Ordenanza Nº 4271/2010

Obra de pavimento calle Emilio ZOLA, entre Enrique VALERGA y José LURO, y para los vecinos de calle Emilio ZOLA, entre Víctor LORDI y José LURO

Ordenanza N° 4271: Santa Rosa, 22 de Octubre de 2010.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º: Modifícase el artículo 6º de la Ordenanza Nº 4236/10, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a la Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma:

  1. Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($252.886,00), resultando consecuentemente un costo por metro lineal frente para los vecinos de calle Emilio ZOLA entre Enrique VALERGA y José LURO, de PESOS: OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($836,86) y para los vecinos de calle Emilio ZOLA, entre Víctor LORDI y José LURO de PESOS: SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 692,81).

Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final.
2. El importe de la totalidad de la cuadra incluída las bocacalles se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada 3. El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 216-1/2010 (HCD) y 1217/2003/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEZ.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 25 de Octubre de 2010.-
Exptes. N° 216/2010/2-1 H.C.D y 1217/2003/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 926/2010.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Elida Noemí Deanna, Secretaria de La Producción, A/C Sec.O. S. Públicos y Planeamiento Urbano, C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.
Dirección General de Administración: 25 de Octubre de 2010.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil doscientos setenta y uno (4271/2010).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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