Ordenanza Nº 5035/2014
Reglamento General de las Comisiones Vecinales. Personería Municipal a la Comisión Vecinal "Butaló I"
SANTA ROSA (L.P.), 11 DE MARZO DE 2014.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 5035/2014
Artículo 1°.- Otórgase a la Comisión Vecinal “Butaló I” la Personería Municipal establecida en el Capítulo II, Artículo Nº 4 de la Ordenanza Municipal Nº 4410/2011-Regulatoria General de las Comisiones Vecinales-.
Artículo 2º: La Comisión reconocida se denominará “Comisión Vecinal Butaló I”, nombre con el cual deberá actuar a partir de la entrada en vigencia de la Presente y tendrá su ámbito de actuación en la jurisdicción establecida en el punto 52 de la Resolución Municipal Nº 383/2013.-
Artículo 3º: El presente reconocimiento tendrá efectos desde el día de entrada en vigencia de la presente.-
Artículo 4º: La Personería Municipal otorgada no implica asunción por parte de la Municipalidad de Santa Rosa de más funciones y/o responsabilidad sobre las Comisiones Vecinales que las establecidas por Ordenanza Nº 4410/2011 y normas que puedan modificarlas en el futuro.
Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 163-3/2005(HCD) y 7849/2013/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 24 de Abril de 2014.-
Exptes. N° 163/2005/2-3 HCD y 7 849/2013/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 449/2014.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. Jose Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales.-
Dirección General de Administración: 21 de Abril de 2014.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil treinta y cinco (5035/2014).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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