Ordenanza N° 6608/21:

Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Municipalidad de Santa Rosa

Santa Rosa, 18 de Noviembre de 2021.


El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.


Artículo 1°.- Creación. Créase la Infraestructura de Datos Espaciales de la Municipalidad de Santa Rosa (I.D.E. Santa Rosa).

Artículo 2°.- Definición. A los efectos de la presente Ordenanza entiéndase por “Infraestructura de Datos Espaciales” al conjunto articulado de políticas de datos, estándares, procedimientos, recursos, tecnologías y acuerdos institucionales, que faciliten la producción, obtención, uso, acceso, análisis y evaluación de información geográficamente referenciada.
Artículo 3°.- Normativa. Dispónese que la Infraestructura de Datos Espaciales de la Municipalidad de Santa Rosa funcionará respetando las normas y estándares vigentes que se encuentren fijados por los Organismos Nacionales competentes.
Artículo 4°.- Funciones. Determínase que la infraestructura de Datos Espaciales de la Municipalidad de Santa Rosa, a cargo de la Autoridad de Aplicación, tendrá las siguientes funciones:
a) Incorporar tecnologías de información y comunicación y sistemas de información geográficos al diseño, ejecución y control de las políticas públicas en la Municipalidad de Santa Rosa.
b) Coordinar el desarrollo, publicación y actualización de la base de datos geoespacial de la Municipalidad de Santa Rosa.
c) Incentivar a la participación en la producción de información geográfica a distintos sectores del municipio, organismos públicos, no gubernamentales, académicos y de la Sociedad Civil.
d) Coordinar la interoperatividad y unificación de información geográfica de otros organismos participantes.
e) Promover, colaborar y capacitar activamente en la formación de recursos humanos competentes en la materia y en el desarrollo de tecnologías.
f) Concientizar al personal municipal, técnico y jerárquico, respecto a los beneficios de contar con la información geográfica actualizada y disponible para la toma de decisiones.
g) Fomentar y promover la transparencia activa de la Municipalidad de Santa Rosa en materia de datos espaciales, habilitando el acceso de la ciudadanía a la información pública.
h) Promover y participar en el desarrollo de sistemas, aplicando sistemas informáticos referidos a datos geoespaciales de manera conjunta y coordinada con las dependencias generadoras de datos geográficos que sirvan de soporte a la gestión pública e instituciones.
i) Incentivar y participar activamente en los proyectos referidos a la Infraestructura de Datos Espaciales.
Artículo 5°.- Autoridad de Aplicación. El Departamento Ejecutivo establecerá a autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 6°.- Cartografía. Establécese que la cartografía ubicada por la I.D.E. Santa Rosa constituirá la base cartográfica oficial de la Municipalidad de santa Rosa, la cual deberá ser adoptada por los distintos niveles del gobierno municipal.
Artículo 7°.- Atribuciones. Facúltase a la autoridad de aplicación para proceder a la implementación y desarrollo de la infraestructura de datos espaciales de la Municipalidad de Santa Rosa (I.D.E. Santa Rosa).
Artículo 8°.- Productores de Datos. Cada Secretaría de la Municipalidad de Santa Rosa será responsable de producir los datos espaciales derivados de sus funciones, respetando las competencias de los demás organismos y los estándares definidos por la autoridad de aplicación, garantizando calidad en los productos que genere.
Artículo 9°.- Convenio de Colaboración. El Departamento Ejecutivo podrá celebrar convenios en el marco de la presente y conforme a la establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento con otros municipios, el Estado Provincial, el Estado Nacional, Organizaciones no gubernamentales, Universidades, otras Infraestructuras de Datos Espaciales y la Infraestructura de Datos espaciales de la República Argentina (I.D.E.R.A.), con el fin de integrar y compartir información municipal. Artículo 10°.- Modalidad de Trabajo. Dispónese que en el marco de la organización y gestión de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Municipalidad de Santa Rosa, se conformará un grupo de trabajo compuesto por un representante de cada Secretaría municipal, ejerciendo la coordinación la autoridad de aplicación. La reglamentación de la presente Ordenanza establecerá el procedimiento de trabajo del mencionado grupo.
Artículo 11°.- Producción de datos. Comprométase a las reparticiones municipales productoras de datos espaciales y georreferenciados a:
1) Cooperar con el Grupo de trabajo en el intercambio de información en tiempo y forma respecto a toda documentación referida a los “metadatos”.
2) Adecuarse a las técnicas y herramientas estratégicas para la implementación de I.D.E.R.A. (Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina) en el análisis y tratamiento de datos espaciales a fin de garantizar la interoperabilidad y calidad de información geoespacial.
3) Gestionar los equipamientos informáticos y recursos humanos necesarios para la digitalización de la información y la capacitación técnica que requieran los deberes propuestos por el Grupo de Trabajo.
Artículo 12°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.


Expte. N° 197/2021-1 (H.C.D.) y Expte. N° 2637/2021/1-1 (DE).


DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
GARCIA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Dra. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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