Ordenanza Nº 4896/2013

Apruébase en todos sus términos la Adenda al Convenio suscripto entre, la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Hispano Argentina Mutual Social y Cultural

SANTA ROSA (L.P.), 16 DE AGOSTO DE 2013.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 4896/2013

Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos la Adenda al Convenio suscripto entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Hispano Argentina Mutual Social y Cultural de nuestra Ciudad que como Anexo I forma parte de la presente.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 93/1988 (HCD) y agreg. 1802/1997 – I, II y III Cuerpo (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL TRECE.
Susana Ines Garcia de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Ángel Baraybar – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

ADENDA

En la ciudad de Santa Rosa, a los ocho (8) días del mes de Julio del año 2013, entre la Municipalidad de Santa Rosa, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal, De. Luis LARRAÑAGA, con domicilio en la Av. San Martín Nº 50 de esta ciudad, y Asociación Hispano Argentina Mutual y Cultural de Santa Rosa, Matrícula Nacional LP Nº 14 y Registro Provincial Nº 13, representada por su Presidente, Arq. Luis Ricardo TIERNO, con domicilio en calle Hilario Lagos Nº 237, ambos de esta ciudad, acuerdan el celebrar la presente Adenda al Convenio suscripto entre las partes, con fecha 08 de Agosto de 2008, aprobado por Resolución Nº 575/09 del Comisionado Municipal, modificando la cláusula SEGUNDA del mencionado Convenio, la que quedará redactada de la siguiente manera: “SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD abonará a LA ASOCIACIÓN, en concepto de contraprestación por la cesión, la suma de PESOS SEIS MIL ($6000) mensuales; monto que podrá ser sujeto a revisión y/o actualización cada dos (2) años. Asimismo LA MUNICIPALIDAD eximirá a LA ASOCIACIÓN del pago de tasas municipales y servicios sanitarios correspondientes a las referencias Nº 1177, 1525 y 1526, durante la vigencia del presente contrato.-”
En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.-

Santa Rosa, 27 de Agosto de 2013.-
Expte Nº 98/1988/2-1 HDC y 1802/1997/1-1 , 2 y 3 (DE).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 918/2013.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Lic. José Eduardo Sevilla, Secretario de Gobierno y Relaciones Institucionales; Cr. Miguel Ángel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.-
Dirección General de Administración: 27 de Agosto de 2013.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil ochocientos noventa y seis (4896/2013).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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