Ordenanza Nº 5249/2015
Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido norte - sur a la calle MANUEL VARELA, entre Avda. Circunvalación Santiago Marzo y calle Utracán
SANTA ROSA (L.P.), 22 DE MAYO DE 2015.EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA Sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 5249/2015
Artículo 1º: Asígnase mano única de circulación obligatoria en sentido Norte-Sur a la calle MANUEL VARELA entre Avda. Circunvalación Santiago Marzo y calle Utracán de nuestra Ciudad.
Artículo 2º: Procédase a la colocación de los correspondientes carteles nomencladores con la indicación de mano única en el tramo referido en el Artículo 1º, en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Artículo 3º: La presente Ordenanza empezará a regir una vez cumplimentado lo establecido en el Artículo 2º.
Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Exptes. N° 60-1/2015 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.
Fernanda G. Dolsan, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Liliana V. Robledo – Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 9 de junio de 2015.-
Exptes. N° 60/2015/2-1 HCD y 2703/2015/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 640/2015.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Ing. Daniel Antonio Ucciardello, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 9 de junio de 2015.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cinco mil doscientos cuarenta y nueve (5249/2015).
María Andrea Torales A/C, Despacho General.-
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