Ordenanza N° 3237/2004

Modificación del Artículo 86 de la Ordenanza Nº 237/86 - Ordenanza Fiscal

Santa Rosa, 10 de septiembre de 2004.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza:

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 86 de la Ordenanza Nº 237/86, que quedará redactado de la siguiente manera:

“La Dirección de Hidráulica quedará facultada, de acuerdo a la reglamentación que se establezca, cuando los usuarios incurran en mora en el pago de servicios sanitarios o cuando se comprobare mal funcionamiento de las instalaciones internas que ocasionen perjuicios a propios y/o a terceros, para adoptar las medidas necesarias tendientes a la regulación del consumo del domicilio afectado, debiendo garantizar un suministro mínimo, que en ningún caso podrá ser inferior a seis metros cúbicos mensuales.

Los gastos ocasionados en la reducción y/o normalización en la provisión de agua serán liquidados con cargo al infractor”.

Artículo 2º.- Derógase el Capítulo 3, Artículo 001, Inciso b, L-N 1, Párrafo c4 de la Ordenanza Nº 3165/03.

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.

Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 227/03 II Cuerpo (H.C.D.) y 7725/04 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL CUATRO.

C.P.N. Sergio I. A. Draque, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; C.P.N. Fabio R. Grandon, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

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