ACTA Nº 1118 VIGÉSIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1118
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1118 VIGÉSIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1118 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil doce, siendo la hora diecinueve con quince minutos, da comienzo la Vigésima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2012, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los señores Concejales Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON y Félix VILLATORO. La Presidencia informa al Cuerpo que se encuentra ausente con aviso, la Concejala Elisabet TABOADA. —
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Cuelle procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Hoy, como es un día muy especial porque es el 60º Aniversario del Fallecimiento de María Eva Duarte de Perón, no puedo dejar de hacer un sentido homenaje. Por ello, creo oportuno rendirle homenaje a quien fuera la “Abanderada de los Humildes”. Eva falleció el 26 de julio de 1952. Tenía treinta y tres años, y desde hacía por lo menos dos, padecía cáncer. La hora de su muerte fue las 8.23, pero Apold la ubicó a las 8.25, para que quedara fijada en la memoria de todos. Las 8.25, “hora en la que Evita pasó a la inmortalidad”, rezaría luego la consigna que se propagaría por todas las radios del país y que transformaría al luto más popular de la Argentina en un luto obligatorio y a la vez innecesario, porque Evita no necesitaba de ello para que aquel día millones de argentinos la lloraran con desconsuelo, amor y pasión. Antes de morir, Eva Perón empezó a dictar su último Libro, conocido como “Mi Mensaje”, dictado al dirigente sindical de los docentes Juan Jiménez Domínguez y finalizado pocos días antes de morir. Se trata del texto más encendido y emocional de Evita, uno de cuyos fragmentos fue leído después de su muerte, el 17 de octubre en el acto de Plaza de Mayo, y que luego se extravió, para ser hallado en 1987. Los siguientes fragmentos de “Mi Mensaje”, dan una idea de la naturaleza de su pensamiento en los últimos días de su vida: “Me rebelo indignada con todo el veneno de mi odio, o con todo el incendio de mi amor -no lo sé todavía- en contra del privilegio que constituyen todavía los altos círculos de las fuerzas armadas y clericales”. En uno de sus últimos discursos, se despidió en estos términos: “Yo les dejo mi corazón. Y a todos los descamisados, yo los estrecho muy, pero muy cerca de mi corazón, y deseo que se den cuenta de cuánto los amo”. La figura de Evita alcanzó una gran difusión entre las clases populares de la sociedad argentina, que incluía muchas estampas que la representaban de modo similar al que se representa a la Virgen María. Eva Perón recibió numerosas condecoraciones: la Cruz de Honor de la Cruz Roja Argentina, los laureles a la Distinción del Reconocimiento de Primera Categoría de la CGT, la Gran Medalla a la Lealtad Peronista, y la más alta condecoración de la República Argentina: el Collar de la Orden del Libertador General San Martín. Durante la “Gira del Arco Iris” de 1947, Eva recibió la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica de España, la Medalla de Oro del Principado de Mónaco, la Orden del Mérito de la Cruz de Oro en atención a su obra social y a su gestión a favor del acercamiento internacional, entregada por la Embajada de la República Dominicana en Uruguay. En otras oportunidades, recibió la Orden Nacional en Brasil; la Gran Gruz en Holanda; la Gran Cruz en México; la Gran Cruz en Malta; la Gran Cruz en Siria; la Gran Cruz en Ecuador, Orden de Boyacá en Colombia; Orden de Honor y Mérito en Haití; Gran Cruz de la Orden en Bolivia, Gran Cruz del Cóndor de los Andes en Paraguay y Gran Cruz del Paraguay también. Eva Perón es la única persona a quien el Congreso Nacional otorgó el título de “Jefa Espiritual de la Nación”, el 7 de mayo de 1952, cuando ella cumplía 33 años. A su vez, la vida de “Evita” ha sido motivo de una gran cantidad de obras artísticas, tanto en la Argentina como en el mundo, relacionadas con el teatro, el cine y la música. Para concluir, nada hubiera sido posible sin la popularidad de una mujer que, en pocos años, supo ganarse el corazón de las grandes multitudes. A Evita se la puede estudiar por ella misma, por la relación que estableció con sus seguidores y por lo que los seguidores hicieron con ella. En todos los casos, lo que está presente es su obra, su carisma y su magia. Evita era peronista, pero no era una peronista más. Evita no es todo el peronismo, pero el peronismo no sería pensable sin su presencia. Todo lo que se diga de ella para descalificarla, pierde eficacia ante la consistencia irrefutable de los hechos. Como escribió el historiador Felipe Pigna: “Toda su obra está a la vista. Transformada en mito a las pocas horas de su muerte, siempre resultó difícil delimitar dónde está la verdad histórica, y dónde comienza la leyenda. El paso de los años permite establecer algunas precisiones; pero sólo algunas, porque siempre pareciera que lo más importante queda fuera de toda racionalización. Fue, sin dudas, una mujer extraordinaria. Nuestro recuerdo a ella. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Nunca vi a Eva. No conocí directamente su rostro. Y sin embargo, siento que debo recordar hoy la muerte de alguien muy próximo y muy querido, y que comparto con muchos este largo duelo por la partida de una persona extraordinaria; una mujer frágil, cuyas mayores realizaciones están aún por cumplirse. Amiga de los pobres, los más solitarios, hizo que la humildad y la verdad fueran más poderosas que los imperios. “Tal vez un día -nos dijo una vez- cuando yo me haya ido definitivamente, alguien dirá de mí lo que muchos hijos suelen decir en el pueblo de sus madres cuando se van también definitivamente: Ahora recién nos damos cuenta que nos amaba tanto”. Los hombres y mujeres supieron, al morir Eva, que la conciencia de los humildes había quedado sin vocera. Porque era la voz de los humildes y, a través de ellos, de la conciencia de la Humanidad; Humanidad que se empobreció al morir una mujer pobre, sin ningún título, sin ninguna distinción académica o realización científica, a la cual pese a todo esto y por la fuerza de sus obras, le rindieron honores jefes de Estado y líderes de la Tierra. “Este siglo no pasará a la Historia con el nombre de “Siglo de la Desintegración Atómica, sino con otro nombre mucho más significativo: Siglo del Feminismo Victorioso…”, hablaba frente a su pueblo. Y agregaba: “La mujer argentina ha superado el período de las tutorías civiles. La mujer debe afirmar su acción. La mujer debe votar. La mujer, resorte moral de su hogar, debe ocupar el sitio en el complejo engranaje social del pueblo. Lo pide una necesidad nueva de organizarse en grupos más extendidos y remozados. Lo exige, en suma, la transformación del concepto de mujer, que ha ido aumentando sacrificadamente el número de sus deberes sin pedir el mínimo de sus derechos. Solamente involucrándonos con el dolor, viviendo y sufriendo con los pueblos, cualquiera sea su color, raza o credo, se podrá realizar la enorme tarea de construir la justicia que nos lleve a la paz. Bien vale la pena quemar la vida en aras de la solidaridad, si el fruto será la paz del mundo y su felicidad, aunque ese fruto madure tal vez cuando nosotros hayamos desaparecido”. Nadie que la haya sobrevivido en nuestro país ha enfrentado a sus adversarios con sus armas: la honestidad y la humildad; y con esas armas, ha logrado tantas victorias. Fue una luchadora nata, que no conoció el fracaso. Su legado, es el coraje; su lección, la verdad; su arma, el amor. Su vida, es un monumento. Ahora, le pertenece a la Humanidad. Muchas gracias.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I-DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1) Nota N° 104-HCD-2012 del Departamento Ejecutivo, remitiendo copia de la Resolución N° 704/2012 mediante la cual se emiten las facturas de los períodos 07 y 08/12 de las Tasas por Servicios Municipales, Tasa por Inspección a Propiedades no Edificadas, Tasa especial de Obras y Servicios y Tasa por Servicios Sanitarios. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. —
I.2) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 31/2012, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “2º Expo Fiestas Pampeanas”. Expte. Nº 180-1/2011 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.3) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 32/2012, mediante la cual se declara de Interés Municipal la jineteada que se desarrollará en el Campo “Los Pinos”. Expte. Nº 186-1/2012 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.4) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4657/2012, mediante la cual se fijan las Tarifas para el año 2012. Expte Nº 154-1 y 2/2012 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.5) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4658/2012 mediante la cual se aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Financiero 2012, correspondiente a la Municipalidad de Santa Rosa (L.P.) Expte Nº 153-1/2012 (HCD). Pasa a Archivo.-
II- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II-1) Nota presentada por el Señora Nidia Mabel Camet de De Fonteynes solicitando analizar la posibilidad de establecer que dentro del Servicio Público de Taxis exista un porcentaje de vehículos de categoría utilitarios, para aquellas personas mayores y con limitaciones que utilizan tal servicio. Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones.-
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA–
III-1) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra Gas Natural en calle BENITO QUINQUELA MARTIN Expte. N° 6586/2011/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos —
III-2) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles DOMINGO GENTILI y JORGE SELVA. Expte. N° 378/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos —
III-3) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PARANÁ Expte. N° 2209/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos —
III.4) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales del Frepam mediante el cual se crea el Centro Virtual de Monitoreo Público, que tendrá por finalidad el control público de todas las unidades que se encuentren monitoreadas mediante el sistema G.P.S. (Global Positioning System) que conforman el Parque Automotor de nuestra Ciudad y sus entes descentralizados. Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar que los Fundamentos del presente Proyecto sean incluidos en el Acta de la presente Sesión.-
Conforme lo solicitado, se transcriben a continuación los Fundamentos del Proyecto de ORDENANZA: “El presente proyecto intenta abordar dos instituciones ampliamente vinculadas entre sí, por un lado el fortalecimiento de la democracia participativa y en segundo, la fiscalización ciudadana sobre las actividades o asuntos del Estado; y conjugarlas con la búsqueda permanente de mayor eficiencia y eficacia por parte del Estado. En un sistema donde prima la democracia representativa, pero que aspira a una mayor participación ciudadana, invita a crear las herramientas y el ámbito para que ello suceda. Invita a devolverle al ciudadano herramientas de control de la gestión pública, para el ejercicio pleno de sus derechos. Invita a democratizar la democracia. Uno de los principales desafíos que se presenta, es la extensión de la participación y la responsabilidad ciudadana hasta llegar a un ideal en el cual un alto número de ciudadanos se sienta parte y contribuya al control y fiscalización de las instituciones democráticas. Incluso la Constitución Nacional, siguiendo la tendencia y evolución constitucional, aconseja la participación ciudadana, flexibilizando el principio general que establece “el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades…”. Es decir, la propia constitución ha creado nuevos cauces para la participación popular. La doctrina ha interpretado el control social como “una modalidad de participación ciudadana que permite a las personas individualmente consideradas y a las organizaciones de la sociedad civil influir en los asuntos del Estado, con el propósito de incrementar la responsabilidad y la integridad en el manejo de la gestión pública y de sustraerlo de la apropiación privada. Sus contenidos hacen referencia, básicamente, a actividades ciudadanas de fiscalización, seguimiento, evaluación, crítica y sanción”. La participación de los ciudadanos en las tareas relacionadas con la fiscalización, evaluación, control del uso y gestión de los recursos públicos es lo que da origen al control ciudadano. Cada ciudadano por consiguiente debe y tiene el derecho de controlar la gestión del Estado, ya que el control ciudadano es el derecho y la obligación de los ciudadanos, de intervenir en forma directa o a través de sus representantes legítimamente elegidos, en el control de la gestión pública, y de velar porque las instituciones del Estado y sus gobernantes, en quienes han delegado el poder y la autoridad para dirigir la sociedad encaminen sus tareas en aras del bien de todos. En la actualidad, las Direcciones vinculadas a la auditoría y control interno no llegan a detectar fallas en la prestación de servicios, salvo las que surgen dentro de la propia burocracia administrativa. Es por ello que existen herramientas que permiten conjugar los intereses de los ciudadanos con los intereses del Estado, y bregar juntos por más y mejores prestaciones en los servicios públicos a las vecinas y vecinos de la ciudad. Las nuevas tecnologías acortan la brecha que separan al vecino de las instituciones del Estado, posibilitando no solo la comunicación de los actos de gobierno en forma masiva, sino la interacción permanente en una ida y vuelta de consultas y búsqueda de soluciones. Ciertamente, muchas consultas derivan en críticas, por falta de una respuesta inmediata, sin embargo las nuevas tecnologías pueden mejorar sustancialmente la calidad, respecto a la percepción que se tiene de la gestión municipal. Tal es el caso de brindar información permanente sobre recorridos, horarios y ubicación de los vehículos que brindan servicios públicos o que se encuentran afectados a la satisfacción de las necesidades de los vecinos. En la actualidad, la empresa prestadora del servicio público de pasajeros (Grupo Plaza) tiene controlados por GPS (siglas en castellano, Sistema de Posicionamiento Global) todas sus unidades, en igual sentido, el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana, también fiscaliza todas sus unidades, utilizando un sistema de seguimiento satelital. Los camiones contratados por la propia Municipalidad de Santa Rosa que prestan el servicio de riego, se encuentran controlados y monitoreados por el mismo sistema; e incluso, también los taxis que prestan otro servicio público en la ciudad, se encuentran cubiertos por igual sistema. En tal sentido resulta conveniente considerar la posibilidad de utilizar el sistema GPS en los vehículos municipales. Las ventajas de utilizar el sistema GPS no solo se reducen a las posibilidades de una mayor fiscalización ciudadana, sino que internamente permite mejorar la eficiencia y eficacias en la utilización de los recursos del Estado, permite hacer estudios y evaluaciones, asiste mayor seguridad al personal, aumenta la productividad de los servicios prestados, y permite un mayor cuidado sobre las unidades. Sin embargo, es dable resaltar que el objeto del presente proyecto busca cimentar sus bases sobre la fiscalización ciudadana; si bien la cantidad de datos obtenido a partir de un sistema de seguimiento GPS puede ser abrumadora, en su justa medida, las nuevas tecnologías permiten a muy bajo costo, filtrar la información que brindan los GPS y transmitirla en tiempo real a quienes cuenten con acceso a internet a través de cualquier medio electrónico. En este sentido, el presente proyecto resulta complementario con la Ordenanza 3860, aportando desde el Estado municipal herramientas que aportan mayor transparencia en el manejo de la cosa pública. Por ello…”.-
III.5) Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Guillermo Di Liscia (Frepam), mediante el cual se modifica el nombre “Julio Argentino ROCA” por el de “José de SAN MARTÍN” a la avenida que une la esquina de la calle Bartolomé Mitre y Avda. San Martín en el este y el ingreso al Parque Don Tomás al Oeste. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Creo que este tema tiene acumulados algunos antecedentes, y hoy ingresó al Concejo Deliberante la nota de la iniciativa en el 2006, de los vecinos Pumilla, Depetris, Bilbao y Etchenique. Pido que se incorpore esa nota al expediente, y también el próximo Proyecto de Ordenanza firmado por la Concejala Robledo, también del mismo tema, para que todo se reúna y se generen los consensos necesarios para tratar los proyectos. Gracias.-
III.6) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales del Partido Justicialista, mediante el cual se designa con el nombre de “Juan Carlos Bustriazo Ortíz” a la Avenida “Julio Argentino Roca” en toda su extensión; asimismo, prohibiendo la utilización de “Presidente Julio A. Roca”, “General Roca” o “Julio Argentino Roca” como denominación de avenida o calle dentro del ejido municipal. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.7) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles UTRACAN y MARIANO PASCUAL. Expte. Nº 3029/2012/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.8) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO. Expte. Nº 2586/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos —
III.9) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle LOPE DE VEGA. Expte. Nº 2650/2012/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos —
III.10) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JULIO NERY RUBIO. Expte. Nº 2212/2012/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos —
III.11) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, relacionado con el Organigrama del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Rosa. Expte Nº 7080/2011/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.12) Proyecto de Ordenanza presentado por la Sra. Concejal Mariela Cabreros del Partido Justicialista, por el cual se crea “El Registro de Establecimientos Generadores, Transportistas y Operadores de Aceite Vegetal Usado (AVU).-
PRESIDENCIA: Pasa a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable…Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias. Esta presentación está encuadrada dentro del marco de una cultura responsable en el manejo de los residuos urbanos, en virtud de la sustentabilidad ambiental. Se trata de la creación del Registro de Establecimientos Generadores, Transportistas y Operadores de Aceite Vegetal Usado, con la finalidad de reglamentar la recolección del aceite vegetal usado, y además propiciar que su destino final pueda dar por resultado la producción de biodiésel que pudiera ser utilizado en el marco de la maquinaria de gran peso de este Municipio. Quiere decir, que tendría un doble beneficio. Por un lado, la protección del medio ambiente: evitar que una sustancia altamente tóxica y cancerígena, pudiera quedar en contacto nuevamente con alimentos, o pudiera ser desechada en los desagües -por ejemplo-, con todo el riesgo medioambiental que eso implica. Y por otro lado, favorecer la producción de biodiésel y su posterior utilización. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Quedamos en que pasaría a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable; y también, a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
IV.1-) Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales del FREPAM, mediante el cual se solicita a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa que adhiera a la Ley Nacional Nº 25.367, Ley de Emergencias Coordinadas, que instrumenta la utilización del número *911 (asterisco novecientos once) como único número receptor de denuncias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar el acompañamiento de este Proyecto, ya que si bien nosotros como Concejo no podemos adherir a la Ley porque no nos compete el Centro de Emergencias Coordinadas, sí a nuestro Poder Ejecutivo Provincial. Es decir, creo que sería solucionar un poquito ante situaciones de crisis donde hay que llamar, unificar los números. Porque yo creo que hoy, si preguntamos acá o nos hacemos la pregunta cada uno, cuál es el número por una situación de violencia de género, adónde hay que llamar, no sé si alguno lo sabe. O si tenemos que llamar al 101 por qué, al 103, al 107, al 136… Entonces, me parece que sería práctico, útil y sobre todo estaríamos dando una pequeña solución ante una situación de emergencia, a todos los ciudadanos. Por eso solicito que se lea solamente la parte resolutiva, y por supuesto el acompañamiento del resto de los Concejales. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Por Secretaría se leerá, entonces, la parte resolutiva del Proyecto.-
Conforme lo expresado, por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º: Solicitar a la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa adhiera a la Ley Nacional Nº 25.367, Ley de Emergencias Coordinadas, que instrumenta la utilización del número *911 (asterisco novecientos once) como único número receptor de denuncias. Artículo 2º: Remítase copia de la presente resolución a la Cámara de Diputados y Poder Ejecutivo de la provincia de La Pampa. Artículo 3º: De forma. Fdo.: Concejales Marcos Cuelle, Guillermo Di Liscia, María C. Roigé y Félix Villatoro”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Es para acompañar la iniciativa de la Concejal Roigé. Nosotros creemos que es necesaria la unificación de la numeración; que es una realidad que uno, a veces, ante un momento de crisis, no sabe dónde tiene que llamar. Entonces, unificar los números me parece que sería una buena iniciativa. Por lo tanto, desde este Bloque se va a acompañar el Proyecto presentado por la Concejal Roigé. Gracias.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
ORDEN DEL DÍA.-
- Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se faculta al D.E. a definir los inmuebles a ser considerados con prestación de servicio de recolección por contenedor en función del informe que emita el E.M.H.S.U., y modificando el art. 66º de la Ordenanza 237/86 (Ordenanza Fiscal). Expte Nº 44-4/85 (HCD) y 3011/2012/1-1 (DE).-
SECRETARÍA: De acuerdo a lo acordado en Labor Parlamentaria, y después consultado en cada uno de los Bloques, este Proyecto quedó redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo en función del informe que genere el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana (EMSHU) y a solicitud de la parte interesada, a prestar el Servicio de recolección de Contenedores. Artículo 2º: Modifícase el Artículo 66º de la Ordenanza Nº 237/86, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Las tasas por alumbrado, riego, barrido y conservación de la vía pública, se percibirán de acuerdo a los metros lineales de frente de los inmuebles y en las cuotas que fije la Ordenanza Tarifaria anual. El servicio de recolección de residuos se facturará por inmueble afectado por el Servicio, inscripto catastralmente o por contenedor y según el importe que fije la Ordenanza Tarifaria anual”. Artículo 3º: Modifícase el Anexo I de la Ordenanza Nº 4657/2012 (Ordenanza Tarifaria año 2012) en su Capítulo 1º, Artículo 1º “TASA POR ALUMBRADO, RECOLECCION DE RESIDUOS, RIEGO, BARRIDO Y CONSERVACION DE LA VÍA PÚBLICA”, 1 001 2 2, el que quedará redactado de la siguiente manera: “por contenedor con una frecuencia semanal $382,95″. Artículo 4º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para manifestar que ya en su momento lo dijimos en la Sesión en que se trató el Presupuesto y cuando surgió el tema del análisis de la Tarifaria, que en ocasión de ser gobierno habíamos pensado en que debíamos cobrar diferencialmente a quienes eran grandes generadores de residuos, como los hay en la ciudad de Santa Rosa, y que era necesario que no se les cobrara de la misma manera en que se les cobraba al resto de los vecinos de la ciudad. Por eso hacíamos referencia a que veíamos positivamente que se estableciera la diferenciación entre la recolección normal y la recolección por contenedores, hacia los grandes generadores. También quisiera agregar que si bien nosotros habíamos propuesto que se haga la incorporación del Artículo 3º y se modifique el Anexo I de la Ordenanza Tarifaria, no queremos que esto se entienda como que avalamos tanto el valor como el resto de la Tarifaria, pero vamos a acompañar por una cuestión de mantener la propuesta que hicimos, de que se incorporara esta modificación a la Ordenanza Tarifaria, en la cual vemos con satisfacción que se ha establecido por lo menos no solamente quién es el medio, sino también cuánto es la variable de tiempo que se utiliza para poder cobrarles a los grandes generadores que utilicen contenedores en la Ciudad de Santa Rosa. Lo único que nos queda… No sabíamos que era por semana -recién nos notificaban hace un momento, antes de ingresar la Secretaria-. Hay que tener cuidado cuando se establecen estos valores, porque es posible que a los generadores de grandes volúmenes de residuos, en vez de utilizar los servicios del EMHSU, por ahí les convenga contratar un servicio particular, en virtud de que un contenedor por tres días sale $120.00, y en forma semanal le vamos a cobrar $380.00. Es simplemente esa aclaración, que queríamos hacer desde el Bloque.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Quería pedir un cuarto intermedio muy cortito para precisar, porque esta cuestión de incorporar en la misma Ordenanza la modificación de la Fiscal y la Tarifaria, no la habíamos tenido en cuenta en el primer tratamiento. Simplemente, es para hacer unas preguntas dentro del Bloque, para unificar o no la votación posterior. Les pido un cuarto intermedio a los Concejales, por un minuto.-
Puesto a votación, el pase a cuarto intermedio se aprueba por unanimidad siendo la hora diecinueve con cuarenta minutos. A la hora diecinueve con cuarenta y tres minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. A ver cómo lo explico… Bueno, en realidad, nosotros no habíamos discutido si íbamos a votar o no el tercer artículo. Y de la discusión que hemos tenido en este cuarto intermedio, entendemos que para mantener una coherencia no deberíamos votar el tercer artículo. Así que vamos a acompañar el Proyecto en general, vamos a votar en forma nominal el Artículo 1º y el Artículo 2º a favor, y vamos a votar negativamente el Artículo 3º. Y agradezco que se le haya incorporado la modificación al mismo. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí. La verdad es que estas incorporaciones que se han hecho a este Proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo, fueron solicitadas por el Bloque de la oposición. O sea, nosotros siempre hemos hablado -inclusive la semana pasada, en la discusión del Presupuesto- que si nos traen alternativas y son coincidentes, y coherentes, y creemos que están bien, las vamos a aceptar. Pero en ese sentido, inclusive creería que tendríamos que dar marcha atrás con el acuerdo y votar tal cual salió el despacho de la Comisión. Porque fue el Concejal Marcos Cuelle, que hoy en Labor Parlamentaria pidió estos dos artículos, modificarlos y cambiarlos. Nosotros accedimos porque nos parecía que era correcto, y ahora nos sale con que no los va a votar. Por lo tanto, es algo que no puedo llegar a entender. No…, no sé. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. ¡Mire la zoncera en la que nos hemos trabado! En realidad, le advertimos al Partido Justicialista en la Sesión del Presupuesto, que la Ordenanza Tarifaria contenía un error al contener un ítem que se refería al cobro de los contenedores. Les dijimos que no debían avanzar con esa aprobación, porque todavía no estaba aprobada la Ordenanza que vamos a votar ahora, con o sin modificaciones. Nos dijeron que el Departamento Ejecutivo iba a esperar hasta que saliera ésta para promulgarla. Sin embargo hoy, en el punto I.4 sale la promulgación de la Ordenanza Tarifaria. Por eso es que les solicitamos. Pero, para que sea más claro para todos: ¿por qué tenía que modificarse el ítem al que hacía referencia recién por Secretaría?… Porque establece nada más que el cobro por contenedores. No dice ni por qué tiempo, ni nada. Dice: “Por contenedores, 382…” y monedas. Entonces, creemos que para que el usuario sepa qué le estamos cobrando, teníamos que establecerle la unidad del tiempo. A los vecinos les cobramos $34 o $43 -no recuerdo el valor exacto de lo que ha quedado finalmente en la Tarifaria, pero se lo cobramos sabiendo que les vamos a cobrar, por un metro lineal por mes. Entonces, el vecino sabe que tiene que pagar eso por mes. Lo que no saben los usuarios o generadores de grandes cantidades de volúmenes de residuos, es cuánto se les va a cobrar por cuánto tiempo: si cada vez que les llevamos un contenedor, si es una vez por semana o una vez cada quince días o una vez por mes. Lo que les pedíamos incorporar en la modificación, es justamente cuál es la unidad de tiempo por la cual se les están cobrando los $384 a los grandes generadores. Si lo quieren votar como estaba originalmente el proyecto, es una decisión del Partido Justicialista, que tiene la mayoría para poder hacerlo. Si quieren aceptar la sugerencia que les estamos haciendo, bienvenida. Y lo único que estamos haciendo, es la aclaración de que vamos a votar afirmativamente el Proyecto con las modificaciones incluidas, salvo el Artículo 3º, que lo vamos a votar negativo para mantener una coherencia con la no votación afirmativa de la Ordenanza Tarifaria en la última sesión de este Concejo. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Yo voy a pedir un cuarto intermedio, y voy a solicitar la presencia de los Presidentes de Bloques con Presidencia. Lo pongo a consideración… —
La moción resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a cuarto intermedio a los fines solicitados, cumplidos los cuales se reanuda la sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Señor Presidente: Lo que hemos acordado en el cuarto intermedio, es que vamos a poner a votación el Proyecto con las modificaciones presentadas por el Frepam, aunque no acompañadas por el Frepam en el Artículo 3º -es algo medio ilógico-. Lo que yo le planteaba al Concejal Marcos Cuelle es que en realidad, votar la modificación del texto de la Tarifaria no significa votar la Tarifaria. O sea, me parece que tienen un error de comprensión inclusive en el tema. Pero más allá de eso, nosotros hemos demostrado desde este Bloque que estamos dispuestos siempre a las sugerencias que ellos traen. E inclusive en este caso, nos pareció que era la correcta. Pero, bueno. Realmente nos sorprenden estas cuestiones, de que cuando llegamos al Recinto parece que no se discute de la manera que se tiene que discutir en su Bloque, o no informa de la manera en que tiene que informar. Simplemente, una apreciación. Bueno, pido que se ponga a votación el Proyecto, con las modificaciones presentadas por el Bloque del Frepam. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. El aporte que se hace, es que se pretende cobrar una tarifa sin haber definido en la Ordenanza Fiscal, el hecho sobre el cual se cobra la tarifa. Ese es el aporte que hace el Frepam. Después, el valor que propone el Departamento Ejecutivo, probablemente con un estudio de costos que no está, es el que va a llevar adelante la votación del Partido Justicialista. Yo creo que no hay ningún error, sino al contrario. Hay un aporte desde lo conceptual, para poder crear un cobro de una tasa diferenciada -para no entrar en la discusión de si es una nueva tasa-, y posteriormente hay una diferencia de opinión sobre cuál es el valor. Por supuesto, que como el Justicialismo tiene en este caso mayoría, es probable que pueda aprobar el valor que ha fijado, y nos parece correcto. Y la Ordenanza Fiscal, queda modificada con un concepto que permite que cualquier Administración cobre esa tasa en forma correcta. Aún así, hilando un poco más fino, algunos opinamos que también debería contener -la Ordenanza Fiscal, o la Tarifaria- la precisión del volumen, ya que no solo la frecuencia sino el volumen es fundamental para definir de qué se trata el servicio sobre el cual después se va a cobrar una tasa. En muchas ciudades se hace así. Se define una frecuencia, y un volumen. En esta ciudad, los residuos patológicos se recogen mediante un sistema que calcula el servicio y fija la tarifa, en base al volumen y la frecuencia. En este caso, estamos definiendo solamente una frecuencia semanal, con lo cual se supone que estamos hablando de los contenedores de 1,5 m3 -que son los habituales que se ven-, o podríamos hablar de un volquete -que son 3m3-, o de otro contenedor que esté en un futuro, cosa que no queda definida y habrá que definir en una próxima ordenanza probablemente. Entonces, ese es el aporte. Creo que acá hay una colaboración entre todos los Bloques, entre todos los Concejales, con el propósito de que la Administración lleve adelante los valores tarifarios que ha definido según su estudio de costos -que repito, no ha llegado al Concejo- y todos definamos de qué se trata el hecho imponible. En este caso, una nueva modalidad para los grandes generadores de basura, que es justo que paguen valores distintos de los que paga el vecino que simplemente deja una bolsita frente a su domicilio, seis veces a la semana. Gracias.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto con las modificaciones leídas por la Secretaría, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º y 2º en votación nominal. El Artículo 3º se aprueba por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo y Rodríguez, votando en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. Con el Artículo 4º, de forma, el Proyecto queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza ratificando la Resolución Nº 1620/2011 del Sr. Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se aprueba el “Convenio de Campaña de Donación a través de vueltos en compras en Supermercados. Expte Nº 11-1/2012 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución Nº 1620/2011 del señor Intendente Municipal, dictada “Ad-referendum” del Honorable Concejo Deliberante la que quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo 1º: Apruébase el “Convenio de Campaña de Donación a través de vueltos en compras en Supermercados” suscripto entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia, que como Anexo integra la presente en virtud del cual ésta última dona a la primera, conforme los términos del convenio, una suma de dinero determinada que será destinada en su totalidad a solventar los gastos devengados del funcionamiento de los comedores integrales municipales.”Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto en Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
3) Despacho Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones, referente a la regulación del uso de cuatriciclos en nuestra Ciudad. Expte 107-1/2010 (HCD).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. De acuerdo a lo acordado en Labor Parlamentaria, el Proyecto va a volver a la Comisión para perfeccionarlo. Pero quiero hacer una acotación con respecto a esto. Un poco, es lo que sucedió con el proyecto anterior. Cuando uno presenta los proyectos -y en mi caso particular voy a hablar- siempre son con la amplitud de perfeccionarlos y de que sean lo mejor para el vecino. Eso es lo que he manifestado cada vez que presento un proyecto. En este caso, en varias oportunidades en las Comisiones se preguntó, y se consultó sobre si se quería modificar algo -obviamente, para que fuera el mejor proyecto-. Y resulta que nos encontramos con que llegamos a Labor Parlamentaria, y ahí surgen las consideraciones y las modificaciones. Y, por supuesto, no hay tiempo de hacerlas en el día jueves. En respeto a lo que acordamos en Labor Parlamentaria, el proyecto va a volver a Comisión para ser tratado el lunes en la Comisión -y ya va a contar en Acta que así será- y para que sea aprobado el jueves próximo, debido también a un reclamo permanente de los vecinos, de regular la circulación de los cuatriciclos. Muchas gracias.-
Puesta a votación, la moción de vuelta a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones, se aprueba por unanimidad.-
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por vecinos de calles:Avda. Juan Manuel de Rosas, San José, San Roque y Sin Nombre, y se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Gas Natural. Expte Nº 189-1/2012 (HCD) y 7090/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Reconócese, dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle Avda. BRIGADIER GRAL. JUAN MANUEL DE ROSAS, vereda Este, desde punto de Empalme hacia Sin Nombre, SIN NOMBRE vereda Sur, entre Avenida Brigadier Gral. Juan Manuel de Rosas y San Roque, 620 metros, incluye cruce por Sin Nombre, SIN NOMBRE , vereda Norte, desde punto de empalme hacia San Roque, frente a parcelas 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25, SAN JOSE, vereda Norte, desde San Roque hacia Avda. Brigadier Gral. Juan Manuel de Rosas, frente a parcelas 19, 20 y 21, 135 metros, SAN ROQUE, vereda Oeste, entre San José y Sin Nombre, 125 metros, incluye cruce por Sin Nombre, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el expte. Nº 7090/2011/1-1 (DE). Artículo 2º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá solicitar el permiso correspondiente para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo convenientemente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto en Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por vecinos de calles Avda. República Oriental del Uruguay y Tulipanes y se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Gas Natural. Expte Nº 190-1/2012 (HCD) y 2096/2012/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de Avda. REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, vereda Sur, entre Antonio Felice y Tulipanes y TULIPANES, vereda Suroeste, desde Avenida República Oriental del Uruguay hacia Pedro Berton, incluye cruce por Avda. República Oriental del Uruguay, 290 metros en total, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 2096/2012/1-1(DE). Artículo 2º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso correspondiente para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo convenientemente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto en Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza declarando Reserva Natural Urbana al predio municipal denominado Estancia “La Malvina”. Expte Nº 141-1/2012 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “ARTICULO 1º: Declárase Reserva Natural Urbana al predio municipal denominado Estancia “La Malvina”, cuya nomenclatura catastral es Ejido 047, Circunscripción IV, Radio N, Chacra 8, Parcela 1, Referencia Municipal 31.943.-ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo elaborará un plan de manejo, que asegure: 1. Oportunidades para la educación, recreación y turismo.- 2.Preservar muestras de los paisajes originarios en buen estado de conservación que contribuyan a mantener los procesos naturales de la región.-3. Conservar el hábitat de especies características de la flora nativa y la fauna autóctona, considerando su valor ecológico o trascendencia cultural.- 4. Proteger sitios históricos y lugares especiales de valor comunitario. 5. Facilitar la investigación.-ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios tendientes a la conservación, investigación y administración del área, compatibles con la designación de Reserva Natural Urbana.-ARTICULO 4º: A los fines de preservar el predio de la Reserva Natural Urbana, queda prohibido: 1)A toda persona, organismo público y empresa privada o estatal, efectuar despuntes, talas y/o lesiones de cualquier tipo (incisiones, agujeros, extracción de flores o frutos, cortes) que afecten el desarrollo y crecimiento de la flora del lugar, salvo aquellas que sean necesarias para el mantenimiento del ambiente natural, debiendo cualquier tarea ser realizada por el personal autorizado para tal fin. 2) Cabalgar, practicar deportes o juegos, fuera de los lugares específicamente habilitados para tales fines, por la autoridad de aplicación.- 3) Estacionar vehículos de cualquier tipo fuera de los lugares específicamente habilitados para tal fin. 4) Arrojar o depositar con carácter provisorio o definitivo, cualquier tipo de objeto, sustancia y/o residuo. 5) Cazar, prender fuego y/o acampar fuera de los lugares habilitados a tales fines. 6) Cavar, extraer, colocar, trasladar tierra o materiales removibles existentes, salvo aquellos materiales que provengan de un determinado manejo o restauración de un área en particular. 7) Aplicar cualquier técnica química, biológica, física o fisiológica sobre las especies vegetales existentes; salvo aquellas necesarias para mantener la salubridad del área protegida. 8) Realizar nuevas construcciones o forestaciones, sin la autorización de la Dirección de Turismo. ARTICULO 5°: De forma”.-
Conforme lo dispuesto en Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se adhiere la Municipalidad de Santa Rosa en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.427, de Pasantías Educativas. Expte Nº 116-1/2012 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26427, de Pasantías Educativas. Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo deberá reglamentar la presente Ordenanza dentro de los noventa (90) días desde su promulgación. Artículo 3º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto en Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza asignando nombres a distintas calles de nuestra Ciudad. Expte Nº 188-1/2012 (HCD) y 11/84 X Cuerpo (HCD).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Señor Presidente: Solicito, de ser posible, un breve cuarto intermedio para acordar la modificación que hablamos esta mañana con el Bloque del Frepam, así le damos la forma.-
Puesta a votación, la moción resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora veinte con cinco minutos. A la hora veinte con siete minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Como el despacho por Mayoría ha tenido algunas correcciones, se va a dar lectura por Secretaría a cómo quedaría en definitiva.-
Por Secretaría se da lectura al Proyecto con las modificaciones introducidas, de acuerdo al texto que se transcribe a continuación.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Desígnase con el nombre de ADOLFO CÉSAR MERINGER a la calle paralela inmediata hacia el Sudeste de la calle Valerio Zocchi desde Antonio Felice en todo su trayecto, que se ubica en el croquis que, como Anexo I se adjunta a la presente. Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo procederá a la señalización correspondiente en un plazo de sesenta (60) días a partir de la promulgación de la presente. Artículo 3º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada – para la actualización de la base de datos. Artículo 4º: De forma”. —
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto con las modificaciones leídas por Secretaría, resultando aprobado por unanimidad en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
9) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza referido a crear el Registro de Bicicletas y Ciclomotores eléctricos y autorizarlos a circular en la ciudad. Expte Nº 106-1/2012 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “ARTÍCULO 1º: Autorízase en todo el ejido de la ciudad de Santa Rosa la circulación de bicicletas y/o ciclomotores eléctricos o a batería, en un todo de acuerdo a las normativas vigentes y aplicables a ciclomotores de hasta 50 c. c. de cilindrada.- ARTÍCULO 2º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa el Registro de Bicicletas y/o Ciclomotores Eléctricos.- Se otorgará al propietario de dicho rodado una oblea identificatoria con un código alfa numérico de tres (3) letras y 3 (tres) números. Dicha oblea será obligatoria para quienes posean este tipo de vehículos y circulen dentro del ejido municipal, debiendo exhibirla en un lugar visible.-ARTÍCULO 3°: La oblea será de renovación anual con vigencia desde el 01/01 al 31/12. El Departamento Ejecutivo determinará el color a utilizarse cada año, con el objeto de permitir a la autoridad de aplicación, una fácil identificación de la vigencia de la misma.-ARTÍCULO 4º: Los requisitos para la obtención de la oblea, serán: a) Presentación de la factura de compra del vehículo, u otra documentación que avale la compra del mismo; b) En caso de no poseer ninguna documentación que acredite la titularidad, la misma podrá implementarse mediante una Declaración Jurada avalada por dos testigos. La misma deberá realizarse ante la autoridad policial, dejando constancia de la legalidad de la adquisición del vehículo, y expresando los motivos por los cuales no posee documentación. Además deberá contener el número de motor y chasis. En el mismo acto, deberá constar que se ha notificado al declarante y testigos, que la falsedad de lo declarado los hará incurrir en sanciones previstas en la ley penal para el falso testimonio.-ARTÍCULO 5º: Acreditada la titularidad del vehículo, conforme el artículo anterior, la Dirección de Tránsito abrirá un legajo donde conste la siguiente documentación: a) Formulario de Inscripción, implementado por el Departamento Ejecutivo Municipal, donde consten los datos del propietario, APELLIDO y NOMBRES, Nº de DNI y DOMICILIO, y los datos del vehículo, MARCA, MODELO (si se puede determinar), NUMERO DE CHASIS y MOTOR. b) Fotocopia certificada de la factura de compra, acta de subasta, boleto de compra venta u original de la Declaración Jurada realizada según el artículo anterior. c) Fotocopia del DNI del propietario. d) Número de oblea asignada. e) Foto color donde surjan claramente las características del velocípedo verificado.-ARTÍCULO 6º: A los efectos de la transferencia de estos vehículos, el vendedor deberá comunicarlo al Municipio, y tener la oblea correspondiente al año en curso, a fin de permitir que se produzca el cambio de titularidad en el registro municipal.-ARTÍCULO 7º: La oblea tendrá un arancel anual equivalente al establecido en la Ordenanza Tarifaria para motocicletas, motonetas y similares.-ARTÍCULO 8º: A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, y en el caso de constatarse a través de los controles realizados por los inspectores municipales, que el vehículo no lleva la oblea correspondiente que acredite la inscripción en el registro municipal, el personal de la Dirección de Tránsito estará facultado para retener la unidad y trasladarla a la dependencia municipal que determine el Departamento Ejecutivo.-ARTÍCULO 9º: A los efectos del artículo precedente, para poder retirar el vehículo, el propietario deberá cumplir con la reglamentación vigente para motos eléctricas y motovehículos.-ARTÍCULO 10º: El propietario de estos rodados eléctricos deberá cumplir con todas las normas vigentes en materia de tránsito, aplicables al uso de motovehículos, así como también asume todas las responsabilidades civiles y/o penales derivada de su dominio. Asimismo, deberá reunir todos los requisitos exigidos para la obtención de la licencia de conductor para motos de hasta 50 cc. de cilindrada.- ARTICULO 11º: Quedan excluidos de esta ordenanza los ciclomotores eléctricos infantiles, considerados juguetes, que alcanzan una velocidad máxima hasta 10 km/h. ARTICULO 12°: Corresponde el Departamento Ejecutivo la reglamentación de la presente Ordenanza, dentro de los noventa (90) días contados a partir de su promulgación.-ARTÍCULO 13º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto en Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza por el cual se modifica parcialmente el artículo 1º de la Ordenanza 4315/2011 referida a Licencia por Descanso Anual a los Agentes de la Municipalidad de Santa Rosa comprendidos en la Ley 643. Expte Nº 10/84 (HCD).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Primero, es para manifestar que este Proyecto de Ordenanza impulsado por el Bloque del Partido Justicialista, ha venido a cubrir una demanda que tenían los empleados municipales que están afiliados al SOEM, que nos manifestaron esta inquietud. Y consideramos que era razonable que se pudieran tomar las vacaciones hasta el 30 de noviembre, modificando el plazo que antes era hasta el mes de diciembre. De todas maneras ha surgido un inconveniente con la redacción también, así que voy a solicitar un cuarto intermedio para ponernos de acuerdo con la redacción del artículo.-
Puesta a votación, la moción resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora veinte con diez minutos. A la hora veinte con veinticinco minutos, se reanuda la Sesión. —
PRESIDENCIA: Por Secretaría se dará lectura al despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones -del Proyecto de Ordenanza-, que ha tenido algunas modificaciones, para luego ponerlo a votación.-
Por Secretaría se da lectura a Proyecto, con las modificaciones introducidas durante el cuarto intermedio, de acuerdo al texto que se transcribe a continuación.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA (Con las modificaciones): “Artículo 1º: Sustitúyase el texto del artículo 117 de la Ley Nº 643, Estatuto para los Agentes de la Administración Pública Provincial, publicada por Separata N° 1045 del Boletín Oficial, a la cual se adhirió mediante Ordenanza Nº 53/84 y que fuera modificada por Ordenanza Nº 4315 promulgada el día 4 de Enero de 2011, por el siguiente: “Artículo 117º.- La Licencia por Descanso Anual será otorgada por el jefe de la repartición en donde el agente preste servicios y será notificada al agente en un plazo no inferior a treinta (30) días corridos. Esta licencia podrá postergarse dentro del mismo año, en tanto la misma sea gozada en su totalidad antes del 30 de Noviembre del año que se trate. Puede asimismo ser transferida al año siguiente, por razones de servicio debidamente fundadas y mediante el dictado de ladisposición correspondiente de la Secretaría competente. Se transferirán al año siguiente las licencias que el agente no hubiera podido utilizar por encontrarse en uso de las previstas en los artículos 127º inciso a), c) y 133º de la Ley 643 según Separata 1045 del Boletín Oficial y artículo 127º inciso b). Cuando opere la transferencia de la licencia anual al año siguiente, deberá la misma gozarse dentro del período comprendido entre el primero (1º) de Enero y el treinta (30) de Noviembre del año referido, sin excepciones. Cuando se trate de cónyuges que se desempeñen como agentes comprendidos en este Estatuto y la licencia de uno de ellos sea postergada o transferida, el otro tendrá derecho a idéntica postergación o transferencia, siempre que ello no ocasione graves inconvenientes al servicio”.. Artículo 2º: Derógase cualquier disposición contraria a la presente.- Artículo 3º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora veinte con treinta minutos.-