ORDENANZA N° 873/1991
Sustitúyase el artículo 1° de la Ordenanza N° 788/1990 sobre obra de gas natural
Santa Rosa (L.P.), 3 de junio de 1991.
ARTÍCULO 1º.- SUSTITÚYASE, el artículo 1° de la Ordenanza N° 788/90, por el siguiente.
ARTÍCULO 1°: APRUÉBASE y declárase de Interés General, Utilidad Publica y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Gas Natural a los vecinos de la siguientes calles:
JUAN PEDRO TORROBA: entre LARREA y JUNCAL (vereda Sur).
JUAN PEDRO TORROBA: entre JUNCAL y AVDA. CIRCUNVALACIÓN SANTIAGO MARZO, 85,60 mts. desde calle JUNCAL (vereda Sur).
JUNCAL: entre JUAN PEDRO TORROBA y MARIO HÉCTOR PALADINO (ambas veredas).
MARIO HÉCTOR PALADINO: entre JUNCAL y LARREA (vereda Norte) 30,00 mts. desde JUNCAL.
ARTÍCULO 2º.- Los nuevos contribuyentes serán incorporados al pago de Contribución de Mejoras en un todo de acuerdo con las formas y condiciones estipuladas en la Ordenanza N° 788/90.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y, cumplido, archívese.
Exptes. Nro. 158/90 (HCD) y 5694/90 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
Sergio VIOLO, Santiago ÁLVAREZ
a/c Secretaría, Presidente
Honorable Concejo Deliberante
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