Invítase a los Establecimientos Educacionales de la ciudad de Santa Rosa, que posean bufets, kioscos o similares a incorporar alimentos saludables en su stock de venta, conforme a lo establecido en la Ordenanza 3807, que se adjunta a la presente..

SANTA ROSA L.P., 28 DE MAYO DE 2012 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Aprueba la siguiente Resolución Nº 21/2012 Artículo 1°: Invítase a los Establecimientos Educacionales de la ciudad de Santa Rosa, que posean bufets, kioscos o similares a incorporar alimentos saludables en su stock de venta, conforme a lo establecido en la Ordenanza 3807, que se adjunta a la presente..
Artículo 2°: Remítase copia de la presente a todos los Establecimientos Educacionales de la ciudad de Santa Rosa y a los Ministerios de Salud y de Cultura y Educación de la Provincia de La Pampa.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Expte Nº 314/2007 y N° 114-1/2012 (HCD).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DOCE.-

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