ACTA Nº 1119 VIGÉSIMA PRIMERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1119
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1119 VIGÉSIMA PRIMERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1119 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los dos días del mes de agosto del año dos mil doce, siendo la hora diecinueve con diez minutos, da comienzo la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2012, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los señores Concejales Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Di Liscia procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
En primer término, se pone en consideración el Acta Nº 1114, correspondiente a la Decimosexta Sesión Ordinaria del Período 2012, la que resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
ASUNTOS ENTRADOS —
I-DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO–
I.1) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4652/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle FRANCISCO MARCOS DONATI. Expte Nº 179-1/2012 (DE). Pasa a archivo.-
I.2) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4653/2012 mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle BALDOMERO TELLEZ. Expte Nº 181/2012/1-1/2012 (DE). Pasa a archivo.-
I.3) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4654/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle PERU. Expte Nº 183-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.4) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4655/2012, mediante la cual se desafecta del dominio público Municipal el inmueble sito en calle General Acha, entre calles Bertera y Varela y se dona al Gobierno de la Pcia de La Pampa con destino a regularizar la situación catastral de la Escuela Nº 258, Jardín de Infantes Nº 5 y Escuela República Argentina de nuestra Ciudad. Expte Nº 185-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.5) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4656/2012, mediante la cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92 al consorcio formado por vecinos de calle ELISEO TELLO SUR y se autoriza la Obra de Gas Natural en dicha calle. Expte. Nº 184-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.6) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4659/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública, y se autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle SANTIAGO DEL ESTERO. Expte. Nº 182-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.7) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4660/2012, mediante la cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92 al consorcio formado por vecinos de calle Pedro TUEROS; y se declara de Interés General y Utilidad Pública y autoriza la Obra de Gas Natural en dicha calle. Expte. Nº 180-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.8) Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando la información producida por el Departamento de Catastro, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, de acuerdo a lo solicitado mediante Comunicación Nº 7/2012 (HCD). Expte Nº 144-1/2012 (HCD).-
PRESIDENCIA: Se mantiene en Secretaría, a los efectos del Concejal que la quiera revisar —
I.9) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 33/2012, mediante la cual se solicita a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa adhiera a la Ley Nacional Nº 25.367, Ley de Emergencias Coordinadas, que instrumenta la utilización del número *911 (asterisco novecientos once) como único número receptor de denuncias. Expte Nº 192-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
II- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1) Nota presentada por el Sr. Director del Ballet Folclórico “Amancay” por la cual solicita se declare de Interés Municipal la “7ma. Edición del Certamen Folclórico Nacional de la Huella”, a realizarse el día 1º de Septiembre/2012. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle JUAN BONNET. Expte. Nº 3725/2012/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.2) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALAMOS DE PRIMAVERA. Expte Nº 3726/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.3) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales del Frepam, mediante el cual se imponen los nombres de “Grito de Acorta y Agricultores Pampeanos” a dos espacios verdes de nuestra ciudad, y el nombre a distintas calles que figuran en croquis adjunto. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.4) Proyecto de Ordenanza presentado por la Concejala. Mariela Cabreros del Bloque del Partido Justicialista, por el cual se establece la obligatoriedad de limpieza y desinfección anual de tanques, cisternas y cañerías que almacenen agua, y se fija como obligatoria la clorinación semestral de las perforaciones particulares. Pasa a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Señor Presidente: Simplemente, era para dejar establecido que la idea de esta Ordenanza surge de la necesidad de cuidar la salud de la población, evitando las enfermedades transmisibles por el agua. Pone especial énfasis en el cuidado de tanques y cisternas que son de uso colectivo -más allá de las individuales- y de la clorinación de las perforaciones, fundamentalmente cuando de éstas se provea agua para uso colectivo o para elaboración de alimentos, algo que consideramos sumamente importante y era una carencia sentida de la ciudad el control en este sentido. Muchas gracias.-
III.5) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Comunidad Organizada mediante el cual se dispone la prohibición en los términos que fija la Ordenanza de todo tipo de envase plástico con destino a contener los productos o mercaderías despachados en comercios, sean mayoristas o minoristas. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. En principio, es para hacer una corrección, porque hay un error en el número de la Ordenanza -seguramente ha sido en el tipeo-. En vez de ser 2009, es 2008 -para que se corrija-. Y después, para argumentar la presentación de este proyecto. Es de conocimiento público que realmente los envases plásticos generan una contaminación ambiental muy grave, y como se propone en esta Ordenanza que el reemplazo sea progresivo, creo que haríamos un gran avance como ciudad todos los vecinos, si lográramos que en un año -a través, por supuesto, de que este Proyecto se convierta en Ordenanza-, volver a usar las bolsas, sean de papel o ecológicas, y de esta manera dejarles un futuro mejor a nuestros hijos, para que estén menos contaminados. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Con la corrección propuesta, Pasa a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
IV.1) Proyecto de Comunicación presentado por el Sr. Concejal Juan Mecca del Partido Justicialista, por el cual solicita al Departamento Ejecutivo tenga a bien disponer el sorteo de Licencias para la prestación del Servicio Público de Coches Taxímetros para personas con movilidad reducida en el ámbito de nuestra ciudad.-
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “Solicitar al Departamento Ejecutivo, tenga a bien disponer el sorteo de licencias para la prestación del Servicio Público de Coches Taxímetros para personas con movilidad reducida, en el ámbito de la Ciudad de Santa Rosa, conforme el artículo 35 de la Ordenanza 4226/2010.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Sabemos que existe una Ordenanza -en los Fundamentos del Proyecto se ha mencionado- que es la 4.226/10, que faculta al Departamento Ejecutivo a proceder al sorteo de licencias con vehículos que tengan las cualidades técnicas para poder trasladar personas con movilidad reducida. Actualmente, en la ciudad de Santa Rosa no existen vehículos con estas características. Y sabemos de la dificultad que les genera a aquellas personas que tienen algún problema para desplazarse, tomar un taxi en nuestra ciudad, porque no están preparados técnicamente; no tienen aptitud para poder trasladarlos. Lo que estamos pidiendo, es que se le dé cumplimiento a esta Ordenanza. Sabemos que es dificultosa su aplicación. Nos hemos reunido con los propietarios de taxis, y nos manifiestan el costo que tiene. Pero creo que corresponde que el Departamento Ejecutivo tome cartas en el asunto, y proceda en el menor tiempo posible a convocar al sorteo y la adjudicación de licencias para vehículos con estas aptitudes. Pido a los demás Concejales que me acompañen en este proyecto, para que el Departamento Ejecutivo -en el tiempo que considere oportuno, solicitamos que sea en el tiempo más breve posible- proceda a poner en funcionamiento vehículos en estas condiciones, para que las personas que tienen algún tipo de imposibilidad para desplazarse puedan tener una ciudad inclusiva donde no se sientan discriminados por este medio de transporte. Gracias, señor Presidente.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
ORDEN DEL DÍA.-
- Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle BENITO QUINQUELA MARTIN. Exptes Nº 194-1/2012 (HCD) y 6586/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle BENITO QUINQUELA MARTIN, vereda Este, desde punto de empalme hacia Nicasio Callaqueo, 60 metros, frente a parcelas 9 y 10. conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 6586/2012/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PARANA. Expte Nº 196-1/2012 (HCD) y 2209/2012/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle PARANA, vereda Norte, desde punto de empalme hacia calle La Rioja, 10 metros, frente a parcela 16. conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 2209/2012/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.- 3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle LOPE DE VEGA. Expte Nº 199-1/2012 (HCD) y 2650/2012/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle LOPE DE VEGA, entre Luis Alberto Ferrando y Santiago Manuel Alvarez, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 2650/2012/1-1 (DE).-Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente.-Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JULIO NERY RUBIO. Expte Nº 200-1/2012 (HCD) y 2212/2012/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle JULIO NERY RUBIO, vereda Este, desde punto de empalme hacia calle Liberato Rosas, 37 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 2212/2012/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO. Expte Nº 198-1/2012 (HCD) y 2586/2012/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO, vereda Suroeste, desde punto de empalme hacia calle Victorica, 16 metros, frente a parcela 6, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 2586/2012/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle UTRACÁN. Expte Nº197-1/2012 (HCD) y 3029/2012/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle UTRACAN, vereda Noreste, desde punto de empalme hacia calle Mariano Pascual, y MARIANO PASCUAL, vereda Noroeste, desde Utracán hacia Eduardo Castex, incluye cruce por Mariano Pascual, 70 metros, frente a parcelas 17 y 18, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 3029/2012/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L. corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92 al consorcio formado por vecinos de calle DOMINGO GENTILE, y se declara de Interés General y Utilidad Pública y autoriza la Obra de Gas Natural en dicha calle. Exptes Nº 195-1/2012 (HCD) y 378/2012/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA; “Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al Consorcio formado por los vecinos de calle DOMINGO GENTILI, vereda Norte, entre Ramona Pereyra y Jorge Selva, y JORGE SELVA, vereda Oeste, desde Domingo Gentili hacia Juan Ozino Caligaris frente a parcelas 3 y 2, total 115 metros, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 378/2012/1-1 (DE).-Artículo 2º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural, prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa B.K. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa B.K. Construcciones, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.-(Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se adhiere a los términos del Decreto Nº 966/05 del Poder Ejecutivo Nacional denominado “Régimen Nacional de Iniciativa Privada”. Expte Nº175-1/2012 (HCD).Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Adherir a los términos del Decreto Nº 966/05 del Poder Ejecutivo Nacional denominado “Régimen Nacional de Iniciativa Privada”. Artículo 2º: La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Desarrollo Local de la Municipalidad de Santa Rosa o dependencia que en el futuro la reemplace. Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá su reglamentación en el plazo de ciento ochenta (180) días a partir de su promulgación, para el caso de requerir normas complementarias y/o aclaratorias. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza. —
9) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se establece la prohibición de verter o disponer a las redes y colectores cloacales, conductos pluviales, sumideros, cursos de agua o el suelo los Aceites Vegetales Usados (AVU). Expte Nº 67-1/2012 (HCD). Por Secretaría se da lectura al Proyecto, en los términos que se transcriben a continuación.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “CAPITULO I. CONSIDERACIONES GENERALES. Artículo 1°- OBJETO: Regúlase el control, transporte y destino final de los aceites vegetales usados (AVU). Artículo 2°- DEFINICIONES: Defínanse los siguientes conceptos como parte integrante del proceso objeto de la siguiente ordenanza: a) GENERADORES: Son los establecimientos que generan y producen AVU tales como: comedores, restaurante, confiterías, bares, rotiserías, empresas de catering y todo establecimiento público o privado donde se elaboran alimentos con fritura. Quedan excluidos de esta definición los generadores domésticos. b) TRANSPORTISTAS: Se consideran transportistas a los efectos de la presente, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que realizan la recolección y transporte de AVU para su posterior almacenamiento transitorio, tratamiento, transformación y disposición final. c) OPERADORES: Se consideran operadores, a los efectos de la presente ordenanza, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que utilicen métodos, tecnologías, sistemas o procesos certificados y autorizados por la autoridad de aplicación para efectuar actividades de reciclaje, tratamiento y disposición final de los AVU.- Artículo 3°: AUTORIDAD DE APLICACION: Es la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas y la Dirección de Agua y Saneamiento o quien las reemplace en el futuro. La autoridad de aplicación tiene la potestad de fiscalizar el cumplimiento de la presente ordenanza. CAPITULO II DEL REGISTRO. CREACION. Articulo 4°- Créase el “REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS GENERADORES, TRANSPORTISTAS Y OPERADORES DE ACEITE VEGETAL USADO”, que estará a cargo de la Autoridad de Aplicación. OBLIGATORIEDAD. Artículo 5°- La inscripción en el registro creado por el artículo precedente es de carácter obligatorio y renovable anualmente para los generadores, transportistas y operadores. CAPITULO III: DEL ALMACENAMIENTO, LA RECOLECCION Y TRANSPORTE. ALMACENAMIENTO: Artículo 6°- Los generadores pueden acopiar AVU hasta el volumen máximo que determine la reglamentación de la presente, en lugares donde no constituyan peligro para la contaminación del medio ambiente. RECOLECCION: Artículo 7°- Los AVU solo pueden ser recolectados por los transportistas inscriptos en el Registro creado en el artículo 4° de la presente. TRANSPORTE. Artículo 8°- Los transportistas al momento de recolectar los AVU, deben obligatoriamente emitir un remito para el generador donde conste fecha, hora y cantidad de litros recolectados para el control ulterior de la autoridad de aplicación. CAPITULO IV. DE LAS PROHIBICIONES. Artículo 9°- Se prohíbe el vertido de AVU puro o mezclado con otros líquidos y los componentes sólidos que pueden estar presentes, mezclados o separados, con destino directo o indirecto a redes y colectores cloacales, conductos pluviales, sumideros, cursos de agua, vía publica o suelo como así también la entrega a un operador o transportista no registrado en los términos de la presente ordenanza. CAPITULO V. DE LAS SANCIONES. Artículo 10°- Se establecen como sanciones: a) Apercibimiento: La primera vez que se detecte el incumplimiento a la presente. b) Multa de 200 a 1000 UF ante casos de reincidencia o falta de regularización en el plazo que determine la autoridad de aplicación. Artículo 11°- Incorpórese en el artículo 94 del ANEXO I de la Ordenanza Tarifaria vigente, en el Cap. 18 art. 002 par. 49, el siguiente texto: “Serán sancionados con multa de 200 a 1000 UF las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que sean reincidentes en la comisión de alguna de las siguientes infracciones: 1) 18 002 49a Utilicen, transporten, almacenen y/o entreguen Aceites Vegetales Usados (AVU) puros o mezclados, para ser aplicados en alimentos o en la producción de alimentos en cualquiera de sus formas o como insumo para la producción de sustancias alimenticias.”.- 2)18 002 49b Incineren y/o viertan AVU puros o mezclados con otros líquidos, o sus componentes sólidos presente, mezclados o separados, con destino directo o indirecto a redes y colectores cloacales, conductos pluviales, sumideros, cursos de agua, vía pública o suelo.- 3) 18 002 49c Almacenen AVU en condiciones que no sean las especificadas en la reglamentación. 4) 18 002 49d Almacenen un volumen de AVU mayor al establecido en la reglamentación. 5) 18 002 49e Transporten AVU y entreguen los mismos a un operador no registrado.- Operen con AVU y no se encuentren inscriptos en el “REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS. GENERADORES, TRANSPORTISTAS Y OPERADORES DE ACEITE VEGETAL USADO”. Artículo 12°- La autoridad de aplicación de la presente ordenanza reglamentará la misma en el término de noventa días después de su promulgación. Artículo 13°- De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias. Es simplemente para establecer una corrección. Entendemos que en el orden de tipeo, se ha pasado. Acá en los incisos del artículo 11, el último párrafo correspondería realmente al inciso “6). 18 002 49f ” y luego le seguiría el texto tal y como está. Lo demás está perfecto.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Por supuesto, vamos a acompañar el despacho, con dos o tres salvedades. Parecería que por ahí se ha deslizado alguna cuestión en el capítulo de las Prohibiciones. Esto lo traemos al Recinto, porque recién lo acabamos de percibir. No está prohibida la incineración, pero sí está sancionada. En el texto que nosotros habíamos propuesto como borrador, o se ha borrado en el Artículo 9 la prohibición sin borrar la sanción, o…-
CONCEJALA CABREROS. Sí, sí…-
CONCEJAL DI LISCIA: Es como que hay una incoherencia. En ese caso, yo quería recordar que hay una Ordenanza contra la incineración, y en particular suelen utilizarse como combustibles cuando no se reciclan de la forma adecuada. Por supuesto que es muy importante que no se dirijan estos aceites al sistema cloacal, porque alteran el proceso biológico final que se realiza en las piletas de tratamiento. Pero habría que salvar esa pequeña observación. Y por otro lado, me parece que estamos… Yo, por eso, quería destacar que por supuesto todos lo apoyamos a este Proyecto, y hemos participado de alguna manera en él. Hoy también se ha incorporado el Proyecto III.5, también vinculado a la cuestión ambiental y a cómo deshacerse de un residuo, o de la basura. Yo quería recordar que en la Comisión de Ambiente tenemos sin tratamiento, hace dos meses, un Proyecto Integral que permitiría crear una Comisión Técnica que vaya abordando sucesivamente todas estas cuestiones; que me parece muy importante que ya se hace camino con esta Ordenanza y con otras parecidas, pero si no vamos a tener que sacar una ordenanza para cada material y para cada tipo de producto y subproducto. Por eso es que en la Ordenanza de Tratamiento Integral, Reciclado y Reuso, estaba contemplada la creación institucional de una Comisión Técnica a nivel del Municipio, para ir abordando toda esta problemática y darle una continuidad, y que no sea necesario que para cada material… Digo, para los aceites minerales, para los cartuchos de tonner, para los residuos de las tinturas, para los distintos tipos de metales, para distintos tipos de residuos de tipo electrónico, plásticos -y así podríamos seguir-, materiales de construcción, habría que dictar una ordenanza para cada cosa, de cómo transportarlo, de cómo guardarlo y cómo reciclarlo. Entonces, me parece importante hacer camino con estas ordenanzas, pero abordar integralmente en Comisión -por supuesto, en coordinación con el Ejecutivo- la cuestión del procesamiento de la basura en forma integral. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Este tema que aborda aquí el Concejal Di Liscia, en realidad ha sido considerado en la Comisión respectiva. Le hemos explicado a la gente de la Comisión, que esta Administración tiene un Proyecto Global de Tratamiento de los Residuos. En ese Proyecto, están considerados todos y cada uno de los pasos que se deben dar para el tratamiento de los mismos. Ellos señalaban “las tres R”. Esta gestión, no sólo en”las tres R”, sino avanza sobre la idea del “compost”, es decir de trabajar sobre los barros de los piletones, los barros que se encuentran en las rejillas y demás espacios donde se retienen. Es decir, que hay -vuelvo a repetir- un Proyecto que está en funcionamiento, que está en plena vigencia, que abarca el tratamiento integral de los residuos urbanos. También, fuerza es reconocer que no todo lo que haya que realizar para llevar adelante este Proyecto, necesitará sí o sí de la ordenanza respectiva. Yo soy amante -ya lo saben todos, creo- de la Historia. Y había un grande, que ya lo he nombrado en este Recinto y lo voy a volver a nombrar hoy, que era nada menos que Rousseau, que decía que la función del legislador, en realidad, era hacer muy pocas leyes. Había que hacer solamente aquellas leyes que fueran imprescindibles, que la sociedad las hiciera suyas porque respondían a una necesidad real de la población, y que la población iba a ser el custodio de que esas leyes existieran. Además, agregaba que la Ley debía redactarse con “L” mayúscula, atendiendo a que la “L” mayúscula, daba como resultado una Ley que tenía absoluta razonabilidad y absoluta razón de ser. Era esta Ley a la que hacía referencia, que podríamos hablar hoy con “O” mayúscula, porque estamos hablando de Ordenanzas. Y Rousseau agregaba que…, me va a dejar decir que decía con “o” minúscula, aquella ordenanza que en realidad se hace “pour la galerie”; es decir, que no la necesitamos específicamente, más que para hacer una sumatoria de ordenanzas. Y también remataba Rousseau, que el destino del legislador era: si era con letra mayúscula, reinar con la Ley -en este caso, sería la Ordenanza-; y si era con “o” minúscula, perecer con ella. El Bloque del PJ, está abocado a la tarea de ver si podemos reinar, con nuestra Ordenanza. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente. No es con ánimo de polemizar. Justamente, lo que estábamos diciendo, sin leer a Rousseau, es que no es necesaria una ordenanza para cada material. Digamos, al entrar a la Municipalidad uno mira en el contenedor municipal, y hay en este momento un monitor, yerba, papel -no hay cáscaras-, pero esos tres materiales están todos mezclados. En este momento están, si no pasó Víctor, que es el que recoge el papel. Digo, lo que estamos diciendo es justamente eso: dar a Santa Rosa, entre todos los Concejales, que veo que estamos todos dispuestos a trabajar en la cuestión ambiental, una norma suficientemente amplia y con el elemento técnico incorporado que vaya adaptándose a cada material, para dictar por Resolución el tipo de proceso y el tipo de destino final si lo hay, para cada material y cada objeto dentro de la ciudad. Así que es nada más que ese aporte, para avanzar en el sentido de una norma integral, porque si no -repito- vamos a tener sucesivas sesiones donde vamos a ir sancionando ordenanzas para los distintos materiales y los distintos objetos. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Sí. Era para comentar que la incineración que señala Di Liscia, debe no estar considerada en ninguno de los dos puntos. Debe suprimirse de los dos la incineración.-
PRESIDENCIA: Bien, señores Concejales. Aclarados estos puntos, pongo en consideración del Honorable Concejo este Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular con las modificaciones propuestas para el Artículo11 respecto a la eliminación, en el inciso 2º, de la frase “Incineren y/o…”; como así también a la caracterización como inciso”6). 18 002 49f”, a partir desde donde dice: “Operen con AVU…” y hasta la finalización del Artículo 11. El Proyecto queda, de este modo, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se asignan nombres a distintas calles del Barrio Gral Juan Manuel de Rosas, de acuerdo a los Anexos I, II y III adjuntos en el presente. Expte Nº 126/-1/2012 y 11/84 X y XI Cuerpo (HCD). Por Secretaría se inicia la lectura del Proyecto.-
PRESIDENCIA: Por favor, señor Concejal. Estamos, por Secretaría, leyendo, y no podemos hablar (dirigiéndose al Concejal Cuelle)… Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Tengo alguna duda y estoy tratando de salvarla, porque en realidad si eliminamos la palabra “incineración”, quiere decir que se puede incinerar aceite vegetal en la Ciudad de Santa Rosa. Por eso estoy haciendo esa consulta. En el momento en que la tengo que hacer…, o pedimos un cuarto intermedio para poder hacerla o le hago la consulta en algún momento al Concejal, para poder salvar la duda. —
PRESIDENCIA: Claro. Lo que no me parece oportuno, es aclarar esa duda mientras se está leyendo por Secretaría un proyecto. Si usted pide, se le concede. No hay ningún problema. ¿Usted quiere un momento ahora?… Se lo concedemos.-
CONCEJAL CUELLE: Sí. Pido un cuarto intermedio, señor Presidente, para poder tratar el tema.-
PRESIDENCIA: Bien. Está en consideración del Honorable Concejo, un cuarto intermedio pedido por el Concejal. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… Aprobado por unanimidad. Tenemos un cuarto intermedio de cinco minutos.-
Conforme la moción aprobada el Cuerpo pasa a un breve cuarto intermedio a los fines propuestos, cumplimentados los cuales se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: A las diecinueve y cuarenta, damos por terminado el cuarto intermedio y reanudada la Sesión. Por Secretaría, entonces, se va a dar lectura… Tiene la palabra la Concejal Cabreros. —
CONCEJAL CABREROS: Bueno. Transcurrido el cuarto intermedio y habiendo dialogado con la gente de la oposición, hemos llegado a la conclusión de que a “incinerar” lo retiramos. No va en ninguno de los dos puntos.-
SECRETARÍA: Queda, entonces, como está votado.-
PRESIDENCIA: Perfecto. Vamos a comenzar nuevamente con la lectura del punto 10.-
10) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se asignan nombres a distintas calles del Barrio Gral. Juan Manuel de Rosas, de acuerdo a los Anexos I, II y III adjuntos en el presente. Expte Nº 126/-1/2012 y 11/84 X y XI Cuerpo (HCD). Por Secretaría se da lectura al Proyecto.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º Desígnase con el nombre de “Padre Ricardo Ermesino” a la primera calle paralela hacia el norte de calle San José del Ejido 047-Circunscripción II-Radio M, en toda su extensión, conforme plano adjunto, que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnase con el nombre “San Francisco de Asis” a la segunda calle paralela hacia el norte de calle San José del Ejido 047-Circunscripción II-Radio M, en toda su extensión, conforme plano adjunto, que como Anexo I forma parte integrante de la presente. Artículo 3º.- Desígnase con el nombre “Cruz Roja Argentina” al primer pasaje paralelo a calle Blanco Encalada Sur del Ejido 047-Circunscripción II-Radio B, en toda su extensión, conforme plano adjunto, que como Anexo II forma parte integrante de la presente. Artículo 4º.- Desígnase con el nombre “Paloma Mensajera” al segundo pasaje paralelo a calle Blanco Encalada Sur del Ejido 047-Circunscripción II-Radio B, en toda su extensión, conforme plano adjunto, que como Anexo II forma parte integrante de la presente. Artículo 5º.- Desígnase con el nombre “Pedro Simón” al espacio verde ubicado entre las calles Violeta Parra, Fernando Domínguez, Ignacia Cayupán y Sin nombre cuya nomenclatura catastral es Ejido 047-Circunscripción III-Radio G-Manz. 50, conforme al plano que como Anexo III se adjunta a la presente.- Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo procederá a la señalización correspondiente en un plazo de treinta (30) días.- Artículo 7º.- Comuníquese al S.I.G. -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Si bien hemos dado lectura a la designación -o nominación- de varias calles, yo quisiera detenerme en la persona de Pedro Simón, con cuyo nombre hemos designado el espacio verde de “El Faro”. El señor Pedro Norberto SIMON fue propietario de la chacra 149, Lote 19, Fracción D, Sección II, donde actualmente se creó el Barrio “El Faro”. Desde el año 1925 hasta el año 1979, en que falleció, vivió en esa zona y fue heredado por sus ocho hijos. Trabajó como tambero, y fue uno de los primeros lecheros de Santa Rosa, reconocido y recordado por los vecinos de la época. En la década del ’30, con la crisis por la sequía y la dificultad de mantener a su familia con el rendimiento de la chacra, salió a buscar una alternativa laboral y consiguió trabajo en el Hospital. En 1949 se inicia como podador, pero rápidamente se reconoce su capacidad intelectual, su preparación -era un hombre instruido, un gran lector- y lo nombran enfermero. En realidad, en ese tiempo estamos hablando de “idóneos”, y nada menos que en el Pabellón de Epidemiología, un sector de Infecciosos, en una época seguramente muy difícil. Tengamos en cuenta que realmente había que ser valiente para trabajar allí, porque los antibióticos eran muy escasos y teníamos el grave azote de la tuberculosis. Evidentemente, este hombre ha sido un hombre muy destacado. Pero como no era poco estar en Epidemiología, tan pronto se crea el Servicio de de Neuropsiquiatría es el primer enfermero de Neuropsiquiatría. Es decir, que estamos frente a una persona sumamente destacable. Fue Jefe del Área de Neuropsiquiatría y fue el abanderado en varios desfiles de la época. Cuando el Hospital Lucio Molas cumplió 60 años, en abril de 1998, se colocó una placa que perpetúa su memoria. Y hoy, creo que en este Recinto se hace justicia a que un espacio donde él vivió y donde crió a su familia, como su hija aquí presente lo dice, “su lugar” lleve su nombre. Muchas gracias.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Rectifica la Resolución Nº 14/2012 (DE), dictada Ad-Referéndum del HCD, referida al Organigrama de la Municipalidad de Santa Rosa L.P. Expte Nº 175/1991 (HCD) y 7080/2011/1-1 (DE). Conforme lo acordado en reunión de la Comisión de Labor Parlamentaria, por Secretaría se da lectura únicamente al Artículo 1º del Proyecto.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: RECTIFICASE la Resolución N° 14/2012 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad-Referendum” del Honorable Concejo Deliberante, la que quedará redactada de la siguiente manera:”ARTICULO 1°: El despacho de los negocios de la Municipalidad de Santa Rosa estará a cargo de las siguientes Secretarías: I. De Gobierno y Desarrollo Social. II. De Hacienda y Abastecimiento. III. De Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano. IV. De Desarrollo Local. V. De Cultura y Derechos Sociales.-ARTICULO 2º.- El Intendente será asistido en sus funciones por los Secretarios en forma individual, de acuerdo con las responsabilidades que esta ordenanza les asigna como competencia, teniendo en consideración lo siguiente: a) Los Secretarios refrendarán con su firma los actos del Intendente en los temas de su competencia. Aquellos que competan a la Dirección General de Administración, serán refrendados por el Secretario de Gobierno y Desarrollo Social. b) En caso de duda o cuando se planteare cuestiones de competencia entre los Secretarios la situación será resuelta por el Intendente, quien determinará la Secretaría que tendrá a su cargo la consideración del asunto. c) Los asuntos originados en una Secretaría pero que tenga relación con las funciones especificas atribuidas por esta ordenanza a otra, son de competencia de esta última. d) Los asuntos que por su naturaleza tengan que ser atribuidos y resueltos por dos o más Secretarias, serán refrendados con la firma de todos los Secretarios que intervengan en ello. e) En caso de licencia, impedimento, ausencia o vacancia en el cargo de alguno de los Secretarios, estos serán sustituidos automáticamente por el siguiente en el orden establecido en el artículo 1º de esta Ordenanza. f) Los secretarios representarán a la Municipalidad en la celebración de los contratos que autorice el Intendente. g) Los trámites, mensajes y proyectos de Ordenanzas que el Intendente presente al Honorable Concejo Deliberante serán suscriptos por los Secretarios de acuerdo a su competencia. h) Proyectarán el contenido de las resoluciones del Intendente, así como las instrucciones y reglamentos que este debe expedir para facilitar y asegurar el cumplimiento de las Ordenanzas. ARTICULO 3º.- Compete al Secretario de Gobierno y Desarrollo Social asistir al Intendente en todo lo inherente al gobierno político, seguridad, preservación de la tranquilidad y orden público, relaciones públicas, políticas y sociales, como así también lo relativo a acción social, salud, educación, vivienda, cobertura de riesgo, protección a la familia, de las personas con discapacidad, la mujer, ancianidad, minoridad, juventud, la cultura, deportes, turismo y demás manifestaciones comunitarias que requieran el esfuerzo, la asistencia y protección del municipio. ARTÍCULO 4º.-: Compete al Secretario de Hacienda y Abastecimiento asistir al Intendente en todo lo inherente a la orientación, coordinación y concentración de las tareas y datos relativos a la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Municipalidad. Le corresponde entender en la elaboración, modificación y ejecución de presupuesto de gastos y cálculo de recursos, cuenta de inversión, política tributaria, percepción y distribución de las rentas municipales; en lo relativo al patrimonio, al crédito, la deuda, contrataciones y suministros; personal municipal; organización y métodos. ARTICULO 5º.- Compete al Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano asistir al Intendente en la orientación, regulación, planificación, dirección, ejecución y control de planes, programas y actividades relacionadas con las obras públicas y privadas, la prestación de servicios públicos, el catastro municipal, el tránsito y todo lo atinente al ordenamiento y control del desarrollo armónico e integral de la ciudad. ARTICULO 6º.- Compete al Secretario de Desarrollo Local fomentar, apoyar y promover el desarrollo de los diferentes sectores que conforman la economía local. Fomentar y promover las acciones que tengan por fin impulsar el turismo en la ciudad. Promover y asistir a la micro, pequeña y mediana empresa productiva y/o de servicios. Propiciar la creación de empresas juveniles. Promover el desarrollo de la economía social sustitutiva de importaciones extraterritoriales de productos destinados a la alimentación de la población. Asistir al intendente en lo relativo a la habilitación y control de las actividades comerciales, industriales y de servicios, saneamiento ambiental y bromatológico en general. Fortalecer la oficina de empleo municipal, integrante de la red de servicios de empleo (MTEySS).ARTICULO 7º.- De la Secretaría de Hacienda y Abastecimiento dependerán la Contaduría General y la Tesorería General: 1.- La Contaduría General funcionará bajo la dirección del Contador General, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado legalmente por el funcionario o agente que determine la reglamentación. Dicho funcionario o agente podrá compartir con el Contador General la atención del despacho diario, la suscripción de las órdenes de pago, cheques u otras libranzas bancarias, como asimismo la Dirección Administrativa de la Contaduría General de acuerdo con la reglamentación interna, sin que esto signifique subrogar al Contador General en las atribuciones específicas que esta Ordenanza le acuerda. Corresponderá a la Contaduría General: a) Registrar las operaciones económico-financieras de la administración municipal, llevando la contabilidad de la ejecución del presupuesto, de movimientos de fondos y valores, gestión del patrimonio y responsables. b) Ejercer el control interno de la hacienda municipal. c) Asesorar al Departamento Ejecutivo en la materia de su competencia. d) Preparar la cuenta general del ejercicio. e) Intervenir las entradas y salidas del Tesoro y arquear sus existencias. f) Intervenir en la emisión y distribución de los valores fiscales. g) Intervenir en la elaboración del anteproyecto de Ordenanza Tarifaria y Cálculo de Recursos y Presupuestos de Erogaciones anual del Municipio. h) Liquidar y ordenar el pago contra el Tesorero de las erogaciones aprobadas por autoridad competente .i) Ejercer todas las demás funciones que se le adjudiquen por vía reglamentaria.2.- La Tesorería General funcionará bajo la Dirección del Tesorero General, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado legalmente por el funcionario o agente que determine la reglamentación. Dicho funcionario o agente podrá compartir con el Tesorero General la atención del despacho diario, la suscripción de las órdenes de pago, cheques u otra libranzas bancarias, como asimismo la dirección administrativa de la Tesorería General de acuerdo con la reglamentación interna, sin que esto signifique subrogar al Tesorero General en las atribuciones especificas que esta Ordenanza le acuerda.-Corresponderá al Tesorero General: a) Centralizar el movimiento de la recaudación de los recursos generales del Municipio. b) Cumplir los ordenamientos de pago emitidos por la Contaduría General. c) Custodiar los títulos y valores de propiedad del Estado y terceros que se pongan a su cargo. d) Ejercer todas las demás funciones que se le adjudiquen por vía reglamentaria. ARTICULO 8º.- Compete al Secretario de Cultura y Derechos Sociales asistir al Intendente en todo lo concerniente a la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, planes y programas para la promoción de todas las expresiones artísticas con el fin de generar que las diferentes temáticas tengan su espacio de manifestación dentro del ámbito municipal. Asimismo deberá asistir al Intendente en el diseño y ejecución de políticas, planes y programas tendientes a promocionar y difundir los derechos sociales y de inclusión en el espacio público local utilizando diversas estrategias y herramientas comunicacionales que hacen centro en temáticas como discriminación, violencia, problemáticas de género, diversidades, derechos de los niños y niñas. Asimismo, deberá coordinar su accionar con el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). ARTICULO 9º.- Autorizar al Intendente a establecer las unidades de organización que secundaran a las contempladas por la presente Ordenanza y reglamentar las misiones y funciones de las mismas. El Departamento Ejecutivo realizará las reestructuras presupuestarias necesarias a los fines de la aplicación de la presente. Asimismo se autoriza al Intendente a disponer la creación de los cargos necesarios que demande el funcionamiento del presente organigrama. ARTICULO 10º: Derógase la Ordenanza 4541/11.-” Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Este Proyecto que hoy tiene despacho de Mayoría, es el mismo que se intentó votar al principio del mandato de la actual gestión, y por algunas consideraciones que hicimos en su momento respecto a la redacción, volvió a Comisión. Y entendemos, y agradecemos, que hayan tenido la buena voluntad de tomar algunas de las consideraciones que proponíamos en aquel momento; no todas, pero tomaron algunas consideraciones, y por ello no es una ratificación sino una rectificación de la Resolución ad-referéndum que enviara oportunamente el señor Intendente. En esta oportunidad, a este Proyecto -que va a tener una duración de escasos minutos, porque va a ser derogado por el Proyecto que vamos a votar seguidamente- no lo vamos a acompañar desde el Bloque del Frepam, en virtud de que a fines del año 2011 el Bloque oficialista votó un Presupuesto para el año 2012 -creo que fue el 28 de diciembre-, en el cual contemplaba el curso de las Erogaciones y Recursos para el Municipio para el presente año hasta que llegó el nuevo Presupuesto. Sin embargo, quedaron atados a la cantidad de cargos que preveía el Presupuesto 2011. Y en el Artículo 9º de este Proyecto de Organigrama que vamos a rechazar, justamente le da al Intendente la discrecionalidad de crear cargos para poder justamente cubrir las Unidades de Organización; es decir, las Secretarías. El problema que se suscita, es que la cantidad de cargos creados en Directores y Sub-Directores, ha superado la cantidad de cargos que estaban presupuestados por el Presupuesto 2011, que fue votado en diciembre del mismo año. Por ese motivo, es que es imposible para este Bloque poder votar este Organigrama que -vuelvo a insistir- va a tener una duración de escasos minutos. Y -digo- se sustenta justamente en aquellas Sub-Direcciones o Direcciones que han tenido una autoridad a cargo, que no estaba contemplada dentro de la cantidad de cargos creados por el Presupuesto. Para que se entienda mejor, si el Presupuesto preveía 50 cargos, se nombraron Directores por 55 cargos. Y eso se nota justamente en este Presupuesto que se votó hace algunos días, en el cual justamente se crean nuevos cargos para poder llevar adelante -como dice la Ordenanza- los negocios de la Municipalidad. Por tal motivo, adelantamos el rechazo a este Proyecto por parte del Bloque del Frepam.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Sabíamos que no iban a acompañar. De todas maneras, es lógico que así sea. Sin perjuicio de ello, lo que quiero es hacer una salvedad. No es que va a tener una duración de escasos minutos. En realidad, lo que estamos votando es una Resolución ad-referéndum, que ha tenido vigencia. Lo que corresponde, es que el Concejo apruebe y convalide esa Resolución, que fue la dictada en un momento en que el Concejo estaba de receso. Entonces, no es que hoy se designan estas Secretarías y en escasos minutos, cuando aprobemos el nuevo Organigrama, quedan sin efecto. Estos Secretarios, están trabajando desde que asumió la nueva gestión. Y con respecto al otro tema, están las posibilidades de las reestructuras presupuestarias. Consideramos que con eso estaría cubierta esa observación que hace el Concejal Cuelle. De todas maneras, es simplemente para hacer esa salvedad: que no es que dura escasos minutos, sino que éste fue el Organigrama con el cual juraron los funcionarios que se desempeñan en el Municipio -los distintos Secretarios-, más allá de que posteriormente se ponga a votación el Organigrama con la creación de las nuevas Secretarías. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para dejar sentado que es válido lo de las reestructuras presupuestarias, pero se refiere al traslado de montos de unas partidas a otras pero no a la cantidad de cargos que fueron establecidos en el Presupuesto. Ese es el límite: la cantidad de cargos que autoriza el Concejo Deliberante. Nada más, señor Presidente.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por mayoría en general y en particular con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada, votando en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-12) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se adecua la estructura Orgánica de la Municipalidad de Santa Rosa. Expte Nº 175/1991(HCD) y 7080/2011/1-1 (DE). Conforme lo acordado por la Comisión de Labor Parlamentaria, por Secretaría se da lectura al Artículo 1º del Proyecto.-
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: El Despacho de los negocios de la Municipalidad de Santa Rosa estará a cargo de las siguientes Secretarías: I. De Gobierno y Relaciones Institucionales. II. De Hacienda y Abastecimiento. III. De Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano. IV. De Desarrollo Local. V. De Cultura, Educación y Gestión Cultural. VI. De Desarrollo Social. Artículo 2º: El Intendente será asistido en sus funciones por los Secretarios en forma individual, de acuerdo con las responsabilidades que esta ordenanza les asigna como competencia, teniendo en consideración lo siguiente: a) Los Secretarios refrendarán con su firma los actos del intendente en los temas de su competencia. Aquellos que competan a la Dirección General de Administración, Dirección General de Asuntos Jurídicos y Dirección de Prensa, Difusión y Ceremonial, serán refrendados por el Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales. b) En caso de duda o cuando se planteare cuestiones de competencia entre los Secretarios la situación será resuelta por el Intendente, quien determinará la Secretaría que tendrá a su cargo la consideración del asunto. c) Los asuntos originados en una Secretaría pero que tenga relación con las funciones especificas atribuidas por esta ordenanza a otra, son de competencia de esta última. d) Los asuntos que por su naturaleza tengan que ser atribuidos y resueltos por dos o más Secretarías, serán refrendados con la firma de todos los Secretarios que intervengan en ello. e) En caso de licencia, impedimento, ausencia o vacancia en el cargo de alguno de los Secretarios, estos serán sustituidos automáticamente por el siguiente en el orden establecido en el artículo 1º de esta ordenanza. f) Los Secretarios representarán a la Municipalidad en la celebración de los contratos que autorice el Intendente. g) Los trámites, mensajes y proyectos de ordenanzas que el Intendente presente al Honorable Concejo Deliberante serán suscriptos por los Secretarios de acuerdo a su competencia. h) Proyectarán el contenido de las resoluciones del Intendente, así como las instrucciones y Institucionales asistir al intendente en todo lo inherente al gobierno político, seguridad, preservación de la tranquilidad y orden público, relaciones públicas, políticas y sociales, como así también lo relativo al fortalecimiento de las relaciones Institucionales del Municipio con Instituciones, Organismos Oficiales y de Gobierno, tanto local, provincial, nacional e internacional. Dentro de la Secretaria corresponde ejecutar los programas de deporte social en grupos, de niños, de jóvenes y de adultos mayores, fomentar y organizar actividades deportivas tendientes a completar la formación integral del ser humano. Dentro de la Secretaria compete el área de juventud generar un espacio en el que se puedan delinear políticas que fortalezcan cada uno de estos atributos, realcen los valores principales y brinden las herramientas precisas que permitan el desarrollo personal y colectivo de los jóvenes de Santa Rosa. Generar un espacio que permita a los jóvenes acudir por sus más variadas necesidades y lograr un sitio de contención donde puedan ser escuchadas las inquietudes de los jóvenes para actuar en consecuencia, utilizando el debate y la reflexión como herramienta para analizar y comprender las realidades. En ese ámbito se deben organizar actividades que alienten la solidaridad y el trabajo comunitario, formando un sentido de pertenencia que radique en la participación, estimulando la interacción con otros jóvenes y el intercambio de ideas que logren un desarrollo armónico y satisfactorio, asimismo corresponde la creación de programas aplicados de manera continua en los diversos barrios, para que de manera formal e institucional se atiendan las demandas juveniles, siempre teniendo como eje principal y meta a lograr la superación permanente de los jóvenes. Artículo 4º: Compete al Secretario de Hacienda y Abastecimiento asistir al Intendente en todo lo inherente a la orientación, coordinación y concentración de las tareas y datos relativos a la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Municipalidad. Le corresponde entender en la elaboración, modificación y ejecución de presupuesto de gastos y cálculo de recursos, cuenta de inversión, política tributaria, percepción y distribución de las rentas municipales; en lo relativo al patrimonio, al crédito, la deuda, contrataciones y suministros; personal municipal; organización y métodos. De la Secretaria de Hacienda y Abastecimiento dependerán la Contaduría General y la Tesorería General: 1.-La Contaduría General funcionara bajo la dirección del Contador General, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado legalmente por el funcionario o agente que determine la reglamentación. Dicho funcionario o agente podrá compartir con el Contador General la atención del despacho diario, la suscripción de las órdenes de pago, cheques u otras libranzas bancarias, como así mismo la dirección administrativa de la Contaduría General de acuerdo con la reglamentación interna, sin que esto signifique subrogar al Contador General en las atribuciones especificas que esta ordenanza le acuerda. Corresponderá a la Contaduría General: a) Registrar las operaciones económico-financieras de la administración municipal, llevando la contabilidad de la ejecución del presupuesto, de movimientos de fondos y valores, gestión del patrimonio y responsables. b) Ejercer el control interno de la hacienda municipal. c) Asesorar al Departamento Ejecutivo en la materia de su competencia. d) Preparar la cuenta general del ejercicio. e) Intervenir las entradas y salidas del Tesoro y arquear sus existencias. f) Intervenir en la emisión y distribución de los valores fiscales. g) Intervenir en la elaboración del anteproyecto de ordenanza tarifaria y cálculo de recursos y presupuestos de erogaciones anuales del municipio. h) Liquidar y ordenar el pago contra el Tesoro de las erogaciones aprobadas por autoridad competente. i) Ejercer todas las demás funciones que se le adjudiquen por vía reglamentaria. 2.- La Tesorería General funcionara bajo la dirección del Tesorero General, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado legalmente por el funcionario o agente que determine la reglamentación. Dicho funcionario o agente podrá compartir con el Tesorero General la atención del despacho diario, la suscripción de las órdenes de pago, cheques u otras libranzas bancarias, como asimismo la dirección administrativa de la Tesorería General de acuerdo con la reglamentación interna, sin que esto signifique subrogar al Tesorero General en las atribuciones especificas que esta ordenanza le acuerda.- Corresponderá al Tesorero General: a) Centralizar el movimiento de la recaudación de los recursos general del municipio. b) Cumplir los ordenamientos de pago emitidos por la Contaduría General. c) Custodiar los títulos y valores de propiedad del Estado y terceros que pongan a su cargo. d) Ejercer todas las demás funciones que se le adjudiquen por vía reglamentaria. Artículo 5º: Compete al Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano asistir al Intendente en la orientación, regulación, planificación, dirección, ejecución y control de planes, programas y actividades relacionadas con las obras públicas y privadas, la prestación de servicios públicos, el catastro municipal, el tránsito y todo lo atinente al ordenamiento y control del desarrollo armónico e integral de la ciudad. Artículo 6º: Compete al Secretario de Desarrollo Local fomentar, apoyar y promover el desarrollo de los diferentes sectores que conforman la economía local. Fomentar y promover las acciones que tengan por fin impulsar el turismo en la ciudad. Promover y asistir a la micro, pequeña y mediana empresa productiva y/o de servicios. Propiciar la creación de empresas juveniles. Promover el desarrollo de la economía social sustitutiva de importaciones extraterritoriales de productos destinados a la alimentación de la población. Asistir al intendente en lo relativo a la habilitación y control de las actividades comerciales, industriales y de servicios; saneamiento ambiental y bromatológico en general. Fortalecer la oficina de empleo municipal, integrante de la red de servicios de empleo (MTEySS). Artículo 7º: Compete al Secretario de Cultura, Educación y Gestión Cultural asistir al Intendente en todo lo concerniente a la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, planes, programas y herramientas para la promoción de todas las actividades artísticas, culturales, audiovisuales y educativas, como también las herramientas comunicacionales para la reafirmación de la identidad pampeana. Dentro de estas competencias se incluye la preservación del patrimonio histórico y cultural de la ciudad, monumentos, museos, paseos y eventos culturales que sirvan a la revalorización de la ciudad y su historia. Artículo 8º:Compete al Secretario de Desarrollo Social asistir al Intendente en aspectos referidos a políticas sociales integrales basadas en, necesidades de mejoras habitacionales, de vivienda, atención a las personas con discapacidad, adultos mayores, políticas de genero, abandono escolar, niñez, adolescencia, salud y la atención a todas las familias en situación de contingencia social. Diseñará, coordinará y ejecutará planes, programas y proyectos que atienden a familias en situación de riesgo, previniendo los mismos mediante la implementación de estrategias de intervención social, promocionando acciones de atención directa o a través de capacitaciones, de redes de solidaridad, de difusión de campañas preventivas, comunicacionales y otras formas que permitan disminuir los riesgos. Coordinará acciones con instituciones sociales, organismos públicos y privados creando un espacio de concertación, de debate, que acompañen el desarrollo pleno de las políticas sociales municipales y el bienestar general de los ciudadanos. Artículo 9º: Dependerán en forma directa del Intendente Municipal: I. Dirección General de Administración: a la cual compete asistir al Intendente en el análisis e información de su despacho; llevar el registro oficial de ordenanzas y resoluciones; funcionamiento de la Mesa General de Entradas y Salidas y el registro de expedientes; el Archivo General del Municipio; elaboración y distribución del Boletín Oficial Municipal; y la comunicación de resoluciones, directivas y acciones emanadas del Intendente. Le corresponde además lo relativo a los Servicios Generales del edificio municipal. II. Dirección General de Asuntos Jurídicos: a la cual le compete asesorar al Intendente Municipal, Secretarios y demás funcionarios en la elaboración de normas y su interpretación. Brindar asesoramiento legal en todo asunto administrativo que se le remita para su dictamen. Instruir sumarios administrativos. Actuar como representante y apoderado de la Municipalidad en toda actuación judicial o extrajudicial en que se vea involucrado el interés municipal. III. Dirección de Prensa, Difusión y Ceremonial: comunicar y difundir normas, planes, servicios, ordenanzas, decisiones y actos municipales, a través de los medios de comunicación social. Archivar información de interés municipal, ejecutar la programación que apruebe el Intendente sobre publicidad municipal. Le corresponde el Ceremonial Municipal y organización de actos públicos. IV: Secretaria Privada: tendrá a su cargo organizar los pedidos de audiencia y la agenda de las actividades diarias del Intendente. Artículo 10º: Autorizarse al Señor Intendente Municipal a establecer las unidades de organización que secundarán a las contempladas por la presente ordenanza y reglamentar las misiones y funciones de las mismas. El Departamento Ejecutivo realizará las reestructuras presupuestarias necesarias a los fines de la aplicación de la presente. Asimismo se autoriza al Intendente a disponer la creación de los cargos necesarios, de acuerdo al presupuesto en vigencia, que demande el funcionamiento del presente organigrama. Artículo 11°: Derogase toda ordenanza que se oponga a lo dispuesto por la presente. Artículo 12°: Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. En realidad, es para explicar brevemente cómo es este Proyecto que remite el Poder Ejecutivo con el nuevo Organigrama. Hay una creación de una nueva Secretaría. En realidad, la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Social, que hasta el momento está funcionando, se transforma en la Secretaría de Gobierno y Relaciones Institucionales, y se crea la Secretaría de Desarrollo Social, en la cual se incluye la Dirección de Derechos Sociales, que anteriormente pertenecía a la Secretaría de Cultura, con lo cual entonces para este nuevo Organigrama queda definida la Secretaría de Gobierno y Relaciones Institucionales, la Secretaría de Desarrollo Social y la que hasta hoy es Secretaría de Cultura y Derechos Sociales pasa a denominarse Secretaría de Cultura, Educación y Gestión Cultural. Ahora, voy a referirme brevemente a lo que significa la creación de la Secretaría de Desarrollo Social, la cual surge de la necesidad de contar con un área que en forma específica y central se ocupe de la cuestión social en su conjunto, abordando la misma en forma integral y en los diferentes aspectos estructurales. El desafío es impulsar políticas sociales que incluyan a los vecinos como sujetos de derecho, teniendo en cuenta para ello el desarrollo integral de las familias, los jóvenes, los adultos mayores y los niños, dentro del entorno al cual pertenecen -es decir, a su barrio-, descentralizando en consecuencia estas políticas sociales y reconociendo el genuino escenario de participación y organización de la comunidad. Los ejes que sostienen estas políticas en áreas sociales, son principios básicos de inclusión, contención, desarrollo de capacidades, oportunidades e integración, que los vecinos esperan del modelo de gestión que eligieron. Estos ejes contenidos en el proyecto político, comprometen, identifican y estimulan a vincular al mismo con el Gobierno Nacional y Provincial, con el fin de promover y proporcionar acciones que atiendan y contengan situaciones de contingencia social y de vulnerabilidad. Es un propósito, con la creación de esta Secretaría, generar y fomentar con todos los actores sociales fuertes lazos, invitándolos a participar en un espacio creado para el debate, y el diseño de acciones que atiendan a la niñez, adolescencia, familia, adultos mayores y la mujer, que aún están marginados de la fuerte recuperación económica que experimentara el país desde el año 2003, permitiendo que esta verdadera revolución de inclusión social y economía, llegue a todas las familias santarroseñas. La complejidad de la realidad social y la búsqueda del bienestar social, llevará a actuar integradamente en la identificación de necesidades y problemas para la búsqueda de soluciones, la formulación de proyectos, incorporación de nuevas tecnologías, desarrollo de actividades productivas, con la participación de todos los actores sociales que buscan acuerdos para el desarrollo pleno de nuestra comunidad. La conformación de redes sociales incentiva la participación, creando un marco de confianza y contención ante las adversidades que una comunidad que arriesga, desafía, crece y se desarrolla, tiene que enfrentar. La creación de esta Secretaría tiene como misión mejorar la calidad de vida de la población, estableciendo un abordaje de intervención hacia los vecinos, los grupos, la comunidad, la diversidad, las capacidades diferentes, los conflictos de diferentes orígenes, incorporando a la mujer como eje central de análisis y protagonismo. Es necesaria, entonces, la redefinición de roles y funciones efectivamente cumplidas por el Estado Nacional o Provincial, evitando de ese modo la duplicidad funcional y de recursos. Incorporamos, entonces, con esta Secretaría, el concepto de democracia de base municipal y federalismo con contenido regional. Es importante la municipalización de políticas públicas, acercando las decisiones a los ciudadanos. Se pretende, de esta manera, desterrar la administración burocrática que toma decisiones inconsultas con los ciudadanos, que son quienes mejor conocen los problemas de cada barrio y quienes habitan en la ciudad, y movilizar la participación ciudadana con corresponsabilidad en la decisión. No me quiero extender más, señor Presidente, pero entiendo que la creación de esta nueva Secretaría va a aportar algunos beneficios: la eficiencia, porque creo que se van a optimizar mejor los recursos, la asignación específica de los mismos y la distribución adecuada; transparencia, determinada por una clara vinculación con los sujetos y los servicios creados para atender demandas reales y específicas; y movilización: la mayor participación de los vecinos en las decisiones políticas en el marco institucional agiliza, contribuye e incluye a la sociedad civil, a las ONG y a toda red de atención a los más desprotegidos. En realidad, señor Presidente, la creación de esta Secretaría tiene como corolario más de dos años de recorrida por toda la ciudad, que el actual señor Intendente Luis Larrañaga llevó adelante, donde no iba a juntar votos sino que iba a presentar un proyecto de gobierno, un proyecto político. Y el reclamo permanente de los vecinos, siempre fue la necesidad de que los funcionarios, los políticos, fueran a los barrios y no estuvieran una vez cada cuatro años, cuando hay que buscar los votos. El reclamo permanente de los vecinos fue ese. La idea del Dr. Luis Larrañaga también era esa. Esta idea se fue retroalimentando, y por eso consideramos que se ha cristalizado el compromiso asumido y el proyecto de gobierno del Dr. Luis Larrañaga, acercando la Municipalidad a los vecinos, con la presencia permanente de los funcionarios. Con esto, quería simplemente referirme a la creación de esta nueva Secretaría, y solicito entonces que acompañen la aprobación de este despacho. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Taboada.-
CONCEJALA TABOADA: Muchas gracias, señor Presidente. Tal como surge del nuevo Organigrama, es competencia de la Secretaría de Desarrollo Social generar políticas integrales basadas en las necesidades de los sectores sociales más vulnerables de nuestra ciudad. La generación de este espacio, permite delinear planes de acción para abordar de manera coordinada e integrada, las problemáticas de las familias santarroseñas, atención de personas con discapacidad, adultos mayores, políticas de género, apoyo escolar, atención de situaciones de desamparo, niñez, adolescencia y tantas otras que vayan surgiendo, porque evidentemente todo el que trabaja en la temática social, sabe que a veces dos más dos no son cuatro, y que es necesario de pronto ir replanteando situaciones. De allí, la importancia de esta Secretaría. El funcionamiento de esta Secretaría, marca un claro perfil y la coherencia entre lo que se ha propuesto en la plataforma electoral y en concordancia con el proyecto nacional y popular, al respecto de la protección integral de la familia como núcleo central para la organización y el desarrollo de la vida en comunidad. Por otra parte, y hablando de descentralización, que es lo que siempre habló el Dr. Larrañaga durante su campaña, vemos que las oficinas de esta Secretaría se van a ubicar en las instalaciones donde funcionaba la Escuela Nº 243 en el Barrio de Villa Germinal, en la Zona Norte de la ciudad. La ciudad ha crecido considerablemente hacia distintos sectores, también hacia este sector. Y se han incorporado, por ejemplo, el Barrio Obreros de la Construcción, Plan Federal, Plan 3000, todos incorporados a Villa Germinal, lo que en total contendría a siete barrios de la zona que comprendería la sede de Villa Germinal. Hay que destacar que además de los centros de Acción Social ya existentes, se está proyectando atender la Zona Sur desde una sede en el Barrio Empleados de Comercio, ubicada sobre calle Guatraché y San Luis, entre el Comedor y la Escuela 25, lo cual se está restaurando. Falta terminar la parte de paredes y baños. Este Centro abarcaría los barrios de Villa Parque, Los Hornos, Plan 5000, Butaló, Fonavi 42, entre otros. En cuanto a la Zona Este, desde una sede en Barrio Matadero incluiría los barrios Colonia Escalante, Congreso, Atuel, Los Fresnos, Esperanza, Néstor Kirchner, Sol de Este y algún otro más. Yendo a la incorporación de Derechos Sociales y Derecho Social, incorporar a esta Secretaría de Derecho Social áreas como Derechos Sociales, tales como están incorporados en la Constitución Nacional, donde haciendo referencia a 1949 -donde en la época de Perón se incorpora el constitucionalismo social a nuestro estado de derechos-, y esta Secretaría viene a representar estos principios, ya que involucra los derechos de las personas a ser atendidos para mejorar su calidad de vida; y de Desarrollo Social, a estar más cerca de los servicios que atiendan la alimentación, la infancia, prevención y promoción de los niños y sus familias, con sus Sub-Direcciones que específicamente atiendan, debidamente capacitadas, la discapacidad, la promoción comunitaria, adultos mayores, políticas de género, la institución municipal estaría dando respuesta concreta de esa manera -para eso se ha planificado- a las necesidades reales, acentuando el compromiso de brindar a los vecinos las herramientas que posibiliten un mejor desarrollo para su vida personal y colectiva, permitiendo al Municipio estar más cerca de ellos, escuchando sus necesidades y actuando en consecuencia y teniendo en cuenta los derechos de los vecinos, contribuyendo a la construcción de una ciudadanía que se sienta acompañada y contenida por las políticas municipales, siendo éstos algunos de los ejes que se plantearon en esta gestión, y quedan plasmados en las acciones realizadas hasta el momento por nuestro Intendente el Dr. Luis Larrañaga, y su equipo de trabajo. Por último y a modo de reflexión, a una semana del 60º Aniversario del Fallecimiento de Eva Perón, principal abanderada y defensora de la justicia y de los derechos sociales, quiero dejarles una frase de ella, en la que nos decía: “Cada uno debe empezar a dar de sí todo lo que pueda dar, y aún más. Sólo así construiremos la Argentina que deseamos, no para nosotros sino para los que vendrán después, para nuestros hijos y para los argentinos del mañana”. Gracias, señor Presidente. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Por supuesto, que estoy seguro de que todos compartimos prácticamente la mayoría de las fundamentaciones que se han dado para el voto al nuevo Organigrama. Nosotros hacemos un análisis, en el sentido de que tiene cada administración la libertad de organizar sus asuntos como quiera, o como pueda. A veces es por una cuestión netamente de eficiencia administrativa, a veces es una cuestión de eficiencia política, saldar cuestiones internas… Y nos parece que está bien. Eso es correcto, y cada administración lo resuelve de la manera que quiere, o que puede. Y de ahora en adelante, solamente queríamos decir, que los despachos de los asuntos de la Municipalidad pasarían a través de seis Secretarías. Y nosotros tuvimos la creación, en la gestión del Frepam, con mucha discusión, de una nueva Secretaría que fue la Secretaría de Cultura, Comunicación y Educación, fundamentalmente porque comenzamos a dinamizar la cuestión cultural y a darle forma, e incorporamos la tarea de Educación como tarea nueva a comprender dentro de las funciones orgánicas municipales. Y la administración a partir del 2011, también lo ha considerado, y ha incorporado la Educación dentro de las tareas municipales. En ese momento se hizo una discusión y una fundamentación de que correspondía crear una nueva Secretaría, dado que había una nueva función que asumía orgánicamente el Municipio. En ese momento, la Ordenanza fue aprobada por el Frepam, y el Justicialismo votó en contra, planteando que era un aumento burocrático. Sin embargo, al asumir esta gestión la ha respaldado, a la Secretaría. La ha mantenido, ha mantenido la función de Educación, de Cultura, y ha dado un perfil en la cuestión de gestión cultural, que nos parece también muy importante. Y esta cuestión de Desarrollo Social, que sería incorporar una nueva Secretaría, no es tan fácil de defender desde el punto de vista de que hay nuevas funciones. Es decir, parecería que se ha desdoblado la función de la Anterior Secretaría de Gobierno y Acción Social, y se ha desdoblado en dos Secretarías. Es decir, que es un aumento burocrático con el objetivo de dos funciones que están detalladas en el Proyecto que vamos a votar en unos momentos. En particular, me parece que cada administración tiene que resolverlo de la manera adecuada. Se aumenta la burocracia. Yo no soy particularmente -no sé mis compañeros de Bloque-…, pero particularmente no soy de “achicar” si no hay que achicar con justificativo, ni de “agrandar” si hay que agrandar con justificativo la administración. Depende qué función cumple la administración, qué eficiencia tiene y qué servicios presta. Nosotros, por eso, estábamos analizando… También hay un detalle, que por ahí podemos no dejar pasar. Cuando se votó el Organigrama que recién se ratificó, se hizo una determinada fundamentación. Pero ustedes fíjense que hasta tal punto es el “copie y pegue”, y por eso digo yo si realmente hay una nueva función en la creación de la Secretaría o hay sólo un desdoblamiento, porque parece ser que las Direcciones adecuadas van a Desarrollo Social, Direcciones que estaban en Gobierno. A tal punto es el “copie y pegue”, que con el mismo párrafo de la Ordenanza -ni siquiera de la que acabamos de votar: la que se votó antes de terminar el mandato del Frepam en el 2011- habla entre los Fundamentos que se han leído -que por supuesto compartimos esas funciones, que las realice el Municipio-, habla del “…proyecto formulado por el Intendente Electo”. Es decir, estamos utilizando el mismo fundamento para el Organigrama que se votó en el 2011, el que recién se votó y el que se vota ahora, sin especificar con mucha claridad el desdoblamiento de funciones. Un organigrama está para no superponer funciones, para definir claramente quién se ocupa de qué cosa, y eso es casi privativo del Departamento Ejecutivo. Sin embargo, necesita el aval del Concejo Deliberante. Nosotros, en ese sentido, pensábamos que el punto correcto -porque no estamos de acuerdo con esta separación de funciones, pero es la elegida por el gobierno del Departamento Ejecutivo-, queríamos solicitar al Cuerpo, en uso de una facultad que debe otorgar el Cuerpo según el Reglamento, la posibilidad de que los Concejales del Frepam nos podamos abstener en esta votación, permitiendo que claramente el Justicialismo avale el Organigrama que se pondría en vigencia a partir de la promulgación del proyecto que estamos tratando. Por ese motivo y con esos fundamentos, permitiendo por supuesto que esta Administración siga adelante con esta separación en seis Secretarías -esta división en seis Secretarías que parecería, según algunos argumentos, ser más funcional y según otros responde a otras motivaciones-, por esos fundamentos solicitamos la posibilidad de abstenernos, cosa que nos tiene que otorgar el Cuerpo acto seguido, si usted, señor Presidente, lo pone a votación. Gracias. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: En realidad, estoy sorprendida con esta actitud de abstenerse, porque me da la impresión de que nosotros tenemos una responsabilidad. Hemos hecho un juramento. Es decir, hay cuestiones acá, que no se trata de “si me conviene” o “no me conviene”. Yo creo que acá hay que sentar la opinión, jugar con la opinión, y decir exactamente qué hacer. Pero abstenerse, no me parece. Es un poco -yo digo-… Bueno, nosotros sabemos desde la antigüedad y desde el Evangelio de San Mateo, lo que significa el “lavarse las manos”, esta cosa que Pilatos, que era el gobernador cuando tenía que juzgar a Cristo, decidió dejar al pueblo judío la responsabilidad. Desde entonces, esta acepción de “lavarse las manos”, lamentablemente han corrido los siglos y sigue cobrando plena vigencia. También me parece, señor Presidente -y si usted me lo permite-, creo que me voy a correr por unos segundos de mi función de legislador y -si me permite- voy a ser médico, por un ratito. Sé que no tengo que ejercer mi especialidad acá en el Recinto, pero me parece que estamos frente a una enfermedad nueva, que no la he definido yo sino que lo ha hecho magistralmente Foulcaut, que le llamó “el Monopolio de las Alarmas”. Foulcaut, con la claridad que tenía -y la admiración que me provoca- dijo que “había una enfermedad que no era transmisible por microbios, pero que tenía la misma gravedad porque también se contagiaba extramuros”. Nosotros hemos visto que “el Monopolio de las Alarmas” se ha contagiado extramuros, y que es una enfermedad muy grave. Giorgio Agamben -de quien tuve la suerte de escucharlo en Italia- me dijo una vez que cuando uno tenía que trabajar con este tipo de patologías, si se metían a lo interno de un sistema biopolítico -como ustedes saben, Agamben ha escrito mucho sobre la biopolítica…, acá hay mucha gente que se ve que lee mucho y asiente, por allá… (refiriéndose al público presente en la Sala)-…. Agamben decía que “cuando el Monopolio de las Alarmas contagia a la biopolítica, el individuo contagiado no va a sanar”. Agamben decía -no lo digo yo- que aquel político que decide el ulular de las sirenas, que sea su patrimonio y su materia prima porque considera que tiene que estar advirtiendo a la población permanentemente del error, de la falta de ética, de la inmoralidad, etc., esa persona que ha hecho de esto su materia prima no se va a componer nunca, porque es su razón de ser. Si ellos deciden abandonar el Monopolio de las Alarmas, tienen que hacer otra cosa, y hasta ahora no la han hecho. Entonces, como médico me interesaría advertir de este problema, porque es contagioso, para que no nos dejemos contagiar. El pueblo, la ciudadanía, gracias a Dios, tiene enormes anticuerpos, y uno ve que la gente no está contagiada. No es tan fácil. Pero nosotros, acá dentro del Concejo, por proximidad, tenemos que desarrollar grandes anticuerpos, porque tenemos que evitar que se nos impida la tarea. Porque tenemos una larga, fecunda y saludable tarea por llevar a cabo. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Digo, no estamos hablando en este caso de ninguna inmoralidad -y no creo que esté mal denunciarla si uno la encontrara-, o de una falta de ética; ni siquiera de un error, en este caso. Simplemente, tenemos otra opinión de cómo se administran los asuntos. De hecho, este mismo Concejo, por advertencias de este mismo Bloque, ha encontrado errores en algunos despachos, ha rediscutido y ha reelaborado normas. Es decir, que destacar que puede haber un error o una diferencia de opinión, parece ser un pecado. No es ningún pecado. Digo, acostumbrémonos a que hay gente que piensa distinto, en este mundo. Por eso, no nos enfrentemos. Encontremos la mejor solución. De acuerdo al Reglamento, está permitido que un Concejal se pueda abstener para votar; y no tener que negar algo que le permite en realidad -en este caso, en esta norma en particular justamente- algo que casi que le compete con una gran supremacía al Departamento Ejecutivo. Y de hecho, eso es lo que estábamos planteando: que a pesar de tener distintas opiniones, podría un Concejal -o varios- abstenerse, para que el gobierno siga adelante. No se hablará de “obstruccionismo”; se hablará de “opiniones diferentes”. Inclusive, respecto a la cuestión evangélica, que acá se trae frecuentemente, no nos olvidemos que hay cien Evangelios escritos, y el poder de la Iglesia Católica seleccionó cuatro para que sean conocidos y dejó noventa y seis aparte. Es decir, sólo citar alguna parte de uno de los cuatro Evangelios seleccionados dentro de los cien -noventa y seis apócrifos- no parece ser muy prudente cuando hablamos de política. Estamos hablando de los asuntos de la ciudad, de la administración de los derechos que se enumeraron muy bien cuando se fundamentó, y nosotros estamos de acuerdo. Simplemente, tenemos una opinión distinta de cómo esos asuntos se llevan adelante en la ciudad. No creo que eso sea malo, y de hecho el propio Concejo por unanimidad, con frecuencia revisa, para lograr decisiones más adecuadas y más favorables a los vecinos. Gracias, señor Presidente… Habíamos solicitado si puede poner a votación la posibilidad de abstenerse, del Bloque del Frepam.-
PRESIDENCIA: Bien. Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Justamente, para solicitarle que ponga a votación el pedido de abstención del Bloque del Frepam. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Ponemos entonces a votación del Honorable Concejo la abstención. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… (Entendiendo que no están claros los resultados de la votación, la Presidencia solicita aclaración de la misma).-
CONCEJALA ROBLEDO: Señor Presidente: Nosotros -por lo menos, yo- estoy de acuerdo en que se abstengan y que hagan uso del Artículo 111 del Reglamento. Obviamente, está dividida la votación en el Bloque. Por lo tanto, tendría que ser nominal, para que quede constancia de quién vota y quién no.-
Puesta a votación en forma nominal, la moción de autorización para la abstención por parte de los Concejales del Frepam resulta aprobada por mayoría, con el voto afirmativo de los Concejales Cuelle, Di Liscia, Salomón, Rodríguez, Robledo, Roigé y Villatoro, votando en forma negativa los Concejales Cabreros, Ghiglione, Mecca, Taboada y Baraybar.-
PRESIDENCIA: Entonces, por mayoría, se acepta autorizar la abstención por parte del Bloque del Frepam. Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para agradecerle personalmente a la Concejala Robledo por haber mantenido su palabra, de acuerdo a lo que habíamos acordado como Presidentes de Bloques. —
PRESIDENCIA: Bien. Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. Muy sintético: voy a votar afirmativo este despacho, pero sí voy a hacer algunas consideraciones que creo necesarias. Como se habían referido anteriormente los Concejales, me parece que es deber del Ejecutivo ordenar la administración de la forma que le parezca correcta. Y la de los Concejales -sobre todo los de la oposición-, de ser contralores de todas las acciones de gobierno que lleve adelante el Municipio, y hacer las observaciones que considere necesarias de todas y cada una de ellas. Haciendo esta salvedad, voy a votar afirmativamente este despacho de la Comisión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Más allá de que fui parte del despacho de Mayoría a favor del Organigrama, porque entiendo que el Ejecutivo es quien tiene la potestad para determinar cómo llevar los asuntos municipales, también quiero decir que mi voto afirmativo fue porque es una opción del Reglamento, y es correcto lo que han pedido. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para hacer, también, un nuevo agradecimiento. Justamente, lo que habíamos expresado sobre el despacho anterior que se había votado, en este Proyecto de Ordenanza que van a votar por mayoría -perdón, por unanimidad del resto de los Concejales-, justamente en el Artículo 10 han hecho correctamente la aclaración de que la cantidad de cargos, es de acuerdo a la cantidad de cargos previstos en el Presupuesto vigente. —
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad -con la abstención de los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé y Villatoro- en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora veinte con cuarenta minutos.-