ACTA Nº 1219 TRIGÉSIMA SEXTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1219
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1219 TRIGÉSIMA SEXTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1219 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil catorce, siendo la hora diez con diecisiete minutos, da comienzo la Trigésima Sexta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa, bajo la Presidencia de su titular Concejala Liliana Vanesa ROBLEDO, Secretaría a cargo de la Sra. Fernanda Gabriela DOLSAN, con la presencia de los Concejales y Concejalas Fabiana Leticia BALLEJOS, Ángel Ceferino BARAYBAR, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ y Félix VILLATORO. Se encuentran ausentes con aviso los/las Concejales/las Mariano Alberto SALOMON y Elisabet TABOADA–
Conforme una invitación de la Presidencia, el Concejal Di Liscia procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Cecilia Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señora Presidenta. Pasó otro 25 de noviembre, donde muchas mujeres y cada vez más hombres, acompañaron la conmemoración del Día Internacional contra la Violencia de Género; fecha elegida en recuerdo del asesinato en 1960 de las tres hermanas Mirabal: Patria, Minerva y Antonia, activistas políticas de la República Dominicana, muertas por la policía secreta del dictador Rafael Trujillo. Sus cadáveres destrozados, aparecieron en el fondo de un precipicio. Para el movimiento popular y feminista de República Dominicana, estas mujeres conocidas como “las Mariposas”, han simbolizado la lucha y la resistencia. Hoy, la lucha contra la violencia se encarna en visibilizar las situaciones que padecen muchas mujeres, en proponer leyes que las protejan. Pero estas leyes, se hacen para ser cumplidas. De otra forma, terminan siendo meros testimonios. En nuestro país, está vigente la Ley 26485, de protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, a la que está adherida nuestra Provincia. Y es por esa Ley, que quienes somos funcionarias o funcionarios, estamos obligados a denunciar aquellas situaciones de violencia de las cuales tomemos conocimiento. Y si no lo hacemos, somos cómplices por omisión, del golpeador y del violento. Claro está que hay muchos funcionarios que piensan que la violencia de género es “doméstica” y por lo tanto es parte del foro privado, con lo cual no lo consideran un problema que tenga que ser denunciado. O peor aún, algunos funcionarios ejercen la violencia de género para con sus propias funcionarias. Aunque son cada vez más las mujeres que se atreven a poner nombres y apellidos a la violencia doméstica, laboral e institucional, el número de mujeres que calla es muy superior al de las que se atreven a hablar. El miedo, la insuficiente protección y el escaso amparo que reciben por parte de quienes deben hacer cumplir la Ley, son algunas de las causas principales que paralizan a las víctimas. Quienes tenemos la responsabilidad de gobernar, legislar y escuchar a quienes piden ayuda en estas situaciones, debemos garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia. Nuestras acciones u omisiones, afectan significativamente el presente y el futuro de quienes padecen violencia en cualquiera de sus tipificaciones y modalidades. No seamos cómplices, escudándonos en patrones socioculturales que perpetúan las desigualdades de género. Seamos agentes de cambio, asumiendo en nuestro accionar cotidiano el compromiso de trabajar en la construcción de una ciudadanía plena. Por ellas las que esperan, por ellas las que resisten, por ellas las que nos interpelan desde el silencio, ni una mujer más, víctima de violencia. Gracias, señora Presidenta. —
PRESIDENCIA: Bien. Según habíamos acordado en Labor Parlamentaria, hay una solicitud de utilizar la “Voz del Vecino”, bajo la Ordenanza 4849/13, por lo que invito a la vecina Mónica Miranda a hacer uso de la banca.-
Conforme la invitación formulada, la Sra. Mónica Miranda procede a ocupar la banca.-
SRA. MONICA MIRANDA (Vecina): Buenos días, señora Presidenta. Buenos días a todos los Concejales. Yo soy una ciudadana que vengo en representación de los Manualistas de Santa Rosa. En realidad, hace muchos años que nosotros venimos participando en las distintas Ferias más que en la Feria del Regalo, la que se hace en la Plaza. Pero más o menos les voy a contar nuestra historia, porque desde que se forma el Consejo de Artesanos, que hace varios años que el gobierno anterior presentó un Proyecto para formar el Consejo de Artesanos, donde fuimos citados todos -Artesanos, Manualistas, etc.-, cuando se hizo la presentación del Proyecto para hacer este Consejo, todos veníamos a este Recinto, donde se presentó el Proyecto varias veces, a ver si estábamos todos de acuerdo. En ese momento, más o menos el 70% éramos Manualistas. Para todas esas reuniones, los Manualistas servíamos, los Manualistas estábamos, los Manualistas hacíamos volumen. Una vez que se hizo el Consejo, una vez cuando se hizo el proyecto -o no sé cómo es cuando se aprueba, en un lugar como éste- alguien de las bancas, de acá -que yo no recuerdo, no conozco a las personas que estaban- levanta la mano y pide el cambio del nombre de la Feria del Regalo, que antes era la “Feria del Regalo Navideña”. Y pide que se cambie como “Feria Artesanal del Regalo”. En eso, una compañera que ahora está presente entre el público, dice que no cambien, porque nos dejan afuera a nosotros. Porque a los Manualistas no nos consideran Artesanos. Entonces, las personas que estaban acá -que ahí está, justo ahora la veo a la señora Cecilia (Roigé, Concejala) que era la Secretaria en ese momento del Dr. Di Liscia, le dice que se calle, que si no no iban a salir las cosas, y que era para trabajar para todos, que el Consejo de Artesanos era para todos. Entonces, nadie dijo nada y se aprobó el cambio del nombre de la Feria del Regalo. A partir de ahí, todos los años -porque nosotros llevamos muchos años de Feria-… Hasta ese momento, la Feria del Regalo, la Feria Navideña, para nosotros era una fiesta. Era una semana de fiesta, de encontrarnos con la gente, con los compañeros que hacían cosas. A partir de ahí, empezó a ser un sufrimiento para los Manualistas. Porque a partir de ahí, empezamos a sufrir discriminación. Cada vez que íbamos a fiscalizar, era algo menos. Por ejemplo, puntualmente, siempre fue para los que armamos -somos armadores de bijouterie y accesorios-, empezaron primero con las cadenas: “que no podemos usar cadenas”… Bueno, sacamos las cadenas… Que “las tenemos que hacer a las cadenas, que a los ganchitos tenemos que hacerlos”… Nosotros no somos metalistas. No nos dedicamos a transformar la materia, no somos especialistas en eso. Nosotros somos Manualistas. O sea, que nosotros diseñamos nuestros trabajos, y los hacemos con lo que compramos para diseñar. Porque un puñado de cuentas, o un puñado de cadenas, no cualquiera tampoco lo hace. Entonces, aparte uno lo diseña y cada uno tiene su forma de trabajar, y es un trabajo manual que lleva horas, como cualquier trabajo. A partir de ahí, empezamos a sufrir la discriminación y agresión. Gente mayor, por ejemplo, que ha salido de las fiscalizaciones llorando, que era ir a sufrir humillaciones cuando íbamos a fiscalizar. Y uno es joven y se la banca, y uno puede soportarlo. Pero hay gente mayor que con todo sacrificio y que aparte necesita vender lo que hace, gente a la que le han tratado las cosas así como…, agarrándolas con dos dedos y tirando… No. Eso, no. Hay gente que ha salido llorando, nunca más ha ido y se fue alejando de esta Feria. Tuvimos la suerte que desde el año pasado estamos con la parte de Desarrollo Económico, que se hace esa otra Feria en las Vías, que pudimos lograr, y retomar con nuestros trabajos y poder venderlos, porque realmente la situación económica no está tan bien como para no poder… Porque aparte de gustarnos esto, uno lo hace porque necesita vender, necesita otro trabajo. Y en años anteriores hemos podido participar, porque hemos tenido mucho apoyo de la Directora de Turismo, que ha sido una de las personas que siempre estuvo -y acá, de Nilda- que han sido las personas que han estado al lado nuestro para poder solucionarnos las cosas. Y uno va con miedo. Y ya, esta fiscalización colmó nuestra paciencia. Y nosotros, siempre diciendo: “Bueno, vamos un poquito más”. Sacamos la cadena, ponemos otra cosita, tapamos con una florcita… Tenés que hacer las cosas que ellos te piden. Y siempre fuimos fiscalizados por los Artesanos. El año pasado pedimos ser fiscalizados por un representante de Manualistas. Es más, en el Consejo no tenemos representante de Manualistas. Y cada vez nos fueron sacando más lugar, que nosotros no tenemos ni voz ni voto de nada. O sea, que estamos representados por Nadie, porque nunca nos invitaron a los Manualistas ni nos llamaron a una Asamblea para votar. Es más, el primer grupo del Consejo se hizo a dedo, acá. Acá, adentro de este lugar, se hizo “a dedo”. Porque dijo, la señora Nancy -no sé qué apellido- que estaba en ese momento, dijo: “Yo quiero ser”. Y fue ella, y ella y ella… “Pero, ¡hay que votar!”… Y “no hay tiempo -dice-, vamos a trabajar”… “Pero una Manualista tiene que haber, por lo menos”… “No, vamos a trabajar para todos.”. Bueno, así se formó lo primero. O sea, antidemocrático, fue eso. Y nosotros, nunca más fuimos invitados ni fuimos llamados a una Asamblea para poder votar algo, para poder decidir algo, que sea democrático. Todos estos años, hemos ido sufriendo lo mismo. Hemos pedido si nos pueden hacer un Proyecto para que nos hagan también un Consejo para nosotros, porque nosotros fuimos excluidos del Consejo de Artesanos, siendo que el concepto de Artesano es muy amplio. Están muy equivocados con el concepto que tienen. Y esta vez, cuando fuimos a fiscalizar, yo particularmente fui fiscalizada por Artesanos y fui fiscalizada por la señora Daniela Bejar. La señora Daniela Bejar me dijo a mí: “Usted no es Manualista, usted es Armadora”…. “¿Perdón? -le digo yo-, ¿y el Armador, dónde está ubicado?, ¿no es un Manualista?, ¿yo no trabajo con mis manos? Y le digo yo: “¿En qué se basa usted para decirme que yo no soy Manualista?” Aparte, yo nunca la había visto…, porque el año pasado ella fue una de las personas que también ayudó a que nosotros podamos estar y que podamos presentar nuestros trabajos. Y este año, ella estaba de una forma…, estaba exaltada. En el momento en que nos estaban fiscalizando, ella caminaba exaltada. Y ella me dice: “Usted no es Manualista”, con un tono así… Y yo le digo: “Perdón. ¿Dónde me ubico, entonces, y en qué se basa usted para decirme eso?” Y me dice: “…en lo que ellos dicen” y señala a los Artesanos, que son el señor Cejas, Araujo -que estaba en ese momento-. Y dice: “En lo que ellos se basan, en la reglamentación de Rosario”. Y yo le digo: “Perdón, pero no vivimos en Rosario, nosotros. Nosotros estamos en Santa Rosa, La Pampa. Y acá no hay una Ordenanza de Fiscalización. No hay una reglamentación de Fiscalización todavía, en La Pampa. Todavía, eso no se ha hecho”. Y le digo yo: “Entonces, si nos vamos a regir por las reglamentaciones de otras provincias, vamos a hacerlo todos. Entonces hay que leer todo, y sacar uno para La Pampa. Pero ahora no hay ninguno, para La Pampa”. Bueno, eso fue lo menos que sufrimos. Hay gente que salió llorando. Esta señora Mirta Cerda, que también estaba fiscalizando… -antes de empezar la fiscalización, habíamos como sesenta personas-, sale y dice: “A ver, ¿vos qué tenés?”…, ¿”vos qué tenés?”, “vos qué tenés?…, te quedás a fiscalizar”…, “vos no”, “vos sí”…, “vos no”. Fuimos tratadas como animales. Yo creo que ni a los animales se los trata de esa manera. Fuimos muy maltratados, y este año ya nos colmó. Ya dijimos: “No”. Y entonces fuimos, e hicimos una denuncia al INADI, por maltrato y discriminación. Si quieren ver -no sé si quiere ver, señora Presidenta-, acá tengo la copia del… (Interviene la Presidencia).-
PRESIDENCIA: Después le pido una copia.-
SRA. MONICA MIRANDA (Vecina): Bueno. Es la copia de la denuncia que hicimos. Denunciamos hacia el Consejo de Artesanos por el maltrato que tenemos. Y en su segundo, hacia el Municipio, que es el que responde al Consejo de Artesanos. Porque no nos sentíamos protegidos de nada. Porque fuimos desprotegidos de todo durante años. Y tuvimos la suerte ahora de poder llegar hasta acá, que pudimos llegar a Ud., podemos llegar a los Concejales, para poder desarrollar esto. Porque ya no podemos… Este año, ya nos dijeron directamente que no. A mí, por ejemplo, me pusieron -el rubro- que puedo vender llaveros -unos llaveros que tengo, de corazoncitos que yo traje ahí, si quieren les podemos mostrar-. Pero me ponen “Llaveros y accesorios. No bijouterie. Manualista” -me ponen al lado-. O sea, que yo puedo vender eso y no puedo vender todo el resto que yo hago -que yo soy armadora de collares, pulseras-, porque tienen una cadenita. A otra compañera, que se toma el trabajo de hacer unos tramados terribles, todos con argollitas, le cuestionaron el ganchito. O sea, que nos fiscalizaron los Artesanos con ojos de Artesanos, no de Manualistas. En cambio, el año pasado, se llamó a los Manualistas, que fueron dos representantes nuestras -Silvia Díaz y Gladys Dieser- a estar en la fiscalización para fiscalizar a los Manualistas. Es más, el señor Cejas en un momento dice: “Lo que pasa es que ustedes venden mucho y nosotros no vendemos nada. Hay que ser equitativos”. Y otra Manualista dice: “Perdón, ¿equitativos, si nos dan cincuenta puestos a nosotros y ciento cincuenta para ustedes?”. Guardan los lugares para la gente de afuera. A nosotros, por ejemplo… No importa el lugar, porque en la Plaza igual vamos a vender. Pero fíjense de qué manera estamos siendo discriminados, que nos pusieron en un rinconcito de la Plaza, desde la Catedral hasta el Banco Nación -para esa esquina-. Todo el resto de la Plaza y las calles por donde más pasa gente, es para los Artesanos, y los Artesanos que vienen de afuera. O sea, que hay más privilegios para la gente de afuera que para los santarroseños, que estamos viviendo acá. Yo siempre he escuchado que dicen: “El Municipio trabaja para los santarroseños”. Y nosotros no sentimos que trabajan para nosotros, están trabajando para la gente de afuera. Aparte, el Municipio es el que responde -creo yo, si no estoy equivocada y si estoy equivocada que alguien me lo diga-, quien responde al Consejo de Artesanos. En un momento, en que fuimos a tratar…, la señora Directora de Turismo quiso decir algo, y la señora Bejar le dice: “Vos sos del Consejo, tenés que pensar como el Consejo”. O sea, que no estamos en una democracia. ¿Qué son, de forma arbitraria? Yo tomé este tiempo para contarles, realmente. Para contar, hay millones de cosas, de maltrato y discriminación que hemos sufrido. Pero en realidad nosotros venimos a pedir, primero, que se vuelva a hacer otra fiscalización, pero realmente que se fiscalice con ojos Manualistas. Es decir, que los Manualistas tengamos nuestro lugar, y nuestra posibilidad de poder fiscalizar a los Manualistas. Porque un Manualista no puede ir a fiscalizar a un Artesano, porque desconoce muchas cosas. Entonces, uno no va a ir a fiscalizar a un Artesano que trabaja en madera, o en hueso, o cuero, porque uno desconoce esa materia. Entonces, no se puede ir a fiscalizar con el desconocimiento. Entonces, pedimos que se haga otra fiscalización y que los fiscalizadores seamos Manualistas; y con gente del Consejo, pero que podamos nosotros fiscalizar a los Manualistas. Y con respecto a los lugares de la Plaza, tendría que ser equitativo. Ahora, yo creo que ya estaría. Pero para un futuro, que se haga por sorteo, o que se haga intercalado. Porque, por ejemplo, nos han amontonado. Los que tenemos cosas de bijou… -bueno, que ya no las podemos tener, a mí solamente me dejan poner un tipo de llavero hecho de tela, nada más-… Entonces, eso y las vinchas, que van con flores, es lo único que me dejan. Pero al lado mío, estamos todos pegados, uno al lado del otro. Entonces, ¿qué posibilidad habría de que nos intercalen, como se hizo siempre? Porque cualquier ciudadano que pasa, y ve cuchillos -por ejemplo-: cuchillos, cuchillos, cuchillos…, pasan de largo. Porque ya ven tanto, que pasan a ver otra cosa. Aparte, ayer los mismos Artesanos estaban diciendo, que hay matrimonios que una hace bijouterie y manualidades -por ejemplo- la esposa, y el esposo hace herrería. Y tienen un solo gazebo grande. No los dejan poner juntos; tienen que poner separados, en los lugares que ellos les dicen. Y dicen: “Pero nosotros no tenemos dos gazebos. Aparte, nos ayudamos entre los dos, a veces está uno o está el otro, por los chicos”, para poder turnarse. No, no los dejan, y les dijeron que si se ponen juntos, les van a decomisar y los van a echar de la Plaza. Eso les respondieron ayer. Y bueno, así estamos sufriendo. Y nos callamos. Pero anteayer ya dijimos: “Basta, algo tenemos que hacer”. Y hay gente, por ejemplo, que va a presentar Recursos de Amparo. Hay gente que directamente los han discriminado y les han discriminado las cosas “por feas”. Así les dijeron: “Esto es feo. Vos no vas a estar”. Y por supuesto, en el INADI dimos el nombre y apellido de la señora que fue discriminada de esa manera. Acá tenemos el nombre: es la señora Bazán. Le dijeron que “no, porque sus cosas eran feas”. Y así, hemos sufrido maltrato y discriminación. Por eso tomamos esta determinación, y pedimos al Concejo si puede tomar cartas en el asunto, porque ya no se puede seguir así. En realidad, estamos muy contentos con que haya un Consejo de Artesanos. Nosotros en su momento, cuando se formó este Consejo, apoyamos en todo. Pero nunca pensamos que esto iba a ser de esta manera y que íbamos a ser marginados, discriminados y maltratados. Otros participantes del Consejo -uno de los primeros- nos tiraba las cosas, y hasta llegó a insultar a las personas, con falta de educación hacia las personas. Y más, hacia las personas mayores; que yo creo que el respeto hacia las personas mayores, uno lo trae de cuna y son valores que no se deben perder. La escala de valores es muy importante, hacia nuestros mayores. Bueno, eso es todo, creo. Habría para más, pero eso es más o menos nuestra inquietud y nuestro pedido: que haya una nueva fiscalización, para que todos podamos participar. Porque todos trabajamos con las manos. Y lo único que sí, como siempre, nosotros decimos que el principal objetivo es que no haya reventa, pero sí todas las personas que trabajan con las manos. El trabajo de cada uno vale, y no hay trabajos feos y trabajos lindos. Yo creo que para cada uno su trabajo es lo mejor. Es lo mejor que se saca de cada uno. Entonces, yo creo que lo que ha pasado esta vez, es algo que ya no se puede tolerar más como persona, como ciudadano, como persona humana, ¿no?… Bueno, muchas gracias por el lugar.-
PRESIDENCIA: Bueno. Le agradecemos mucho… Tiene la palabra la Concejala Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señora Presidenta. Es para proponer que -no sé si ahora, o en algún momento-, realicemos un cuarto intermedio para analizar hacer una Comunicación y pedir una nueva fiscalización, donde haya un representante de los Manualistas. Muchas gracias.-Puesta a votación, la moción de pase a cuarto intermedio se aprueba por unanimidad siendo la hora diez con cuarenta y cinco minutos. A la hora diez con cincuenta y cinco minutos se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Juan Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señora Presidenta. Hemos acordado que, ante la inminencia de la Feria y lo dificultoso que es el tema para poder poner de acuerdo a las partes, trabajar en una nueva Ordenanza incorporando a los Manualistas. De todas maneras, hacer gestiones con el Departamento Ejecutivo, a ver si pueden flexibilizar un poco la fiscalización respecto a los Manualistas que han presentado sus trabajos. Así que por el momento, el lunes o martes haremos una reunión con el Ejecutivo, y estaremos trabajando en una futura Ordenanza para incorporar a los Manualistas, o diferenciarlos en dos sectores. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Acompañamos la posición del Concejal Mecca, en el sentido de que tenemos que trabajar. De hecho, hay un Proyecto presentado por una Concejala del Partido Justicialista, o algún borrador dando vueltas. Pedimos disculpas por el destrato que han sufrido, si es que verdaderamente ha ocurrido, por parte del Municipio, a quienes se vieron afectados en su persona durante la fiscalización, y está el compromiso de trabajar. No ha sido fácil. Creo que se ha avanzado mucho cuando se inició la propuesta de crear el Consejo de Artesanos y Manualistas. Creo que se han dado pasos importantes desde el Municipio. Indudablemente, todavía nos queda mucho camino por recorrer, donde indudablemente hay que hacer las ordenanzas necesarias para garantizar los derechos de todos los ciudadanos de la Ciudad. Y por supuesto, también, la “cintura” que debe tener todo Municipio, para poder articular espacios donde todos se sientan parte y nadie se sienta discriminado, que es una tarea que tenemos que llevar adelante todos los que formamos parte del Gobierno Municipal.-
PRESIDENCIA: Bien. Entonces quedamos con el compromiso, para el lunes o martes, de una reunión con el Ejecutivo. Pasamos al Temario.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo estructura de costos referidos al Régimen Tarifario del Servicio de Taxis. Expte Nº 6770/2007/1-2 y 3 (D.E).- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo comunicando inicio de actuaciones judiciales en autos “Leiria Aurelia Irma c/Geriátrico Azul y otros s/Ordinario”. Expte Nº 6255/2014/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5151/14 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle SIN NOMBRE entre Valerio Zocchi y Adolfo César Meringer. Expte Nº 284-1/2014 (HCD). Pasa a archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5152/14 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle ALEMANIA. Expte Nº 283-1/2014 (HCD). Pasa a archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5153/14 mediante la cual se Modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3323-Permisos de uso a Instituciones de Bien Público en inmuebles e instalaciones del Parque Don Tomás-. Expte Nº 5-1/2005 (HCD). Pasa a archivo.-
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1.- Nota presentada por el vecino Leandro H. Evangelista mediante la cual pone en conocimiento al Honorable Concejo Deliberante sobre la problemática de tránsito que ocurre en la Avda. Eva Perón (Ruta Nacional Nº 35) entre el espacio verde “Fuerza Aérea Argentina” (Rotonda del Avión) y el acceso a la Residencia del Gobernador. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Quería pedir la lectura de la nota que ha entrado. Me parece importante, en el contexto de la Ordenanza sobre Tránsito que hemos votado la semana pasada. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Por Secretaría se dará lectura.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura a la nota, cuyo texto se transcribe: “Santa Rosa, 20 de Noviembre de 2014. Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa. S/D. Ref.: Caos y anarquía existentes en la Avenida Eva Perón (Ruta Nacional Nº 35) tramo Rotonda del Avión-Ingreso a la residencia del gobernador. Atento a que en los medios del día de la fecha me he enterado de la sanción de una ordenanza que va a tratar el tema tránsito, y con el objeto de colaborar, aprovecho la ocasión para poner en vuestro conocimiento, por si no están enterados, de lo que ocurre en la zona de referencia. Allí sucede que se ha creado en esa área un PARQUE RECREATIVO MUNICIPAL NOCTURNO Y BOLICHE A CIELO ABIERTO, a partir de la decisión del Intendente de la ciudad de cerrar el Parque Recreativo Don Tomás desde las 0 horas, y esto ha traído como consecuencia que los sujetos que andaban por el citado parque, ahora se reúnen todos en el área de referencia y los tenemos que aguantar los vecinos de este sector. Esto ocurre casi todas las noches pero especialmente los fines de semana, a partir de las primeras sombras, alcanzando su punto máximo desde las 0 horas y hasta el amanecer, hora pico a las tres de la madrugada; ocurre lo que literalmente podemos resumir que esa área se convierte en tierra de nadie o zona liberada-. Los hechos ilícitos y atentados a la moral y las buenas costumbres que ocurren en ese lugar y frente a nuestros domicilios son indescriptibles y en parte consisten en lo siguiente: 1) Ocupación del espacio público y de los espacios verdes por centenares de individuos que no son de la zona y que llegan a pie, en moto y en todo tipo de vehículo automotor, inclusive camiones. Se observan muchos menores y mujeres con bebés. Ya han comenzado a hacer asados en la zona contra el aeropuerto. 2) El consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública por parte de estos sujetos, con su vestimenta y aspecto típico, hablando y gesticulando en voz alta, gritos, peleas, tiros y en movimiento continuo y realizando sus necesidades corpóreas a la vista. 3) La puesta en marcha de la música “villera” a todo volumen de varios autos, bailando, que retumba dentro de nuestras casas e impiden conciliar el sueño. 4) Simultáneamente tenemos las picadas de motos y autos a escape libre, poseen 500m. de pista sobre la Ruta Nacional 35, con total impunidad y entre el tránsito que circula por dicha ruta. Hay mucho más, pero nos vamos a remitir a estos puntos por ahora. Todo lo cual le ha dado a esta área el carácter de altamente peligrosa. Consideramos que el intendente con su accionar ha provocado este caos y anarquía sin medir las consecuencias, ahora va a tener que solucionarlo, porque debió prever estos efectos. En la actualidad la situación se ha ido de las manos, todo ese sector de referencia está inmanejable y totalmente fuera de control. La policía no quiere actuar, a pesar de que posee varios móviles naranja entregados por el Ministerio del Interior para tal fin. Lo que sucede en ese lugar es inadmisible, intolerable, inconstitucional, inaceptable, incongruente, carente de toda lógica, en una ciudad como ésta y justamente en el principal acceso a la misma, donde los que ingresan o pasan por el lugar, con seguridad se deben llevar una impresión poco feliz, atento a la primera postal que se les presenta, con suerte si no reciben un botellazo o cascotazo sobre el parabrisas. Por supuesto se solicita la presencia policial al 101, el móvil viene, queda todo en silencio, las motos y autos escapan por cualquier lado, el móvil se va y en seguida todo sigue igual, todos están de vuelta, ustedes comprenderán que de esta forma todo es inútil y no se llega a nada. Estas noches cálidas ya sufrimos un anticipo de lo que va a ser este verano tórrido que se aproxima; fueron noches de terror como nunca se había visto, los sujetos cada vez son más y más violentos, se comunican por redes sociales con el lema la seguimos en la rotonda del avión.- El ejecutivo municipal tiene las herramientas legales, leyes y ordenanzas necesarias para poner fin a esta situación. Por supuesto que necesita la colaboración de la Policía Provincial, pero es evidente que ésta no quiere hacerlo, le desliga el problema tránsito a la Municipalidad por comodidad. No actúan como en ciudades que conozco como San Luis, Córdoba, Bariloche, San Martín de Los Andes, etc., donde están en forma conjunta o separada luchando las 24 horas del día contra la inseguridad en el tránsito; es necesario restablecer ese convenio que existía aquí en Santa Rosa hace pocos años, y hoy vemos que en materia de seguridad y tránsito en vez de evolucionar, hemos involucionado; también en esas ciudades se ve actuando la Gendarmería Nacional.- Al respecto, cabe agregar que ese Concejo tiene facultades para solicitarle al Intendente que convoque a Gendarmería Nacional, aunque sea para controlar los tres accesos a la ciudad durante los fines de semana, tenemos aquí en General Acha un destacamento de Gendarmería que bien podría ser utilizado. Aún estamos a tiempo de parar esta situación, alerto por algún accidente o desgracia que pueda suceder y veremos quién se va a ser responsable. Se adjuntan fotocopias de varias notas presentadas por los vecinos a la Municipalidad, como así también un plano para vuestra mejor ilustración en donde está todo detallado. Cabe agregar que la Municipalidad nunca nos contestó ninguna, como así tampoco hemos visto un operativo de control alguna vez en dicha área. Ya sé que ustedes me contestarán que no pueden hacer nada al respecto ya que no son del poder ejecutivo, pero como ahora se va a declarar la emergencia en el tránsito en Santa Rosa, es para que sepan que esa zona está en súper emergencia en el tránsito y también en seguridad, cada cual hace lo que quiere y se mueven con total impunidad; repito esto está inmanejable, fuera de control, zona liberada. Lo que no me explico es como el Gobernador, que usa esa Avenida no vea o no sienta ese verdadero escándalo nocturno, como así también que ningún fiscal haya tomado cartas en el asunto. La presentación consta de nueve (9) fojas. Sin otro particular, saludo a Ud. con la consideración más distinguida. Fdo.: Leandro EVANGELISTA. DNI 07.357.707. M. Pampeanos 328. Santa Rosa”.-
PRESIDENCIA: Bueno. ¿Alguien va a hacer uso de la palabra?… Pasamos al punto III.-
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Desafecta del uso público una fracción de calle y se dona a la Caja Previsional Profesional de La Pampa. Expte Nº 4453/2012/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-III.2 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Libera al Sindicato de Personal de Obras Sanitarias (S.I.P.O.S) del cargo impuesto, en relación al destino del inmueble oportunamente donado a dicha Institución y se Desafecta una fracción de 16.304 m2 del mismo, sobre calle Ramona Pereyra, para la construcción de un Colegio Secundario de Educación Técnica. Expte Nº 2585/2014/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.3 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en pasaje ENRIQUE SANTOS DISCEPOLO. Expte Nº 4881/2012/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.4 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Establece un Régimen Especial y Alternativo de Cancelación de deudas. Expte Nº 7953/2013/1-1(D.E). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.5 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Fijan las tarifas correspondientes al Ejercicio 2015. Expte Nº 3937/2014/1-1 y 2. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.6 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se estiman en la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($ 671.622.640,00), los recursos del Municipio para el ejercicio 2015. Expte Nº 5085/2014/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.7 Proyecto de Ordenanza presentado por la Concejala Viviana Rodriguez del Bloque Comunidad Organizada mediante el cual se Excluye a la purpurina de las listas de pedidos de materiales por parte de los/las docentes en los jardines maternales y salas de 4 y 5 años. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Antes de continuar, quisiera hacer una consulta: si ya está pensado el cronograma de actividades para el Presupuesto.-
CONCEJAL MECCA: Sí, señora Presidenta. Lo que se había pensado es que, debido al reciente ingreso, la semana que viene nos tomemos, cada uno de los Bloques, la posibilidad de estudiarlo. Y recién a partir de la semana siguiente, podamos convocar a los funcionarios del Ejecutivo. Dado que el lunes 8 es feriado, sería a partir del 9 -el 9, el 10 y el 11-… Depende de si hacemos dos Secretarías por día, o eso lo podemos organizar. Pero la semana que viene, dejaríamos la posibilidad de que cada Bloque analice el Presupuesto y la Tarifaria, para después hacer la consulta con los miembros del Departamento Ejecutivo. Si están todos de acuerdo, después al finalizar la Sesión, podemos acordar los días.-
PRESIDENCIA: Bueno. Le agradezco muchísimo. Tienen las copias, todos los señores Concejales, ya que hemos dejado en sus bancas las copias de los expedientes correspondientes. Pasamos al Orden del Día.-
ORDEN DEL DÍA.-
- Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle VICTOR LORDI. Expte Nº 306-1/2014 (HCD) y 5840/2014/1-1(D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle VÍCTOR LORDI entre Dolores Brígida Bertera y César Rodriguez de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5840/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.-Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-2) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle ALELIES. Expte Nº 304-1/2014 (HCD) y 5834/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle ALELIES entre Fernando Altolaguirre y Sin Nombre de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5834/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-3) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle SAN PABLO. Expte Nº 308-1/2014 (HCD) y 5836/2014/1-1(D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle SAN PABLO entre Juan Savioli y Río V de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5840/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle NICOLAS TOSCANO. Expte Nº 303-1/2014 (HCD) y 5838/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle NICOLÁS TOSCANO entre Baldomero Tellez y Clemente Andrada de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5838/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle MÁXIMO ONISCHUK. Expte Nº 309-1/2014 (HCD) y 5837/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle MAXIMO ONISCHUK entre Raúl Isidoro D´Atri y Oscar Mussio de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5837/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle LUIS PASTEUR. Expte Nº 311-1/2014 (HCD) y 5835/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle LUIS PASTEUR entre San Luis y Luis Alberto Ferrando de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5835/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calles ENRIQUETA SCHMIDT y CONGRESO. Expte Nº 307-1/2014 (HCD) y 5839/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calles ENRIQUETA SCHMIDT entre Congreso y Pedro Médici, y CONGRESO entre Alberto Grassi y Enriqueta Schmidt de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5839/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle VICTORICA. Expte Nº 310-1/2014 (HCD) y 5568/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle VICTORICA entre Utracán y Alicia Moreau de Justo de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5658/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente, exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Hemos dejado en la banca de cada Concejal, un Proyecto de Disposición tendiente a que tome posiciones el Concejo Deliberante sobre la Cuenta de Inversión 2013. Si bien no ha entrado por los carriles normales, que es que pase por Mesa de Entradas, la verdad es que fue dificultoso en la semana porque hubo un día feriado. Pero creo que amerita la urgencia, en el sentido de que es la última Reunión Ordinaria que tiene este Concejo Deliberante. Así que voy a pedir el permiso de todo el Concejo Deliberante, para que nos den las tablas para poder discutir esta Disposición. Y por supuesto, después del debate, que cada uno asuma la posición que considere afin a sus objetivos dentro de la Municipalidad de Santa Rosa respecto a las Rendiciones de Cuentas que lleva adelante el Departamento Ejecutivo. Así que sin más, voy a pedir el ingreso sobre tablas del presente Proyecto de Disposición.-
PRESIDENCIA: Bien. Se pone, entonces, a consideración, la moción que ha hecho el Concejal Marcos Cuelle, de ingresar para tratar este Proyecto sobre tablas. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
Votan afirmativamente los/las Concejales/as Cuelle, Di Liscia, Roigé, Villatoro y Robledo y en forma negativa los/las Concejales/as Ballejos, Baraybar, Ghiglione, Mecca y Rodríguez.-
PRESIDENCIA: Estamos empatados en la votación. Por lo tanto, voy a poner nuevamente a votación… (Solicita el uso de la palabra el Concejal Cuelle)… Estaba buscando, justo, en el Reglamento, los votos. Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Sí, gracias señora Presidenta. Igualmente no nos va a alcanzar, porque se necesitan dos tercios para poder dar ingreso sobre tablas. Así que ya, adelanto que vamos a pedir para el día sábado una Sesión Especial para poder tratar este tema específicamente, en virtud de que no hay plafond por parte del Bloque Justicialista para tratar la cuestión. La verdad es que no entendemos cuál es la posición. Así que antes de que finalice el Período Ordinario, le vamos a pedir a la Presidenta la convocatoria a una Sesión Especial para poder tratar este tema como corresponde. Así que voy a pedir que se vuelva a someter a votación con esta consideración, de que si no lo quieren discutir ahora lo queremos discutir el sábado. Pero lo queremos discutir antes de que termine el Período Ordinario de Sesiones.-
PRESIDENCIA: Muy bien. Entonces…, tiene la palabra el Concejal Juan Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señora Presidenta. Considero que no hace falta volver a someterlo a votación, porque ya fue votado y el Proyecto ha sido rechazado, porque no tiene… (Interviene la Presidencia).-
PRESIDENCIA: No, el ingreso sobre tablas, Juan.-
CONCEJAL MECCA: Necesita dos tercios para ingresar sobre tablas. Así que el empate, en este caso, no alcanza.-
PRESIDENCIA: No, está bien.-
CONCEJAL MECCA:Y otra cuestión que quiero manifestar, es que este Proyecto ya fue tratado y puesto a votación en el Recinto hace aproximadamente un mes y fue rechazado. Así que considero que no debería volverse a votar. Lo que sí sugiero, es que podemos trabajar en la alternativa de otorgar un plazo. Sé que las cuentas han sido presentadas, de acuerdo a una nota que Ud. me cursara para que intimara al Departamento Ejecutivo. Las cuentas han sido presentadas, conforme a lo que me comunicó Evangelista; por lo cual, acá no es cuestión de deslindar responsabilidades sino de trabajar, y no por imposición sino de una manera consensuada. Si están de acuerdo en esta postura, podemos hacer una prórroga a ver de qué manera podemos resolver esta situación. No es nuestra idea proteger a nadie, pero tampoco tratar de imponer alguna posición. Así que creo que no hay más consideraciones para hacer. Si quieren, podemos pasar a un cuarto intermedio para analizar esta posibilidad, y si no que citen para la Sesión de mañana. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Primero, quisiera aclarar que los proyectos que no se pueden volver a tratar, son los que son vetados por el Intendente y que no han alcanzado los dos tercios para ser ratificados por el Cuerpo. En segundo lugar, es un Proyecto de Disposición, que puede ser presentado cada vez que quiera un Bloque o un Concejal hacerlo, y puede ser rechazado tantas veces como quieran. La cuestión es que la información que mandó el Cr. Evangelista como Jefe del Cuerpo de Relatores, está vinculada solamente a la información -aparentemente- del mes de Febrero a Noviembre de 2013. Todavía le falta el mes de Diciembre de 2013 al Departamento Ejecutivo. Le falta cerrar el día 31 de Diciembre de 2013, y ha pedido una rectificatoria de Enero de 2013. Y aún con todo eso faltándole, tuvo la predisposición de presentar una Cuenta de Inversión que -la verdad- no sabemos cómo la construyeron. Faltándoles todo lo que tenían que cerrar, aún así, presentaron una Cuenta de Inversión al Concejo Deliberante. No se trata de una imposición. Lo que hubiese sido correcto, es que quienes tienen las riendas de llevar adelante la conducción del Gobierno Municipal, hubiesen traído al Recinto un Proyecto donde proponen no el rechazo sino la aprobación de las Cuentas de Inversiones, si es que están convencidos de que ha obrado correctamente el Departamento Ejecutivo. Así que no tengo drama en que pasemos a un cuarto intermedio, y no tengo drama en que hagamos una moción de Reconsideración y nos saquemos las caretas. Porque esto, en definitiva, es blanco o negro: los que están de acuerdo en cómo se llevó adelante y los que no estamos de acuerdo. Y no importa cuál es el resultado. Hasta casi diría, señora Presidenta que, en mi opinión personal, yo preferiría que salga votado por mayoría y que tenga la aprobación de la Cuenta de Inversión, para que se hagan responsables los que verdaderamente se tienen que hacer responsables; y los que hemos planteado la postura disidente, quedemos exentos de cualquier responsabilidad que nos pudiera caber por cualquier irregularidad que hubiera llevado el Departamento Ejecutivo, si es que la ha llevado. No lo vamos a poner en discusión. Pero, bueno. Aceptamos el cuarto intermedio, discutamos un breve momento, y luego continuamos con la Sesión.-
Seguidamente se pasa a votar la moción de pase a un cuarto intermedio, siendo la misma aprobada por unanimidad a la hora once con veintiún minutos. A la hora once con veintisiete minutos se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Cecilia Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señora Presidenta. No habiendo acordado posiciones en este pequeño cuarto intermedio, voy a solicitar, amparándome en el Artículo 17 del Reglamento Interno, la celebración de una Sesión Especial. Y tiene que ser antes del 30 de Noviembre, porque el objeto de la Sesión Especial es la aprobación o no, de la Cuenta de Inversión 2013. Y según el Artículo 39 de la Ley Orgánica, dice que las Cuentas de Inversiones quedarán aprobadas automáticamente si no fueran tratadas dentro del Período Ordinario de sesiones. Por lo tanto, estoy solicitando que este Concejo decida hoy y ahora, fecha de la próxima Sesión Especial, antes del día 30, que es pasado mañana.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. En virtud de economizar los tiempos, pedimos como moción concreta no solamente la Sesión Especial, sino que la misma sea al finalizar la actual Sesión Ordinaria. Lo pongo a consideración.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Juan Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señora Presidenta. Es para informar que tenemos un compromiso; por lo menos, la Concejala Ballejos, Baraybar y yo no vamos a poder asistir al finalizar la Sesión. Así que si se fija para después de la Sesión Ordinaria, informo que nos justifiquen la inasistencia. Gracias.-
PRESIDENCIA: Muy bien. Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: En realidad, una Sesión a la que uno avisa que no va a asistir, que se hace a continuación de otra Sesión, supone que sabe a qué hora termina. Pero, bueno. Son cosas que uno piensa. Ya no saben qué hacer para no presentar las Cuentas, y que no se voten. Lo que estamos solicitando, señora Presidenta, es la posibilidad de que se apruebe o se rechace. En la Sesión donde se trató el tema hubo un ingrediente importante, que fue cierta confianza de los Concejales del Partido Justicialista en la Administración, en el sentido de decir: “Bueno, lleguemos al 30 de Noviembre de 2014. Si a ese día están presentadas las Cuentas de 2013 -estamos hablando casi de un año de distancia-, entonces sí, tenemos todos los elementos para tratarlo”. Ese fue el argumento para votar negativamente el rechazo en su momento. Y ahora aparece nuevamente la oportunidad, simplemente porque si no, quedaría aprobada por el paso del tiempo. Si eso es así, también estaría en un intríngulis el argumento de algunos integrantes del Bloque del Partido Justicialista, en el sentido de esperar la llegada de las Cuentas para, tal vez, reflexionar acerca de la calidad de la Cuenta de Inversión, realizada sin las Cuentas. Esto es lo más novedoso que hemos visto en los últimos años de la Administración Pública: Cuentas de Inversión que se hacen sin haber traído las Cuentas Mensuales. No sólo eso -que se presentan un año antes de haber hecho las Cuentas Mensuales-: no sabemos si van a traer las Cuentas Mensuales. Las Cuentas están presentadas hasta Noviembre de 2013. Fue anunciado en esas conferencias que últimamente hace el Departamento Ejecutivo, donde anuncia cosas que obviamente tenía que hacer, y las anuncia como algún logro o novedad. Dentro de poco van a anunciar que sale agua por las canillas cuando uno abre las canillas, como si fuera un gran logro. En realidad, tiene que ser automática, la Rendición. Y este mecanismo es, simplemente, para que el Concejo Deliberante cumpla el rol de controlar las Cuentas municipales. Es, simplemente, para que cada uno ocupe su lugar. Por eso, lo que estamos diciendo, es que desde el punto de vista del procedimiento es importante que en algún momento se trate la Cuenta de Inversión, y se trate con los argumentos que haya y que cada Concejala o Concejal voten a conciencia, con los elementos que tienen para votar las Cuentas de Inversión. Eso es lo único que está pidiendo el Bloque del Frepam, de acuerdo a la Ley y al Reglamento. Nosotros estuvimos esperando la posibilidad de que presentaran las Cuentas del 2013. Tanto nos han acostumbrado a la no rendición, que parece que hay que esperar para que presenten las Cuentas del año pasado, cuando ya tendrían que estar presentadas las de este año. El mecanismo de Rendición, da pocos días para la Rendición Diaria, y un mes y un poco más para la Rendición Mensual. De manera que también está violado seriamente el mecanismo en cuanto a las Rendiciones de 2014, cosa que vamos a tratar en otro momento. Por eso digo que en vez de andar buscando algún mecanismo para no votar la Cuenta de Inversión -que evidentemente algunos integrantes del Justicialismo no la quieren votar, a pesar de que hemos esperado el tiempo prudencial para que presenten las susodichas Cuentas-, por qué no vamos directamente a votarlo y se termina el asunto: unos votan a favor, otros votan en contra, y de esa manera queda solucionada la cuestión. Nada más que eso, señora Presidenta.-
PRESIDENCIA: Bien. Entonces, se va a poner a consideración fecha y hora de la Sesión Especial solicitada por el Concejal Marcos Cuelle y la Concejala Cecilia Roigé, para de manera inmediata convocarse una vez que termine la Sesión Ordinaria. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
Votan afirmativamente los/las Concejales/as Cuelle, Di Liscia, Roigé, Villatoro y Robledo y en forma negativa los/las Concejales/as Ballejos, Baraybar, Ghiglione, Mecca y Rodríguez.-
PRESIDENCIA: Estamos empatados, porque la Presidencia vota afirmativamente el llamado a Sesión Especial. Así que pongo nuevamente a votación, y después veremos cómo seguimos. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
La votación resulta en idénticos términos a la realizada en primera instancia.-
PRESIDENCIA: Esta Presidencia desempata afirmativamente, acompañando la moción de los Concejales Cuelle y Roigé de convocar a Sesión Especial, inmediatamente de terminada la Sesión Ordinaria. Seguimos con el Orden del Día. Pasamos al punto 9.-
9) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Modifica el artículo 28º de la Ordenanza Nº 4226/10, cuyo texto fue modificado por Ordenanza Nº 4424/11-Licencias de coches taxímetros otorgadas por el Municipio-. Expte Nº 277-5/1997.-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Modifícase el artículo 28º de la Ordenanza Nº 4226/2010, cuyo texto fuera modificado por Ordenanza Nº 4424/2011, el que a continuación se transcribe: “Artículo 28º: Las licencias otorgadas por el Municipio tendrán una validez de diez (10) años a partir de su habilitación. Las mismas podrán ser renovadas por períodos de la misma duración, siendo la autoridad de aplicación quién decidirá el otorgamiento de la renovación. Para las licencias otorgadas con anterioridad a la presente Ordenanza, se computará como día 1 (uno) del período de 10 (diez) años correspondientes, el de la promulgación de la Presente. Aquellas licencias que en su momento fueron puestas a la venta por el Municipio y compradas por su licenciatarios, desde la licencia número 1 a 74 inclusive, y que no hubieran sido transferidas y/o vendidas al 23 de agosto de 2013, tendrán como plazo improrrogable de disposición de sus dueños el 30 de Noviembre de 2015. Cumplido ese período, la misma pasará a propiedad del Municipio, y quien sea poseedor de la licencia podrá devolverla al Municipio o ser adjudicatario. A partir de ese momento tendrá plena vigencia el primer párrafo del Presente Artículo. Los Licenciatarios podrán mediante nota fehaciente desistir del uso de la licencia otorgada. Una vez aceptada dicha decisión por la Autoridad de Aplicación, la licencia quedará en poder del Municipio para ser concedida nuevamente.”Artículo 2°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Está en consideración el Proyecto de Ordenanza. Tiene la palabra la Concejala Cecilia Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Señora Presidenta: En esta modificación de la Ordenanza 4226, hoy en Labor Parlamentaria se acordó reducir el plazo al cual se hace referencia, de la prórroga para la disposición de los licenciatarios de Taxis 1 a 74. En el segundo párrafo, donde dice: “…desde la licencia número 1 a 74 inclusive, y que no hubieran sido transferidas y/o vendidas al 23 de agosto de 2013, tendrán como plazo improrrogable de disposición de sus dueños…”, a continuación debe decir “…el 31 de julio de 2015”, en lugar de “…el 30 de Noviembre de 2015”. Esa es la corrección que se acordó.-
A continuación se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular con la modificación propuesta por la Concejala Roigé para el Artículo 1º, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a ejecutar las obras y adquirir los bienes, con cargo a los excedentes a producirse, de los recursos provenientes de Regalías y Fondo Federal Solidario (FOFESO). Expte Nº 296-1/2014 (HCD) y 6171/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a ejecutar las obras y adquirir los bienes, con cargo a los excedentes a producirse en el transcurso del presente ejercicio financiero en los Recursos Regalías y Fondo Federal Solidario, que se detalla en el Anexo I. Artículo 2°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
ANEXO I.-
EXPTE: 5842/12; DESCRIPCION: Cloacas Villa Germinal; MONTO: $600.000,00.-
EXPTE: (No figura); DESCRIPCION: Pavimento calle Gaich e/Virgen de Fátima y H. Maggi. Incluye Redes Cloacales y Agua Potable; MONTO: $5.300.000.-
EXPTE: 4741/13; DESCRIPCION: Sanitarios en la Terminal de Omnibus. Dirección de Protección Ambiental; MONTO: $150.000.-
EXPTE: (No figura); DESCRIPCION: EMHSU-Dirección de Servicios Públicos (Relleno Sanitario). Adquisición de camiones compactadores y volcadores; MONTO: $3.500.000,00″.
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PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Nuestro Bloque estuvo debatiendo intensamente esta propuesta del Ejecutivo. La verdad es que hemos sostenido desde el principio que no creíamos necesario que las autorizara el Concejo Deliberante, a las inversiones que quiere realizar el Departamento Ejecutivo, porque entendíamos que estaba facultado por la propia Ordenanza de Presupuesto y Tarifaria. Más allá de eso, entendemos que por las explicaciones que ha dado el Secretario Ucciardello junto con el Director Echevarría, que vinieron a este Recinto a traer los proyectos de la calle Gaich entre Virgen de Fátima y Hortensia Maggi -creo que él dijo que en realidad la obra era hasta Enriqueta Schmidt, no hasta la Maggi-… Pero más allá de eso, nos pareció que tiene un sentido por lo que hemos discutido, sobre qué obras le hacen falta a la ciudad. Por ahí no sabemos si ésta es la más urgente. Pero, bueno. Es una decisión que lleva adelante el Departamento Ejecutivo. Lo único, es que también referido a las obras de Germinal, debo confesar que, en lo personal, me quedó alguna duda de si esas obras no estaban dentro del PROMEBA y las vamos a hacer dos veces. Pero, bueno, es algo que tendría que chequearlo. Y por supuesto, están los baños para los empleados de la Dirección de Protección Ambiental. La única consideración que vamos a hacer, es una modificación al Anexo I y excluir del presente Anexo lo del EMHSU, en virtud de que no ha venido nadie a dar las explicaciones sobre las cuestiones de por qué era la necesidad de este nuevo equipamiento por parte del personal del EMHSU. Así que si hay acompañamiento, votaríamos la Ordenanza con una modificación al Anexo I, sin incluir el equipamiento del EMHSU.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Previo a la votación, quiero hacer una aclaración. Lo hablamos en la Comisión, y conforme a lo que me manifestó el Concejal Cuelle, la idea era que viniera la gente de Obras Públicas a explicar las obras que tienen realmente un monto importante con respecto a la ejecución. No hablamos en ninguna oportunidad de citar a la gente del EMHSU; con lo cual no es que no hayan venido porque los citamos y no vinieron, sino porque no surgió de la Comisión esa inquietud ni ese pedido de que concurrieran. Con lo cual, creo que si está el dinero disponible y el Ejecutivo considera que es necesario ese equipamiento, me parece que no tiene sentido modificar el Proyecto, y más cuando hace unos cuantos días ya, que está en Comisión para su tratamiento. Así que en realidad, estamos aportando algo para la mejor prestación del servicio, y creo que no tiene sentido la modificación que propone.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Bien lo dijo el Concejal preopinante: creo que es para una mejor prestación del servicio, y en el mismo sentido se requirió al Secretario Ucciardello. Creo que es para una mejor prestación del servicio. No nos cabe ninguna duda de que cualquier inversión siempre aspira a ser para una mejor prestación del servicio. Lo que pasa es que tenemos la inquietud, y no sabemos por qué no se hicieron las previsiones, desde un ente autárquico, para hacer las compras o las reposiciones que necesita la prestación del servicio; y en todo caso, por qué no se incluye en el nuevo Presupuesto para la previsión del próximo año, que vamos a discutir dentro de una semana. Es simplemente eso.-
PRESIDENCIA: Muy bien. Entonces, se pone en consideración la moción del Concejal Cuelle de modificar el Anexo I, como primera instancia. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
Votan afirmativamente los/las Concejales/as Cuelle, Di Liscia, Roigé, Villatoro y Robledo y en forma negativa los/las Concejales/as Ballejos, Baraybar, Ghiglione, Mecca y Rodríguez.-
PRESIDENCIA: Estamos empatados en la votación. Esta Presidencia desempata a favor de la moción del Concejal Cuelle. Así que pongo a votación, ahora, el Proyecto de Ordenanza, en general y en particular con la modificación votada del Anexo I. los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Sí. Primero, que quisiera ver cómo queda la redacción, si directamente eliminan el ítem, o cómo estamos autorizándolo. Y otra cuestión que no puedo dejar pasar, es que han manifestado en varias oportunidades su preocupación por el tema del Relleno Sanitario, y también dentro de ese artículo está la provisión de un camión volcador para el Relleno Sanitario. Con lo cual, me parece que por ahí decimos una cosa, nos sacamos fotos en los medios por algunos temas y después, cuando tenemos que ejercer acciones directas para solucionar un problema o por lo menos para paliar alguna situación, se está votando en contra. Así que solicito un cuarto intermedio para ver cómo quieren que quede la redacción. Y si vamos a negar al Departamento Ejecutivo la compra de un camión volcador, bueno…, está bien. Ya pasará por cuenta de aquellos que visitan el Relleno Sanitario con tanta asiduidad, si se darán cuenta de que -aparentemente- no hace falta, hoy, empezar con la licitación de un camión volcador. Así que propongo, antes de la votación, el pase a un cuarto intermedio.-
PRESIDENCIA: Bueno. Antes de pasar a votar el cuarto intermedio, tiene la palabra pedida el Concejal Di Liscia y el Concejal Marcos Cuelle. Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Compartiendo el criterio del Concejal Cuelle, en el sentido de que el desarrollo del servicio de gestión de residuos sólidos incluye el equipamiento y su amortización, no puedo entonces dejar de traer a colación, ya que hemos entrado en el tema del Relleno Sanitario sin quererlo, que se están pagando $102.000,00 por mes -es decir, cerca de $1.200.000,00 por año- de alquiler de una topadora por rotura de la topadora municipal que sigue sin repararse, lo cual significa que no están bien desarrollados los planes de inversión y de operación del Relleno. Realmente, contar con la topadora es un elemento clave y fundamental de la operación del Relleno Sanitario, e insustituible. Y el alquiler que se está pagando, está superando con creces la reparación del equipo municipal que, por otro lado, estaba en condiciones de uso adecuadas como para ser reparado, ya que no era un equipo viejo como el que estaba hasta el año 2010, que era un equipo del año 1960. Es decir, que realmente no tiene mucho sentido cómo se está operando el sistema del Relleno, y menos aún alquilar un equipo a $102.000,00 por mes, cuando está en los talleres de Vialidad Municipal sin ni siquiera haber sido desarmada para reparar -por la visita que hicimos nosotros hace un tiempo- la topadora municipal. Yo creo que por supuesto, cuando se lleva adelante la Administración, los Concejales tendemos a aceptar un cierto plan que tiene el Departamento Ejecutivo. En este caso, aparecen las dudas por tres elementos: uno de ellos, es que no ha aparecido el Balance de gestión de Diciembre de 2013 del EMHSU, a pesar de que se le reclamó cuando presentaron el último Informe de Gestión previsto en la Ordenanza de Creación del EMHSU. Se le hizo notar que habían presentado el Informe de Gestión hasta Noviembre de 2013, y luego el nuevo Informe arrancaba desde Enero de 2014, por los seis primeros meses de 2014. No sabemos si es desprolijidad, o ingenuidad o qué, pero que una empresa presente a sus socios -podríamos decir así, para situarnos en el tipo de informe que tienen que dar- un Informe de Gestión donde se le pierda un mes, no es razonable. Y debería ser razonable también que los planes de inversión estén en el Informe de Gestión. Tampoco figuraban. Naturalmente, cuando aumentan las áreas de prestación, nosotros entendemos que tiene que aumentar la cantidad de los equipos. Y también, el desgaste propio de los equipos que ya están atendiendo la ciudad, requiere su permanente renovación y sustitución. La primera de las cuestiones, se aborda por la mayor recaudación, porque pasan a recogerse residuos domiciliarios de más domicilios y a barrerse más calles, con lo cual la recaudación del EMHSU es mayor, y eso cierra la ecuación económica de la inversión en nuevos equipos por nuevas áreas. La que debe estar incorporada en la amortización, es la amortización de los equipos ya en funcionamiento por las áreas normales que se venían prestando. Es decir, evidentemente esto no está lo suficientemente claro. Se solucionaría tan simplemente con un informe del EMHSU de cuál es su Plan de Inversión. No me parece muy razonable que se compren camiones en este momento. Me parece razonable que se compren por el mecanismo de Leasing. No entiendo por qué, si es razonable y buen negocio para una empresa adquirir equipamiento por Leasing, por qué el Municipio va a utilizar fondos genuinos para pagar con plata contante y sonante los equipos. No parece muy razonable. Pero, bueno. Son decisiones económicas que, por lo menos, tenemos que tener todos los elementos y el conjunto, para decidir sobre estos $3.500.000,00 que es una buena suma para aplicar al EMHSU, o a lo que sea. Es nada más que con esos argumentos, que estamos diciendo que dejemos aparte este renglón del Anexo I, aprobemos el resto de las obras, y discutamos apenas se pueda -que ya debe estar por venir el EMHSU para dar su informe semestral- el Plan de Inversiones, donde probablemente el Municipio tenga que equiparlo con una cierta suma. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. La verdad es que si uno mira los guarismos que están reflejados en el Anexo I, dice que las grandes obras son las de $5.300.000,00. Pero para equipamiento hay $3.500.000,00, con lo cual no es “un vuelto”. Estamos hablando de mucha plata. Y también, si se observa, verán que en casi todos hay un número de expediente. Nos falta el número de expediente del Pavimento de la calle Gaich, que lo trajo el Secretario Ucciardello cuando vino acá -todo el expediente-. Pero en lo del EMHSU -Dirección de Servicios Públicos, no hay ningún número de expediente por el cual se justifica la urgencia. Más allá de eso, señora Presidenta -bien lo dijo el Concejal Mecca-, los que van al Relleno Sanitario -es decir, nosotros, los que vamos al Relleno Sanitario-… ¿Creen que un camión volcador va a solucionar el problema que tiene el Relleno Sanitario para tapar la basura? Porque no es el problema de mover la basura: es un problema de tapar la basura que no es procesada porque directamente no pasa por la Planta de Tratamiento y directamente es tirada en el pozo, y con una topadora contratada se tapa. Pero el camión en realidad, señora Presidenta, si alguien ha estado, se utiliza para sacar varios camiones por día, de lo mínimo que entra a la Planta de Tratamiento. Si han estado en el lugar, se darán cuenta de que de ese mínimo de basura que pasa por la Planta de Tratamiento, mucho no tiene valor y es depositado en el Relleno. Vuelvo a insistir: me parece que nos falta información, que lo importante es avanzar en los otros tres conceptos y discutir un poco más el tema de las inversiones del EMHSU.-
PRESIDENCIA: Muy bien. Está pedido el cuarto intermedio por el Concejal Juan Mecca. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… Aprobado por unanimidad.-
El Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora once con cincuenta minutos. A la hora once con cincuenta y tres minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Se reanuda la Sesión. Con la modificación acordada, voy a poner a votación el Proyecto de Ordenanza… Tiene la palabra el Concejal Juan Mecca. —
CONCEJAL MECCA: Gracias, señora Presidenta. Simplemente, es para aclarar que voy a votar negativamente, no porque me esté oponiendo a la realización de las obras. Como tienen la mayoría para sacar el despacho como quieren, voy a ser consecuente con lo que venimos hablando, y considero que también tendríamos que autorizar la adquisición de los camiones compactadores y volcadores. Así que como tienen los votos como para votar afirmativamente el Anexo I eliminando el último punto, quería dejar constancia de esa situación: que no es que vote negativamente porque me oponga al asfalto en la calle Gaich, ni a las Cloacas de Germinal ni a los Baños de la Terminal, sino porque considero que también tiene que incluirse la adquisición de los camiones volcadores.-PRESIDENCIA: Muy bien. Atendiendo a la consideración del Concejal Juan Mecca, pongo a votación el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
Votan afirmativamente los/las Concejales/as Cuelle, Di Liscia, Roigé, Villatoro y Robledo y en forma negativa los/las Concejales/as Ballejos, Baraybar, Ghiglione, Mecca y Rodríguez.-
PRESIDENCIA: Estamos en un empate. Esta Presidencia desempata a favor del Proyecto que se ha consensuado.-
El Proyecto resulta aprobado por mayoría en general y en particular, con la modificación propuesta por el Concejal Cuelle s/supresión del ítem 4º del Anexo I, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Asigna mano única de circulación a la calle JULIO SOSA. Expte Nº 305-1/2014 (HCD) y 5265/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Noreste-Suroeste a la calle JULIO SOSA, entre calles Luis Ferrando y General Acha de esta Ciudad.- Artículo 2º.- Procédase a la colocación de los correspondientes carteles nomencladores con la indicación de mano única en el tramo referido en el Artículo 1º, en un plazo máximo de 90 días corridos.- Artículo 3º: La presente Ordenanza empezará a regir una vez cumplimentado lo establecido en el Artículo 2º. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.- Artículo 5°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
12) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal el “TORNEO GIGANTE DE FUTBOL INFANTIL DEL CLUB ATLETICO ALL BOYS”. Expte Nº 234-1/2011 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “TORNEO GIGANTE DE FUTBOL INFANTIL DEL CLUB ATLETICO ALL BOYS” a desarrollarse los días 6 y 7 de Diciembre de 2014 en la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º.- Remítase copia de la Presente al Club “All Boys” Organizador del citado evento. Artículo 3º.- Comuníquese. Regístrese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto de Resolución resulta aprobado por unanimidad.-
13) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Acción Social y Desarrollo Comunitario y Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Crea en el ámbito de la ciudad de Santa Rosa el CONSEJO MUNICIPAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Expte Nº 313-1/2014 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°: Créase en el ámbito de la ciudad de Santa Rosa, el CONSEJO MUNICIPAL DE NIÑEZ y ADOLESCENCIA; que tendrá como objetivo asesorar al Departamento Ejecutivo en la elaboración y adopción, de las políticas y acciones dirigidas al abordaje, atención, y asistencia para la promoción y protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, como así también el seguimiento, evaluación y control de la aplicación de las mismas y de lo dispuesto en la Ley Provincial 2703. Artículo 2°: OBJETO. El Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia, es una organización representativa de la niñez y adolescencia que promueve y permite la participación cívico/ciudadana de niños niñas y adolescentes a favor del respeto de us derechos en el ámbito local. Artículo 3°: PRINCIPIOS. La constitución del Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia se sustenta en los siguientes principios: Derecho a la Participación ciudadana de niños, niñas y adolescentes. Esta debe concebirse y practicarse como una forma de intervención social que les permite a las personas, a las comunidades y a las diversas organizaciones de la sociedad civil reconocerse como sujetos en la reivindicación de sus propios derechos. Interés superior del niño niña. El interés superior del niño, niña y adolescente es un principio establecido en la Convención Internacional sobre los Derechos de la Niñez, retomado por la ley Nacional 26.061 y la ley provincial Nº 2703. Este principio se debe aplicar en toda decisión que se tome con relación a la niñez y la adolescencia, con el propósito de asegurar el ejercicio y disfrute de sus derechos, respetando sus vínculos familiares, teniendo siempre en cuenta su opinión en función de su edad y madurez. Representatividad. Condición indispensable para la democracia, la representatividad es uno de los principios que guía la conformación del Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia. Responsabilidad. Responsabilidad Gubernamental. Los Organismos del Estado tienen la responsabilidad indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas públicas (Articulo 5 Ley 26.061) y la Responsabilidad Familiar la familia es responsable en forma prioritaria de asegurar a las niñas, niños y adolescentes el disfrute pleno y el efectivo ejercicio de sus derechos y garantías (Articulo 7 de la ley 26.061). Respeto a la Identidad. En el sentido que la misma se extiende a todos los aspectos de la vida cotidiana, en lo social, en lo político, en lo económico, etc. Equidad. Entendida como la búsqueda de la igualdad de derechos y de las oportunidades, en todos los ámbitos, en el compromiso de una construcción más digna que elimine todas las formas de exclusión o discriminación. Artículo 4°: El Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia estará compuesto por: El Intendente Municipal, quién ejercerá la Presidencia. El Secretario de la Secretaria de Desarrollo Social, actuará como coordinador o secretario del Consejo. El/la Presidente/a del Concejo Deliberante. Representantes del Concejo Deliberante, debiendo respetar la proporcionalidad de sus distintos bloques políticos, con la designación de un miembro titular y otro suplente. Un representante de cada una de las Secretarías Municipales del Departamento Ejecutivo, con designación de un funcionario y/o funcionaria en carácter de titular y otro como suplente. Un representante de la Oficina Municipal de Empleo, dependiente de la gerencia de Empleo Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Nación, a fin de trabajar lo expresado en la Ley Nacional N° 26.390 de Prohibición del Trabajo Infantil y protección del trabajo Adolescente. Las Organizaciones de la Sociedad Civil; con personería jurídica debidamente constituida y vigente; cuyas previsiones estatutarias contemplen el trabajo en la temática de la Niñez y la Adolescencia, debiendo necesariamente esta inscriptos en el Registro previsto en el artículo 43° de la ley N° 2703. El número de miembros de las organizaciones no podrá ser inferior al total presentantes de la Municipalidad de Santa Rosa. Un miembro titular y otro suplente de la Universidad Nacional de La Pampa. Un miembro titular y otro suplente del Consejo Profesional de Asistentes Sociales de la provincia de La Pampa. Un miembro titular y otro suplente del Colegio de Psicólogos de la provincia de La Pampa. Un miembro titular y otro suplente del Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia de La Pampa. Las Niñas, los Niños y las/los Adolescentes quienes deberán tener doce (12) años como mínimo y tener residencia en la ciudad de Santa Rosa. Aquellas instituciones que así lo soliciten y que demuestren una relación con la temática. Artículo 5°: El Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia dictará su reglamento de funcionamiento interno, debiendo prever su metodología de trabajo y demás aspectos inherentes a su funcionamiento. Dicho reglamento deberá ser aprobado por el voto de los dos tercios (2/3) de la totalidad de sus miembros, requiriéndose idéntica mayoría para su modificación. Artículo 6°: El Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia de la ciudad de Santa Rosa tendrá las siguientes funciones: Promover los derechos y deberes de la Niñez y la Adolescencia. Difundir las implicancias y alcances de la ley N° 2703 “Sistema de Protección Integral de Derechos de niños, niñas y adolescentes” en el ámbito local. Promover campañas de difusión y concientización del nuevo paradigma de la Niñez y la Adolescencia, a través de distintas estrategias de comunicación. Acceder a un espacio semanal en la radio municipal. Actuar como organismo consultor para la coordinación y articulación de actividades, proyectos, programas y planes presentados por organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que se relacionen con la temática a nivel provincial, nacional e internacional. Supervisar la firma de Convenios con la Autoridad de Aplicación Provincial de la ley N° 2703. Asesorar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberantes, a través del desarrollo de acciones en el ámbito de su competencia y la sanción de normativa de nivel local que contribuyan a la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Proponer, al Departamento Ejecutivo, planes, programas y proyectos para implementar una política pública integral de promoción y protección de la Niñez, la Adolescencia y la Familia a nivel local. Colaborar en la adecuación de planes, programas, proyectos y acciones diseñadas por la Autoridad de Aplicación Provincial de la Ley 2703, a implementar en el ámbito local. Presentar ante el Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante tres informes al año sobre las actividades desarrolladas en el ámbito de sus competencias. Llevar un registro de las y los actores que conforman el “Sistema Integral de Protección de Derechos” a nivel local, manteniendo actualizada la información relativa a sus autoridades, objetivos, acciones y cumplimiento de las obligaciones formales y legales ante los Organismos competentes. Brindar apoyo técnico a las organizaciones comunitarias que trabajen en relación a niñez y la adolescencia. Realizar tareas de investigación a fin de producir diagnósticos y evaluaciones que posibiliten un abordaje eficaz de las distintas demandas. La precedente enumeración es meramente enunciativa y no excluye otras funciones que encuadren dentro del objetivo previsto en el artículo 1°, en tanto organismo asesor auxiliar del Departamento Ejecutivo Municipal en materia de Niñez y Adolescencia. Artículo 7°: Todas las resoluciones que elabore el Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia, en el marco de su funcionamiento; tendrán carácter no vinculante. Artículo 8º: Se establece como fecha de inicio para el funcionamiento del Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia el 1 de marzo del año 2015. Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archivese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señora Presidenta. Nosotros estamos de acuerdo, y vamos a votar afirmativamente. Nos parece positivo que haya un Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia, con los contenidos que se describen en la Ordenanza. Sí, al leer el articulado nos aparecieron un montón de dudas o imprecisiones que en realidad, con el buen contenido que tiene el Proyecto, un poco lo desmerecen, porque harían difícil la convocatoria y su puesta en marcha. Al menos, me parece que si fuera posible, debería en algún lado decir -yo no lo he encontrado- la frecuencia con la cual debe reunirse, aunque parecería que eso queda supeditado a la reglamentación. Y nos llamó la atención, algunas imprecisiones o dificultades que aparecerían por la aplicación del Artículo 4º -que es la Composición-, donde por ejemplo las Secretarías Municipales están, cada una, pero además hay un Secretario -el Secretario de Desarrollo Social-, que no queda claro si va solo o va con doble representación. Los representantes del Concejo Deliberante, para poder cumplir con la proporcionalidad de los Bloques, habiendo Bloques unipersonales, tendrían que ser doce. Porque entonces, al ser el mínimo 1 (uno) por Bloque, para cumplir la representación -es decir, el item 4 del Artículo 4º- deberían estar los doce Concejales. Después, hay una expresión que incorpora al Consejo a “Niñas, Niños y Adolescentes mayores de 12 años residentes en Santa Rosa”, con lo cual yo diría que son centenares, o miles, o algo así. Y no quiero con esto desmerecer el carácter importante que tiene un Consejo de estas características. Por ahí, a través de la reglamentación, se podría darle una tónica eficaz al Consejo, a pesar de que este Artículo 4º está un poco cargado, en el sentido de que por lograr una buena participación, se ha hecho un Consejo tan multitudinario que la composición termina siendo imposible siquiera de calcular; lo que hace también un poco difícil de practicar el Artículo 5º, que habla de “los dos tercios” de la totalidad de los miembros. Siendo los miembros un número tan afectado por la cantidad de Niñas, Niños y Adolescentes de 12 años de la ciudad, los dos tercios -que es una cuenta- también resulta muy afectado. Aún así, pensamos que en general responde, el Consejo, a las necesidades de tener opinión desde múltiples miradas, sobre el tema de qué puede hacerse a nivel municipal en el tema de Niñez y Adolescencia. Al fin y al cabo, supervisar el compromiso local que tengamos todos los que tenemos representatividad o participación en las instituciones: qué compromiso tenemos con la niñez y la adolescencia. Así que en ese sentido y con estas salvedades, vamos a votar afirmativamente el Proyecto tal cual está.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Fabiana Ballejos.-
CONCEJALA BALLEJOS: Señora Presidenta: Simplemente, es para aclarar que es cierto que cuando uno lee el articulado, es muy ambicioso. Pero quizás es nuestra forma de trabajar: ir siempre por la máxima. Igual -lo habíamos hablado- va a pasar para marzo, porque entendíamos que ahora, con el receso, era innecesario, y creo que fue consensuado por todos. Pero sí, la disposición para las modificaciones siempre está abierta. Y sí, por ahí, es muy amplia la convocatoria. Pero, como toda temática que está complicada, sería más que interesante que estuvieran todos. Después, la participación real, no depende de nosotros. Pero la convocatoria, es nuestra obligación de invitarlos. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Tal como lo manifestaba el Concejal Di Liscia, creemos que es un importante avance, y por eso es que acompañamos, y no hemos propuesto modificaciones porque tenemos ese viejo dicho de que “al rengo hay que verlo caminar, para saber si es rengo”. Bueno, que avance la norma; veremos cómo funciona y, si hay que hacer alguna modificación, como toda norma es perfectible, seguramente habrá un Concejo -o este mismo Concejo- que hará una modificación para mejorarla, y nunca para ir en desmedro de algún vecino. Nada más, señora Presidenta.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
14) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba el modelo de Convenio de Comodato a suscribirse entre la Municipalidad de Santa Rosa y el Club de Softbol Mayú. Expte Nº 314-1/2014 (HCD) y 4283/2011/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos el Modelo de Convenio de Comodato a suscribirse entre la Municipalidad de Santa Rosa y el Club de Softbol “Mayu” de nuestra Ciudad, que como Anexo I, forma parte de la Presente.- Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Comodato referido en el Artículo 1º como así también los convenios futuros que deriven del mismo.- Artículo 3°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”. ANEXO I. MODELO DE CONVENIO DE COMODATO. La Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Luis LARRAÑAGA, DNI 13.956.607, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” por una parte y, por la otra el “CLUB DE SOFTBOL – MAYU”, representada en este acto por la Presidenta Susana DIAZ, DNI 10.435.863, en adelante “EL USUARIO”, convienen en celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: “LA MUNICIPALIDAD” entrega a “EL USUARIO” en carácter de comodato, una porción del inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047 -Circ. IV, Chacra 4, Parcela 2, de Propiedad Municipal, Referencia Municipal Nº 31914, Superficie 3 ha. Ubicado entre las calles Pilcomayo y Asunción del Paraguay, para la Construcción de un Complejo Deportivo para la práctica de Softbol en nuestra ciudad, el que incluye además de Cancha Principal, una cancha auxiliar y un Albergue Modelo, con capacidad para cuatro delegaciones de entre 15 y 17 personas cada una, destinado a entrenamiento diario, eventos comunitarios, y competencias a nivel provincial y nacional, creando un espacio para el desarrollo deportivo, socio-cultural, medioambiental y de integración familiar, no pudiendo bajo ninguna condición cambiar el objeto del mismo. Asimismo el mencionado Club se compromete a forestar el predio tal lo indicado por la Subdirección de Espacios Verdes. El no cumplimiento del mismo será causal de recesión del presente convenio.- SEGUNDA: El presente convenio tiene como antecedente el proyecto de actividades presentado por “EL USUARIO”, que forma parte del presente expediente.- TERCERA: El presente convenio de uso tendrá una duración de quince (15) años desde la entrada en vigencia del mismo y será renovable por igual período, previo acuerdo entre las partes.- CUARTA: “LA MUNICIPALIDAD” y/o “EL USUARIO” se reservan el derecho de revocar el permiso otorgado, en cualquier momento sin que ello genere indemnización alguna. La decisión de revocarlo debe ser comunicada a la contraria con una anticipación de treinta (30) días.- QUINTA: “LA MUNICIPALIDAD” no será responsable de indemnización alguna por daños materiales físicos o morales ocasionados a participantes y/o terceros con motivo y en ocación del desarrollo de actividades organizadas por “EL USUARIO”, como tampoco por accidentes y/o siniestros que pudieran devenir de las mismas y/o del uso cotidiano del predio.- SEXTA:”EL USUARIO” asume a su exclusivo cargo la responsabilidad por daños y perjuicios que se deriven de la utilización del inmueble, por su parte, de sus dependientes y/o terceros. A tal fin se compromete a presentar en el plazo de 48 horas de firmado el presente convenio ante la autoridad que corresponda, un seguro de responsabilidad civil, acorde a la actividad que desarrolla, que cubra los posibles daños que se pudieren provocar en el marco de aquélla y por el uso del predio e instalaciones que estén a cargo de “EL USUARIO”. Asimismo, cumplimentará toda la documentación requerida por la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas respecto al cumplimiento de las Ordenanzas vigentes para el ejercicio de la actividad allí desarrollada.- SEPTIMA: Al fenecer el plazo del convenio como caducidad anticipada del mismo, por incumplimiento por parte de “EL USUARIO”, todas las mejoras emplazadas, plantaciones, etc., condicionadas a las características que lo hagan armónico con el diseño del emprendimiento general, quedarán como integrativas del Patrimonio Municipal sin derecho a indemnización o compensación de ninguna índole para la institución.- OCTAVA: “EL USUARIO” se compromete a ceder el predio otorgado en uso y las instalaciones del mismo, para actividades que la “MUNICIPALIDAD” tenga previstas, tales como: recreativas, sociales, deportivas y comunitarias propias o las que se ejecuten en forma conjunta con entidades intermedias, la que deberá comunicarse con una anticipación de 48 horas, para lo cual “EL USUARIO” prestará su conformidad.- NOVENA: El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas dará derecho a “LA MUNICIPALIDAD” a revocar el permiso en forma inmediata y sin necesidad de interpelación previa, no generando este acto derecho alguno a favor de “EL USUARIO”.
DECIMA: Para el caso que “EL USUARIO” contrate personal, no existirá vínculo contractual y/o laboral alguno entre aquéllos y “LA MUNICIPALIDAD”.- DECIMA PRIMERA: Para todos los efectos emergentes del presente convenio de uso precario, judiciales o extrajudiciales, las partes fijan domicilio en: LA MUNICIPALIDAD” Avda. San Martín Nº 50, y “EL USUARIO” calle Lope de Vega y República de Cuba N° 11 ambos de la ciudad de Santa Rosa, donde tendrán efecto todas las notificaciones.- En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, a los …. días del mes de ……………… de …….”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Juan Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señora Presidenta. Es para solicitar un breve cuarto intermedio, para acercar una redacción, con lo cual estaríamos modificando el Artículo 1º del Convenio de Comodato.-
Puesta a votación, la moción de pase a cuarto intermedio resulta aprobada por unanimidad siendo la hora doce y un minuto. A la hora doce con seis minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Cecilia Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señora Presidenta. En el Modelo de Convenio de Comodato se modifica la Cláusula Primera, al finalizar. En el último renglón, debe decir: “Asimismo el mencionado Club se compromete a forestar el predio tal lo indicado por la Subdirección de Espacios Verdes. El no cumplimiento del mismo será causal de rescisión del presente convenio”, y no de “recesión” como dice el despacho. Y la Cláusula a modificar, es la Cuarta, que quedaría: “LA MUNICIPALIDAD” y/o “EL USUARIO” se reservan el derecho de revocar el permiso otorgado en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas según la Cláusula Primera del Presente Convenio, sin que ello genere indemnización alguna. La decisión de revocarlo debe ser comunicada a la contraria con una anticipación de treinta (30) días”.- Esas son las modificaciones acordadas.-Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular con las modificaciones acordadas, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
–Nota: Conforme surge de los Fundamentos vertidos con posterioridad durante el transcurso de la presente Sesión Ordinaria, inmediatamente después de la consideración del punto Nº 15 y previo al tratamiento del punto Nº 16 del Orden del Día, se aprueba una Moción de Reconsideración de la presente Ordenanza, resultando modificado el Anexo I, que queda redactado según se transcribe a continuación: “ANEXO I -MODELO DE CONVENIO DE COMODATO. La Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Luis LARRAÑAGA, DNI 13.956.607, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” por una parte y, por la otra el “CLUB DE SOFTBOL – MAYU”, representada en este acto por la Presidenta Susana DIAZ, DNI 10.435.863, en adelante “EL USUARIO”, convienen en celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: “LA MUNICIPALIDAD” entrega a “EL USUARIO” en carácter de comodato, una porción del inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047 – Circ. IV, Chacra 4, Parcela 2, de Propiedad Municipal, Referencia Municipal Nº 31914, Superficie 3 ha. Ubicado entre las calles Pilcomayo y Asunción del Paraguay, para la Construcción de un Complejo Deportivo para la práctica de Softbol en nuestra ciudad, el que incluye además de Cancha Principal, una cancha auxiliar y un Albergue Modelo, con capacidad para cuatro delegaciones de entre 15 y 17 personas cada una, destinado a entrenamiento diario, eventos comunitarios, y competencias a nivel provincial y nacional, creando un espacio para el desarrollo deportivo, socio-cultural, medioambiental y de integración familiar, no pudiendo bajo ninguna condición cambiar el objeto del mismo. Asimismo el mencionado Club se compromete a forestar el predio tal lo indicado por la Subdirección de Espacios Verdes. El no cumplimiento del mismo será causal de rescisión del presente convenio.- SEGUNDA: El presente convenio tiene como antecedente el proyecto de actividades presentado por “EL USUARIO”, que forma parte del presente expediente.-TERCERA: El presente convenio de uso tendrá una duración de quince (15) años desde la entrada en vigencia del mismo y será renovable por igual período, previo acuerdo entre las partes.- CUARTA: “LA MUNICIPALIDAD” y/o “EL USUARIO” se reservan el derecho de revocar el permiso otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas según la Cláusula Primera del Presente Convenio sin que ello genere indemnización alguna. La decisión de revocarlo debe ser comunicada a la contraria con una anticipación de treinta (30) días.- QUINTA: “LA MUNICIPALIDAD” no será responsable de indemnización alguna por daños materiales físicos o morales ocasionados a participantes y/o terceros con motivo y en ocación del desarrollo de actividades organizadas por “EL USUARIO”, como tampoco por accidentes y/o siniestros que pudieran devenir de las mismas y/o del uso cotidiano del predio.-SEXTA:”EL USUARIO” asume a su exclusivo cargo la responsabilidad por daños y perjuicios que se deriven de la utilización del inmueble, por su parte, de sus dependientes y/o terceros. A tal fin se compromete a presentar en el plazo de 48 horas de firmado el presente convenio ante la autoridad que corresponda, un seguro de responsabilidad civil, acorde a la actividad que desarrolla, que cubra los posibles daños que se pudieren provocar en el marco de aquélla y por el uso del predio e instalaciones que estén a cargo de “EL USUARIO”. Asimismo, cumplimentará toda la documentación requerida por la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas respecto al cumplimiento de las Ordenanzas vigentes para el ejercicio de la actividad allí desarrollada.- SEPTIMA: Al fenecer el convenio todas las mejoras emplazadas, plantaciones, etc., condicionadas a las características que lo hagan armónico con el diseño del emprendimiento general, quedarán como integrativas del Patrimonio Municipal sin derecho a indemnización o compensación de ninguna índole para la institución.- OCTAVA: “EL USUARIO” se compromete a ceder el predio otorgado en uso y las instalaciones del mismo, para actividades que la “MUNICIPALIDAD” tenga previstas, tales como: recreativas, sociales, deportivas y comunitarias propias o las que se ejecuten en forma conjunta con entidades intermedias, la que deberá comunicarse con una anticipación de 48 horas, para lo cual “EL USUARIO” prestará su conformidad.- NOVENA: Para el caso que “EL USUARIO” contrate personal, no existirá vínculo contractual y/o laboral alguno entre aquéllos y “LA MUNICIPALIDAD”.- DECIMA: Para todos los efectos emergentes del presente convenio de uso precario, judiciales o extrajudiciales, las partes fijan domicilio en: LA MUNICIPALIDAD” Avda. San Martín Nº 50, y “EL USUARIO” calle Lope de Vega y República de Cuba N° 11 ambos de la ciudad de Santa Rosa, donde tendrán efecto todas las notificaciones.- En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Santa Rosa, a los …. días del mes de ……………… de …….”.-
15) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba el modelo de Convenio de Comodato a suscribirse entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Liga Cultural de Fútbol. Expte Nº 312-1/2014 (HCD) y 3991/2012/1-1 (D.E).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Tal como lo habíamos anunciado en la Comisión de Labor Parlamentaria, vamos a pedir el pase a Comisión de este Proyecto para poder analizarlo. Hoy estuvimos reunidos con gente de la Liga Cultural, y lo que le transmitimos nosotros -por lo menos, es lo que hemos discutido internamente en el Bloque- es que estamos de acuerdo con que la Liga Cultural reciba en comodato o en donación tierras municipales. Pero sobre lo que tenemos alguna duda y lo que queremos evacuar, es sobre el impacto que pueda llegar a tener la ubicación que han elegido en conjunto la Liga y el Departamento Ejecutivo, de 4 Hectáreas entre lo que sería el Club Náutico y la Estancia “La Malvina”. Entonces, en virtud de estas cuestiones, sí nos comprometimos a analizar el tema y sí nos comprometimos a buscar un lugar, pero queremos que nos den la posibilidad de discutir, por lo menos, la ubicación del espacio. Y hasta me atrevería a decir que podría ser, por las características del lugar, que se pueda buscar en las inmediaciones de la Laguna, para que tengan la ubicación que ellos también anhelan, desde la propia Liga Cultural. —
Seguidamente se pasa a votar la moción del Concejal Cuelle, de vuelta del Proyecto a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones, resultando la misma aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señora Presidenta: Quería pedir un cuarto intermedio muy corto, de dos o tres minutos, ante una llamada de atención que nos aparece. Al modificar el Artículo 4º del Convenio de Comodato de Mayú que votamos en el punto anterior, aparece una contradicción con el punto Séptimo, y sobre todo con el punto 9º -parecería-. Por eso pido un cuarto intermedio, para ver si al “tocar” el Proyecto que había llegado, no hemos cometido alguna alteración insalvable.-
Puesta a votación, la moción de pase a cuarto intermedio se aprueba por unanimidad siendo la hora doce con once minutos. A la hora doce con dieciséis minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Quería proponer la reconsideración de la Ordenanza del Convenio de Comodato entre el Club de Softbol Mayú y la Municipalidad.-
Puesta a votación, la moción de Reconsideración se aprueba por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: La propuesta que hemos charlado es modificar el Artículo 7º, que diría: “Al fenecer el convenio… -después desaparecen los dos renglones que seguían, y el texto sigue- …todas las mejoras emplazadas, plantaciones, etc., condicionadas a las características que lo hagan armónico con el diseño del emprendimiento general, quedarán como integrativas del Patrimonio Municipal sin derecho a indemnización o compensación de ninguna índole para la institución”.- Y la otra modificación, es directamente suprimir el Artículo 9º. Gracias.-
Previa lectura por Secretaría del Artículo 7º con el texto precedente, se pasa a votar nuevamente el Proyecto con las modificaciones propuestas por el Concejal Di Liscia, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
16) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Modifica el Anexo A de la Ordenanza Nº 4179/2010-Establecimientos Geriátricos-. Expte Nº 238-2/1998 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°:Modifícase el Anexo A de la Ordenanza Nº 4179/2010 el cual se adjunta con la presente. Artículo 2°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”. ANEXO ATÍTULO PRIMERO:Definición y características principales Artículo1º.Entiéndase por Geriátrico a todo establecimiento residencial para personas de ambos sexos mayores de 60 años, cuyo fin exclusivo sea brindar servicios de alojamiento, alimentación equilibrada, higiene, recreación diaria activa o pasiva (artística, deportiva o cultural, paseos, intercambio con otros adultos mayores en jornadas de socialización, intercambio con niños y jóvenes con quienes puedan crear lazos afectivos, asistencia a ceremonias religiosas según sus credos), atención médica y psicológica no sanatorial, en forma permanente o transitoria, gratuita u onerosa. Artículo 2º.Se considerará a un establecimiento como geriátrico cuando posea un número mínimo de tres (3) residentes/cama.- Artículo 3º. La edad de ingreso a los geriátricos podrá ser inferior a la establecida en el artículo 1°, siempre y cuando el estado social o psicofísico de la persona lo justifique, con la correspondiente certificación, resguardándose en todo momento su dignidad. Esta excepción no deberá superar el 20% del total de residentes.- TÍTULO SEGUNDO. De los establecimientos: CAPÍTULO I. Clasificación de los establecimientos según el tipo de residentes Artículo 4°:Los establecimientos geriátricos obedecerán a la siguiente clasificación: a) Con residentes auto válidos: son aquellas personas que, aún teniendo alguna patología propia de la edad, pueden desarrollar por sí solas actividades de la vida diaria, b) Con residentes semidependientes : (ayudas técnicas) son aquellas personas que por tener alguna patología propia de la edad, tengan limitaciones para desarrollar alguna de las actividades básicas como higiene personal, alimentación o vestido; c) Con residentes dependientes totales: son aquellas personas que necesitan una asistencia continua permanente por no poseer las aptitudes básicas para desempeñarse por sí solas; CAPÍTULO II. De los requisitos para la solicitud de la habilitación Artículo 5°:El solicitante de una habilitación para un establecimiento geriátrico deberá presentar: a) Denominación del establecimiento y domicilio b) Fin comercial de la habilitación. c) Nombre y DNI del propietario o institución de que dependa con respaldo de documentación (Personería Jurídica). d) Nombre del Director Médico Titular corresponsable del establecimiento: Nombre y Apellido., DNI, Contrato con la Institución certificadas las firmas por autoridad competente, acreditación de su matrícula actualizada expedida por el Colegio Profesional correspondiente y Declaración Jurada donde conste que está en pleno conocimiento de la Legislación Nacional, Provincial y Municipal vigente en relación al funcionamiento de los establecimientos geriátricos.- e) Nombre de un médico suplente que reemplazará al Director Médico Titular cuando su ausencia supere las setenta y dos horas (72 hs) quien deberá presentar igual documentación exigida al titular. f) Indicación del carácter del establecimiento señalando si los servicios resultan onerosos o gratuitos y procedencia de los fondos para este último supuesto (certificación fiscal). g) Presentación del plano del edificio con la aclaración expresa del destino de cada ambiente así como sus dimensiones, aberturas, todo debidamente encuadrado en las normas de edificación vigentes, acorde con las necesidades especiales del funcionamiento del establecimiento geriátrico, según el tipo de residentes que albergue. h) Presentación de un Libro de Residentes (ingresos y egresos),al inicio de la actividad, que deberá ser sellado y rubricado por la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia de La Pampa y la Subdirección de Adultos Mayores dependiente de la Municipalidad de Santa Rosa, o dependencias que las reemplacen en el futuro. En el mismo se deberá consignar: Nombre, Apellido, edad, DNI, sexo, nacionalidad, responsable/s a cargo (nombre completo, DNI, nacionalidad, vínculo con el residente, dirección, teléfono actualizado, constatación de presentación de ACTA de COMPROMISO, según artículo 13), fecha de ingreso, egreso, egreso transitorio, baja por fallecimiento.- i) Presentación de un Libro de Visitas, al inicio de la actividad, sellado y rubricado por la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia de La Pampa y la Subdirección de Adultos Mayores, dependiente de la Municipalidad de Santa Rosa o dependencias que en el futuro las reemplacen. En el mismo se deberán consignar los ingresos y egresos del Director Médico, profesionales y personal a cargo de las actividades recreativas y de asistencia al residente, visitantes de los residentes y toda persona ajena al establecimiento que ingrese al mismo, deberá quedar documentado fecha, mes y año, hora de ingreso y egreso y motivo de la visita. j) Presentación de un Libro de Quejas y Sugerencias, al inicio de la actividad, sellado y rubricado por la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia de La Pampa y la Subdirección de Adultos Mayores de la Municipalidad de Santa Rosa o dependencias que en el futuro las reemplacen. CAPÍTULO III. Condiciones para su habilitación y funcionamiento. Artículo 6°: A los fines de proceder a la habilitación comercial de un establecimiento geriátrico, deberá realizarse una evaluación que incluya la intervención del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Rosa a través de las Direcciones de Sanidad y Control de Actividades Económicas y Dirección de Planeamiento Urbano. De sus conclusiones en cuanto al cumplimiento de las condiciones exigidas para la prestación de los servicios, dependerá el otorgamiento de la habilitación solicitada. Sin perjuicio de ello y como condición ineludible, la Dirección de Planeamiento Urbano evaluará las características edilicias de los locales con ese destino, que deberán responder a las exigencias del Código de Edificación vigente y a las especificaciones detalladas en el Anexo I de la presente. Los edificios serán accesibles, es decir, con circulación adecuada para personas con movilidad reducida y garantizarán seguridad y autonomía tanto en las superficies cubiertas como semicubiertas y descubiertas. No se exigirá el cumplimiento de esta condición en los locales que no son de uso de los residentes, como depósitos o lavaderos. No se habilitarán nuevos geriátricos en edificios ya construidos que no cumplan con las condiciones edilicias exigidas por la presente ordenanza. A los geriátricos cuyo funcionamiento data de tiempo anterior a la promulgación de esta ordenanza y que están tramitando su habilitación, podrá concederse un plazo que no supere los trescientos sesenta y cinco días (365) no prorrogables, para que el responsable del establecimiento efectúe las mejoras necesarias para su adecuado funcionamiento siempre y cuando se cumpla con las mínimas necesarias condiciones de seguridad e higiene. Artículo 7°:Será de carácter obligatorio y como condición para acceder a la habilitación y renovación de la misma, así como para la obtención de las Libretas Sanitarias correspondientes, la realización y debida acreditación de una capacitación sobre la temática de geriátricos y adultos mayores, que será abordada por especialistas de la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia de La Pampa y de la Municipalidad de Santa Rosa a través de la Subdirección de Adultos Mayores o las dependencias que en el futuro las reemplacen. Artículo 8°: Los locales afectados a este servicio lo serán en forma exclusiva, no pudiendo compartirlos con otro uso. Todos los locales del inmueble deberán ser habilitados y quedarán sujetos a la supervisión de las autoridades municipales y provinciales competentes. Artículo 9°: Toda habilitación que se otorgue será siempre de carácter transitorio por el término de dos (2) años; dependiendo su vigencia y posterior renovación del buen funcionamiento del establecimiento y que garantice la protección y derechos de los residentes, descriptos en el TITULO TERCERO. Las fiscalizaciones serán realizadas al menos tres veces al año por la Subdirección de Adultos Mayores, la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas y la Dirección de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Santa Rosa y la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia. Artículo 10°: En la Disposición de Habilitación otorgada por la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas o dependencia que en el futuro la reemplace, deberá indicar: entidad responsable, rubro otorgado (geriátrico), capacidad máxima de residentes, dirección, fecha de caducidad.- Artículo 11°: Es condición ineludible para la obtención de la Habilitación Municipal la previa conformidad de la Dirección de Adultos Mayores de la provincia de La Pampa o dependencia que en el futuro la reemplace.- Artículo 12: El establecimiento geriátrico deberá colocar en lugar visible la Habilitación Municipal, copia del Contrato Médico corresponsable y cronograma de actividades y otros profesionales o idóneos que realicen actividades recreativas o físicas con los residentes, normas escritas para atención de urgencias, indicación de la capacidad de residentes/ cama y de pautas de prestación de servicios.- Artículo 13°: ACTA DE COMPROMISO. El responsable de cada residente deberá firmar ante autoridad policial, juez/a de paz o escribano/a público/a un Acta de Compromiso con el propietario del establecimiento geriátrico, a partir de la cual se compromete a retirar y hacerse cargo del residente cundo se lo requiera, ya sea por razones de enfermedad o de cualquier otra circunstancia que lo ponga en situación de vulnerabilidad como así también en caso de tener que reubicarlo por clausura definitiva del establecimiento. El original queda a cargo del establecimiento quien deberá remitir una copia a la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia de La Pampa, a la Subdirección de Adultos Mayores y a la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Economicas de la Municipalidad de Santa Rosa o dependencias que en el futuro las reemplacen.- CAPÍTULO IV: Equipamiento Artículo 14°: Para garantizar la seguridad, calidad de vida y bienestar de los residentes, es obligatorio que los establecimientos geriátricos habilitados cuenten con dependencias cuya ubicación, dimensiones y funcionalidad deberán responder a las especificaciones detalladas en el Anexo I que se adjunta al presente. Artículo 15°:Espacios Comunes: Independientemente de lo establecido en el Anexo I que se adjunta a la presente, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Se deberá tener un espacio común con características de sala de estar o entretenimientos y comedor, con mobiliario acorde y bien mantenido. Asimismo deberá contar con un espacio con privacidad para encuentros con familiares.- b) Para mantener la ubicación temporo-espacial y el bienestar biosico-social de los residentes se debe tener un espejo de cuerpo entero (importante para que el adulto no pierda el reflejo de su cuerpo, lo que hace a su identidad), un reloj de pared, un almanaque, radio, televisión y diarios y revistas actualizados.- c) Debe poseer barandas ubicadas estratégicamente para el buen desplazamiento de los residentes.- d) El área exterior debe mantenerse en perfecto estado de orden, limpieza y desmalezamiento, con mobiliario acorde a la cantidad de residentes.- e) Queda prohibido el uso de mobiliario de plástico en todo el establecimiento.- Artículo 16°: Habitaciones: Independientemente de lo establecido en el Anexo I que se adjunta al presente, deberán reunir los siguientes requisitos: a)Abertura al exterior con luz natural directa y ventilación adecuada. b)Paredes y pisos revestidos con material lavable-impermeable de fácil limpieza, sin grietas, rajaduras ni roturas, en perfecto estado de conservación. c)Moblaje mínimo: una cama para cada residente con elástico de madera, colchones de alta densidad (mínimo, de 20cm) Según necesidad del residente se suplantará por cama ortopédica. El número total de camas no debe superar el numero de residentes permitido d) Un cubrecolchón impermeable por cama e) Una (1) mesa de luz o estante empotrado con cajón por cada residente para sus pertenencias personales.- f) Un velador o aplique individual en la pared por residente.- g) Un llamador de cama por residente adosado a la pared.- h) Un espacio destinado a guardarropa por residente con identificación.-. i) Ropa de cama apropiada y en buenas condiciones.- Artículo 17°: SANITARIOS. Independientemente de lo establecido en el Anexo I que se adjunta al presente, el establecimiento geriátrico dispondrá: a) Como mínimo de un (1) cuarto de baño con un (1) inodoro, un lavabo, un adaptador de bidet para inodoro y una ducha para cada seis residentes.- b) Las paredes y pisos deben poseer revestimiento lavable impermeable, de fácil limpieza, sin grietas, rajaduras, ni roturas y en perfecto estado de conservación.- c) La apertura de la puerta de ingreso debe ser hacia afuera o rebatible, sin excepción.- d) Debe estar provisto de sillón de ducha lavable y agarraderas en torno a los artefactos, adosadas a la pared para comodidad y seguridad del residente.- e) Los establecimientos geriátricos no deberán poseer bañeras, ya que éstas impiden la fácil accesibilidad de los residentes y predisponen a caídas y lesiones.- f) Las toallas y toallones deben estar limpios y en perfecto estado de conservación.- Artículo 18°: COCINAS. Independientemente de lo establecido en el Anexo I que se adjunta al presente, se deberán observar los siguientes requisitos: a) Los pisos y paredes deben poseer revestimiento (hasta 1,80 metros de altura como mínimo) lavable, impermeable, de fácil limpieza, sin grietas, rajaduras ni roturas y en perfecto estado de conservación.- b) Todas las aberturas que den al exterior poseerán tela mosquitera.- c) El mobiliario y mesada deben de ser material de fácil limpieza, no pudiendo ser de madera porosa. Su diseño debe evitar la acumulación de suciedad en reuniones y encuentros.- e) Pileta sanitaria con agua fría y caliente.- f) Control periódico de agua por medio de análisis fisico-químico y bacteriológico, a cargo del propietario del establecimiento, el que deberá realizarse cada seis (6) meses.- g) Extractor o campana, dotada de un dispositivo de extracción forzada conectada al ambiente exterior, que asegure la evacuación de humo, vapores, gases y olores.- h) La manipulación de los alimentos se realizará extremando las medidas de higiene y seguridad y almacenamiento, evitando la contaminación cruzada. Deben aplicarse en todo momento las Buenas Prácticas de Manufactura, tal como lo especifica el Código Alimentario Argentino para garantizar orden, limpieza y productos inocuos. Se prohíbe el almacenamiento de cualquier otro insumo que no pertenezca al rubro elaboración de comidas.- i) Las verduras, hortalizas y frutas deberán ser almacenadas en lugar específico y fresco, ya sea la parte inferior de la heladera o en ambiente destinado como despensa. Las carnes, lácteos y demás productos perecederos, deben depositarse en heladeras o freezers con su respectiva fecha de vencimiento, envueltos en films o envases protectores garantizando su inocuidad.- Los productos no perecederos, se ubicarán en estantes o alacenas con control de fechas de vencimiento. Todos los productos deberán ser suficientes y acordes a la cantidad de residentes.- j) En caso de tener un ambiente destinado como despensa, debe estar provista de pisos y paredes con revestimiento impermeable, de fácil limpieza, sin grietas, rajaduras, ni roturas. Las aberturas que den al exterior poseerán tela mosquitera. Estará provista además de estantes que permita el almacenamiento, cuidando que los productos no toquen el suelo.- k) Se prohíbe el almacenamiento y consumo de leche no pasterurizada.- l) Los residuos patológicos deben colocarse en un espacio destinado sólo para tal fin, fuera del alcance de los residentes y ser retirados por el área municipal correspondiente m) Los tarros para residuos no patológicos deben tener tapa y ser aptos para clasificar los residuos en húmedos y secos e inorgánicos, deben limpiarse y desinfectarse periódicamente, y estar estratégicamente ubicados. Una vez completada la bolsa, debe retirarse y ubicarse en lugar apartado y específico, para evitar todo tipo de contaminación.- n) Los artículos de limpieza se ubicarán separadamente de los alimentos y estaran debidamente identificados. CAPÍTULO V. Seguridad Artículo 19°: ESCALERA Y MEDIO DE INGRESO Y SALIDA: Se aplicarán las exigencias previstas en el Código de Edificación vigente y lo establecido en el Anexo I que se adjunta al presente. Artículo 20°: PREVENCION CONTRA INCENDIOS: Se ajustará a las prescripciones del Código de Edificación (Cap. XIV, de Protección contra Incendios) y de la Ordenanza Nº 1064/92 o normativa que en el futuro las reemplacen. Desde el Departamento Ejecutivo, a través de las áreas específicas se ofrecerá una (1) vez por año al personal de los establecimientos geriátricos, una capacitación sobre el uso de matafuegos, tareas de evacuación y manejo de siniestros. Artículo 21°: LUCES DE EMERGENCIA. El establecimiento geriátrico deberá contar con luces de emergencia en todos los dormitorios, espacios comunes y en los de circulación. Artículo 22°: Todas las salidas, sean comunes o de emergencia deberán estar visiblemente señalizadas. Artículo 23°: Botiquín de emergencia: el establecimiento geriátrico deberá contar con un botiquín de emergencia transportable y toda medicación rotulada de uso de los residentes dentro del establecimiento geriátrico deberá permanecer bajo llave. Artículo 24: PROTECCIONES: a) Las salidas de calefactores deben tener la protección adecuada para evitar quemaduras.- b) En caso de que el inmueble posea piscina, debe tener la protección perimetral correspondiente.- CAPÍTULO VI. Salubridad e higiene Artículo 25°: Los locales del establecimiento y todas sus dependencias, como también los muebles, enseres, colchones, ropa de cama, vajilla y utensilios que sean de uso corriente, deberán mantenerse en perfecto estado de higiene y conservación. Se deberán retirar y reemplazar los que se encontraren en mal estado y se exigirá el blanqueo o pintura de las dependencias, cuando así lo estime la autoridad competente. Asimismo los artefactos sanitarios deberán conservarse en buenas condiciones de funcionamiento. Artículo 26°: DESINFECTACION Y DESINFECCION: Considerando que los riesgos sanitarios, por la edad de los residentes cuyos sistemas inmunológicos presentan mayor vulnerabilidad, aumentan considerablemente, los propietarios de los establecimientos geriátricos habilitados deberán realizar cada seis (6) meses, un control de plagas y roedores del que se dejará constancia con la correspondiente certificación. Se deberá realizar el tratamiento de residuos patológicos según Ordenanza 837/91 o normativa que la reemplace en el futuro. CAPÍTULO VII. Del Personal Artículo 27°: LIBRETA SANITARIA: El personal que trabaje en estos establecimientos, deberá poseer Libreta Sanitaria extendida por el Municipio conforme la reglamentación vigente. Artículo 28°: A partir de la clasificación del establecimiento recibida, el número de personal exigido será: a) Cada diez (10) residentes auto válidos: un (1) cuidador; b) Cada seis (6) residentes semidependientes: un (1) cuidador; c) Cada tres (3) residentes dependientes totales: un (1) cuidador. Artículo 29°: El personal del geriátrico no deberá superponer la actividad de cuidador de los residentes con las tareas de limpieza y/o manipulación de los alimentos. La institución deberá contratar personal a cada efecto, a saber: a) personal de limpieza; b) cocinero/a; c) asistentes gerontológicos (cuidador de los residentes).- Artículo 30°: El número de trabajadores para limpieza, elaboración de comidas y cuidadores resultara en función del número de residentes (según Ley Provincial 2130/04). El personal de servicio realizará sus tareas con ropa adecuada al trabajo, debiendo exigirse el más estricto aseo, tanto en la vestimenta como en su persona. TITULO TERCERO: Protección y derechos de los Residentes Artículo 31°: Los ciudadanos alojados en los establecimientos geriátricos deberán tener garantizados los derechos que los asisten según establece el artículo 5º de la Ley 2130/04 a saber: a) A la comunicación e información permanente. b) Al respeto, la intimidad y la no divulgación (pública) de sus datos personales c) A no ser discriminados por razones de credo, raza o razón política. d) A mantener vínculos afectivos y sociales. e) A entrar y salir libremente de los establecimientos, respetando sus pautas de convivencia. f) A la realización de actividades psicosociales que aseguren su calidad de vida. g) A ser escuchados ante la presentación de reclamos. h) Al cuidado, alimentación apropiada, atención e higiene personal en el lugar de residencia i) A recibir visitas durante todo el día. Artículo 32º: Cada residente deberá contar con una historia clinica, con sus datos personales, el Acta de Compromiso, indicación de medicación con firma y sello del médico interviniente, sus controles médicos y todo dato de interés del residente. La misma debe estar semanalmente actualizada por el Director médico. TÍTULO CUARTO. De las sanciones Artículo 33°: Para la aplicación de la presente Ordenanza se tendrá en cuenta lo estipulado en el artículo 15 de la Ley Provincial Nº 2130 y del Decreto Provincial 273/05, donde se establece la aplicación de sanciones por parte de la Autoridad de Aplicación de acuerdo a la gravedad de la falta: a) Apercibimiento b) Multa por el valor que fije la reglamentación c) Clausura administrativa. d) Clausura definitiva. Una vez labrada un acta de infracción, la presentación del descargo correspondiente deberá efectuarse dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles de producida la actuación. En caso de que la Justicia de Faltas Municipal disponga la clausura administrativa del establecimiento, se acordará un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles durante el cual, el propietario o responsable infractor deberá adecuarse a las normas que dicta la legislación en cuanto a instalaciones y requisitos habilitantes. Si el propietario o responsable del establecimiento geriátrico no cumpliere en tiempo y forma se procederá a la clausura definitiva la que se ejecutará a las setenta y dos (72) horas contadas a partir de la notificación de la sentencia, plazo en el que el o los responsables del adulto mayor que figuran en el Acta de Compromiso serán quienes deberán encargarse de reubicar a los adultos mayores alojados, según lo convenido también en el Acta de Compromiso. Artículo 34°: CARACTERIZACION DE LAS FALTAS. Según los criterios establecidos a los efectos del control de los establecimientos geriátricos por las autoridades competentes, teniendo en cuenta los contenidos del Acta de Auditoría de Geriátricos conformado de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 2130 y las Ordenanzas vigentes: FALTAS: a) La cantidad de residentes/cama alojados debe ser igual o menor a la capacidad máxima permitida por el Municipio (Aptitud Técnica, que consta en la habilitación según contralor de la Dirección de Obras Particulares). En este caso, por cada residente/cama que supere el cupo habilitado, se aplicará una multa de hasta ocho (8) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). b) Residentes alojados en algún sector del inmueble no habilitado por el Municipio. Se aplicará una multa de hasta quince (15) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). c) Falta de Director Médico durante siete (7) días hábiles, como máximo, excepto por ausencias previstas dentro del convenio laboral (enfermedad, vacaciones y otras). Se aplicará una multa de hasta veinte (20) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). d) Ausencia total por un máximo de treinta (30) días hábiles, de historias clínicas de los residentes en sus respectivos legajos. Se aplicará una multa de hasta diez (10) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). e) Falta o desactualización por un máximo de sesenta (60) días hábiles, de los datos del Libro de Registro de Residentes. Se aplicará una multa de hasta diez (10) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). f) Contar con un número insuficiente de personal o de ausencia de especificidad en el desempeño de las funciones. Se aplicará una multa de hasta diez (10) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). g) Presencia de productos alimenticios vencidos o no aprobados destinados al consumo de los residentes. Se aplicará una multa de hasta diez (10) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). h) No observancia de los derechos que asisten a los residentes, según Art. 5º de la Ley Nº 2130. i) Si se comprueba la ausencia del Libro de Actas de Registro Visitas y de Actividades recreativas o la desactualizacion del mismo. Se aplicará una multa de hasta ocho (8) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenanza Tarifaria). j) Según categoría de residentes ausencia de la enfermeria correspondiente.-Se aplicará una multa de hasta ocho (8) veces el salario básico de un agente administrativo municipal Categoría 16 (Art. 100, ítem 18 009 4 de la Ordenaza Tarifaria).- Artículo 35°: Ante la detección de alguna infracción a la normativa vigente por parte de los agentes fiscalizadores Provinciales pertenecientes a la Dirección de Adultos Mayores de la Provincia la misma elevara al Municipio local una nota solicitando la ejecución de la multa correspondiente a dicha infracción.- ANEXO I CONDICIONES QUE DEBERA CUMPLIR EL EDIFICIO DESTINADO A GERIATRICO. Además de lo previsto en el Código de Edificación vigente, cumplirán con lo siguiente: Los geriátricos deberán presentar plano con mobiliario y equipamiento del mismo para su habilitación. Ingreso El ingreso será sin interposición de desniveles. Si presenta un desnivel mayor de dos centímetros (2 cm.), tendrá una alternativa de paso a través de una rampa. La rampa tendrá, una pendiente máxima del diez por ciento (10%) y no presentará cambios de dirección en pendiente. El comienzo y el final serán perpendiculares a los costados. Los descansos serán planos, con un desarrollo mínimo de un metro con veinte centímetros (1,20m.). Tendrá solado antideslizante y barandas a ambos lados. Las barandas estarán colocadas a una altura de noventa centímetros (90cm.), con una tolerancia de cinco centímetros (5cm.) -en más o en menos- y tendrán un diámetro de cuatro a cinco centímetros (4 a 5cm.). Asimismo, para salvar un desnivel, es posible proponer la utilización de un medio mecánico de elevación. Circulaciones interiores y exteriores Las circulaciones tendrán un ancho mínimo de un metro con veinte centímetros (1,20m) y solado antideslizante. Cuando presenten un cambio de dirección, deberán tener un ancho de un metro con treinta y cinco centímetros (1,35m) para un giro a 90º y un metro con cincuenta centímetros (1,50m) para un giro a 180º. En los extremos de las circulaciones o cada veinte metros (20m) como mínimo, se preverá una zona de ensanchamiento de un metro con cincuenta centímetros (l,50m) de diámetro. Si las circulaciones presentan desniveles, serán salvados por rampas que cumplirán con lo establecido en el ítem “ingreso”. Las puertas tendrán un ancho mínimo libre de paso de setenta y cinco centímetros (75cm.) Será necesario colocar barandas en las circulaciones, rampas y escaleras, a una altura de noventa centímetros (90cm), con una tolerancia de cinco centímetros (5cm) en más o en menos, y un diámetro de cuatro a cinco centímetros (4 a 5 cm.) Si el edificio tiene más de una planta, será necesario contar con un ascensor con una dimensión mínima libre interior de un metro con treinta centímetros (1,30m) por dos metros con diez centímetros (2,l0m) y un rellano que permita inscribir un círculo de dos metros con treinta centímetros (2,30m.). El o los restantes ascensores tendrán una dimensión mínima libre interior de un metro con diez centímetros (l,l0m) por un metro con cuarenta centímetros (1,40m) y un rellano que permita inscribir un círculo de un metro con cincuenta centímetros (l, 50m.). Los ascensores contarán con un equipo electrógeno propio. Estacionamiento El geriátrico contará con un espacio para un módulo de estacionamiento en el interior del predio de tres metros con cincuenta centímetros (3,50m) por seis metros (6,00m) como mínimo. Tanto el estacionamiento como la conexión con el edificio serán superficies cubiertas o semicubiertas, que permita el acceso de una ambulancia. Podrán exceptuarse los geriátricos que a la fecha de promulgación de la presente ya estén habilitados o con trámite de habilitación iniciado y no cumplan con el requisito establecido en el párrafo precedente, por lo que requerirán a la Dirección de Planeamiento Urbano la autorización de un espacio que asegure el estacionamiento al frente de sus instalaciones, para que puedan ser trasladadas las personas hacia su interior. A tal efecto deberán solicitar al área competente municipal el cebrado de la zona correspondiente, que abarcará hasta seis (6) metros del frente del inmueble. Comedor En los geriátricos que tengan hasta cinco (5) residentes, el comedor tendrá una superficie mínima de diez metros cuadrados (10 m2), cuando tengan seis (6) o más residentes la superficie mínima será de dos metros cuadrados (2 m2) por persona. El lado mínimo será tres metros (3m) y la altura dos metros con cincuenta centímetros (2,50m.). Sala de estar o entretenimientos En los geriátricos que tengan hasta cinco (5) residentes, la sala de estar o entretenimientos tendrá una superficie mínima de diez metros cuadrados (10 m2), cuando tengan seis (6) o más residentes la superficie mínima será de dos metros cuadrados (2 m2) por persona. El lado mínimo será de tres metros (3,00 m) y la altura de dos metros con cincuenta centímetros (2,50m). La sala de estar y el comedor podrán estar integrados, sumándose en ese caso las superficies requeridas. Dormitorios Los dormitorios no podrán constituir servidumbre de paso hacia otros locales. La cantidad máxima de camas permitidas es de cuatro (4) por habitación. En los dormitorios se deberá prever una superficie libre de mobiliario de un metro con cincuenta centímetros (1,50 m) de diámetro para realizar el giro completo de una silla de ruedas. El espacio libre al costado de cada cama será de noventa centímetros (90 cm.) Los dormitorios deberán cumplir con las siguientes dimensiones mínimas, libres de placard o lugar de guardado: Superficie Lado Altura Habit. 1 persona 8m2 2,5Om 2,50m Habit. 2 personas 10m2 2,80m 2,50m Habit. 3 personas 15m2 2,80m 2,50m Habit. 4 personas 21m2 2,80m 2,50m Sanitarios Para uso de los residentes, podrán plantearse sanitarios de uso exclusivo de una habitación, para un sector o para todos, teniendo en cuenta que será como mínimo un baño completo, con inodoro, bidet o adaptador de bidet para inodoro, ducha y/o lavatorio, (en el caso del bidet, siempre que no obstaculice el movimiento de la silla de ruedas) cada seis (6) personas. Los sanitarios serán accesibles, cumpliendo con lo fijado en la Ordenanza N° 3216/04. Para los empleados se preverá como mínimo un (1) sanitario cada seis (6) personas. Cocina En los geriátricos que tengan hasta seis (6) residentes, la cocina tendrá una superficie mínima de seis metros cuadrados (6 m2), cuando tengan siete (7) residentes o más, la superficie total será de hasta ocho metros cuadrados (8 m2). El lado mínimo será de dos metros (2m) y la altura de dos metros con cuarenta centímetros (2,40 m). Los geriátricos que tengan doce (12) residentes o más, deberán contar con un local independiente de guardado, despensa, además de la cocina, que tendrá las siguientes dimensiones mínimas: Superficie: 4 m2 Lado mínimo: 1,50 m Altura: 2,40 m Lavadero El lavadero será un local independiente que cumplirá con las siguientes dimensiones mínimas: Superficie: 4m2 Lado mínimo: 1,50 m Altura: 2,40 m Si no hubiera lavadero, se deberá exigir constancia (factura) de lavado de ropa realizada en lavaderos comerciales habilitados. Sala de enfermería y administración. Los geriátricos que tengan dieciséis (16) residentes o más deberán contar con un sala de enfermería y administración que cumplirá con las siguientes dimensiones mínimas: Superficie: 12 m2 Lado mínimo: 3 m Altura: 2,40 m Patio En los geriátricos que tengan hasta ocho residentes inclusive, el patio deberá tener una superficie mínima de doce metros cuadrados (12m2) con un lado mínimo de tres metros (3,00 m). A partir de nueve residentes tendrán una superficie de un metro cincuenta cuadrados (1,50 m2) por persona. Al efecto se considerará la superficie del patio sobre la base de la capacidad de personas que el geriátrico en cuestión pueda albergar. La autoridad de aplicación en lo que refiere al cumplimiento del anexo I, será la Dirección de Planeamiento Urbano y/o dependencia que en el futuro la reemplace, quien tendrá necesaria intervención previa en el trámite de habilitación para este tipo de establecimientos”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Viviana Rodríguez.-.
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señora Presidenta. Celebro que este Proyecto -que la verdad es que ha estado bastante tiempo en la Comisión- se haya consensuado con todas las partes, no solamente de aquí del Concejo, sino también de las instituciones que después son parte del control y la fiscalización, y que pueda salir hoy por unanimidad. Gracias.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
17) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Comunicación mediante el cual se requiere al Departamento Ejecutivo provea para los actos oficiales de la Municipalidad de Santa Rosa de un intérprete de lenguaje de señas (LSA-ESPAÑOL). Expte Nº 313-1/2014 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “El Honorable Concejo Deliberante requiere al Departamento Ejecutivo, que provea para los actos oficiales de la Municipalidad de Santa Rosa, de un intérprete de lenguaje de señas (LSA-ESPAÑOL), cuando considere necesaria la intervención del mismo/a”.-
Puesto a votación, el Proyecto de Comunicación se aprueba por unanimidad.-
18) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Desafecta del dominio público una fracción de calle y se dona la misma al señor Alberto Alejandro Abascal. Expte Nº 300-1/2014 (HCD) y 6904/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1°: Desaféctase del dominio público la fracción de calle identificada en croquis que, como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º: Dónase a nombre del Sr. Alberto Alejandro ABASCAL, L.E. Nº 7.354.845, con domicilio en la Ruta Nacional Nº 35-Km. 321, de esta Ciudad, la parcela producto de la fracción de terreno objeto de la desafectación referida en el Artículo 1º.- Artículo 3º: El Sr. Alberto Alejandro ABASCAL, se hará cargo de los trámites y los gastos que surjan de la mensura particular, escrituración y registración correspondientes.-Artículo 4º: Obtenida la titularidad de la fracción de calle desafectada en el Artículo 1º, el Sr. Alberto Alejandro ABASCAL deberá unificar la parcela a una lindera que es de su propiedad identificada catastralmente como: Ejido 047-Circunscripción III-Radio V-Quinta 7-Parcela 2.- Artículo 5º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo toda diligencia de trámite que resulte necesaria a los fines mencionados en los Artículos precedentes, conforme lo establece el Artículo 1810º del Código Civil; remitiéndose oportunamente las presentes actuaciones al Registro de la Propiedad Inmueble para que, con las constancias administrativas, proceda a realizar la inscripción correspondiente.- Artículo 6°.-Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Viviana Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señora Presidenta. El Artículo 26 del Reglamento Interno, dice que el Secretario es responsable de la confección de las Actas. En todo el año no hemos recibido las Actas. Han sido reclamadas en Labor Parlamentaria en muchas ocasiones. Se contrató una persona especialmente para que haga esa actividad, y termina el año legislativo sin contar con las Actas del año. Así que propongo como moción de orden, que pongamos una fecha de entrega de las Actas de todo el año. Gracias.-
PRESIDENCIA: Muy bien. Se pone a consideración la propuesta de la Concejala Viviana Rodríguez, de poner una fecha para la entrega de las Actas. Tiene la palabra la Concejala Viviana Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Bien. Propongo que la fecha sea el llamado a Extraordinarias de cuando se trate el Presupuesto y la Tarifaria.-
PRESIDENCIA: Muy bien. Se pone a consideración de los Concejales, la propuesta hecha por la Concejala Viviana Rodríguez. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… Aprobada por unanimidad. Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señora Presidenta. Es para pedirles a los Concejales que se tienen que retirar, que se queden cinco minutos. Lo liquidamos en cinco minutos, y se pueden ir tranquilos a sus necesidades.-
PRESIDENCIA: Muy bien. No habiendo más asuntos que tratar y siendo las doce y veintitrés, queda finalizada la Sesión.-
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