ORDENANZA Nº 5913/2018
Sustitución del Anexo I del Art. 39º de la Ordenanza N° 4226/2010 - SERVICIO PÚBLICO DE COCHES TAXÍMETROS -
SANTA ROSA (L.P.), 21 DE SEPTIEMBRE DE 2018.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA.
Artículo 1°: Sustitúyase el Anexo I del Art. 39 de la Ordenanza N° 4226/2010, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ANEXO I
- La fórmula Polinómica se compondrá de cinco (5) rubros en los cuales se distribuirán los costos mensuales del servicio:
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- Costos Laborales, el cual se denominará N1.0.
- Costos Impositivos y de operación, el cual se denominará N2.0.
- Costos de Combustibles, el cual se denominará N3.0.
- Costos de Mantenimiento de la Unidad, el cual se denominará N4.0.
- Costos de Reposición de Unidad, el cual se denominará N5.0.
- 1) La actualización de la fórmula Polinómica se desarrollará cada seis (6) meses, siendo la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos, o su equivalente, la encargada de analizar los nuevos costos del servicio.
- 2) Para realizar los estudios de costos correspondientes la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos procederá de la siguiente manera:
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- I. Para los costos del Rubro “Costos Laborales” se tendrá en cuenta dos (2) choferes con carácter de titulares de 8 (ocho) horas de trabajo cada uno, y se solicitará a tres (3) licenciatarios titulares y dos (2) suplentes elegidos aleatoriamente por la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos, la rendición de: a) FORMULARIO AFIP 931 de Declaraciones Juradas presentadas y pagadas de Aportes y Contribuciones ante la AFIP; b) libro de Sueldos y Jornales Ley 20.744 en hojas originales otorgadas por el Ministerio de Trabajo o autorizadas por el mismo, c) Clave de alta temprana de los últimos seis (6) meses.
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- A efectos de arribar a la base de comparación, al resultado del cálculo de los Costos Laborales se lo multiplicará por el coeficiente que resulta de tomar el cálculo de los Costos Laborales sobre los choferes registrados presentados por el licenciatario que resultó sorteado en primer término, dividido el cálculo de los Costos Laborales de dos (2) choferes con carácter de titulares de 8 (ocho) horas de trabajo cada uno. No pudiendo en ningún caso dicho coeficiente ser superior a 1 (uno).
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- En caso de presentarse por parte de los tres (3) licenciatarios titulares y dos (2) suplentes elegidos aleatoriamente por la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos, la rendición en forma incompleta, además de incidir en el valor final de este rubro, se aplicarán las penalidades descriptas en el apartado a) 3) inc. I), II) y III).
II. Para los costos del Rubro “Costos Impositivos y de Operación” se solicitará a tres (3) licenciatarios titulares y dos (2) suplentes elegidos aleatoriamente por la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos, la rendición de los pagos de los últimos seis (6) meses vencidos de: a) Impuesto a los Vehículos DGR La Pampa, b) Tasa de Seguridad e Higiene, c) Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros y de Responsabilidad Civil para personas transportadas, d) Constancia de pago del Aporte Previsional como aportante autónomo del Titular de la Licencia, e) Comprobante de pagos de Ingresos Brutos ante la DGR La Pampa, f) pago del Servicio de Base, g) comprobante de pago de cuota CATARATA, h) pago de la Comisión Nacional de Comunicaciones e i) pago de la Resolución 16/07 del Consejo Profesional de Cs. Económicas de La Pampa (Honorarios Profesionales).
III. Para los costos del Rubro “Combustibles” la Dirección de Protección Ambiental y Servicios Públicos solicitará tres presupuestos a estaciones de servicio habilitadas en el ejido municipal por veinte (20) litros de combustible tipo Nafta Súper, y tres presupuestos a estaciones de servicio habilitadas en el ejido municipal por un mil ciento veinticinco (1.125) metros cúbicos (m3) de gas natural comprimido.
IV. Para los costos del rubro “Mantenimiento de Unidad” la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos, sobre la base de tres (3) licenciatarios titulares y dos (2) suplentes elegidos aleatoriamente, solicitará tres presupuestos correspondientes al modelo de automotor asignado a su licencia, de los siguientes items: a) cubiertas rodado 175/65 R14 o la medida correspondiente a cada modelo en cuestión, b) sistema de distribución: servicio, mano de obra y tensión de correa, c) cambio de pastillas de freno, d) juego de discos delanteros, e) sistema de embrague: reparación y mano de obra de reparación de caja de velocidades, f) cambio de líquido refrigerante, g) sistema de refrigeración: cambio de bomba de agua y mano de obra, h) cambio de: campana – rulemanes – tambores y cinta de freno, i) cambio de aceite – filtro de aire – filtro de aceite – filtro de combustible, j) rotación balanceo y alineación de cuatro (4) cubiertas, k) batería 12V para automotor, l) cable de bujías, m) lavado de vehículos, n) GPS y servicio de radio llamado, ñ) reparación de tapizados y recubrimiento de alfombras, o) renovación obleas GNC, p) amortiguadores delanteros y traseros ( por cuatro unidades), q) bujías de encendido.
Para la aplicación de los ítems a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, ñ, p, q a la fórmula Polinómica se le calculará la frecuencia Km./período de desgaste sobre el importe de los mismos, lo cual entregará un índice ponderado mensual. Los valores de la frecuencia Km./periodo de cada ítem serán los siguientes:
item a) 40000 km
item b) 80000
item c) 30000
item d) 60000
item e) 60000
item f) 60000
item g) 80000 Km
item h) 60000 km
item i) 12000
item j) 8000
item k) 80000
item l) 30000
item ñ) 80000
item p) 60000
item q) 30000
Para el ítem m) se solicitarán por intermedio de la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos: tres (3) presupuestos de dos (2) lavados, chasis, motor e interior, mensuales. Los ítems n) y o) son de pago anual y el licenciatario deberá presentar el comprobante de pago del año en curso al momento de la actualización de la fórmula Polinómica.
V. Para los costos del rubro “Reposición de Unidad” la Dirección de Control e Inspección de Servicios Públicos solicitará tres presupuestos a concesionarios oficiales locales o dentro de la Provincia de La Pampa de los siguientes items: a) Automóvil Sedan 4 puertas naftero cilindrada 1000cc a 1600cc con aire acondicionado y dirección hidráulica, airbag conductor y frenos ABS, b) receptor – transmisor de servicio GPS – equipo receptor de Radio llamada, c) equipo de gas natural comprimido, d) tapizados y recubrimientos de alfombras.
Para la aplicación de estos ítems a la formula Polinómica se calculará la frecuencia Km./período de desgaste sobre el importe de los mismos, lo cual entregará un índice ponderado mensual. Los valores de la frecuencia Km./periodo de cada ítem serán los siguientes:
item a) 250000
item b) 500000
item c) 250000
item d) 250000
- 3) Los licenciatarios elegidos aleatoriamente según lo establecido en los incisos I y II del punto A.2) del presente Anexo tendrán un plazo de diez (10) días hábiles para presentar la documentación requerida ante la Dirección de Control e Inspección de y Servicios Públicos. Si alguno de los licenciatarios no presentase en el plazo estipulado la documentación, se procederá de la siguiente manera:
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- I. Se otorgará un plazo de TREINTA (30) días corridos para la presentación de la documentación pertinente. En caso de no hacerlo se aplicará una sanción de quince (15) días hábiles de suspensión de la licencia y una multa correspondiente a 200 veces el importe de la Bajada de bandera.
II. Aquellos licenciatarios que no hubiesen presentado la documentación y comprobantes exigidos deberán presentarse indefectiblemente en el siguiente análisis de costos del servicio junto a los tres (3) licenciatarios elegidos de forma aleatoria en dicha oportunidad.
III. Si en el análisis de costos siguiente inmediato no contasen con toda la documentación y comprobantes requeridos se aplicará el retiro inmediato de la Licencia del Servicio de Taxis.
B. Estructura de Costos:
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- CUADRO I.
Costos Laborales:
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- Aportes Porcentaje de Participación en Costos Totales Jubilación Ley 19032 $434 Obra Social $ 93 Aportes Sindicales según Convenio Colectivo Vigente 67/89 $186.
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- S.A.C. $317,62
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Contribuciones
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- Jubilación $361,77
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- Asignaciones Familiares $137,64
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- Obra Social $186
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- Aportes Sindicales según Convenio Colectivo Vigente 67/89 $62.
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- ART $131,61
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- Previsión para despidos $223,89
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- Seguro de vida choferes $10
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- Vacaciones pagas $217
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- S.A.C. $320,49
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- Sub Total Costos Laborales mensuales N1.0 = $2681,02 29,99%
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CUADRO II.
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- Costos Impositivos y de operación Impuesto a los Vehículos $87,87 Porcentaje de Participación en Costos Totales Tasa de Seguridad e Higiene $15,56 Seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y de responsabilidad civil para personas transportadas $280 Aporte previsional autónomo $180 Ingresos brutos $299,15 Servicio de base $880 Cuota CATARATA $20 Comisión Nacional de Comunicaciones $20 Resolución 16/07 del Consejo Profesional de Cs. Económicas de La Pampa $250 Sub Total costos Impositivos y de operación mensuales N2.0 = $2032,58 22.73%
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CUADRO III.
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- Costos Combustibles Cantidad Porcentaje de Participación en Costos Totales.
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- Nafta Tipo Súper (grado 2) 20 Litros $ 70,34 Gas natural comprimido 1125 m3 $1454,79 Sub Total costos combustibles N3.0 = $ 1525,13 17.06%
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CUADRO IV.
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- Costos Mantenimiento de Unidad Frecuencia Km. / Período Importe Ponderado Porcentaje de Participación en Costos Totales Cubiertas rodado 175/65 R14 50000 $1000 $219,56 Sistema de distribución: servicio, mano de obra y tensión de correa 45000 $500 $121,98 Cambio de pastillas de freno 30000 $50 $18,30 Juego de discos delanteros 60000 $156 $28.54 Sistema de embrague: reparación y mano de obra de caja 60000 $872 $159.55 Líquido refrigerante 60000 $56 $10.25 Sistema de refrigeración: bomba de agua y mano de obra por cambio 60000 $180 $32.93 Cambio de: campana – rulemanes – tambores y cinta de freno 60000 $300 $54.89 Cambio de aceite – filtro de aire – filtro de aceite – filtro de combustible 9000 $209.50 $255.54 Rotación balanceo y alineación 10000 $120 $131.74 Batería 12V para automotor, 60000 $540 $98.80 Cable de bujías 30000 $75 $27.45 Lavado de vehículos Mensual $140 GPS y servicio de radio llamado Anual $600 $50 Reparación de tapizados y recubrimiento de alfombras 80000 $200 $27.45 Renovación obleas GNC Anual $95 $7.92 Amortiguadores cuatro unidades 80000 $900 $123 Bujías 30000 $40 $14.64 Sub Total Costos mantenimiento unidad N4.0 = $1523.02 17.03%
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CUADRO V.
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- Reposición de Unidad Frecuencia Km. / Período Importe Ponderado Porcentaje de Participación en Costos Totales Automóvil sedan 4 puertas naftero 250000 $43000 $944.11 Receptor – transmisor de servicio GPS – equipo receptor de Radio llamada 500000 $4000 $87.82 Equipo de gas natural comprimido 250000 $4500 $98.80 Tapizados y recubrimientos de alfombras 250000 $1100 $48.30 Sub Total Costos Reposición Unidad N5.0 = $1179.04 13.19%
B.1 Fórmula Polinómica:
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- FORMULA POLINOMICA RUBROS FRECUENCIA IMPORTES PARTICIPACION INDICE
Costos Laborales MENSUALES $2681.02 29.99% 1 Costos Impositivos y de operación MENSUALES $2032.58 22.73% 2 Costos Combustibles MENSUALES $1525.13 17.06% 3 Costos Mantenimiento de Unidad MENSUALES $1523.02 17.03% 4 Reposición de Unidad MENSUALES $1179.04 13.19% 5 TOTALES $8940.79 100%
B.2 Cálculo de Coeficiente de ajuste:
- Coef. de ajuste = 0,2999 x N1 + 0,2273 x N2 + 0,1706 x N3 + 0,1703 x N4 + 0,1319 x N5 N1.0 N2.0 N3.0 N4.0 N5.0
C. El ajuste se determinará aplicando la fórmula del cuadro B.1 del presente tomándose como índice sub cero los montos determinados en los Cuadros I, II, III, IV y V del Punto A, y el índice sub uno al nuevo valor cuando se aplique la revisión.
C.1 El resultado obtenido de la fórmula será elevado al Honorable Concejo Deliberante, para su consideración en la actualización de la tarifa, entre el 1º y el 10 de Mayo, y el 1º y el 10 de Noviembre de cada año, según corresponda. En el mismo deberá estar consignada una comparativa de los cuadros previstos en el inciso B del presente anexo; la fórmula resultante y la documentación respaldatoria presentada por los licenciatarios y la autoridad de aplicación.
C.2 Remítase copia del informe elevado al Honorable Concejo Deliberante a las entidades que nucleen a los licenciatarios y choferes respectivamente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 277/1997-6 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
Otero González, Valeria – A/C Secretaría Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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