ORDENANZA N° 775/1990

Consorcio formado por los vecinos de Villa Alonso Norte

Santa Rosa (L.P.), 9 de octubre de 1990.

ARTÍCULO 1º.- Exceptúase de los alcances de la Ordenanza N° 611/1989 al sector comprendido por la Manzanas : 68, 69, 70, 71, 72, 74, 75, 76 y 88 de Villa Alonso Norte de esta Ciudad.

ARTÍCULO 2º.- Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/1985 al Consorcio formado por los vecinos de las Manzanas señaladas en el Artículo 1° de la presente y que comprende las siguientes calles:

ARTÍCULO 3º.- Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza.

ARTÍCULO 4º.- Declárase de interés general y utilidad pública a la obra de Gas Natural comprendida en la zona mencionada en el Artículo 2°.

ARTÍCULO 5º.- El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro de la Contribución de Mejoras a los vecinos NO ADHERENTES en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.

ARTÍCULO 6°: El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente al Consorcio los fondos que se recauden en virtud de lo dispuesto en el Artículo anterior.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y, cumplido, archívese.

Expedientes N° 137/90 (HCD) y 4739/90 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

Luis O. NUÑEZ, Ángel C. BARAYBAR
a/c Secretaría, Vice Presidente
Honorable Concejo Deliberante

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