ORDENANZA N° 872/1991

Sustitución del artículo 1° de la Ordenanza N° 771/1990 sobre obra de gas natural

Santa Rosa (L.P.), 3 de junio de 1991.

ARTÍCULO 1º.- SUSTITÚYASE, el artículo 1° de la Ordenanza N° 771/90, por el siguiente.

ARTÍCULO 2º.- Los nuevos contribuyentes serán incorporados al pago de Contribución de Mejoras en un todo de acuerdo con las formas y condiciones estipuladas en la Ordenanza N° 771/90, que quedan vigentes.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y, cumplido, archívese.

Exptes. Nro. 126/90 (HCD) y 3102/89 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.

Sergio VIOLO, Santiago ÁLVAREZ
a/c Secretaría, Presidente
Honorable Concejo Deliberante

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