Ordenanza N° 3657/2007

Atención prioritaria de personas de edad avanzada, embarazadas y/o con capacidades diferentes. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4643/2012

Santa Rosa (L.P.), 30 de Marzo de 2007.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1º.- Los Establecimiento Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales, como asimismo las Empresas Privadas que brinden atención al público en cualquier o modalidad, arbitrarán en forma progresiva medidas tendientes a la atención prioritaria de personas de edad avanzada, embarazadas y/o con capacidades diferentes, sin perjuicio de las normas propias de los establecimientos sanitarios, sean públicos o privados.-
Artículo 2°: Colóquese obligatoriamente en dichos establecimientos un cartel a la vista del público, de tamaño visible, la siguiente leyenda: “SE PRIORIZARA LA ATENCION DE LAS PERSONAS DE EDAD AVANZADA, DISCAPACITADAS Y EMBARADAZAS”.-
Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo procurará la difusión de la presente Ordenanza en todos los establecimientos públicos y privados de la ciudad que presten atención al público.-
Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 16-1/07 (H.C.D.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL SIETE.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 16 de abril de 2007.
Exptes. N° 16/07 H.C.D y 2788/2007 D.E. .-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 397/2007.
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Dr. José Carlos Moslares, Secretario de Gobierno y Acción Social.
Dirección General de Administración: 16 de abril de 2007.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil seiscientos cincuenta y siete (3657/2007).
Alicia G. de Roveda, A/C Despacho General.

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