Ordenanza Nº 5604/2017
Otorgamiento de un crédito a la Sra. PUNDAN Andrea Viviana, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica
SANTA ROSA (L.P.), 17 DE MARZO DE 2017.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5604/2017
Artículo1º: RATIFÍCASE la Resolución Nº 220/2017 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
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Artículo 1º: APROBAR el otorgamiento de un crédito de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00), a la Sra. PUNDAN, Andrea Viviana, D.N.I. Nº 23.186.014, CUIT 27-23186014-8 domiciliada en calle B. Gonzalez 1577 del Plan 5000 de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto “Proveeduría El Puesto” en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto Nº 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 2º: El préstamo otorgado será reintegrado en OCHENTA Y CUATRO (84) cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de 7 años, con un período de gracia de DOCE (12) meses.
Artículo 3º: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%).
Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria que se constituirá sobre los siguientes bienes que serán adquiridos con fondos del préstamo: 1) Una Cámara de Frío Media Tº, con gancheras, paneles y Motor de 3 HP. Con Evaporador de 3 HP, por un valor de compra de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00) y 2) Una Heladera Batea Exhibidora, por un valor de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00). Y garantía prendaria sobre un bien existente, correspondiente a una Cámara Glaciar Térmica Media Tº de Acero Inoxidable con motor de 1,5 HP la cual se encuentra en funcionamiento y ha sido oportunamente tasada en PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00), lo que hace un total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000,00).
Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria que se constituirá sobre los siguientes bienes que serán adquiridos con fondos del préstamo: 1) Una Cámara de Frío Media Tº, con gancheras, paneles y Motor de 3 HP. Con Evaporador de 3 HP, por un valor de compra de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00), 2) Una Heladera Batea Exhibidora, por un valor de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00). Y garantía prendaria sobre un bien existente, correspondiente a una Cámara Glaciar Térmica Media Tº de Acero Inoxidable con motor de 1,5 HP la cual se encuentra en funcionamiento y ha sido oportunamente tasada en PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00), lo que hace un total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000,00) y como fiador personal el Sr. BONAVITTA, Aldo Antonio D.N.I. Nº 22.026.950 CUIL Nº 20-22026950-8, empleado de la Sociedad de Hecho de JUAREZ, Mario y GISLER, Norberto y al Señor PUNDAN, Heraldo Fabián D.N.I. Nº 20.561.387 CUIL Nº 20-20561387-1 empleado de la Administración Pública Provincial.
Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria que se constituirá sobre los siguientes bienes que serán adquiridos con fondos del préstamo: 1) Una Cámara de Frío Media Tº, con gancheras, paneles y Motor de 3 HP. Con Evaporador de 3 HP, por un valor de compra de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00), 2) 1 (una) Heladera Batea Exhibidora, por un valor de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00), y garantía prendaria sobre un bien existente, correspondiente a una Cámara Glaciar Térmica Media Tº de Acero Inoxidable con motor de 1,5 HP la cual se encuentra en funcionamiento y ha sido oportunamente tasada en PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000,00), lo que hace un total de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MIL ($ 470.000,00) y como fiador personal al Sr. BONAVITTA, Aldo Antonio, D.N.I. Nº 22.026.950, CUIL Nº 20-22026950-8, empleado de la Sociedad de Hecho de JUAREZ, Mario y GISLER, Norberto y la Señora REINHARD, Claudia Fabiana D.N.I. Nº 20.337.402, CUIL Nº 27-20337402-3 empleada de la Administración Pública Provincial.
Artículo 5º: La firma beneficiaria PUNDAN, Andrea Viviana, D.N.I. Nº 23.186.014 deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía prendaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo y c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual.
Artículo 6º: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.
Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.
Artículo 8º: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.”
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte Nº 37-1/2017 (HCD) y 118/2017/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.
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