Ordenanza Nº 3332/2005

La Municipalidad de Santa Rosa es libre de humo, en todas las oficinas o recintos cerrados dependientes de ella-Modifícase el texto de la Ordenanza N° 664/89

ORDENANZA N° 3332. Santa Rosa, 27 de mayo de 2005.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- Modifícase el texto de la Ordenanza N° 664/89, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1: En todas las oficinas o recintos cerrados dependientes de la Municipalidad de Santa Rosa, queda terminantemente prohibido fumar cigarrillo, cigarros, pipas o similares que, mediante la combustión de tabaco, hierbas o productos semejantes, contaminen el aire ambiente.
Artículo 2: La inobservancia de la prohibición de fumar establecida precedentemente, dará lugar a llamado de atención por parte de cualquier persona que, a ese solo efecto, queda equiparada a funcionario público. Si el trasgresor, luego de intimado a cesar en su conducta, persistiera en su actitud, será sancionado:

  1. Si se tratare de un funcionario o de un agente dependiente de la Administración Pública Municipal, con la sanción prevista para la inobservancia de las normas que le impongan deberes propios de su condición (Art. 38, inc. t) de la Ley 643 y Art. 113 de la Ley 1597 – Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento).
  2. Si se tratare de persona ajena a la Administración Pública Municipal, con exclusión del recinto o dependencia en que se hallare.

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo y el Presidente del Concejo Deliberante autorizarán a los empleados y funcionarios fumadores dirigirse a espacios al aire libre dentro de la dependencia municipal para fumar.
Artículo 4: El Departamento Ejecutivo organizará y promoverá la realización de campañas públicas de esclarecimiento y concientización a la población acerca de los efectos perniciosos del hábito de fumar sobre la salud del fumador activo y pasivo, mediante toda forma de divulgación que pueda beneficiar la erradicación del hábito de fumar.
Artículo 5: El Departamento Ejecutivo colocara carteles y ceniceros en las entradas de los edificios. Los carteles indicarán : “La Municipalidad de Santa Rosa es libre de humo, por favor deje su cigarrillo aquí”.

Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 65/88 (H.C.D).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CINCO.
Juan Carlos Suarez, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Prof.Griselda Noemí Giuliano, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 02 de junio de 2005.-
Exptes. N° 65/88 (H.C.D) y 4425/2005 (D.E.).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Resolución N° 938/2005-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Dr. José Carlos Moslares, Secretario de Gobierno y Acción Social.-
Dirección General de Administración: 02 de junio de 2005.-
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil trescientos treinta y dos (3332/2005).-
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.-

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