Ordenanza N° 6546/21:
Déjase sin efecto la excepción concedida mediante Ordenanza N° 5255/2015, sobre una excepción solicitada por el Club Social y Deportivo GENERAL SAN MARTÍN, a las normas contenidas en el Código Urbanístico
Santa Rosa, 15 de Julio de 2021.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1°.- Déjase sin efecto a partir de la promulgación de la presente la excepción concedida mediante Ordenanza N° 5255/2015.
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. N° 7/2014-1 (H.C.D.).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO.
María de los Ángeles ALONSO. A cargo de Secretaría del Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
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