ACTA Nº 1115 DECIMOSÉPTIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1115

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1115 DECIMOSÉPTIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1115 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los cinco días del mes de julio del año dos mil doce, siendo la hora diecinueve con diez minutos, da comienzo la Decimoséptima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2012, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los señores Concejales Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Taboada procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
En primer término, se pone en consideración el Acta Nº 1112, correspondiente a la Decimocuarta Sesión Ordinaria del Período 2012, la que resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Es muy breve, para hacer un pequeño homenaje, de un hecho histórico en la Ciudad. Hoy se ha inaugurado el canal de televisión cooperativo. Me parece un hecho muy importante para la comunidad, para los servicios públicos de los santarroseños. Hemos participado varios integrantes del Concejo Deliberante. Y me permitiría también hacer referencia, muy brevemente, a cómo se origina este logro que se inaugura hoy, que es un aporte a la discusión democrática, y a la cultura y a la comunicación en nuestra ciudad y nuestra región. En el año 2004, el Foro Argentino de Radios Comunitarias convocó a la Coalición por una Radiodifusión Democrática. Ahí se generó un movimiento con los 21 Puntos Básicos para reclamar por una Ley de Radiodifusión Democrática. Acordémonos que hasta ese momento estaba vigente la normativa de facto -la 22.285-, que era una norma basada e inspirada en la Doctrina de la Seguridad Nacional. Y sucesivos funcionarios nacionales hasta que llegó la Ley, obstruyeron el logro de la Cooperativa, de que las cooperativas pudieran tener cables. Esta norma se reforma en 2005 durante el gobierno de Néstor Kirchner -la Ley 26.053- y comienza el camino por el cual las Cooperativas pueden acceder al canal de cable. Sin embargo, nosotros queríamos dejar muy destacado en este momento, la importancia para nuestra ciudad, para nuestra región, nuestra Provincia, de este hecho. Hoy, en el Acto Inaugural estaban los cooperativistas, los trabajadores, los movimientos sociales. Y estaban también los anticooperativistas, los que se quedaron con las columnas de la Cooperativa, rindiéndose ante la evidencia de que el movimiento social organizado y democrático, tiene una fuerza que finalmente lo hace triunfar. Fue muy importante la comunicación por teleconferencia donde participó la señora Presidenta de este importante acto. Me parece que tenemos que destacarlo, porque siempre hemos dicho que en esto de brindar servicios públicos de calidad y a un costo razonable, debe ser un gran aliado de la Municipalidad la Cooperativa Popular de Electricidad. Por eso hay quienes han hecho la historia de la Ciudad, y han hablado siempre de “las dos Hermanas” -el Municipio y la Cooperativa, que nació en 1930-. Quería hacer esas consideraciones, porque me parece que es un hecho histórico el que hemos vivido en el día de hoy en nuestra Ciudad. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. El día 3 de Julio pasado, se conmemoró un nuevo Aniversario de la muerte de quien fuera dos veces Presidente de los argentinos, Don Hipólito Yrigoyen. Juan Hipólito del Sagrado Corazón de Jesús Yrigoyen Alem, fue más conocido como Hipólito Yrigoyen. Había nacido en Buenos Aires el 13 de Julio de 1852 y fue una destacada figura y uno de los fundadores de la Unión Cívica Radical. Junto a su tío Leandro Alem, comenzó su vida política como miembro del Partido Autonomista, un partido de base popular. Y fue uno de los fundadores, junto a su tío y Aristóbulo del Valle, tanto de la Unión Cívica como de la Unión Cívica Radical. Algunos de sus apodos más conocidos fueron “El Peludo” y “El Vidente”, siendo la razón de este último su capacidad para interpretar las demandas, necesidades e intereses de sus interlocutores. A lo largo de su vida, mostró una gran versatilidad en el desempeño de diversas funciones. Fue Comisario de Policía en el Barrio de Balvanera, Presidente del Consejo Escolar de la misma ciudad, Profesor de Historia, Filosofía e Instrucción Cívica. Fue estudiante de Abogacía, diputado, jefe revolucionario y por último Presidente de la República Argentina. Durante los años que ejerció la docencia -entre 1880 y 1905- donó sus honorarios al Hospital de Niños. Participó y lideró numerosas revoluciones que, si bien fracasaron en sus objetivos concretos, prepararon el terreno para la implementación de la Ley Sáenz Peña. Con la Ley del Voto en el año 1912, más conocida como “Ley Sáenz Peña”, llegaría a la Presidencia el 12 de Octubre de 1916, siendo el primer Presidente en la Historia Argentina en ser elegido por sufragio universal secreto y obligatorio, y concluir así con el período conservador. Ese día, la multitud enfervorizada desenganchó espontáneamente los caballos del carruaje que trasladaba al flamante Presidente Radical desde el Congreso y lo llevó a pulso hasta la Casa Rosada. En 1928, fue electo Presidente del país por segunda vez, por una abrumadora mayoría. Su período de gobierno quedó inconcluso, como consecuencia del Golpe de Estado encabezado por el General José Félix Uriburu. Quizás el hecho más importante de este segundo gobierno, fue la decisión tomada el 1º de Agosto por parte de la Empresa Petrolera YPF, de intervenir en el mercado petrolero para fijar el precio. Igualmente, 37 días después, el 6 de Septiembre fue depuesto por el primer golpe de Estado en la época constitucional, apoyado en gran medida por la prensa, por las familias oligarcas, el Ejército y la oposición de las elites conservadoras. Varios historiadores han vinculado el golpe militar con la decisión que tomó con YPF. Después de su derrocamiento, fue detenido y confinado en la Isla Martín García. Finalmente falleció en Buenos Aires el 3 de Julio de 1933, y fue acompañado a su última morada por una de las manifestaciones espontáneas más masivas y sorprendentes de la Historia Argentina. Para concluir, señor Presidente, quiero dejar una frase de Yrigoyen, que dice que: “La democracia no sólo consiste en la garantía de la libertad política; entraña a la vez, la posibilidad para todos para poder alcanzar un mínimo de felicidad siquiera”. Gracias, señor Presidente.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución N° 26/2012 (HCD), mediante la cual se remite Expediente Nº 158-1/2012 (HCD) para su devolución. Pasa a archivo.-
I.2) NOTA 89-2012 remitida por el Departamento Ejecutivo informando sobre Gestión del Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana, elaborado por su Presidente, correspondiente al período comprendido entre el 1º de Diciembre de 2011 y el 31 de Mayo de 2012–
PRESIDENCIA: Por un acuerdo con los Presidentes de los Bloques, se decidió que esta nota quedaría reservada en Secretaría, para el caso de que algún Concejal la necesitara. Así que queda en Secretaría.-
I.3) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 28/2012 (HCD), mediante la cual se remite Expediente Nº 170-1/2012 (HCD) para su devolución. Pasa a archivo.-
I.4) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 27/2012 (HCD), mediante la cual se remite Expediente Nº 168-1/2012 (HCD) para su devolución. Pasa a archivo.-
I.5) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4632/2012, mediante el cual la Municipalidad se adhiere al Decreto 303/2012 de la Provincia de La Pampa. Expte Nº 154-1/2012. Pasa a archivo.-
I.6)Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4634/2012 mediante la cual se modifica el primer párrafo del Artículo 142º (bis) de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86, y Promulgación de Ordenanza Nº 4635/2012 mediante la cual se sustituye el Artículo 86º y se modifica el Artículo 91º de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86. Expte. Nº 44-4/1985 (DE). Pasa a archivo.-
I.7) Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza Nº 4636/2012, mediante la cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público en calle Sor ESTEFANÍA MONTALDO. Expediente Nº 151-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
II – DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1) Nota presentada por la Comisión Vecinal Barrio Malvinas Argentinas, solicitando la gestión necesaria para garantizar seguridad vial sobre la Ruta Nº 35. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
II.2) Nota presentada por la Fundación Corazones del Sur, solicitando el padrinazgo de los espacios verdes correspondientes a las calles Cnel. Gil, Alvear y Alte. Brown. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.3) Nota presentada por la Escuela de Boxeo “Juan Carlos Ceballos” informando que los días sábado 4 y domingo 5 de Agosto del corriente año se realizará una jineteada en el campo “Los Pinos” y solicitando que se declare de Interés Municipal dicho evento. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. —
II.4) Nota presentada por la Sra. Zolecio Alejandra, solicitando se le dé nombres a las calles del Barrio Portal del Sur para facilitar los servicios de ambulancia, policía y bomberos como también realizar las conexiones de Gas, ya que Camuzzi Gas Pampeana no acepta calles sin nombre. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III – DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Instalación de Alumbrado Público en calle Padre Francisco Marcos DONATI .Expte. N° 2756/2012/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.2) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, el consorcio formado por los vecinos de las calles Pedro TUEROS y PLUMERILLO y se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Gas Natural de las mencionadas calles. Expte. N° 973/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.3) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle Baldomero TELLEZ .Expte. N° 2194/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.4) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle SANTIAGO DEL ESTERO. Expte. N° 2396/2012/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.5) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se desafecta del dominio público del Estado Municipal el inmueble municipal donde se encuentra la Escuela Nº 258, el Jardín de Infantes Nº 5 y Escuela República Argentina de esta ciudad. -1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.6) Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Gas Natural en calle PERÚ, vereda Noroeste, desde punto de empalme hacia Paso de los Carros. Expte. Nº 1944/2012/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.7) Proyecto de Ordenanza remitido por el Bloque Comunidad Organizada, mediante el cual la Municipalidad queda autorizada a partir del cumplimiento del plazo de seis meses a subastar los vehículos secuestrados o retenidos en dependencias municipales. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.8) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al Consorcio formado por los vecinos de calle ELISEO TELLO Sur, vereda Oeste, desde punto de empalme hacia Antonio Cavero. Expte. Nº 6506/2011/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.-DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACION, Resolución Y Disposición.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Es para plantear un Proyecto de Resolución que queremos presentar sobre tablas, dado que mañana se presentará en este Recinto un Libro, “Betina sin Aparecer”. Es un Libro de Daniel Tarnopolsky, que se fundamenta en la defensa y promoción de los Derechos Humanos. Daniel Tarnopolsky, hijo de Blanca y Hugo, nació en la Ciudad de Buenos Aires en 1958. Su hermano Sergio fue detenido mientras cumplía el servicio militar obligatorio en la Escuela de Mecánica de la Armada, en julio de 1976. Luego de la detención de Sergio, a la mañana siguiente llevaron a la esposa de éste, Laura, a sus padres y a su hermana menor, Betina. Todos fueron desaparecidos. Daniel pudo salir del país poco tiempo después, con el apoyo de amigos. Primero se exilió en Chile; más tarde se dirigió a Israel y finalmente se estableció en Francia, donde fue becado para seguir sus estudios de psicomotricista. Se radicó en ese país europeo, y obtuvo la ciudadanía francesa. En 1984 regresó al país y en 1987 inició un juicio civil por daños y perjuicios al ex Almirante Eduardo Massera por las pérdidas sufridas, el cual resultó favorable y donó el dinero que le acordaron a la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo. Estela de Carlotto, en esa oportunidad, lo definió como una persona importante, un ejemplo de vida, de reconstrucción de su propia vida, arrasada por la dictadura. Su Libro “Betina sin Aparecer”, forma parte de la reconstrucción de la memoria histórica de aquellos años. Es un relato que va hacia el pasado, tratando de resignificarlo para que nunca más el terrorismo de Estado se enseñoree en nuestra Patria ni en nuestra América. La obra será presentada por su autor, mañana viernes 6 de julio a las 19.00 horas aquí, en este mismo Recinto de la Democracia. Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.-
La Presidencia pone a votación la moción de ingreso y tratamiento sobre tablas del Proyecto, resultando la misma aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Se va a dar lectura al Proyecto por Secretaría.-
SECRETARÍA: (Leyendo): “Santa Rosa, 3 de Julio de 2012. Por los Fundamentos que serán expresados en el Recinto, el Bloque de Concejales del Partido Justicialista, Comunidad Organizada, Frepam y Bloque Radical, presentan el siguiente Proyecto de Resolución: Artículo 1º.- Declárese de Interés Municipal el libro “BETINA SIN APARECER”, el cual será presentado en el Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa el día 6 de Julio del corriente año en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante. Artículo 2º.- Entréguese copia de la presente al autor, Señor Daniel Tarnopolsky. Artículo 3º.- Regístrese., comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese. Cumplido, archívese”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad.-
IV.1) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque del Partido Justicialista, solicitando al Departamento Ejecutivo interceda ante el Poder Ejecutivo Provincial para que evalúe la posibilidad de incrementar los montos fijados en concepto de ingresos mensuales “per cápita” de la totalidad del grupo familiar que determina el inciso e) del Artículo 2º de la Ley 1.419.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. En realidad, es para fundamentar brevemente este Proyecto que desde el Bloque del Partido Justicialista se ha presentado. Esta Operatoria de PRO.AS -de Propiedad Asegurada- tiene como finalidad precisamente eso: permitir que los vecinos de la Ciudad de Santa Rosa que tienen vivienda única sin haber podido escriturarla por distintos motivos, puedan acceder al asesoramiento de -en este caso- una dependencia municipal -si bien es una Ley Provincial la que lo ha implementado-, contar con el asesoramiento de la oficina municipal, y después tener una reducción en lo que son los costos de honorarios profesionales de abogados o escribanos que tengan que llevar adelante el trámite. Hay dos requisitos que establece la Ley para acceder a este beneficio de poder terminar escriturando la vivienda. Uno está determinado por un ingreso “per cápita” que establece la Ley, de $724.00 -que está acá en los Fundamentos- y que a entender de los vecinos -nos hemos estado reuniendo-, y es público y notorio que es un monto exiguo, por lo cual estamos solicitando que ese requisito sea reconsiderado por el Poder Ejecutivo Provincial. En realidad no depende de nosotros, sino que lo que estamos haciendo es solicitar al Ejecutivo Provincial que revea ese monto. Y el otro requisito, que también es una limitante, es la valuación fiscal que se requiere para poder acceder a este beneficio, que también es un monto de aproximadamente $40.000.00, lo cual también, con el valor que tienen las viviendas actualmente y los terrenos, nos contaban los vecinos que obviamente se les hace difícil acceder. Entonces, la idea es que a través de este Cuerpo se le solicite al Departamento Ejecutivo que interceda ante el Poder Ejecutivo Provincial a efectos de que se revean estos dos requisitos, y que de esa manera se pueda incrementar el número de vecinos que puedan acceder a esta Operatoria. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Sí, gracias, señor Presidente. Totalmente de acuerdo con lo que plantea el Concejal preopinante, pero es para solicitar a ver si este Proyecto de Comunicación puede ser transformado en un Proyecto de Resolución que se dirija directamente al Poder Ejecutivo Provincial, con copia al Poder Ejecutivo, para que directamente sea el Gobernador o la Provincia quien tome cartas en el asunto -tome conocimiento de esto-, sin necesidad de hacer un paso previo que es informar al Departamento Ejecutivo Municipal. Lo pongo a consideración del Concejal -que supongo que es autor de este Proyecto-, y si así están de acuerdo, me parece que podría modificarse el articulado en esa función. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: Estoy de acuerdo con lo que propone la Concejal. Lo que solicitaría, es un cuarto intermedio de diez minutitos para poder ultimar algunos detalles y poder redactar el Proyecto.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Mecca se aprueba por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora diecinueve con treinta y cuatro minutos. A la hora diecinueve con cuarenta minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Por Secretaría, daremos lectura a este Proyecto que pasó a ser de Resolución, con las correcciones realizadas, para poner a consideración de ustedes.-
SECRETARÍA: (Leyendo): “Proyecto de Resolución: Artículo 1.- Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial para que evalúe la posibilidad de incrementar los montos fijados en concepto de ingresos mensuales promedio “per cápita” de la totalidad del grupo familiar que determina el inciso e) del Artículo 2° de la Ley 1.419, estableciendo valores acordes a nuestra realidad socio-económica, conforme el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Artículo 2°.- Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial se revea el monto de valuación fiscal de inmuebles (inciso d, Artículo 2°), puesto que ambos requisitos resultan determinantes al momento de solicitar la admisión en la Operatoria PRO.AS. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa y al Poder Ejecutivo Provincial. Artículo 4°.- De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto de Resolución resulta aprobado por unanimidad, con el texto leído por Secretaría de acuerdo a las modificaciones introducidas durante el cuarto intermedio.-
ORDEN DEL DÍA.-

  1. Despacho conjunto de las Comisiones de Ambiente y Desarrollo Sustentable y Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crea la figura de Reserva Natural Urbana en el ámbito de la ciudad de Santa Rosa. Expediente N° 141/2012 (HCD). Por Secretaría se da lectura.-

–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Créase la figura de Reserva Natural Urbana en el ámbito de la ciudad de Santa Rosa.- Artículo 2°: Podrá ser declarado “Reserva Natural Urbana” el espacio natural o semi-natural que revista importancia ecológica, social, histórica y/o estética y que se encuentre dentro del ejido urbano de la ciudad de Santa Rosa.- Artículo 3°: La declaración de Reservas Naturales Urbanas tienen como objetivos: 1) Mantener y conservar muestras representativas de ecosistemas propios de la Región. 2) Mantener y Conservar sitios de importancia geológica y paleontológica, o elementos que revistan relevancia histórica y/o estética. 3) Proteger la diversidad biológica del área. 4) Determinar ámbitos precisos para la investigación, recreación y la educación ambiental.- Artículo 4°: La afectación y desafectación de una “Reserva Natural Urbana” se efectivizará a través de la ordenanza correspondiente.- Artículo 5°: La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Santa Rosa o dependencia que en el futuro la reemplace. Artículo 6°: La autoridad de aplicación habilitará, controlará y asesorará en el manejo de las Reservas Naturales Urbanas. Asimismo incentivará la realización de talleres abiertos a la comunidad fomentando la participación ciudadana en temas referidos a la protección ambiental, investigación y educación.- Artículo 7°: La autoridad de aplicación establecerá los criterios y acciones conservacionistas y de manejo, los que serán aplicados en forma especial en cada reserva. Artículo 8°: Facúltese al Departamento Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación, a realizar las mejoras en la Reserva, las cuales no podrán afectar el valor histórico, ecológico y social de la misma. Artículo 9°: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente ordenanza dentro de los ciento veinte (120) días.- Artículo 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido, Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario, proyecto de ordenanza mediante el cual se crea el “HOGAR DE MEDIO CAMINO” en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Santa Rosa, con el objeto de dispensar la atención, tratamiento, alojamiento y manutención de personas víctimas de violencia de género y/o víctimas de trata de personas, junto a los hijos que se encuentren a cargo. Expediente N° 156-1/2012 (HCD). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “ARTÍCULO 1°: El objeto de la presente ordenanza es dispensar la atención, tratamiento, alojamiento y manutención de personas víctima de violencia de género y/o víctimas de trata de personas, junto a los hijos que se encuentren a su cargo. ARTÍCULO 2°: Créase el “HOGAR DE MEDIO CAMINO” en el ámbito de la Municipalidad de la ciudad de Santa Rosa.- ARTÍCULO 3°: La autoridad de aplicación será la Subdirección de Políticas de Género o dependencia que en el futuro la reemplace. ARTÍCULO 4°: La autoridad de aplicación tendrá a su cargo la organización, coordinación, ejecución, dirección y reglamentación del funcionamiento del Hogar de Medio Camino. ARTÍCULO 5°: La autoridad de aplicación atenderá toda solicitud de ingreso al Hogar de Medio Camino, cuando la persona en estado de vulnerabilidad, encuentre bajo amenaza su integridad física, psicológica o la de sus hijos, durante el tiempo que demande su recuperación y fortalecimiento. ARTÍCULO 6°: El ingreso al Hogar de Medio Camino es gratuito y temporal, cuando la situación socio-familiar de la víctima de violencia de género y/o víctima de trata de personas lo exija. Tanto su ingreso como su egreso serán voluntarios. ARTÍCULO 7°: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente ordenanza en un plazo de noventa (90) días.- ARTÍCULO 8°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente ordenanza será afectado a la partida presupuestaria correspondiente del presupuesto en vigencia.- ARTÍCULO 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Taboada.-
CONCEJALA TABOADA: Muchas gracias, señor Presidente. Yo pedí la palabra, porque el otro día se podría haber votado pero queríamos ampliarlo y mejorarlo, pensando en que el “Hogar de Medio Camino” es una instancia de mucha importancia, y esperamos que prenda en esta comunidad como para que en lo sucesivo pueda haber varios “Hogares de Medio Camino”, e incluso que pueda servir para otras comunidades. Sabemos que el Hogar de Medio Camino es la última instancia en la que una persona va a estar alojada allí, cuando se ha detectado que no tiene familiares o allegados que puedan contenerla. Entonces, en ese momento es cuando se produce el ingreso de la persona, y hasta tanto la persona realmente se encuentre en condiciones de manejarse sola. El Hogar procura que la persona vaya paulatinamente responsabilizándose de su accionar, restableciendo su autoestima, su autovaloración y facilitando su integración. En cuanto a la trata de personas, es una situación más compleja, más delicada, en tanto no sólo es trabajar al respecto de la integración al medio social, sino que hay que trabajar coordinadamente con todos los organismos, porque hay que desarticular otros mecanismos para que no vuelvan de nuevo a involucrarla, sabiendo que si la persona es llevada inmediatamente a su hogar, es nuevamente captada. A este Proyecto lo trabajamos todos -todos-. Así que deseamos que este Proyecto sea el inicio de un gran trabajo, para que la comunidad y los niveles de poder público y privados, propendan a la real defensa, atención y ejecución de políticas sociales atinentes a la temática, dejando de lado las diferencias que hubiere, de cualquier tipo. Sólo nos debe interesar que cada vez haya menos violencia. Sólo se necesita involucrarse, comprometerse y trabajar para que la violencia y la trata de personas no nos sea familiar. Gracias, señor Presidente.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de ordenanza mediante el cual se dispone la ejecución de aperturas de sendos canteros separadores entre las respectivas calzadas principales de la Avda. Agustín SPINETTO y sus calles colectoras. Expedientes. N° 6-1/2012 (HCD) y 6634/2011/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Dispóngase la ejecución inmediata de las aperturas de sendos canteros separadores entre las respectivas calzadas principales de la Avda. Agustín SPINETTO y sus calles colectoras de conformidad con los croquis Nº 1 y 2, obrantes a fs. 5/10 del Expediente. Nº 6634/2011/1-1 (DE). Artículo 2º: Cumplimentadas las aperturas, procédase a materializar la señalización vertical y horizontal complementaria. Artículo 3º: La presente Ordenanza comenzará a regir cuando se haya cumplimentado lo establecido en el artículo 2º precedente. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante la cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público, en calle ACONCAGUA entre Juan Vaira y Manuel Dorrego, ACONCAGUA entre Pedro Edgardo Giachino y Juan Vaira y ACONCAGUA entre Raúl B. Díaz y Pedro Giachino. Expedientes N° 173-1/2012 (HCD) y 2367/2009/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público, en calle ACONCAGUA entre Juan Vaira y Manuel Dorrego, ACONCAGUA entre Pedro Edgardo Giachino y Juan Vaira y ACONCAGUA entre Raúl B. Díaz y Pedro Edgardo Giachino, de esta Ciudad, conforme documentación obrante en Expediente Nº 2367/2009/1-1 (DE). Artículo 2º: Apruébase la planificación y presupuesto elaborado por la Dirección de Obras Públicas, que asciende a la suma total de PESOS: TRECE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 13.152,31), resultando consecuentemente un costo por metro lineal frente de PESOS: CUARENTA Y SEIS CON SESENTA CENTAVOS ($ 46,60), para la calle ACONCAGUA entre Juan Vaira y Manuel Dorrego y PESOS: VEINTIUNO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($21,46) para la calle ACONCAGUA entre Pedro Edgardo Giachino y Juan Vaira y ACONCAGUA entre Raúl B. Díaz y Pedro Edgardo Giachino con valores referidos al mes de ABRIL/12. Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. Artículo 3º: La obra contará con la instalación de tres (3) luminarias con lámparas a vapor de sodio de 150 W. y será ejecutada por Administración con personal de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes para la obra mencionada en el Artículo 1º, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el Plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socio-económico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 5º: La mora en el pago de las cuotas determinará que Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 6º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra, constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 7º: Los escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 8º: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 9º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS ” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 10º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 11º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 12º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo acordado en Labor Parlamentaria, se pasa a la votación del Proyecto. El mismo resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, votándose en forma nominal -previa lectura- los Artículos 2º y 4º, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 1° de la Ordenanza N° 4597/12, declarando de Interés general, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público, en calles ALLAN KARDEC y FLORENTINO MARQUEZ entre Antonio Cavero y Sergio López y ANTONIO CAVERO entre Allan Kardec y Juan Schmidt de esta Ciudad. Expedientes. N° 102-1/2012 (HCD) y 1769/2010/1-1 (DE ). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 4597/12, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público, en calles Allan KARDEC y Florentino MARQUEZ entre Antonio Cavero y Sergio López y Antonio CAVERO entre Allan Kardec y Juan Schmidt, de esta Ciudad, conforme a documentación obrante en Expediente Nº 1769/2010/1-1 (DE)”.- Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Gas Natural en calle GENERAL ALSINA, vereda Sur, desde el punto de empalme hacia Terrenos del Ferrocarril, 48 metros incluye cruce por General Alsina y General Juan Ayala. Expedientes. N° 172-1/2012 (HCD) y 753/2012/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle General ALSINA, vereda Sur, desde el punto de empalme hacia Terrenos del Ferrocarril, 48 metros incluye cruce por General Alsina y General Juan Ayala, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente. Nº 753/2012/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme a Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales BUTALO S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo acordado en Labor Parlamentaria, se pasa a la votación del Proyecto. El mismo resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público en calle MANUEL DORREGO entre Padre Durando y Esmeralda y MANUEL DORREGO entre Esmeralda y Aconcagua de esta Ciudad. Expedientes N° 174-1/2012 (HCD) y 2320/2009/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público en calle, Manuel DORREGO entre Padre Durando y Esmeralda y Manuel DORREGO entre Esmeralda y Aconcagua des esta Ciudad, conforme documentación obrante en Expediente Nº 2320/2009/1-1 (DE). Artículo 2º: Apruébase la planificación y presupuesto elaborado por la Dirección de Obras Públicas, que asciende a la suma total de PESOS: DIEZ MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 10.486,72), resultando consecuentemente un costo por metro lineal frente de PESOS: CUARENTA Y CINCO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 45,74), para la calle Manuel DORREGO entre Padre Durando y Esmeralda y PESOS ONCE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($11,68) para la calle Manuel Dorrego entre Esmeralda y Aconcagua con valores referidos al mes de ABRIL/12. Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. Artículo 3º: La obra contará con la instalación de tres (3) luminarias con lámparas a vapor de sodio de 150 W. y será ejecutada por Administración con personal de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes para la obra mencionada en el Artículo 1º, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el Plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socio-económico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 5º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 6º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra, constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 7º: Los escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 8º: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 9º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS ” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 10º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 11º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 12º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo acordado en Labor Parlamentaria, se pasa a la votación del Proyecto. El mismo resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, votándose en forma nominal -previa lectura- los Artículos 2º y 4º, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Es simplemente para hacer una reflexión. Hace muchísimos años, siendo yo Residente en el Hospital Sor María Ludovica de La Plata, tenía como Jefe de la Sala 2 al Doctor Siri. Y nos tocaba a nosotros los médicos en formación, recibir niños NN recién nacidos. En aquel entonces, militando ya, hicimos una noche que fue memorable en el Hospital de Niños, donde pusimos las paredes del hall central, las recubrimos con las fotos de los médicos represores a los que nosotros teníamos que rendirles -digamos- pleitesía, porque eran nuestros jefes. Esa noche, terrible, terminó con la vida de un Psiquiatra, el Dr. Zicienski y la de su mujer Nora Gola. Y desde entonces, el servicio de Neurología y Psiquiatría al cual yo pertenecía, no fue nunca lo mismo. Hoy, tengo la suerte de estar sentada nada menos que en un recinto de la democracia. Y en este lugar -y disculpen que esté tan emocionada- tengo que anunciarles que hace unos minutos nada más lo han condenado a Jorge Rafael Videla a cincuenta años de prisión, y además su tercera condena a reclusión perpetua, por el Tribunal Oral 6 de la Capital Federal, nada menos que por un plan sistemático de apropiación de bebés. Así que celebro la democracia. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Una consulta, antes de finalizar, señor Presidente: si vamos a sesionar la semana que viene.-
PRESIDENCIA: La verdad es que hoy no lo tratamos. Pero si quieren, hacemos un cuarto intermedio y nos reunimos con los cuatro Presidentes de Bloques.-
Por unanimidad el Cuerpo acuerda pasar a un breve cuarto intermedio, finalizado el cual se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Señor Presidente, era simplemente para comentar lo que se resolvió en el cuarto intermedio, de seguir sesionando la semana que viene con total normalidad y solicitar, en virtud de que se va a seguir trabajando con total normalidad, si es posible acelerar el trámite para que puedan llegar a la Comisión los funcionarios del área de Obras Públicas y de la Empresa Plaza para poder, si bien estamos dentro de los 15 días, avanzar en el tema del servicio de transporte público de pasajeros, ya que anoche también se trató el tema en el Consejo de Discapacidad y me parece que es un tema que no podemos seguir prolongándolo en el tiempo. Era simplemente para hacer ese pedido nuevamente: que se convoque a los funcionarios correspondientes para poder charlar con ellos y con la Empresa, para poder dialogar entre todos y ver si encontramos una solución.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Simplemente, es para tomar nota de lo que dice el Concejal Cuelle. Vamos a volver a llamar a los funcionarios -creo que ya fueron invitados a la Comisión por nota-. Así que volveremos a insistir, porque a nosotros también nos urge poder resolver la situación que estamos viviendo con el tema de los colectivos; y sesionaremos con normalidad el próximo jueves. Nada más.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. Es para que reformulemos las Comisiones del día lunes, ya que el día lunes es feriado, para poder hacerlas funcionar el día martes y que también se cambie el plazo para la entrega de proyectos.-
PRESIDENCIA: El acuerdo es seguir sesionando normalmente. Y las Comisiones, por algún cambio que pueda haber, se pondrán de acuerdo entre las mismas Comisiones. Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Es para que quedemos en que mañana nos reunimos para acordar el tema de las Comisiones y el cierre del horario de la presentación de proyectos.-
La Presidencia pone a votación la moción de la Concejala Rodríguez, la que resulta aprobada por unanimidad.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora veinte con cinco minutos.-

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