ACTA Nº 1451 QUINTA SESIÓN EXTRAORDINARIA REUNIÓN Nº 1451

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno, siendo la hora diez con diez minutos, da comienzo la Quinta Sesión Extraordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2020

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1451 QUINTA SESIÓN EXTRAORDINARIA REUNIÓN Nº 1451 En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno, siendo la hora diez con diez minutos, da comienzo la Quinta Sesión Extraordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2020, bajo la Presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, Secretaría a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA y con la presencia de los concejales y concejalas Nancy Fabiana CASTAÑIERA, José Carlos DEPETRIS, Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Claudia Bibiana GIORGIS, Juan Bautista LIMA, Pablo PERA IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA, Ana Natalia SUELDO y Norma Analía TORRES. Se encuentra ausente con aviso el concejal Marcelo Raúl GUERRERO.
Conforme una invitación de la Presidencia, el concejal Mariano Rodríguez Vega procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.
PRESIDENCIA: Por Secretaría se dará lectura a la Resolución 9/2021.
SECRETARIA (Leyendo): “Santa Rosa, 17 de Febrero de 2021. VISTO: Los artículos 14, 49 inciso 3) y 58 inciso 2) de la Ley 1597 “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”; y CONSIDERANDO: Que el Concejo Deliberante se encuentra actualmente en receso según lo establecido por el artículo 14 de la Ley 1597, “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”; Que por medio de la Nota Nº 05/ 2021 el Departamento Ejecutivo envió al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza solicitando la aprobación del Régimen de Condiciones Laborales para los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Saneamiento Urbano según acuerdo Paritaria Sectorial; Que por medio de la Nota Nº 06/2021 el Departamento Ejecutivo envió al Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza solicitando la aprobación de los adicionales establecidos en Paritaria Sectorial aplicable a los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Vialidad; Que por Resolución 119/2021 de fecha 12 de Febrero de 2021, el Señor Intendente Municipal convoca al Concejo Deliberante a realizar una Sesión Extraordinaria para el tratamiento de los proyectos antes mencionados; Que el artículo 58, inciso 2) de la Ley 1597 “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, faculta a la Presidencia a convocar a las Concejalas y Concejales para la celebración de Sesiones Extraordinarias; y Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente POR ELLO: LA PRESIDENTA DEL CONCEJO DELIBERANTE RESUELVE: Artículo 1º.- Convocar a las Concejalas y Concejales para el día 18 de Febrero a las 10,00 horas a fin de celebrar la Quinta Sesión Extraordinaria del Período 2020, a los efectos de dar tratamiento a los siguientes proyectos: a) Proyecto de Ordenanza solicitando la aprobación del Régimen de Condiciones Laborales para los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Saneamiento Urbano según acuerdo Paritaria Sectorial. Expediente Nº 533/2021/1-1 DE. b) Proyecto de Ordenanza solicitando la aprobación de los adicionales establecidos en Paritaria Sectorial aplicable a los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Vialidad. Expediente Nº 537/2021/1-1 DE. Artículo 2º.- Regístrese. Comuníquese al Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese. Resolución Nº 9/2021.-PCD-.”.
PRESIDENCIA: tiene la palabra el concejal José Depetris.
CONCEJAL DEPETRIS: Gracias, señora presidenta. Bueno, en uso del artículo 61 inciso 9) del Reglamento Interno de este Concejo Deliberante, solicito que este Concejo se constituya en Comisión para poder tratar los temas convocantes. De ser aprobado esto, también solicito un cuarto intermedio para la organización de la Comisión.
PRESIDENCIA: Gracias, concejal Depetris.
Puestas a consideración, las mociones del concejal son aprobadas por unanimidad. Siendo la hora diez con catorce minutos se pasa a un cuarto intermedio, reanudándose la misma a la hora diez con treinta y seis minutos.
PRESIDENCIA: Por Secretaría vamos a dar lectura a los dos dictámenes que se emitieron recién en el Concejo que constituimos en Comisión. Vamos a tener el debate en conjunto de ambos Proyectos. Y; después vamos a hacer la votación por separado, sí?
De acuerdo a lo solicitado por la Presidencia, por Secretaría se da lectura a los Proyectos de Ordenanzas emitidos por el Concejo Deliberante constituido en Comisión.

  1. Proyecto de Ordenanza solicitando la aprobación del Régimen de Condiciones Laborales para los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Saneamiento Urbano según acuerdo Paritaria Sectorial. Expediente Nº 533/2021/1-1 DE.

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Apruébase el Régimen de Condiciones Laborales con relación a los trabajadores y las trabajadoras de la Dirección de Saneamiento Urbano o el organismo que en el futuro la reemplace, enmarcados en la Ley 643, Estatuto para los Agentes de la Administración Pública Provincial, Separata 1045 del Boletín Oficial, Ordenanza 53/1984, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2021 y que, como Anexo I, forma parte de la presente. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese. ANEXO I. Régimen de Condiciones Laborales para los Trabajadores y las Trabajadoras de la Dirección de Saneamiento Urbano. ÁMBITO DE APLICACIÓN: a todos los trabajadores y las trabajadoras de la Dirección de Saneamiento Urbano enmarcados en la Ley N° 643. VIGENCIA DEL ACUERDO: a partir del 01/02/2021.
Adicional 1 (50 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643).- Valor del adicional al 01/2021: PESOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS ($ 28.542,83). A asignarse a JEFES DE ÁREAS y CAPATACES: Adicional 2 (40 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643) Valor del adicional al 01/2021: PESOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 22.834,26). A asignarse a ENCARGADOS DE ÁREAS CON RESPONSABILIDAD Y/O PERSONAL A CARGO, MAQUINISTAS DE EQUIPOS PESADOS (con equipo a cargo), CHOFERES DE CAMIONES (con vehículo a cargo) / PROFESIONALES DE ÁREAS TÉCNICAS: Adicional 3 (30 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643) Valor del adicional al 01/2021: PESOS DIECISIETE MIL CIENTO VEINTICINCO CON SETENTA CENTAVOS ($ 17.125,70). A asignarse a PERSONAL AFECTADO A CUADRILLAS DE TRABAJO EN CALLE DE REDES DE AGUA, CLOACA, ACUEDUCTO Y LABORATORIO. Adicional 4 (20 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643) Valor del adicional al 01/2021: PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON TRECE CENTAVOS ($ 11.417,13). A asignarse a PERSONAL AFECTADO A GUARDIAS OPERATIVAS (PLANTAS DE BOMBEO Y TRATAMIENTO) / TOMA ESTADOS / SERVICIOS GENERALES/PERSONAL AFECTADO AL SISTEMA DE RECLAMOS (147) EN LAS DEPENDENCIAS DE SANEAMIENTO: Adicional 5 (15 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643) Valor del adicional al 01/2021: PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 8.562,85). A asignarse a PERSONAL QUE DESEMPEÑA TAREAS ADMINISTRATIVAS con vinculación directa de los servicios operativos dentro de las dependencias de la Dirección: Adicional ESPECIAL POR RIESGO SANITARIO (15 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643) Valor del adicional al 01/2021: PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 8.562,85). A asignarse a PERSONAL QUE ESTÉ AFECTADO A TAREAS ESPECÍFICAS DE TRABAJOS REALIZADOS POR PERSONAL DE CALLE SOBRE REDES DE AGUA Y CLOACAS, este adicional especial se suma al adicional por funciones.
Adicional ESPECIAL POR GUARDIAS OPERATIVAS (15 % sobre asignación CAT 1 Ley Nº 643) Valor del adicional al 01/2021: PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 8.562,85). A ASIGNARSE A PERSONAL QUE ESTÉ AFECTADO A PLANTAS DE BOMBEO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO CON GUARDIAS OPERATIVAS ROTATIVAS, este adicional compensa la extensión laboral de SEIS (6) a OCHO (8) horas por turno operativo de lunes a viernes, este adicional especial se suma al adicional por funciones. Los adicionales establecidos reemplazan a la totalidad de adicionales y acuerdo de horas extras vigentes actualmente (Riesgo Físico, Mayor Responsabilidad, acuerdo de horas extras, etc.) con el objetivo de jerarquizar las funciones que los trabajadores y las trabajadoras desempeñan en la Dirección de Saneamiento Urbano. En el supuesto que algún trabajador y/o trabajadora sufra una reducción en su asignación mensual por la aplicación de estos nuevos conceptos, el Departamento Ejecutivo se compromete a posibilitarle al trabajador y/o trabajadora la realización de horas extras para poder compensar dichas diferencias. Los adicionales serán Remunerativos en el 100%. Los adicionales se asignarán según lo disponga el funcionario a cargo de la Dirección de Saneamiento Urbano dependiendo de las funciones que el trabajador o la trabajadora desempeñen dentro de la misma, mediante el acto administrativo correspondiente y autorizado por la estructura jerárquica correspondiente. El acuerdo se basa en la jornada laboral legal de SIETE (07:00) horas a TRECE (13:00) y OCHO (8) horas en el caso de guardias operativas. Todas las horas que los trabajadores y las trabajadoras cumplan adicionalmente a lo establecido anteriormente, se abonarán mediante el pago de horas extras correspondientes, según lo establecido en la Ley N° 643. Los adicionales seguirán siendo percibidos por las trabajadoras y los trabajadores de la Dirección de Saneamiento Urbano aún en caso de licencia.”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.
CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias, presidenta. Presidenta, estamos poniendo hoy en tratamiento dos Proyectos de Ordenanza que tienen que ver con, el tratamiento de un régimen de condiciones laborales para los trabajadores y las trabajadoras de las Direcciones de Saneamiento Urbano, por un lado; y de Vialidad Municipal, por el otro. Empezando así, con un primer paso, y dando una solución al reclamo que desde hace tiempo mantienen los gremios dentro del ámbito municipal -los gremios y obviamente, los trabajadores-. Se pretende establece de esta forma, un nuevo sistema de adicionales por funciones, jerarquizando a la Dirección de Saneamiento, resaltando las responsabilidades, las funciones, las tareas que cada una de las empleadas y empleados realiza, con adicionales especiales, para quienes realizan tareas de riesgo sanitario en la calle; y también para quienes, realizan guardias operativas con turnos rotativos. Cabe aclarar que, esto fue acordado en la paritaria sectorial, como ya lo mencionábamos en la Comisión previamente, con la aprobación de los gremios SOEM, ATE y UPCN, además de, obviamente, la participación y propuesta del Departamento Ejecutivo, y también del Concejo Deliberante, beneficiando de esta forma, a los trabajadores y las trabajadoras de nuestra Municipalidad de Santa Rosa, en especial, de esas dos áreas, teniendo en cuenta y considerando que, son alrededor de ciento cuarenta y siete trabajadores del área de Saneamiento Urbano, beneficiados; y ochenta y cuatro de Vialidad. Con lo cual, hablamos de más de doscientos trabajadores que hoy, estarían consiguiendo, a partir de una decisión política, pero también, como consecuencia de la paritaria, beneficios laborales importantes. De esta forma, con estas dos Ordenanzas que estamos planteando en el día de hoy, y que fueron enviadas por el Departamento Ejecutivo, se corrige lo que sucedía hasta el momento, hasta el día de hoy, con un esquema de horas extras que, realmente desvirtuaba el concepto jurídico de las horas extras, y que claramente, perjudicaba al trabajador, como quedó evidenciado, incluso en momentos complejos de la pandemia. Y, que ahora estos trabajadores, justamente, podrán seguir percibiendo estos adicionales, incluso en aquellos casos donde puedan o quieran, tomar algún tipo de licencia. Lo cual, hasta el momento era realmente complejo, complicado, dificultoso, digamos, en términos económicos directamente. Este Proyecto, sin dudas, viene a dar respuestas a un reclamo gremial, sindical, que viene desde hace años. Y, la decisión política del intendente municipal, en este caso, de dejar por Ordenanza, justamente a través de estas dos iniciativas que estamos votando, este avance realmente considerable, estableciendo que los adicionales sean remunerativos en un cien por ciento, como solicitaron los espacios gremiales. Con esto también, cerramos una discusión jurídica que se planteó y que es de público conocimiento, con el acuerdo vinculado, principalmente, al área de Saneamiento. Con lo cual, extendemos, en este caso, el beneficio para el área de Vialidad Municipal, con el tema del cien por ciento de lo remunerativo de los adicionales y todos los beneficios que le caben. Pero, principalmente, en Vialidad, estaríamos haciendo extensivo la cuestión del cien por ciento remunerativo. Se expone así, con total claridad, la importancia que tienen para este Municipio, para esta gestión, las trabajadoras, los trabajadores. Aquellos que, día a día, incluso en pandemia, en situaciones complejas, en situaciones de urgencia, en situaciones extremas, -también vale decirlo-, trabajaron incansablemente para vecinas y vecinos de nuestra ciudad. Y, por eso, presidenta, pido el acompañamiento del resto de los Bloques con total sinceridad, para la aprobación de ambas iniciativas, que sin dudas, mejoraran significativamente las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de estas dos áreas del Municipio. Gracias, presidenta.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodríguez Vega. Tiene la palabra la concejala Giorgis.
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señora presidenta. Como adelantábamos en el tratamiento en Comisión, desde el Bloque del FREPam, vamos a acompañar estas dos iniciativas. Fundamentalmente, por convicción política de, que es beneficioso para los trabajadores tener este adicional remunerativo al cien por ciento. En la misma línea que en su momento dijimos que, había que pasar de negro a blanco. Cuando, estos trabajadores habían estado más de una década en negro, como Planes de Empleo. Y, este Concejo Deliberante trabajó y luchó junto a ellos, para que pasaran a ser trabajadores en blanco. Esto es, el camino que va siguiendo. Es decir, pasar parte de algo que se estaba cobrando, que era necesario desde el punto de vista económico, del bolsillo de los trabajadores, pero que, evidentemente necesitaba dar el paso a que esto, formara parte de la remuneración, formara parte de su base, en los últimos diez años, para la jubilación, pudiera permitir otros derechos, como lo es, tomarse las vacaciones. Y, esperemos que no, pero también pasó y está pasando en este momento mismo, de trabajadores que se han enfermado, ya sea de Covid, o de otras enfermedades como tenemos en estos momentos, donde si bien han cobrado su salario, la figura por la cual se le compensaba su función tan especial, que eran las horas extras, se ven resentidas. Hasta se hacen “vaquitas” dentro de los mismos grupos de trabajadores para cubrir esos salarios. Esto está ocurriendo en este momento también. De manera que, nosotros siempre que sea beneficioso para el trabajador, vamos a estar acompañando. Y más aún, como decíamos recién, cuando se trata de poder efectuar la liquidación. Entendemos también que, este es un camino en algo que veníamos planteando durante todo el año pasado y el anterior, en la necesidad, puntualmente del caso de Saneamiento, de llegar a un Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad sanitarista. Creemos que, este es un paso más de logro de los trabajadores en ese sentido. Nosotros estamos convencidos, convencidas -se podrá coincidir o no-, de que la mejora, no solamente de los trabajadores sino también, de la organización del servicio tan esencial para nuestros vecinos y vecinas, y acorde a la emergencia sanitaria que tenemos, con más razón, requiere de un Convenio específico. Así como, los trabajadores del EMTU no podrían encajar en la Ley 643, por la función especial que desarrollan, o los del EMHSU, no encajarían en la 643, por la función especialísima que desarrollan, del mismo modo, estamos convencidos que, al igual que lo tienen todas las cooperativas de la provincia, el sanitarismo tiene que tener su carrera sanitaria. Porque si no, se desvirtúa -digamos-, tratando de reconocer esas funciones, lo que es la carrera que le daría la permanencia, que le daría la posibilidad de ascenso; y también de que esas funciones sean premiadas en base a un Convenio preestablecido específico. Por eso entendemos que, este es un paso más hacia ese camino, que nosotros seguimos invitando al Concejo Deliberante a que lo debatamos. Y, si se puede avanzar en el ámbito paritario, también sería bueno que se avanzara en ese sentido. Otra de las observaciones que nosotros queríamos dejar planteadas es que, los acuerdos paritarios son ley. Y, son de cumplimiento obligatorio para las partes. En realidad, el camino que se debió seguir de parte del Ejecutivo Municipal, si la intención era, que el cien por ciento de los adicionales fuera remunerativo, a diferencia del cincuenta que se había acordado en paritaria, debió llamarse a la paritaria municipal. Y, ese era el ámbito correcto desde el punto de vista legal, para rectificarlo y para su homologación. Nosotros entendemos que, ha habido una homologación tácita por el transcurso del tiempo, en estos casos. Y, lo que hubiera correspondido para esta mejora, nuevamente la misma mesa paritaria. Es decir, nosotros queremos dejar en claro que, el Concejo Deliberante no es validador de acuerdos paritarios. ¿Por qué? Porque en definitiva, todos nosotros estamos representando a una sola parte de la mesa paritaria, que es la patronal. De hecho, la presidenta del Concejo, concurre a la paritaria, en representación de todo el Concejo Deliberante, por la patronal. Es decir que, nosotros no estamos haciendo más que, validar eso. Una parte. La otra parte tiene el mismo valor. Y, ese es el valor, la conquista de trabajadores de las Leyes paritarias en todo el país. Pertenezco al Gremio que tuvo la primera paritaria -al Gremio Nacional, no Provincial-, en la provincia de La Pampa. Y, el valor que nosotros le dimos a eso era que, más allá de lo que se fuera logrando, era que, valíamos igual. Nuestra palabra valía igual que la de la patronal. Y, lo que allí se acordaba, era ley. No precisa ratificación, ni de la Cámara de Diputados, en el caso de la provincial, ni del Concejo Deliberante, en el caso de la local. Dicho esto, nosotros entendemos que hay una urgencia, que quizás el intendente necesita un apoyo político para esta liquidación, para poder cobrar a fin de mes. Y, como el acuerdo, o lo que se está modificando acá, del acuerdo original, es en beneficio, estamos tranquilos de que, en este caso, lo que abunda no daña. Pero, entendemos que se debe llamar a la Paritaria Municipal, para que sean los actores que correspondan, los que convaliden esto. El otro aspecto que, queríamos también dejar sentado es…por eso nuestra reafirmación de la necesidad del Convenio Colectivo de Trabajo. Porque, si bien esta Ordenanza otorga -estos acuerdos -ratificados y homologados-, derechos en cuanto a que, si desarrollo tal función, voy a cobrar tal adicional y en tal porcentaje, y hay un párrafo en el mismo, que plantea que los adicionales se asignarán según lo disponga el funcionario a cargo de la Dirección. O sea que, se sigue manteniendo esto de “doy el derecho pero, se sigue manteniendo esa discrecionalidad. Cuando en realidad, por la función, más allá de quién sea el director, y más allá de quién sea el trabajador, es una cuestión objetiva. Hoy, la función la puede estar desarrollando tal y mañana tal. Entonces, tiene que ser por la función. Por, lo objetivo de la función. Por eso, la importancia del Convenio Colectivo, los cobros de los adicionales correspondientes. Esto, bueno, nosotros lo vamos a acompañar porque, ha sido acordado en Paritaria. Pero, no queríamos dejar de mencionarlo. Y, realmente consideramos que es un triunfo de los trabajadores, en este camino de mejorar sus derechos, mejorar, fundamentalmente, esto de ir pasando de negro a blanco en dos áreas tan importantes para la ciudad. Porque, cuando hablamos de ir a destapar la cloaca, cuando hablamos de mantener el acueducto, cuando hablamos de llevar agua potable en el camión, estamos hablando, yo diría no solamente de sanitarismo, señora presidenta. Estamos hablando de, salud. Y, lo mismo para los trabajadores de Vialidad. Son áreas muy esenciales. Servicios muy caros para nuestros vecinos. Muy importantes. Por eso, nosotros seguimos insistiendo en que, también, hay que tener una nueva organización del trabajo, a través de los convenios específicos. Con estas consideraciones, ya habíamos adelantado, nuestro Bloque va a acompañar.
PRESIDENCIA: Gracias concejala Giorgis. Concejala Castañiera, tiene la palabra.
CONCEJALA CASTAÑIERA: Gracias, señora presidenta. No quedan dudas que, el acuerdo de paritaria es beneficioso para las y los trabajadores del sector, ya que los jerarquiza, les asigna tareas, funciones y responsabilidades, además, se tienen en cuenta las actividades riesgosas que llevan los operarios en las calles, entre otras cuestiones que se tienen en cuenta. Pero, no es lo ideal. Esto es, implemente, una salida alternativa. Lo ideal sería que, se rijan por un Convenio Colectivo propio. Algo, tan esperado y anhelado por las y los trabajadores del sector. Además, la decisión de aumentar a un cien por ciento los adicionales, no es una medida que los perjudique. Pero, es una medida que debería ser refrendada en paritarias, ya que además, el acuerdo firmado por los trabajadores, aún no cuenta con la homologación porque, ha sido rechazada. Por lo que, debería volver a llamarse a paritaria. Éstos, son temas que tienen que ser debatidos y acordados en ese ámbito, con todos los sectores representados. Sentar un precedente de este tipo, sin cumplir con el procedimiento que marca la ley es, básicamente, no cumplir con lo acordado en esas negociaciones que tienen fuerza de ley desde el momento que son firmadas.
Otro punto que nos preocupa son, los adicionales, que acá, según Anexo que tenemos, plantea que; “serán asignados según el funcionario a cargo del área de Saneamiento Urbano”, dejando a criterio del representante de turno, si le corresponde o no, el adicional al trabajador o trabajadora. Debería ser objetivo, y no subjetivo, como aquí marca el Anexo, porque, como siempre digo, y así estoy convencida, son las formas con las que no coincidimos, señora presidenta. Respecto a los trabajadores de la Dirección de Vialidad, en esta oportunidad, entiendo que es distinta a la tratada anteriormente por este Cuerpo. En este caso, sí existe un acuerdo paritario homologado por la Secretaría de Trabajo, donde se incorpora un gradual del cincuenta por ciento del adicional no remunerativo y elevarlo a un cien por ciento. Lo que resulta, más favorable aún para los y las trabajadoras. Nada más, señora presidenta.
PRESIDENCIA: ¿Alguien más va a hacer uso de la palabra? Concejal Depetris, le doy la palabra.
CONCEJAL DEPETRIS: En principio, celebro las palabras de la concejala Giorgis, respecto a que, es una salida hacia adelante contemplando una situación para los trabajadores. Es, esperanzadora esta comunión de ideas, respecto a nuestro rol y función. Es, la respuesta posible de todo un año con muchas particularidades desde el Ejecutivo, llevar adelante este primer paso. Lo pongo en potencial. Pero, siempre están abiertas las tratativas para velar por el bienestar de nuestros trabajadores. Así que, yo creo que sobre esta “cabeza de playa”, tenemos que fundamentar las tareas a futuro, en favor de nuestros propios trabajadores. Y, darles condiciones dignas de trabajo. Y, también, como en este caso, asegurar rápidamente y terminar con la zozobra de nuestros propios empleados de la Municipalidad, que están, de alguna manera esperanzados en que, tomemos una decisión como la que hoy vamos a votar en conjunto. Así que, nada más, señora presidenta.
PRESIDENCIA: Muchas gracias, concejal Depetris. ¿Algún otro concejal o concejala va a hacer uso de la palabra? Entocnes, vamos a poner en votación los Proyectos que tenemos en tratamiento.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los/as concejales/as Depetris, Estavilla, Fernández, Giorgis, Grotto, Lima, Pera Ibarguren, Rodríguez Vega, Sueldo y Torres; votando negativamente la concejala Castañiera. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.
2.- Proyecto de Ordenanza solicitando la aprobación de los adicionales establecidos en Paritaria Sectorial aplicable a los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Vialidad. Expediente Nº 537/2021/1-1 DE.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Establecese que, los adicionales según acuerdo paritario sectorial que se aplican a los trabajadores y a las trabajadoras de la Dirección de Vialidad Municipal, homologado por la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo por Resolución N° 87/2020, sean remunerativos en el 100 %, a partir de la fecha de vigencia de dicho acuerdo, 1° de enero de 2021. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once.

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