º.- Comuníquese al S.I.G., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

6. Despacho de la Comisión Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Disposición mediante el cual se designa como Jefe del Cuerpo de Relatores al CPN Nerio MONTENEGRO, conforme Ordenanza Nº 2830.

Transcripción del Proyecto de DISPOSICION: “Artículo 1°.- Préstase acuerdo para designar como JEFE DEL CUERPO DE RELATORES, al Contador Público Nacional MONTENEGRO, Nerio, DNI Nº 23624244, quien reúne los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 2830/2001. Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida específica del Presupuesto vigente. Artículo 3.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.

PRESIDENCIA: Concejal Rodríguez Vega, tiene la palabra.

CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Simplemente presidenta, para manifestar que, la designación del contador Nerio Montenegro tiene su motivo en la presentación de una nota de Nora Bruno, Jefa del Cuerpo de Relatores, ante la jubilación. Lo que presenta es la renuncia. Y, avanzamos nosotros en la Comisión en la designación de la propuesta del Bloque Frepam. Muchas gracias.

PRESIDENCIA: Gracias concejal. Concejal Estavilla, tiene la palabra.

CONCEJAL ESTAVILLA: Gracias presidenta. Tal como lo manifestaba el concejal Rodríguez Vega; y a partir de lo que dice la Ordenanza 2830 en el apartado que habla de la Jefatura del Cuerpo de Relatores, surge, después de la modificación del año dos mil quince, que es la primera minoría parlamentaria quien propone el nombramiento de dicho Jefe. Es cierto, la actual Jefa del Cuerpo de Relatores, la contadora Nora Bruno, ha renunciado para acogerse a la jubilación ordinaria. Así que, este Bloque eleva la propuesta del contador Nerio Montenegro para ser el nuevo Jefe de ese Cuerpo. Quiero tomarme un ratito para, agradecer el trabajo desarrollado por la contadora Bruno durante todo este tiempo, desde que asumimos allá en diciembre de dos mil diecinueve. La verdad es que lo ha hecho con muchísima responsabilidad, en el marco de una situación difícil para quien controla las cuentas municipales. Entendemos que, quien la va a reemplazar, que es el contador Montenegro, va a continuar con ese trabajo, con la misma dedicación, con la misma responsabilidad, ya que conocemos de sus capacidades, primero humanas, y de sus capacidades técnicas. El contador Montenegro ha asesorado y colaborado con nuestro Bloque desde hace varios años. Así que, es un conocedor en profundidad de las cuentas municipales, de las rendiciones, y de todo el trabajo que debe desarrollarse en el Cuerpo de Relatores. Así que, le deseamos el mayor de los éxitos en esta tarea que va a emprender. Y estamos convencidos de que, como decía recién, lo va a llevar adelante con muchísima responsabilidad. También sabemos que va a contar con la colaboración de todo el cuerpo de agentes de planta permanente del Cuerpo de Relatores, empleadas y empleados de esta casa, del Concejo Deliberante, que prestan una tarea también, muy importante a la hora de llevar adelante el control de las cuentas municipales. Así que, presidenta, nada más que eso. Agradecerle a la contadora Bruno. Y, desearle el mayor de los éxitos al contador Montenegro, nuevo Jefe del Cuerpo de Relatores. Muchas gracias, presidenta.

PRESIDENCIA: Gracias concejal.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.

7. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se excepciona de la prohibición establecida en los Artículos 41 y 42 de la Ordenanza Nº 4422 y sus modificatorias a Héctor Claudio CORONEL. Expte Nº 159/2022-1 Expte Nº 2339/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Excepciónase de la prohibición establecida en el Artículo 41° de la Ordenanza N.º 4422/2011 y sus modificatorias, y de lo establecido en al Artículo 42° del mismo cuerpo legal, al Señor Héctor Claudio Coronel, DNI N.º 13.956.732, con domicilio en calle Lope de Vega N.º 446, de esta Ciudad, y en consecuencia transfiérase a su nombre la nichera de carácter privado identificada como nomenclatura: MA – TA – ESQ – 012- 020, Referencia C 6502, ubicada en el Cementerio Local de esta Ciudad, por los motivos expuestos en los considerandos del presente y demás constancias obrantes en el Expediente Nº 2339/2022/1-1 (DE). Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

8. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se excepciona de la prohibición establecida en los Artículos 41 y 42 de la Ordenanza Nº 4422 y sus modificatorias, a la Sra. Elena Haydee VALENZUELA. Expte Nº 133/2022-1 Expte Nº 227/2022/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Excepciónase de la prohibición establecida en el Artículo 41° de la Ordenanza Nº 4422/2011 y sus modificatorias, y de lo establecido en al Artículo 42° del mismo cuerpo legal, a la Señora Elena Haydee Valenzuela, DNI Nº 5.005.915, con domicilio en calle Chile N° 1.446, de esta Ciudad, y en consecuencia transfiérase a su nombre la nichera de carácter privado identificada como nomenclatura: MA – TA -SEA – 004 – 014, Referencia C -92, ubicada en el Cementerio Local de esta Ciudad, por los motivos expuestos en los considerandos del presente y demás constancias obrantes en el Expediente Nº 227/2022/1-1 (DE). Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

9. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza a José Julio IBARRA a retirar los restos de quien en vida fuera Arturo FERREYRA alojados en la Referencia C 9268. Expte Nº 174/2022-1 (CD) Expte Nº 3539/2021/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “ Artículo 1º.- Autorízase al Señor José Julio IBARRA, DNI 11.137.297, con domicilio en calle Italia 2285, casa 288 de esta ciudad, a retirar los restos de quien en vida fuera Arturo FERREYRA, alojados en la nomenclatura: TU – CA – NI – CPE – 06A – 005, Referencia C 9268, los cuales serán cremados y depositados en el Cementerio Parque de la ciudad de Santa Rosa; por las razones expuestas en el proyecto de elevación y demás constancias obrantes en el Expediente Nº 3539/2021/1-1 (DE). Artículo 2°.- Desocupado que sea el nicho identificado con la nomenclatura: TU – CA – NI – CPE – 06A-005, Referencia C 9268, ubicado en el Cementerio Local de esta Ciudad, y en concordancia con lo consignado en el Artículo 1° de la presente, y previo pago de la deuda – si existiere – acéptase la renuncia de la misma al Señor José Julio IBARRA a dicha referencia, quedando aquella a disposición del Municipio. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.

Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con cuarenta y dos minutos.

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