ORDENANZA N° 650/1989

Acéptase en donación la cesión de inmuebles a fin de ser destinados a espacio verde para uso público

ARTÍCULO 1°: Acéptase en donación la cesión de los inmuebles denominados catastralmente como: Parcela 7 y 8, Manzana 61, Radio ñ, Circ. I, Ejido 047 de Villa Amalia de esta Ciudad, contando con una superficie total de 1.236,54 m², propiedad del Sr. Raúl David ALONSO y otra, a fin de ser destinados a espacio verde para uso público.

ARTÍCULO 2°: Conforme a lo establecido en el artículo 1810 del Código Civil, se dará intervención al registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, a los efectos de la inscripción de los inmuebles referidos en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Cumplido: Archívese.

Expte. 70/89 (HCD) y 9175/88 (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.

DELIA GETTE, Prof. SANTIAGO ÁLVAREZ
Secretaria, Presidente
Honorable Concejo Deliberante

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