Ordenanza Nº 5552/2016

Otorgamiento de un crédito a la firma Las Viñas S.R.L., en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica

SANTA ROSA ( L.P.), 30 DE NOVIEMBRE DE 2016.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 5552/2016

Artículo 1º: APRUEBASE el otorgamiento de un crédito de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000), a la firma LAS VIÑAS S.R.L., CUIT Nº 30-71435102-4, domiciliada en Avda. San Martín Nº 142, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto “Servicios Gastronómicos, Eventos, etc.”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica , reglamentada por Decreto Nº 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial Nº 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 2º: El préstamo otorgado será reintegrado en SESENTA (60) cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de 5 años, con un período de gracia de VEINTICUATRO (24) meses.

Artículo 3º: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como asi también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%).

Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con fianza de la firma CINEMA S.R.L. CUIT Nº 30-71478674-8, inscripta en La Dir. Gral. de Superintendencia de Personas Jurídicas y Reg. Público de Comercio con fecha 20/02/2015, en el Libro Sociedades – Tº I/15 – Fº 122/124 – Resol. Nº 060/15 – Expte. 2858/14, cuyo Patrimonio Neto al 31/07/2016 asciende a la suma de Pesos Cinco Millones Novecientos Cuarenta y Dos Mil Ciento Noventa y Seis ($ 5.942.196,00), de acuerdo a Manifestación de Bienes y Deudas presentada, debidamente certificada por Contador Público Nacional y por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de La Pampa.

ARTÍCULO 4º MODIFICADO POR ORDENANZA Nº 5650/2017, QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA

Artículo 4º: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria que se constituirá – previo desembolso de los fondos – sobre un automotor de titularidad registral de la Firma LAS VIÑAS S.R.L. CUIT Nº 30-71435102-4, DOMINIO EMC 600, Marca 67 – Iveco – Modelo 20-170E22 – Modelo Año 2004, inscripto por ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Santa Rosa Nº 3, por un monto total de mercado de PESOS SEISCIENTOS SETENTA MIL ($670.000,00) y como fiador personal el Sr. GALLARDO, Guillermo Roberto D.N.I. Nº 29463976, CUIL Nº 20-29463976-4, empleado de la Empresa que gira bajo el nombre comercial de “SIETE 10 RESTO”

Artículo 5º: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de La Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio.

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas.

Artículo 7º: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto.

Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 274-1/2016 (HCD) y 4956/2016/1-1 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
Roigé, María Cecilia – Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Domínguez, Jorge – Presidente Honorable Concejo Deliberante.

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