ORDENANZA N° 651/1989
Consorcio para la construcción de la red de gas natural formado por vecinos de la manzana 99
ARTÍCULO 1°: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/1985 el Consorcio para la construcción de la red de gas natural formado por vecinos de la manzana 99 y que comprende las siguientes calles:
PAMPA: vereda Norte entre Juncal y Avda. de Circunvalación
JUNCAL: vereda Este entre Tucumán y Pampa
TUCUMÁN: vereda Sur entre Juncal y Avda. de Circunvalación
MODIFICADO POR LA ORDENANZA N° 659/1989
ARTÍCULO 1°: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/1985, el Consorcio para la Construcción de la Red de Gas Natural formado por los vecinos de la Manzana 99, que comprende las siguientes calles:
Pampa, vereda norte, entre Juncal y Circunvalación.
Juncal, vereda este, entre Tucumán y pampa.
Tucumán, vereda sur, entre Juncal y Circunvalación.
Avda. de Circunvalación, vereda oeste, entre Pampa y Tucumán.
ARTÍCULO 2°: Autorízase, la realización de la obra de Gas Natural dentro de los términos establecidos en la Ordenanza citada.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Cumplido: Archívese.
MODIFICADO POR LA ORDENANZA N° 659/1989
ARTÍCULO 3°: Declárase de interés general y utilidad pública a la Obra de Gas Natural en la zona mencionada en el Artículo 1°, y de pago obligatorio para los vecinos No Adherentes al Consorcio citado.
ARTÍCULOS INCORPORADOS POR LA ORDENANZA N° 659/1989
ARTÍCULO 4°: El Departamento ejecutivo incorporará al cobro de la Contribución de Mejoras a los vecinos No Adherentes, en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.
ARTÍCULO 5°: El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente al Consorcio, los fondos que recaude en virtud de lo dispuesto en el Artículo anterior.
Expte. 75/89 (HCD) y 4103/89 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.
DELIA GETTE, Prof. SANTIAGO ÁLVAREZ
Secretaria, Presidente
Honorable Concejo Deliberante
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