ORDENANZA Nº 13/1984
Prórroga de la vigencia de la Ordenanza Tarifaria 1983
Santa Rosa, 30 de enero de 1984.
ARTICULO 1º.- Prorrógase la vigencia de la Ordenanza Tarifaria 1983 con las siguientes modificaciones:
CAPÍTULO PRIMERO
¨Tasa por alumbrado, limpieza, riego, barrido y conservación de la vía pública.¨
Artículo 2º.- Por los servicios de alumbrado, limpieza y conservación de la vía pública, fíjanse las siguientes tasas por metro lineal y de frente por mes:
Inciso 1. Alumbrado Público:
ZONA A ………….. $ 0.62
ZONA B ………….. $ 1.87
ZONA C ………….. $ 3.41
ZONA D ………….. $ 3.22
ZONA E ………….. $ 5.12
ZONA F ………….. $ 6.82
ZONA G ………….. $ 10.23
Inciso 2. Limpieza:
Por metro lineal de frente y por mes …..$1.81
Inciso 3. Riego:
Por metro lineal de frente y por mes …..$3.51
Inciso 4. Barrido:
Por metro lineal de frente y por mes …..$7.23
Inciso 5. Conservación de la vía pública:
Por metro lineal de frente y por mes:
a) calles asfaltadas ……$ 1.05
b) calles de tierra ………$ 0.57
CAPÍTULO SEGUNDO
¨Inspección a propiedades no edificadas¨.
Artículo 3º: Los terrenos baldíos comprendidos dentro de las zonas establecidas por Ordenanza N° 24/1976 abonarán por metro lineal de frente y por mes, la tasa general de $0.50 ajustada de acuerdo a la ubicación de los mismos con el índice establecido por cada zona.
CAPÍTULO DÉCIMO OCTAVO
¨Tasa por Servicios Sanitarios¨
Apruébase el cuadro tarifario que en anexo forma parte de la presente.
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a incrementar las tasas incluidas en el artículo 1° en hasta un treinta por ciento para la emisión del segundo bimestre de 1984.
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese.
María Teresa R. DE MAYER, Secretaria; Néstor Mario BOSIO Presidente Honorable Concejo Deliberante
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