Ordenanza Nº 3686/2007

Obra de agua potable y conexiones domiciliarias en calle Angel S. Gavazza, entre Floricel Perez y Avda. Arturo U. Illía

Ordenanza N° 3686/2007: Santa Rosa, 18 de Mayo de 2007.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1°: Apuébase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable, y conexiones domiciliarias en calle Angel S. Gavazza, entre Floricel Perez y Avda. Arturo U. Illía (cuadra completa) de acuerdo a proyectos de fojas 16 y presupuesto de fojas 15 a ejecutar por el Arquitecto Jorge A. Bello en adelante el “Recurrente”, bajo el Régimen de Obras.
Por cuenta de Terceros, de acuerdo a las NORMAS GENERALES PARA LA EJECUCION DE INSTALACIONES SANITARIAS EXTERNAS POR CUENTA DE TERCEROS DE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION, bajo la modalidad de “Renuncia Obligatoria al Reintegro del costo de las instalaciones y Eximición del Pago de los Aranceles “Punto 2.7.2.2. b)”, conforme a la documentación obrante en el Expte. N°2506/07 (D.E.).-
Artículo 2º: Correrá por cuenta del “Recurrente” toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultaren necesarias, las cuales serán detectadas mediante la ejecución de los sondeos necesarios, con herramientas de mano únicamente y previo a la iniciación de las obras. Asimismo, se deberá presentar constancia de las distintas Empresas que prestan servicios en esta Ciudad, sobre la existencia de instalaciones en la zona de las obras a ejecutar, además de solicitar el permiso correspondiente para la utilización de la vía pública con 72 horas de antelación al uso de la misma.-
Artículo 3º: Al término de los trabajos deberá presentar Plano conforme a Obra (Tres copias y Un Original), como así también Liquidación Final detallada de los trabajos, Diagramas de Cuadras, Diagrama de Balizamiento de válvula esclusa y accesorios e instalaciones soterradas, referidas a puntos fijos.-
Artículo 4º: Fijar un plazo de DIEZ (10) días para la ejecución de los Trabajos, incluyendo la presentación de la documentación Técnica Final, mencionada en el artículo 3°.-
Artículo 5º: Previo a la iniciación de los trabajos la parte interesada deberá contratar el seguro de Responsabilidad Civil que cubra la responsabilidad civil por daños y perjuicios que eventualmente puedan sufrir terceros (personas o cosas), por causa de las obras en ejecución, en forma tal que la Municipalidad sea eximida de toda responsabilidad. Por otra parte se hará constar a la Municipalidad de Santa Rosa como “Coasegurada” en la póliza.-
Artículo 6º: Por no dar terminada las obras dentro del plazo establecido en el Artículo 4°, sin motivo justificado, al “Recurrente” y al director técnico se le aplicarán multas y sanciones que establece la Ordenanza Tarifaria vigente.-
Artículo 7º: Cualquier modificación al Proyecto original aprobado, deberá ser tramitada previamente por el “Recurrente” y aprobada por la Dirección de Hidraúlica.-
Artículo 8º: Aceptar al Director Técnico propuesto para la ejecución de los trabajos.-
Artículo 9º: Declarar que las instalaciones construidas una vez enlazadas a las redes existentes pasan a integrar el patrimonio Municipal.-
Artículo 10º: La totalidad de los materiales a utilizarse deben cumplir las normas exigidas por el Ente Prestatario del Servicio (MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA) y ser aprobadas por Normas IRAM, los tubos de PVC deberán tener sello de conformidad con Normas IRAM, debiendo presentar, de ser solicitada, la certificación IRAM de conformidad de lote. Las Juntas elásticas serán integradas al tubo (Tipo RIEBER).-
Artículo 11º: El empalme entre las redes existentes y las que instalará el Recurrente se efectuará con la conformidad previa del Ente Prestatario del Servicio (MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSADIRECCION DE HIDRAULICA) y una vez que hayan cumplimentado todas las pruebas, inspecciones, certificaciones requeridas y lo establecido en el Artículo 3° de la presente.-
Artículo 12º: Previo la ejecución de los enlaces de las conexiones domiciliarias con las instalaciones internas, deberá efectuarse la tramitación correspondiente en la Dirección de Hidráulica.-
Artículo 13º: Dejar constancia que en caso de desistimiento, el “Recurrente” deberá ingresar la suma de PESOS: OCHO CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($8,46), que le corresponde a la aprobación del Proyecto de la red Distribuidora (liquidación de fs. 17).-
Artículo 14º: El “Recurrente” deberá ingresar en forma preventiva y sujeta a reajuste final la suma de PESOS: CUARENTA Y TRES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($43,86), en concepto de aranceles, conforme resumen de fojas 19.-
Artículo 15°: El “Recurrente” y/o Empresa Constructora encargada de los trabajos será responsable civil y penalmente de los accidentes vehiculares y/o peatonales como asimismo las ocasionados a empleados, inspectores o terceros particulares que pudieren originarse dentro del ámbito de la obra.-
Artículo 16°: El recurrente deberá hacerse cargo de la señalización y balizamiento correspondiente a fin de evitar inconvenientes con el tránsito o peatones, debiendo comunicar a la Dirección de Hidráulica la finalización de los trabajos, incluyendo si corresponde, la reparación de veredas y calzadas.-
Artículo 17º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 117-1/07 (H.C.D.) y 2506/07 (D.E.).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SIETE.
Dra. María G. Giavedoni, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; Dr. Gustavo Parra Morón, Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 6 de junio de 2007.-
Exptes. N° 117/07 H.C.D y 2506/07 D.E. .-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza Municipal de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Resolución N° 568/2007.-
Ing. Néstor Ricardo Alcala, Intendente Municipal; Sr. Sandro O. Astengo, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.
Dirección General de Administración: 6 de junio de 2007.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil seiscientos ochenta y seis (3686/2007).
Critina D. de Cavassa, A/C Despacho General.

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