Ordenanza Nº 5299/2015
Código Urbanístico. Excepción a inmueble propiedad del Centro Integral de Nefrología S.R.L.
SANTA ROSA (L.P.), 09 DE OCTUBRE DE 2015.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 5299/2015
Artículo 1º: CONCEDESE la excepción a la altura máxima permitida por las normas contenidas en la Ordenanza Nº 3274/2005 – Código Urbanístico de la Ciudad de Santa Rosa – en Distrito R2II, permitiéndose el incremento de 1 piso más, en el inmueble propiedad del Centro Integral de Nefrología S.R.L., designado catastralmente como: Ejido 047-Circ. III- Radio d- Manzana 5-Parcelas 6, 11, 12, 13 y 39 del Expediente Nº 7/1929/1-3 (D.E).-
Artículo 2º: La excepción concedida en el Artículo 1º de la presente Ordenanza se hará efectiva una vez concretada la unificación de las Parcelas 6, 11, 12, 13 y 39 de la Manzana 5; y la afectación como estacionamiento vehicular de uso exclusivo del Centro Integral de Nefrología S.R.L., la Parcela 23 de la Manzana 22.-
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. N° 107-1/2015 (HCD) y 7/1929/1-3 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS OCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo, Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 23 de Octubre de 2015.
Expte. Nº 107/2015/2-1 HCD y 7/1929/1-3 y 1-4 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese .
Resolución Nº 1114/2015.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Daniel Antonio Ucciardello, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano .-
Dirección General de Administración: 23 de Octubre de 2015.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil doscientos noventa y nueve (5299/2015).
María Andrea Torales A/C Despacho General.
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