ORDENANZA N° 16/1984
Tarifa del boleto único del servicio urbano de pasajeros
Santa Rosa, 8 de febrero de 1984.
ARTICULO 1º.- Fíjase a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza la tarifa del boleto único del servicio urbano de pasajeros en CUATRO PESOS ARGENTINOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($A 4.50) y el boleto escolar en DOS PESOS ARGENTINOS CON VEINTE CENTAVOS ($a 2.20).
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido: Archívese.
María Teresa R. DE MAYER, Néstor Mario BOSIO Secretaria Presidente Honorable Concejo Deliberante
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –