Ordenanza N° 6746/22:

Obra de gas natural en calles ALELÍES, TULIPANES y Dino SALUZZI

Santa Rosa, 08 de Septiembre de 2022.


El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.


Artículo 1°.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ALELÍES, vereda Noreste, desde punto de empalme hasta Violeta PARRA; ALELÍES, vereda Suroeste, desde María Elena WALS hacia Dino SALUZZI; TULIPANES, vereda Suroeste entre Dino SALUZZI y María Elena WALS; Dino SALUZZI, vereda Sureste entre TULIPANES Y ALELÍES; Violeta PARRA vereda Noroeste, entre TULIPANES Y ALELÍES, incluye cruce por María Elena WALS y Dino SALUZZI, SEISCIENTOS SEIS (606) metros, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente N° 2617/2022/1-1 (DE).
Artículo 2°.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la presente Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.
Artículo 3°.- La obra será financiada y ejecutada por la Empresa MATERIALES BUTALÓ S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.
Artículo 4°.- La Empresa MATERIALES BUTALÓ S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con SETENTA Y DOS (72) horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera
ocasionar a terceros.
Artículo 5°.- Se deja constancia que previo a iniciar los trabajos respectivos, la Dirección de Obras, Arquitectura y Mantenimiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación, deberá verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en la materia, entre ellos la constitución de seguro de responsabilidad civil, establecido en el artículo 15° de la Ordenanza N° 2486/1999.
Artículo 6°.- Comuníquese al S.I.G., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente.
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.
Expte. N° 172/2022-1 (C.D.) y Expte. N° 2617/2022/1-1 (D.E.).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.
GARCÍA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.


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