ORDENANZA N° 3363/2005

Reglamento General de las Comisiones Vecinales – La Personería Municipal a la Comisión Vecinal de Las Artes

Santa Rosa (L.P.), 11 de julio de 2005.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1º.- Otórguese a la Comisión Vecinal de Las Artes la Personería Municipal establecida en el Capítulo II, Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 792/90 y su modificatoria N° 3157/2003 Reglamento General de Comisiones Vecinales.-
Artículo 2°.- La Comisión reconocida se denominará “Comisión Vecinal de Las Artes”, nombre con el cual deberá actuar a partir de la entrada en vigencia de la presente y tendrá su ámbito de actuación en la Jurisdicción establecida en el punto 1 de la Resolución Municipal N° 1790/04.-

Artículo 3°.-El presente reconocimiento tendrá efectos desde el día de entrada en vigencia de la presente y hasta la fecha de finalización del mandato de la actual Comisión Directiva, conforme Artículo 21 de la Ordenanza N° 792/90, y su modificatoria N° 3157/2003.

ARTICULO MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 3701/2007, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 3º: El presente reconocimiento tendrá efectos desde el primer día de entrada en vigencia de la presente.
Artículo 4°.-La Personería Municipal otorgada por la presente no implica asunción por parte de la Municipalidad de Santa Rosa de mas funciones y/o responsabilidad sobre las Comisiones Vecinales que las establecidas por Ordenanza N° 792/90 y su modificatoria 3157/2003 y normas que puedan modificarse en el futuro.-
Artículo 5º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese.

Exptes. N° 163/05 (H.C.D) y 7527/04(DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CINCO.
Leandro M. Altolaguirre Vice-Presidente A/C del Honorable Concejo Deliberante; Prof. Griselda Noemí Giuliano, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-

Santa Rosa, 18 de julio de 2005.-
Exptes. N° 163/2005 (H.C.D) y 7527/04 (D.E.).-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Resolución N° 1094/2005-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Cr. Pablo Oscar Larrañaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento, A/C Secretaría de Gobierno y Acción Social.-
Dirección General de Administración: 18 de julio de 2005.-
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil trescientos sesenta y tres (3363/2005).-
Cristina D. de Cavassa, A/C Despacho General.-

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