Ordenanza Nº 5897/2018

Otorgamiento de un crédito a la Sra. DUSCHER N., en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica


SANTA ROSA (L.P.), 24 DE AGOSTO DE 2018.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 5897/2018

Artículo 1º: APRUÉBASE el otorgamiento de un crédito de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000,00) a la Señora DUSCHER, NORA, DNI Nº 27.103.231, CUIT Nº 27-27103231-0, domiciliado en calle Antártida Argentina, de ésta Ciudad, destinado a financiar el proyecto PANADERÍA “ENTRE MASAS”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto Nº 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 2º: El préstamo otorgado será reintegrado en un plazo de SEIS (6) años, pagaderos en SETENTA Y DOS (72) cuotas mensuales y consecutivas, con un período de gracia de VEINTICUATRO (24) Meses para el inicio del pago del capital.

Artículo 3º: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%).

Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía hipotecaria en primer grado que se constituirá – previo al desembolso de los fondos – sobre la plena propiedad de un inmueble de titularidad registral de los Señores Roberto Daniel CABRERA, D.N.I. Nº 25.540.711, y el Sr. Eduardo Marcelo CABRERA, D.N.I. Nº 26.468.888, inscripto por ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, Matrícula II – 63791, Sección A, Partida 776.274, Nomenclatura Catastral: Ejido 047 – Circunscripción II, Radio k, Manzana 015C, Parcela 5.

Artículo 5º: La beneficiaria, Sra. DUSCHER, NORA VANINA, D.N.I. Nº 27.103.231, deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía hipotecaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo y c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual.

Artículo 6º: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.

Artículo 8º: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.

Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 152-1/2018 (HCD) y 4432/20187/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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