ACTA Nº 1253 VIGESIMA SEPTIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1253

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1253 VIGESIMA SEPTIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1253 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veinticuatro días del mes de Septiembre del año dos mil quince, siendo la hora once con quince minutos, da comienzo la Vigésima Séptima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa, bajo la Presidencia de su titular Concejala Liliana Vanesa ROBLEDO, Secretaría a cargo de la Sra. Fernanda Gabriela DOLSAN, con la presencia de los Concejales y Concejalas Fabiana Leticia BALLEJOS, Ángel Ceferino BARAYBAR, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Juan MECCA, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO. Se encuentra ausente con aviso, la Concejala Nilda Esther GHIGLIONE.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Taboada procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: Antes de comenzar con la Sesión, quiero agradecer y contarles que se encuentra presente en el Recinto, el Tercer y Quinto Año del Colegio “Santa María de las Pampas” y el Tercer Año del Secundario de Toay. Así que les damos la bienvenida, y muchas gracias por acompañarnos en el día de hoy. Pasamos, ahora, a los temas a tratar. Se van a poner a consideración las Actas Nº 1220, 1221, 1222, 1223, 1224 y 1225 correspondientes a la Tercera Sesión Especial, Sesión Preparatoria, Primera Sesión Extraordinaria, Segunda Sesión Extraordinaria y Tercera Sesión Extraordinaria del período 2014, y Primera Sesión Extraordinaria del período 2015, respectivamente. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… —
Las Actas puestas a votación, resultan aprobadas por unanimidad. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Cecilia Roigé.-
CONCEJALA CECILIA ROIGÉ: Gracias, señora Presidenta. Ayer, 23 de Septiembre, se conmemoró un nuevo “Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Seres Humanos”,en consonancia con un nuevo Aniversario -ya 112 años- de la “Ley Palacios”, Ley que vino a poner un límite a la proliferación de prostíbulos, los abusos sobre niñas y niños y al descontrol de las redes de tráfico y trata, que deviniera en ese momento en esa realidad, como consecuencia de la reglamentación de la prostitución en los finales del Siglo XIX y principios del Siglo XX. La Ley Palacios fue una ley pre-abolicionista, en una realidad donde una mujer menor de edad, para casarse debía tener la autorización de sus padres o de su tutor, o de un Juez, pero para ser prostituida se podía anotar sin ningún otro requisito. En nuestro país, así como en el resto de los países, el reconocimiento del trabajo sexual sólo trajo más mafias, más trata y más explotación. La trata es una de las maneras más antiguas -si no la más antigua- de incorporar personas a los sistemas de dominación. La esclavitud tuvo a la trata como forma de incorporar personas al trabajo esclavo. El sistema prostituyente es uno de los tantos sistemas de dominación. Es hijo del patriarcado y del capitalismo. Todos estos sistemas necesitan de defensores, pero también necesitan de dominadas y dominados que hayan incorporado ese lenguaje y esas representaciones del amo. Pero también -y esto es lo grave- requiere de toda una sociedad que naturaliza, que niega las violaciones de los derechos, que calla y que no ve. Así, tenemos hoy un enfoque del trabajo sexual que quiere imponer sobre las personas prostituidas, representaciones que romanticen estas violaciones. Nos propone usar nuestros genitales, y el cuerpo, y todo, para que el que pone la plata haga con él lo que le venga en ganas; tenga el mando, tenga el control. La contraprestación es el acatamiento, al que quienes proponen que sea considerado un trabajo, lo llaman “libre elección”. La prostitución es una realidad, es cierto. Pero también lo son la tortura, el abuso sexual infantil o el hambre, por citar sólo algunas de las realidades con las cuales convivimos. Pero esto no es una prueba de legitimidad, ni habilita a que reglamentemos estos quebrantamientos; lo cual, sería un absurdo: reglamentar el hambre, reglamentar la tortura, o reglamentar el abuso sexual. Queremos proponer hoy para nuestros hijos e hijas, un mundo sin prostitución. Seguimos soñando con un mundo sin violaciones, sin esclavitud laboral, sin abuso sexual infantil, sin violencia de género, sin opresiones y, sin represiones. Gracias, señora Presidenta.-
ASUNTOS ENTRADOS.-

  1. DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
  2. 1.- Nota Nº 186/2015-S.H.yA.- del señor Secretario de Hacienda y Abastecimiento mediante la cual remite informe mensual de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos correspondiente a los meses de abril y mayo de 2015. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  3. 2.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo copia de la Resolución Nº 978/2015 (D.E) mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  4. 3.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo copia de la Resolución Nº 934/2015 (D.E) mediante la cual se Modifica el Presupuesto de Gastos vigente para el período Agosto de 2015. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  5. 4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5282/2015 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de gas natural en calle AMILCAR EVANGELISTA. Expte Nº 151-1/2015 (HCD). Pasa a Archivo.-
  6. 5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5283/2015 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de gas natural en calle CRISOLOGO LARRALDE. Expte Nº 152-1/2015 (HCD).- Pasa a Archivo.-
  7. 6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5284/2015 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de gas natural en calle AMBROSIO SANSINANEA. Expte Nº 153-1/2015 (HCD). Pasa a Archivo.-
  8. 7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5285/2015 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de gas natural en calle ALELIES. Expte Nº 150-1/2015 (HCD).- Pasa a Archivo.-
  9. 8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 33/2015 (HCD) mediante la cual se Declara de Interés Municipal la 3º Edición de “Caravana por la Vida”. Expte Nº 128-1/2014 (HCD). Pasa a Archivo.-
  10. 9.- Nota Nº 74/2015 del Departamento Ejecutivo solicitando la concesión de prórroga para la presentación de los Proyectos de Presupuesto y Ordenanza Tarifaria para el ejercicio 2016. Expte Nº 4941/2015/1-1 (D.E).- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  11. DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
  12. 1.- Nota del Secretario Administrativo del Concejo Deliberante de General Pico mediante la cual remite copia de la Resolución Nº 34/2015 solicitando al Ministro del Interior y Transporte de la Nación, la continuidad de la prestación del servicio ferroviario de pasajeros entre las Estaciones de Bragado-General Pico.- Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
  13. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES..-
  14. 1.- Nota del Consejo Profesional de Asistentes Sociales de La Pampa mediante la cual solicita la donación de un terreno municipal para dicha Institución. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  15. DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
  16. 1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales. Expte Nº 4467/2015/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  17. 2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Modifica el Artículo 36º, capítulo 5, Artículo 001, Inciso 4 de la Ordenanza Nº 5182/2014-Ordenanza Tarifaria 2015-. Expte Nº 3937/2014/1-2 (D.E).-Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
  18. 3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Juan Mecca del Bloque de Concejales y Concejalas del Partido Justicialista mediante el cual se Exime del pago de la Tasa por Servicios Municipales a frentistas al Cuenco Aliviador de los Barrios Malvinas Argentinas y Villa Germinal. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Juan Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señora Presidenta. Obviamente que va a pasar a la Comisión correspondiente, pero esto tiene por finalidad acoger un reclamo que se había hecho por parte de un vecino del barrio, que tiene su vivienda lindante con los cuencos aliviadores. Recordemos que este cuenco se hizo de una manera provisoria, y han pasado muchos años y todavía continúa en ese lugar, con algunos perjuicios para los vecinos de la zona. Existe un Proyecto también de características similares en relación a los vecinos de la calle Chile, con lo cual solicito que en la Comisión sean analizados en forma conjunta, a ver si podemos por lo menos de alguna manera reparar el daño que se les está ocasionando con esta situación. Nada más.-
PRESIDENCIA: Muchas gracias, Concejal. Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, Presidenta. Es con respecto a un tema que tratamos en la Sesión pasada. En cierto modo, estaba la preocupación del Concejo de tener información económica fresca sobre el estado del Municipio, y un poco se dilató el debate a causa de la cuestión del plazo. Les quería recordar que este Concejo votó por unanimidad un pedido similar el día 16 de abril; es decir,, hace cinco meses. Digo, para los que se enredaban en decir si son quince días, o treinta días. El pedido lo hizo la señora Presidenta del Concejo y se votó por unanimidad, pidiendo un informe económico muy similar al que pedimos la sesión pasada. El informe no llegó. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Pasamos al tratamiento del Orden del Día.-ORDEN DEL DIA.-1) Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Exime a la Filial Santa Rosa Cruz Roja Argentina del pago de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene y se Deroga la Ordenanza Nº 4562/2012.Expte Nº 238-1/2011 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Exímase a la Filial Santa Rosa CRUZ ROJA ARGENTINA del Pago de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene, prevista en el Capítulo Undécimo de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86, en relación al inmueble sito en calle Almirante Brown Nº 568 de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º.- Derógase la Ordenanza Nº 4562/2012. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, con votación nominal para el Artículo 1º, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza. —
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza reglamentando la comercialización y/o disposición en la vía pública de productos áridos destinados a la construcción. Expte Nº 245-1/2015 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: OBJETO. Quedan comprendidas dentro de los alcances de esta Ordenanza la comercialización y/o disposición en la vía pública de productos áridos destinados a la construcción: cal, cemento, canto rodado, grava, arena, tierra y similares, en el ejido de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º: AUTORIDAD DE APLICACION. Serán autoridades de aplicación la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas y/o la Dirección de Protección Ambiental y Servicios Públicos, o las unidades de organización que en el futuro las reemplacen. Artículo 3º: VENTA Y/O Disposición DE PRODUCTOS ÁRIDOS. Se permite únicamente en el ejido de la ciudad de Santa Rosa, la comercialización y/o disposición en la vía pública de productos áridos en sus envases originales, y en el caso que no tuviese deberán ser comercializados y/o dispuestos en bolsones y/o contenedores aptos para tal fin. Artículo 4º: BOLSONES Y CONTENEDORES. Los bolsones citados en el Artículo anterior deberán ser del tipo “Big Bag”, de rafia o compuesto similar, que impida el derrame en la vía pública del material contenido. Se considera a los efectos de la presente Ordenanza como Contenedor, a los descriptos en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 4274/2010 de Servicio de Contenedores en la Vía Pública. Artículo 5º: COMERCIOS. Las disposiciones de esta Ordenanza son aplicables a todas las personas jurídicas o físicas dedicadas a la venta al por mayor y/o menor de productos áridos destinados a la construcción que tengan fijado domicilio comercial o no en la Ciudad de Santa Rosa, cualquiera fuere la forma de comercialización de los mencionados productos y aunque estuvieran registrados o inscriptos en otra jurisdicción. Las personas jurídicas o físicas deberán entregar, a cada cliente los productos áridos que comercializan a granel, en los bolsones y/o contenedores, acorde a la cantidad comercializada. Artículo 6º: SANCIONES: Será pasibles de sanción: 1) Las personas jurídicas o físicas dedicadas a la venta al por mayor y/o menor de productos áridos que los comercialicen a granel contradiciendo lo dispuesto por la presente Ordenanza.- 2) Los particulares y/o empresas constructoras que compren a granel productos áridos en la Ciudad de Santa Rosa y/o en otras jurisdicciones contradiciendo lo dispuesto por la presente Ordenanza. Articulo 7: MULTAS. El Juzgado de Faltas Municipal se regirá para determinar el valor pecuniario de la sanción, según lo establecido en la Ordenanza Tarifaria vigente. Artículo 8º: Disposición TRANSITORIA. Establécese un plazo de 120 días corridos a partir de la promulgación de la presente, para la puesta en vigencia de esta Ordenanza, tiempo durante el cual la Municipalidad de Santa Rosa realizara una campaña de difusión. Articulo 9º: MODIFICACION. Modifíquese el Artículo 94 de la Ordenanza Tarifaria anual vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera:”18 002 44b La disposición a granel en la vía pública de productos áridos destinados a la construcción: cal, arenas, tierra, piedras y similares, será sancionado con multa de hasta 400 unidades fijas (UF)”. Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Quiero agradecer el trabajo en Comisión para poder avanzar sobre esta iniciativa, que no es una iniciativa nueva. Yo ya la había presentado hace casi cinco años atrás y no había tenido eco, y me parece positivo que se avance en estas cuestiones. La idea es ir regulando en la medida de lo posible la apropiación del espacio público por parte de todos aquellos que hacen uso de él, pero muchas veces lo hacen en desmedro de los otros vecinos y vecinas de la ciudad. Entonces, me parece importante avanzar sobre este Proyecto, que va a requerir que la disposición de productos áridos sea en contenedores o bolsas conocidas como “Big bag”, para poder aprovechar mejor no solamente el espacio público, sino también para tener un poco más ordenada la ciudad. Queríamos hacer una propuesta de modificar el Artículo 1º, en virtud de un debate que tuvimos en la reunión de Bloque y que le he comunicado a la Presidenta de la Comisión para que sea leído por Secretaría, y tener la misma modificación en el artículo 3º para que, si están de acuerdo, sea acompañado por todos los Concejales.-
PRESIDENCIA: Bien. Entonces, por Secretaría se dará lectura a las modificaciones presentadas.-
SECRETARÍA: (Leyendo): “Artículo 1º: OBJETO. Quedan comprendidas dentro de los alcances de esta Ordenanza la comercialización para la disposición en la vía pública de productos áridos destinados a la construcción: cal, cemento, canto rodado, grava, arena, tierra y similares, en el ejido de la Ciudad de Santa Rosa, y toda disposición en la vía pública de productos destinados a la construcción”… “Artículo 3º: VENTA Y/O Disposición DE PRODUCTOS ÁRIDOS. Se permite únicamente en el ejido de la ciudad de Santa Rosa, la comercialización para la disposición en la vía pública de productos áridos en sus envases originales, y en el caso que no tuviese deberán ser comercializados y/o dispuestos en bolsones y/o contenedores aptos para tal fin”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Viviana Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señora Presidenta. Es para celebrar poder avanzar en este tipo de Proyectos, porque sin duda también es el punto de inicio para seguir avanzando con el de cargas y descargas en la ciudad. En una reunión con la Cámara de Comercio habíamos planteado, entre las soluciones, trabajar en este tema; y estaba la propuesta del Concejal Cuelle ya aquí -guardada-. Así que celebro que hayamos podido trabajar en el tema, y que hoy se convierta en Ordenanza, para después poder avanzar con la Ordenanza de Cargas y Descargas. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Si están todos de acuerdo con las modificaciones, voy a poner a votación el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano…-El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular con las modificaciones leídas por Secretaría para los Artículos 1º y 3º, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Queda un punto más, acordado en Labor Parlamentaria, al que por Secretaría se dará lectura.-
SECRETARÍA: (Leyendo): “Santa Rosa, 24 de Septiembre de 2015. Honorable Concejo Deliberante: De acuerdo a lo dispuesto en la reunión de la Comisión de Labor Parlamentaria, se aconseja aprobar el siguiente Proyecto de Resolución: “Artículo 1°.- Declárase de Interés Municipal las”5º JORNADAS DE EQUINOTERAPIA- EQUITACION ADAPTADA-REHABILITACION ECUESTRE EN LA PAMPA”, a desarrollarse los días 02 y 03 de Octubre de 2015 en la Ciudad de Santa Rosa.- Artículo 2°.- Remítase copia de la presente a la Asociación Pampeana “El Zorzal” de Equinoterapia y Equitación Deportiva (A.P.E.Z.E.E.D.), a la Asociación Argentina de Actividades Ecuestres para Discapacitados (A.A.A.E.P.A.D.) y a la Asociación Agrícola Ganadera de La Pampa (AAGLP)-Subcomisión de Equinos-, organizadores de la citada jornada.- Artículo 3°.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto de Resolución resulta aprobado por unanimidad.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con treinta y un minutos.-
lng.

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