ORDENANZA N° 551/1988
Estableciendo Asignación Especial al personal municipal por hijo discapacitado
Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa el 4 de Octubre de 1988.
ARTICULO 1º: Establécese para el Personal Municipal una Asignación por hijo discapacitado equivalente al 15% de la asignación total de la categoría 8,por cada hijo discapacitado a su cargo, sin límite de edad.
ARTICULO 2º: Déjase sin efecto el último párrafo del Artículo 86º de la Ley 643 de aplicación en el ámbito Municipal por Ordenanza N° 53/84.
ARTICULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza será imputado a la partida ” Personal ” del Presupuesto vigente.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Cumplido: archívese.
Delia Esther GETTE Santiago Eduardo ALVAREZ
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Cocejo Deliberante
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –