ORDENANZA Nº 5911/2018
DEROGADA. Modificación de artículos de la Ordenanza Nº 2592/2000, relacionada con la radicación de las estructuras de soporte, antenas y equipos complementarios para servicios de comunicaciones
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 5926/2018
Santa Rosa (L.P.), 14 de Septiembre de 2018.
El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Modifícase el subinciso h) del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 2592/2000, cuya redacción será la siguiente:
Artículo 2º: Requisitos Urbanísticos
II). Predios
h) Se permitirá la instalación de Estructuras de Soporte, Antenas y Equipos complementarios para servicios de comunicación y afines, cualquiera sea su tipología, en los espacios públicos pertenecientes a la Municipalidad de Santa Rosa, que sean iguales o superiores a 8.000 m², previo análisis y autorización fehaciente de la Autoridad de Aplicación prevista en la presente Ordenanza. La superficie de espacio público a arrendar no deberá superar el 2% por ciento de la superficie total del predio”.
Artículo 2º: Incorpórese el subinciso ll) al Artículo 2º de la Ordenanza Nº 2592/2000, cuya redacción será la siguiente:
- “ll) La estructura de Soporte, Antenas y Equipos complementarios deberán estar identificados de forma visible desde el exterior, con el nombre de la Empresa a la cual pertenecen. De no cumplirse, serán pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 2592/2000, cuya redacción será la siguiente:
Artículo 3º: Modifícase el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 2592/2000, cuya redacción será la siguiente:
- º: El cumplimiento de los requisitos urbanísticos respectivo permitirá el otorgamiento de un Certificado de Prefactibilidad por parte de la Autoridad de Aplicación, al solo efecto de permitir efectuar las gestiones en dependencias nacionales y elaborar la documentación exigida para prosecución del trámite municipal. Una vez obtenido el Certificado de Prefactibilidad, el interesado tendrá un plazo de 90 días, contado a partir de la fecha de expedición del mismo para completar los demás requisitos establecidos en la presente. Vencido dicho plazo el Certificado de Prefactibilidad caducará, debiendo el interesado reanudar la tramitación solicitando renovación del mismo o cancelar la tramitación dando conocimiento a la Autoridad de Aplicación”.
Artículo 4º: Modifícase el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 2592/2000, cuya redacción será la siguiente:
- º: Una vez cumplimentado los requisitos establecidos en los Artículos anteriores, la Autoridad de Aplicación otorgará el Certificado de Factibilidad de localización correspondiente el cual facultará para la obtención del permiso de obra para la Estructura de Soporte, Antenas y Equipos complementarios, exigiéndose también el cumplimiento de la normativa nacional vigente.”
Artículo 5º: Incorpórese a la Ordenanza Nº 2592/2000 el siguiente texto que, como Artículo 13º Bis, tendrá la siguiente:
- “Artículo 13 Bis: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar convenios de arrendamiento de Espacios Públicos propiedad de la Municipalidad de Santa Rosa destinados a la instalación de Estructuras de Soporte, Antenas y Equipos complementarios para servicios de comunicación y afines, cualquiera sea su tipología, según los requisitos establecidos en la presente Ordenanza”.
Artículo 6º: Incorpórese a la Ordenanza Nº 2592/2000 el Artículo 13º Ter, cuya redacción será la siguiente:
- º Ter: Las locatarias que hagan uso del subinciso h) del Artículo 2º y del Artículo 13º Bis de la presente Ordenanza, deberán realizar las obras de mejoramiento, obras que disminuyan el impacto visual, prestación de internet inalámbrico, mantenimiento, e iluminación del Espacio Público arrendado.”
Artículo 7º: Modifícase el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 2592/2000 cuya redacción será la siguiente:
- º: Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza la Dirección de Obras Particulares y Catastro, y la Dirección de Planificación y Proyectos, o las que en el futuro las reemplacen.”
Artículo 8º: Incorpórese al Anexo I de la Ordenanza Tarifaria Vigente el Artículo 140, cuya redacción será la siguiente:
Cap 26 art 001 inc 4 L-N l En caso de usar Espacios Públicos propiedad de la Municipalidad de Santa Rosa, según lo previsto en la Ordenanza 2592/2000 y sus modificatorias, se abonará por m² del Espacio Público arrendado para el emplazamiento de cada estructura y/o elementos de soportes de antenas y sus equipos complementarios, cualquiera sea su tipología:
Por m² y por mes ____________________1,8 UF
Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 150/2000-1 (H.C.D.) y 7054/99 (D.E.).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
ROIGÉ María Cecilia, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; DOMÍNGUEZ Jorge, Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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