ORDENANZA Nº 7172/2025
Incorpórase al artículo 127º de la Ordenanza Nº 53/1984 de adhesión a la Ley Provincial Nº 643
SANTA ROSA (L.P.), 02 DE OCTUBRE DE 2025.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.
Artículo 1º.- Incorpórase al artículo 127º de la Ordenanza Nº 53/1984, de adhesión a la Ley Provincial Nº 643 y sus modificatorias, el Inciso e), el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 127º.- Las LICENCIAS POR ENFERMEDAD serán acordadas por el Servicio Médico Oficial, por los motivos y conforme a las modalidades siguientes:
e) Licencia Especial Oncopediátrica con goce de haberes, a todo agente que sea progenitor, representante legal o tenga a cargo a personas comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nacional Nº 27.674 “Creación del Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer”. La misma se extenderá hasta un plazo máximo de doscientos días a utilizar de manera conjunta o alternada por los agentes, dentro del período de tratamiento activo, debidamente acreditado.”
Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. Nº 10/1984-14 (CD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.
Jorge E. RODRÍGUEZ, Secretario Honorable Concejo Deliberante; Romina MONTES DE OCA, Presidenta Honorable Concejo Deliberante.
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