ACTA Nº 1315. NOVENA SESION ORDINARIA. REUNION Nº 1315

ACTA Nº 1315. NOVENA SESION ORDINARIA. REUNION Nº 1315

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1315 NOVENA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1315 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil diecisiete, siendo la hora once con cinco minutos, da comienzo la Novena Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2017, bajo la Presidencia del Vice-Presidente del Cuerpo, Concejal Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Secretaría a cargo de María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Roberto Eugenio TORRES procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
SECRETARÍA: Por ausencia del Intendente Municipal, el Viceintendente y Presidente de este Concejo lo ha reemplazado, dando cumplimiento a los Artículos 20 y 21 de la Ley 1597-Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento-; en consecuencia y, en función de lo establecido por el Artículo 26 de la mencionada Ley y el Artículo 21 del Reglamento Interno de este Concejo, el Concejal JORGE ENRIQUE DOMINGUEZ debe ser reemplazado por el primer Concejal suplente, señor FERNANDO JULIÁN PINA. De acuerdo a lo aprobado por el Acta Nº 2 de la Comisión de Poderes, deberá acreditar no estar inhabilitado para ejercer el cargo, según lo disponen los Artículos 16 a 18 de la Ley 1597, ante la Comisión de Poderes, que deberá constituirse para tal fin.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Claudia Giorgis.
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Para -en función de lo que ha leído Secretaría-, mocionar la conformación de la Comisión de Poderes constituida por las y los Concejales FELIX VILLATORO, CLAUDIA GIORGIS, MARIA CELIA IBARGUREN, ALBA FERNANDEZ, ROBERTO TORRES, LAURA GALLUCCIO y CRISTINA LEZCANO, a efectos de analizar la documentación presentada por el Concejal Suplente Fernando Julián PINA, D.N.I. 27. 963. 148, conforme los términos del Acta Nº 2 de la Comisión de Poderes, suscripta el día cuatro de diciembre de dos mil quince.
Puesta a votación, la moción de la Concejala Giorgis es aprobada por unanimidad.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.
CONCEJAL TORRES: Si, señor Presidente. Es para solicitar el cuarto intermedio, para poder trabajar en la labor de la Comisión.
Puesta a consideración, la moción del Concejal Torres resulta aprobada por unanimidad. Se pasa a cuarto intermedio siendo la hora once con diez minutos, reanudándose la Sesión a la hora once con quince minutos.
PRESIDENCIA: Por Secretaría se dará lectura al Acta Nº 3 de la Comisión de Poderes.
SECRETARÍA: (Leyendo): “ACTA Nº 3 DE LA COMISION DE PODERES: En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los cuatro días del mes de mayo de dos mil diecisiete, siendo las once horas con diez minutos, se reúne la Comisión de Poderes constituida por las y los Concejales: FÉLIX VILLATORO, CLAUDIA BIBIANA GIORGIS, MARIA CELIA IBARGUREN, ALBA FERNANDEZ, ROBERTO TORRES, LAURA AZUCENA GALLUCCIO y CRISTINA ANDREA LEZCANO, a efectos de analizar la documentación presentada por el Concejal Suplente FERNANDO JULIÁN PINA, D.N.I. 27.963.148, conforme los términos del Acta Nº 2 de la Comisión de Poderes , suscripto el día 4 de diciembre de 2015. Habiendo analizado la documentación presentada conforme a lo requerido y no existiendo objeciones que formular, esta Comisión resuelve dar por aprobada la misma. No habiendo más para tratar, las y los Concejales integrantes firman al pie”.
SECRETARÍA: Invitamos al Concejal Fernando PINA a prestar Juramento de rigor y a los demás Concejales a ponerse de pie.
Conforme la invitación formulada, el Concejal Suplente Fernando Julián PINA se dispone a prestar el Juramento de práctica.
PRESIDENCIA: Señor Fernando Julián PINA, ¿juráis por Dios, la Patria y vuestro Honor, sobre estos Santos Evangelios, desempeñar legal, fiel y honradamente el cargo de Concejal de la Ciudad de Santa Rosa para el que habéis sido elegido, observando y haciendo observar fielmente la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de La Pampa y la Ley 1597 ? Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento?
CONCEJAL PINA: Sí, juro.
PRESIDENCIA: Si así no lo hiciéreis, que Dios y la Patria os lo demanden…(Se interrumpe brevemente la Sesión mientras el Concejal Pina procede a ocupar su banca en el Recinto). Con la presencia de doce Concejales, se pone a consideración el Acta Nº 1314 correspondiente a la Octava Sesión Ordinaria del Período 2017… El Concejal Pina tiene la palabra.
CONCEJAL PINA: Sí, señor Presidente. Solicito se me abstenga de participar de dicha votación, en virtud de no haber estado presente en dicha Sesión.
Puesta a votación, la solicitud del Concejal Pina resulta aprobada por unanimidad.
A continuación se puso a consideración el Acta Nº 1314 correspondiente a la Octava Sesión Ordinaria del Período 2017. La misma resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 409/2017, por la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 401/2017 por la cual se Incrementa Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
II.-DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.
II.1.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo por el cual se autoriza a la Sra. Isabel IDUARTE con domicilio en Garay Vivas Nº 2014 de nuestra Ciudad, a realizar la construcción de dos nichos ubicados en el Cementerio Local. Expte. Nº 3724/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Partido Justicialista mediante el cual se Modifica el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 13/1976, relacionada con los horarios de carga y descarga de Transporte pesado en nuestra Ciudad. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
III.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución ? COMUNICACIâN Y DISPOSICIâN.
III.1.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Partido Justicialista, mediante el cual le solicitan al DE., a través de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, remita informe sobre la reconstrucción de la Planta de Clasificación y Reciclado en el predio del Relleno Sanitario. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Lezcano.
CONCEJALA LEZCANO: Sí, señor Presidente. Es para solicitar se lea por Secretaría los Considerandos del Proyecto mencionado.
SECRETARIA (Leyendo): ” Visto: Que, es necesario resolver con urgencia la crítica situación que atraviesan los trabajadores de la Planta de Clasificación y Reciclado. Considerando: Que, ante la situación de abandono de los trabajadores recicladores, el día 21 de marzo del corriente año, el Bloque del Partido Justicialista en conjunto con los Bloques de Pueblo Nuevo y del Frente para la Victoria solicitaron por nota al Presidente de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario de este Concejo Deliberante, se convoque a la Secretaria de Acción Social y al Subdirector de Residuos Urbanos, para que informen de la situación social y laboral de los recicladores y del funcionamiento del área. Que, asimismo se solicitó se convoque a los trabajadores recicladores y a los vecinos y vecinas que ingresan al predio del Relleno Sanitario en búsqueda de alimentos. Que, el Subdirector de Residuos Urbanos, Sr. Ignacio USTARROZ, no se presentó a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario para informar la situación de la Planta Recicladora y de los trabajadores de la misma. Que, la Secretaria de Desarrollo Social, Sra. Diana BONIFACIO, no se presentó a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario para informar sobre la asistencia y gestiones realizadas para resolver la situación socioeconómica de las personas que ingresan al predio del Relleno Sanitario. Que, los trabajadores recicladores se presentaron ante la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario y solicitaron la intervención de las autoridades municipales para que se mejoren las condiciones edilicias de la Planta de Clasificación y Reciclado, teniendo en cuenta el gran deterioro de la misma producto de los siniestros acaecidos. Que, actualmente las tareas de clasificación de residuos urbanos se realizan en un galpón contiguo al que se incendió en diciembre/16, sin energía eléctrica, sin agua y sin la indumentaria adecuada, lo cual implica un riesgo para la salud de quienes llevan adelante el reciclado. Que, asimismo los trabajadores señalaron que aún no disponen de la prensa compactadora que fuese anunciada públicamente en el mes de febrero del corriente año por el Subdirector de Residuos Urbanos. Que, la prensa compactadora es utilizada por las personas que seleccionan los residuos para el prensado de cartón y de plástico que llega en los camiones recolectores de la ciudad. Que, además los trabajadores recicladores comunicaron la necesidad de contar con definiciones desde el Municipio acerca de la continuidad del funcionamiento de la Planta de Clasificación y Reciclado, ya que es su fuente laboral y único sustento para ellos y sus familias. Que, en el mes de diciembre del año anterior, el Intendente declaró públicamente la reconstrucción de la Planta de Clasificación y Reciclado. Por ello: el Bloque de Concejales del Partido Justicialista presenta el siguiente Proyecto de COMUNICACION: Solicítese al Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano se remita un informe por escrito donde se indiquen: Las gestiones realizadas para la Reconstrucción de la Planta de Clasificación y Reciclado que funciona en el predio del Relleno Sanitario, los motivos de la demora en la adquisición de la Prensa Compactadora, los motivos de la falta de energía eléctrica y de agua en el galpón del predio del Relleno Sanitario y las gestiones realizadas sobre la indumentaria adecuada e insumos para los trabajadores recicladores de la Planta de Clasificación y Reciclado”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Giorgis.
CONCEJALA GIORGIS: Señor Presidente. Es para solicitar el ingreso y posterior tratamiento sobre tablas de un despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Un despacho de Resolución relacionado al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del día de ayer.
Puesto a votación, el ingreso del Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
III.2.- Proyecto de Resolución presentado por la Comisión de Labor Parlamentaria del HCD mediante el cual se Rechaza el fallo de la Corte Suprema que declara aplicable la Ley 24.390 conocida como “2×1” en delitos de lesa humanidad.
CONCEJALA GIORGIS: Solicito que se le de lectura por Secretaría, y solicito también el uso de la palabra.
SECRETARIA (Leyendo): “Visto: El fallo de la Corte Suprema que declara aplicable la ley 24.390 (vigente entre 1994 y 2001) conocida como “2×1” en delitos de lesa humanidad, y Considerando: Que dicha Ley, reduce el cómputo de la prisión, sintéticamente permite computar doble el tiempo a partir del 2º año de detención reduciendo notoriamente una condena. Que, su uso particular fue en el caso de Luis Muiña, actor protagónico de la dictadura militar en nuestro país. Que, este antecedente implica un retroceso para los Derechos Humanos y la lucha que hace cuarenta años llevamos adelante desde diferentes movimientos sociales y distintos lugares de todo el país. Que, en el caso puntual de nuestra provincia, también tenemos nuestras víctimas marcadas por las detenciones y desapariciones de docentes, funcionarios/as, empleados/as provinciales, ferroviarios, gremialistas, estudiantes y presas y presos políticos que no se resignan a que estas cosas ocurran. Que, la aplicación de ésta Ley, que es extensiva a todos los delitos, en este caso, donde la gravedad de los hechos excede los límites esperables, es repudiable proponerla como válida. Que, con hechos como éstos, enmascarados en límites legales, se corrompen los derechos de las generaciones pasadas y futuras y se minimizan acciones que contrariamente deberían condenarse con todo el peso de la Ley. Que, los treinta mil desaparecidos y el “NUNCA MÁS” siguen siendo las banderas del pueblo argentino. Por Ello: Los Bloques de Concejalas y Concejales del Frepam, Frente Para La Victoria, Pueblo Nuevo Y PJ proponen el siguiente Proyecto De Resolución: Artículo 1º: Rechazar el fallo de la Corte Suprema que declara aplicable la Ley 24.390 (vigente entre 1994 y 2001) conocida como “2×1″ en delitos de lesa humanidad. Artículo 2º: De Forma.”
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Giorgis.
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Para, simplemente agregar a los fundamentos de esta Resolución el agradecimiento a todos los Bloques Parlamentarios, que ante la premura de la mañana de hoy -desde el Bloque del FREPam propusimos en la Comisión de Labor Parlamentaria esta Resolución-, rápidamente tuvo el consenso, como no podía ser de otra manera, de todos los Bloques representados aquí. Y, agregar simplemente que la Argentina, desde la CONADEP (Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas), desde las primeras luchas de los organismos de Derechos Humanos, desde aquella incipiente democracia del ochenta y tres con el “Juicio a la Juntas”, hasta los últimos acontecimientos de la consustanciación de los “Juicios en Democracia”, ha tenido avances y retrocesos en esta materia. Pero lo cierto, es que consideramos que la garantía han sido siempre las organizaciones sociales y políticas vinculadas a la defensa de los Derechos Humanos, las que han mantenido este “Nunca Más” en la Argentina. Por eso, resulta totalmente repudiable. Y quiero recordar algunas de las palabras que decía ayer Estela de Carlotto: “es abominable, es una estafa moral, a la sociedad. Es lamentable que tengamos estos retrocesos que quieren borrar la historia del país”. Sin dudas, el Concejo Deliberante con una acción dentro de nuestra competencia, ha seguido esta línea de defensa de los Derechos Humanos durante estos años, derogando -justamente- las Ordenanzas de la dictadura en materia legislativa en nuestra ciudad. Por eso, por la vigencia de esta lucha, y porque como decíamos en una época: “Podrán cortar todas las flores pero no detendrán la primavera”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
ORDEN DEL DÍA 1) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Concede la excepción a la Ordenanza Nº 3274/05, al inmueble propiedad del Sr. Ramón Antonio SUÁREZ. Expte Nº 242-1/2016 (HCD) y 1762/2014/1-1 (DE).Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Concédese la excepción a las normas contenidas en la Ordenanza N.º 3274/05-Código Urbanístico de la ciudad de Santa Rosa-, a inmueble propiedad del señor Ramón Antonio Suárez, nomenclatura catastral 047-I-h-Mza -Parcela 16, respecto a autorizar la subdivisión que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese, Publíquese. Cumplido. Archívese”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2)Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza a la Sra. Olga Ramona FACCA, con domicilio en Pasaje Fernando Aráoz Nº 14 de nuestra ciudad, a realizar la construcción de un nicho ubicado en el Cementerio Local. Expte. Nº 92-1/2017 (HCD) y 1930/2012/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Autorízase a la Sra. Olga Ramona FACCA, D.N.I. Nº 0.665.089, con domicilio en Pasaje Fernando Aráoz Nº 14 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, para realizar la construcción de un nicho, en la nomenclatura Ñ ? 004 ? 005, Referencia Nº C3390, ubicada en el Cementerio Local, al solo efecto de depositar futuros familiares, en atención a las constancias obrantes en el Expte Nº 1930/2012/1-1, y sin que ello implique la transmisión de titularidad, dejándose a salvo la posible presentación de terceros que se consideren con mejor derecho. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba en todos sus términos el Modelo de Convenio Marco de Colaboración y Cooperación entre Municipalidad de Santa Rosa y la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas. Expte Nº 90-1/2017 (HCD) y 1171/2017/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos, el Modelo de Convenio Marco de Colaboración y Cooperación a suscribir entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la UNLPam.- Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese. MODELO CONVENIO MARCO DE COLABORACIâN Y COOPERACIâN ENTRE: LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Y LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONâMICAS Y JURÍDICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA. La Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Ingeniero Leandro Altolaguirre, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” con domicilio en Avenida San Martín N° 50 de la ciudad de Santa Rosa por una parte y por la otra la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa, representada en este acto por el Sr. Decano Cr. Oscar Daniel ALPA denominada en adelante “”LA FACULTAD”con domicilio en la calle Coronel Gil N° 353, de la ciudad de Santa Rosa, provincia de La Pampa, convienen celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:PRIMERA: Ambas partes declaran: Que la mutua complementación y cooperación sirven a su respectivo desarrollo institucional potenciando sus capacidades de investigación y de difusión y preservación de la cultura. Que este modo de vinculación permitirá brindar un mejor servicio a las necesidades de la comunidad, reconociendo las mismas. SEGUNDA: Ambas partes convienen en establecer relaciones de complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter académico, cultural, tecnológico y de servicio. Dichas relaciones se efectivizarán por la adopción de medidas de coordinación y acción en común en todas las áreas propias de su incumbencia, toda vez que las circunstancias lo ameriten. Las instituciones signatarias manifiestan su voluntad de llevar a cabo, entre otras, las siguientes acciones: Actuar cada una como organismo asesor de la otra en relevamiento y resolución de problemas sobre temas de su competencia. Colaborar en proyectos de investigación y desarrollo que la contraparte tenga en ejecución, intercambiando información y personal idóneo. Organizar conferencias, seminarios, cursos y otras acciones relativas a temas de interés de alguna de las partes. Desarrollar programas de formación profesional y atención comunitaria que permitan satisfacer las demandas generadas por la comunidad, comprometiendo la participación de los actores sociales en su gestión. TERCERA: Ambas partes se comprometen a reconocer como funciones normales de su personal docente y/o técnico el cumplimiento de las tareas que se les asigne en virtud del presente convenio, sin que ello implique obligación pecuniaria alguna de la celebrante, salvo acuerdo expreso en contrario; y a prestar facilidades de acceso a los servicios académicos, científicos, tecnológicos y culturales a los docentes, graduados, estudiantes y personal técnico o administrativo de la co-celebrante. CUARTA: Los términos, alcances y naturaleza de la colaboración y cooperación serán determinados de manera específica y de común acuerdo para cada programa o acción conjunta, por medios de acuerdos específicos de este Convenio. Por parte de “LA MUNICIPALIDAD” será la Secretaría de Educación, Cultura, Turismo y Empleo quién suscribirá los acuerdos específicos referidos. QUINTA: Ambas partes concuerdan en abrir los campos de intercambio a todas las disciplinas o especialidades propias de cada una de ellas. SEXTA: El presente convenio no debe interpretarse en el sentido de haber generado una relación legal o financiera entre las partes. Las condiciones particulares relativas al financiamiento, organización, ejecución de las actividades a desarrollar como así también las cuestiones de índole judicial respecto de desacuerdos o diferencias que pudiesen originarse, serán establecidas para cada caso en particular en protocolos adicionales al presente. SÉPTIMA: Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio mediante comunicación escrita dirigida a la otra, con seis (6) meses de anticipación, sin que la denuncia afecte acciones pendientes o en curso de ejecución que no fuesen expresamente rescindidas por ambas instituciones.- OCTAVA: El presente convenio tendrá vigencia por un período de tres (3) años a contar desde la fecha de su suscripción, pudiendo renovárselo por periodos sucesivos iguales mediante el intercambio de notas ratificatorias oficializadas con una antelación de sesenta (60) días corridos previos a la expiración de cada período. NOVENA: Las partes se comprometen a resolver directa y amistosamente entre ellas, por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos, diferencias y faltas de entendimiento que pudieran originarse en el planteamiento y ejecución de los programas y/o acciones conjuntas. En caso de contienda judicial, las partes se someten a los Tribunales Ordinarios con asiento en la ciudad de Santa Rosa, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción, y fijan sus domicilios, “LA MUNICIPALIDAD” en Avda. San Martín N° 50 y “LA FACULTAD” en calle Coronel Gil N° 353, ambos de esta ciudad. En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, a los …. días del mes de ……………… de 2.017.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario, Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal el libro “Ruta crítica en los casos de violencia intrafamiliar CONTRA LA MUJER”. Expte Nº 87-1/2017 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal el libro “Ruta Crítica en los casos de violencia intrafamiliar CONTRA LA MUJER” escrito por la Doctora Graciela LâPEZ GALLARDO. Artículo 2º: Remítase copia de la presente a la Dra. Graciela López Gallardo. Artículo 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
5) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario, Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la “VISITA A CENTROS COMERCIALES DE ESPAÑA”. Expte Nº 78-1/2017. Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la “VISITA A CENTROS COMERCIALES DE ESPAÑA” que realizará durante el mes de mayo una Delegación Comercial Pampeana. Artículo 2º: Solicitar a la Cámara de Comercio, Industria y Producción de la La Pampa, remita a este Concejo Deliberante un informe sobre la visita, observación e intercambio de ideas sobre el desarrollo de “Centros Comerciales Abiertos”. Artículo 3º: Remítase copia de la presente a la Cámara de Comercio,, Industria y Producción (CACIP) de La Pampa. Artículo 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con cuarenta minutos.

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