Ordenanza Nº 4861/2012

Donación a la Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa Seccional Santa Rosa (UTELPa), una porción de inmueble

Ordenanza N° 4861: Santa Rosa, 20 de Abril de 2012.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º: Ratifícase la Resolución Nº 1622/2011 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
“Artículo 1°: Dónase a la Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa, Seccional Santa Rosa, (UTELPa), la porción del inmueble identificado catastralmente como Ejido 047, Circunscripción III, Radio j, Manzana 24, parcela 2, Referencia N° 29.140, Partida N° 668.227, cuyo croquis de ubicación forma parte de la presente como Anexo I, identificado con la letra “C 2”, para la construcción de un salón de usos múltiples e instalaciones accesorias.-
Artículo 2°.- La Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa, Seccional Santa Rosa, se hará cargo de todo los gastos correspondientes a los trámites de Mensura y escrituración del inmueble descripto en el Artículo 1°.-
Artículo 3°.- Impónese al donatario el cumplimiento de la carga de permitir el uso en forma gratuita de las instalaciones a construir, para el desarrollo de actividades comunitarias y recreativas, en la forma y condiciones estipuladas en el convenio de uso que como Anexo II forma parte de la presente; y dar comienzo a la construcción del en el plazo deun (1) año y concluir los mismos en el plazo decinco (5) años, a partir de la promulgación de la ratificación presente, En la escritura traslativa de dominio, deberá constar explícitamente el cargo impuesto por la presente.
Artículo 4°.- El no cumplimiento de cualquiera de las imposiciones contenidas en la presente, como así también el cambio en el destino o la disolución de la Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa, Seccional Santa Rosa, (UTELPa), será causal suficiente para que la Municipalidad de Santa Rosa ejerza el derecho de reversión de la presente donación”.-

Artículo 2 º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 37-1/2012 (HCD) – 7152/2011/1-1 (D.E).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DOCE.
Susana Ines Garcia de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Ángel Baraybar, Presidente Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 27 de Junio de 2013.-
Exptes . N° 37/2012/2 -1 HCD y 7152/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 674/2013.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 27 de Junio de 2013.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil ochocientos sesenta y uno (4861/2013).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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