Ordenanza Nº 4477/2011
Programa Integral para la Prevención, Asistencia y Oportunidades para el Desarrollo para Víctimas de Trata de Personas por Explotación Sexual y Prostitución
Ordenanza N° 4477: Santa Rosa, 07 de Octubre de 2011.El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Apruébase el “Programa Integral para la Prevención, Asistencia y Oportunidades para el Desarrollo para Víctimas de Trata de Personas por Explotación Sexual y Prostitución”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuya coordinación estará a cargo de la Subdirección de Políticas de Género dependiente de la Secretaría de Gobierno y Acción Social.
Artículo 2°: Establécense como objetivos y actividades del Programa, sin perjuicio de otros no enunciados expresamente, los siguientes:
- a) Participar en el diseño de políticas y de medidas necesarias para asegurar la protección y la asistencia de las victimas de los delitos de trata de personas y de explotación sexual.
- b) Organizar y desarrollar actividades de capacitación con el fin de favorecer la identificación de las posibles victimas y conocer las formas en que opera el crimen organizado nacional y transnacional relacionado con la trata de personas y la explotación sexual.
- c) Promover la realización de actividades de estudio, investigación y divulgación entre organismos e instituciones estatales y organizaciones no gubernamentales vinculadas a la protección, especialmente, en el marco de los derechos de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
- d) Propiciar la integración de una red interinstitucional conformada por dependencias de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, con despliegue de una acción interdisciplinaria y multisectorial que involucre a los diferentes niveles gubernamentales.
- e) Promover conciencia y acciones frente a la responsabilidad del “prostituyente” en la generación y sostenimiento de las actividades de trata de personas y explotación sexual.
- f) Facilitar la suscripción de Convenios con los poderes del Estado Provincial, con otras provincias, con la Nación y con otros municipios, así como con organismos públicos o privados, personas físicas y jurídicas, para la adopción de medidas destinadas a monitorear, prevenir y erradicar la trata de personas y la explotación sexual.
- g) Cooperar con las autoridades judiciales, migratorias y las fuerzas de seguridad y policiales con competencia especificas en la materia.
- h) Habilitar un Registro de Organizaciones no Gubernamentales cuyo objeto se relacione con la trata y tráfico de personas y la explotación sexual.
- i) Diseñar su propio Plan de Acción y someterlo a aprobación del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 3°: Las personas que ingresen bajo el Programa podrán acceder a una asistencia económica mensual, de conformidad con lo previsto en el Componente 3 a) del Programa aprobado por el Artículo 1°, la que podrá ser variable y se establecerá de acuerdo con la personal situación social y psicofísica de la víctima, en un monto de hasta el equivalente a la categoría 16 de la ley 643, y estará exenta de la obligación de rendición prevista en la Ordenanza N° 3436/06.
Esta asistencia económica mensual se extenderá por un periodo de seis (6) meses, renovable como máximo por un período similar, sujeto a evaluación del equipo profesional encargado del abordaje y acompañamiento de la persona bajo programa, de conformidad con los requisitos de ingreso y permanencia en el Programa que determine la reglamentación dispuesta por el Departamento Ejecutivo.
Artículo 4°: La asistencia económica mensual prevista en el artículo anterior se afectará con cargo a la partida presupuestaria de transferencias a personas que específicamente se cree en el Presupuesto vigente, en jurisdicción de la Secretaría de Gobierno y Acción Social.
Artículo 5°: Todos los funcionarios y agentes municipales que se encuentren en contacto con personas bajo el “Programa Municipal para la Prevención, Asistencia y Oportunidades para el Desarrollo para Víctimas de Trata de Personas por Explotación Sexual y Prostitución” y/o en conocimiento de datos relacionados con hechos vinculados a la Trata de Personas y explotación sexual, quedan obligados a respetar y garantizar la privacidad de las víctimas y la confidencialidad de la información obtenida y su fuente.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. Nº 187-1/2011 (HCD) y 4103/2011/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL ONCE.
PROGRAMA INTEGRAL PARA LA PREVENCION, ASISTENCIA Y OPORTUNIDADES PARA EL DESARROLLO PARA VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS POR EXPLOTACION SEXUAL Y PROSTITUCION.
El presente programa proporcionará un procedimiento de actuación que, de manera integral y sistemática, posibilite y garantice la recuperación de sus derechos a las personas que son víctimas de trata, explotación sexual y prostitución aplicando además, la planificación de acciones orientadas a la prevención, capacitación, comunicación e información sobre esta problemática.
ORGANO DE APLICACION:
SUBDIRECCION DE POLÍTICAS DE GÉNERO, dependiente de la Dirección de Acción Social de la Secretaría de Gobierno y Acción Social.
EQUIPO PROFESIONAL:
Psicóloga y abogada.
ARTICULACION:
Con todas las dependencias Municipales; con otros Organismos Públicos provinciales y nacionales (con competencia en materia de justicia, salud, desarrollo social, educación, trabajo y producción, policía y seguridad, migraciones, UFASE, etc.) con los que eventualmente se establezcan convenios; y Organizaciones No Gubernamentales.
REQUISITOS DE INGRESO AL PROGRAMA Y PERMANENCIA:
Evaluada la situación por el Equipo Técnico, la persona víctima de explotación sexual y prostitución será informada sobre sus derechos y requisitos para el ingreso al Programa y permanencia, los cuales serán con el pleno consentimiento de la misma a todo tipo de asistencia.
COMPONENTES DEL PROGRAMA:
- Asistencia médica-psicológica-social.
- Asistencia Legal.
- Oportunidades para el desarrollo: incluye al menos tres lineas de intervención.
- Capacitación.
- Comunicación.
Los componentes relativos a la asistencia médica, psicológica, social y legal de las víctimas son de carácter prioritario.
Este abordaje debe ser específico e integral.
- COMPONENTE ASISTENCIA MEDICA – PSICOLOGICA -SOCIAL.
El acompañamiento está centrado en reconstituir la condición de sujeto de derecho a la persona afectada. Esto implica respetar sus decisiones y tiempos, estableciendo vínculos de confianza y confidencialidad.
Más allá de toda fantasía sobre la prostitución, la investigación psicológica sobre casos concretos indica que “estas personas, cuyos cuerpos son invadidos permanentemente, a través de los años sufren consecuencias de tal gravedad que sólo son comparables a las de quienes han sufrido tortura física y psicológica”.
Como relata la psicóloga María Lourdes Molina, la iniciación temprana de las víctimas (12-13 años), da cuenta de la cronicidad de la victimización y el grave daño que ello deja en su psiquismo, como así también la necesidad de recursos de alta complejidad para abordarlos de manera integral.
Los procesos de degradación humana de las víctimas dan cuenta de la alienación de sus cuerpos, como objetos de uso sexual, y sobre su mente, la cual conserva los recuerdos y secuelas de lo vivido.
Podemos agrupar los daños que produce la explotación sexual según las áreas afectadas:
- A nivel físico: embarazos no deseados, abortos no deseados, infecciones de transmisión sexual, efectos de violencia física.
- A nivel psicológico: pérdida de autoestima, desconfianza, culpa, tristeza, depresión, tendencias destructivas, disociación.
- A nivel social:exclusión, marginación.
A medida que una persona se encuentra sometida a una situación de explotación o servidumbre, comienza a padecer un profundo agotamiento, baja de su defensa psicológica y va anulando su capacidad crítica, cayendo en un progresivo abandono de todo deseo de comprender. Por ello se observa:
- Automatismo a nivel corporal.
- Bloqueo a nivel cognitivo.
- Perturbaciones profundas a nivel emocional.
- Sintomatología Asociada:
- Impacto psicológico de la Sexualidad Traumática:
- Confusión acerca de la propia identidad sexual.
- Confusión acerca de las normas de interacción sexual.
- Aversión al contacto íntimo.
- Conducta sexual precoz.
- Agresión sexual.
- Conducta sexual compulsiva.
- Promiscuidad y/o prácticas prostituyentes.
- Impacto psicológico de la Traición:
- Depresión.
- Dependencia extrema.
- Rabia u hostilidad.
- Desconfianza crónica / problemas de intimidad.
- Conducta Agresiva.
- Implicación en transgresiones o situaciones delictivas.
- Propensión a formar parejas violentas.
Impacto psicológico de la Estigmatización:
- Sentimientos de culpa, vergüenza y asco.
- Baja autoestima.
- Aislamiento.
- Abusos de drogas y/o alcohol.
- Automutilación.
- Ideas suicidas o intentos de suicidio.
1 Impacto psicológico de los Sentimientos de Ineficacia:
- Ansiedad.
- Temores.
- Percepción de sí mismas como víctima.
- Necesidad de control.
- Identificación con el agresor.
- Pesadillas.
- Fobias.
- Quejas somáticas.
- Desórdenes de la alimentación y sueño.
- Sentimiento de vacío y falta de sentido.
- Depresión.
- Disociación.
2) COMPONENTE ASISTENCIA LEGAL.
La trata de personas representa la negación de los derechos fundamentales de las personas; implica anular a la persona en cuanto sujeto de derecho. Es un delito contra la libertad, cuya principal característica es la privación de la libertad de las personas que por diversos medios son captadas por redes que poseen ramificaciones que exceden una jurisdicción territorial, y vulnera otros bienes jurídicos de las personas víctimas. Los bienes jurídicos comprometidos, además de la libertad, son la dignidad,la identidad, la integridad física y psíquica, la seguridad de las personas, el derecho a no ser sometido a torturas ni otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, el derecho a la libre circulación, el derecho a fundar un hogar y una familia, el derecho al mayor nivel posible de salud, el derecho a la educación, etc.
Es la “esclavitud moderna” y su erradicación no podrá sobrevenir sin el trabajo mancomunado de todos los operadores de manera tal que, pese a encontrarnos frente a un delito de competencia federal, donde además interviene la Policía provincial en forma activa en la detección de este flagelo, a partir de los llamados “delitos vinculados”.
Por tales motivos, el abordaje de la temática desde la asistencia legal deviene ineludible. Se le dará a las victimas durante esta etapa toda la información sobre sus derechos y las diferentes alternativas e implicancias, para que sean ellas mismas quienes consientan el tipo de asistencia que garanticen su seguridad y el acceso a la justicia con el fin de reparar sus derechos vulnerados.
Se le deben garantizar a las victimas principios básicos como:
- Respeto a los derechos humanos.
- No discriminación.
- Información sobre sus derechos y el proceso de asistencia.
- Consentimiento informado.
- Confidencialidad y derecho a la privacidad.
- Seguridad y protección.
- Evitar un daño mayor.
- Asistencia personalizada.
- Trato justo y acceso a la justicia.
- Derecho a la Asistencia Jurídica.
- Acceso a la acción civil e indemnización.
- Permanencia en el país de destino y estatuto de residencia.
La declaración testimonial y las medidas de pruebas son esenciales para poder avanzar en la investigación; por eso son fundamentales el acompañamiento y asesoramiento de las agraviadas en todas las etapas del proceso. La declaraciones tendrán que ser recabadas por profesionales que posean habilidad y técnicas de preguntar, en forma respetuosa, educada, paciente, evitando el autoritarismo, contacto físico, la sobre-familiaridad, etc.
3) COMPONENTE DESARROLLO DE OPORTUNIDADES.
El Programa propone suministrar a las víctimas posibilidades de desarrollo de oportunidades, a modo de brindarles recursos para facilitar la toma de decisión sobre un proyecto de vida.
Hemos fundamentado que parte de las causas de que una mujer sea prostituida o víctima de trata con fines de explotación sexual son las escasas o nulas posibilidades de desarrollo personal, entendiendo por ello la falta de acceso a la educación en los distintos niveles, la conflictividad familiar, la falta de oportunidades para el acceso al empleo o emprendimientos.
Estas dificultades se fundan en las desigualdades de la que son víctimas las mujeres en general. Según, estudios de investigación sobre la situación de las mujeres en relación con su desarrollo y autonomía económica, el 70 por ciento de las personas pobres en el mundo son mujeres y poseen únicamente el 1% de la riqueza mundial.
A escala mundial, la desigualdad en las oportunidades de disfrutar los derechos económicos, sociales y culturales es un aspecto central en la existencia de las mujeres y un síntoma de la subordinación al poder social, económico y político, haciéndolas más vulnerables a la violencia, la explotación, sexual y otras formas de abuso.
En nuestro país, durante los años 90 y en particular en la crisis vivida en el 2001, se produjeron los índices más altos de desocupación y -en consecuencia- de mayor aumento de la pobreza. Ese escenario fue propicio para las redes mafiosas de prostitución que aprovecharon la situación de vulnerabilidad social y económica de muchas mujeres que fueron captadas en las redes y sometidas a la prostitución.
La lógica de mercado exacerbada durante esa década profundizó la mercantilización de los cuerpos, particularmente de las mujeres, haciendo de este “negocio” uno de los más rentables a escala planetaria, asociado al mercado de la droga.
El impacto de las políticas neoliberales se ve recrudecido en las mujeres pobres que han sido sometidas a la explotación sexual como una de las pocas salidas de sostenimiento económico. La falta de acceso a la educación o el abandono de los estudios en los diversos ciclos -primario y secundario- despojaron a las personas de la integridad en tanto sujetos.
Es en estos años que se da un ingreso importante de mujeres provenientes de otros países, como República Dominicana y Paraguay, entre otras nacionalidades según indica el informe de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). En nuestra provincia, esto se ha visto notoriamente en algunas poblaciones sobre todo de mujeres de nacionalidad dominicana explotadas sexualmente en prostíbulos.
La Municipalidad de Santa Rosa generó un dispositivo basado en una fuerte decisión política de lucha contra la trata de personas con fines de explotación sexual para lo cual se dio una intervención integral con una fluida articulación de los recursos disponibles en el ámbito municipal, entre ellos la búsqueda de alternativas para el empleo o desarrollo de emprendimientos.
El Programa propone tres líneas de intervención:
- Asistencia económica: Se establecerá un Fondo a través del cual se otorgará una Asistencia Económica mensual, cuyo monto será variable y se determinará -dentro de los parámetros que determine la respectiva Ordenanza- tomando en considerando la personal situación en la que se encuentren las víctimas al momento de acceder al Programa, previa evaluación de su estado de salud integral (físico y psíquico) y su contexto social por el equipo profesional. Tendrá una duración mínima de seis (6) meses, durante el cual las personas deben aceptar el tratamiento y acompañamiento brindados por el Programa y, además, realizar la terminalidad educativa y/o la capacitación para su formación en algún oficio, que le permitan emprender un nuevo proyecto de vida. La Asistencia Económica mensual podrá prorrogarse -por recomendación del ârgano de aplicación con evaluación del equipo profesional- por un muevo período de seis (6) mes, como máximo.
- Acceso a empleo digno: Se procurará el acceso a un empleo a través de la Secretaría de la Producción mediante las gestiones, convenios y programas disponibles con otros organismos públicos y privados. Se ingresará una ficha de aptitud laboral al sistema de búsqueda de empleo; se gestionará el desarrollo de nuevas oportunidades para las víctimas, apelando a la responsabilidad social del sector privado, y conviniendo la disponibilidad de cupos en programas de empleo que impulsen las áreas públicas competentes en materia de Trabajo y Desarrollo Social.
- Acceso a empleo de autogestión a través de microemprendimientos: a través de la Secretaría de la Producción y/o mediante convenios con otros organismos públicos y privados, se gestionará el desarrollo de micro-emprendimientos y/o el otorgamiento de créditos de economía social para facilitar el autoempleo y oportunidades de desarrollo para las personas víctimas. El Organo se aplicación y las demás áreas municipales competentes efectuará el acompañamiento y colaboración necesarios para facilitar la formación, capacitación y seguimiento de los proyectos, a la vez que la persona continuará con el tratamiento integral para su salud y su formación educativa y/o laboral.
- COMPONENTE CAPACITACION.
Es necesaria la capacitación en servicio de manera permanente para los equipos que intervienen, como así también mantener una línea de trabajo de sensibilización hacia otros actores sociales: ONG, comunidad, estudiantes secundarios, entre otros.
Para ello será importante alcanzar acuerdos con el ámbito académico, lo que propiciará el contexto para promover -además- investigaciones para el análisis de la evolución de la problemática en el contexto local y en relación con el contexto regional y nacional.
La formación del recurso humano y la extensión de acciones a la comunidad deberá establecerse con una propuesta anual de trabajo.
En este sentido, se incorpora a este programa una línea de intervención dirigida a los y las adolescentes, “Vínculos Saludables”, como herramienta pedagógica en educación sexual para el acceso a la información y sensibilización en la población escolarizada de nivel secundario, respecto de las relaciones respetuosas entre los géneros, tendientes a la erradicación de prácticas prostituyentes.
5) COMPONENTE COMUNICACION E INFORMACION.
Anualmente se deberá prever el diseño de campañas y acciones de comunicación, con estrategias combinadas a efectos de contribuir a las políticas preventivas y para combatir la trata de persona, explotación sexual y la prostitución.
Las acciones de comunicación e información serán una línea de intervención fundamental para mantener el tema en la agenda política y de los medios de comunicación, en el marco del acceso a la información como derecho humano de las personas.
ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº 4477/11.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 12 de Octubre de 2011.-
Exptes. N° 187/2011/2-1 HCD y 4103/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 1111/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social: Luis Alberto Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Elida Noemí Deanna, Secretaria de La Producción.-
Dirección General de Administración: 12 de Octubre de 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil cuatrocientos setenta y siete (4477/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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